Acciones judiciales concurso de Méritos FGN 2024

 

 

 

Fecha de publicaciónDocumento
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo en segunda instancia del 6 de febrero de 2026, proferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA DE DECISIÓN CONSTITUCIONAL, dentro de la acción de tutela promovida por el señor ALEJANDRO MONTAÑO CAMPIÑO, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y  la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con Talento Humano y Gestión S.A.S), publica el mencionado fallo, en el que se dispone: 
“(…) PRIMERO. – CONFIRMAR la sentencia No. 028 del 13 de enero de 2026, proferida por el Juzgado 06° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, conforme a las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. (…)”.
10 de febrero de 2026Fallo de segunda instancia, ALEJANDRO MONTAÑO CAMPIÑO
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado 26 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C, en el Auto del 05 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Brayan Andrés Machado Luna contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 110013109026202 600051 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
10 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Quince Civil Municipal de Cartagena – Bolívar, en el Auto del 06 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Keivin Antonio Cardona Therán contra la Universidad Libre, Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 13001 40003 015 2026 0012400, se procede a realizar la publicación del auto admisorio, auto de vinculaicón y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
9 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el auto admisorio del 06 de febrero de 2026, proferido por el  JUZGADO 011 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Diego Camilo Cahuana Lora, contra la UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, Fiscalía General de la Nación, Comisión Especial de la Fiscalía General de la Nación, en el sentido de publicar el día de hoy el siguiente aviso en la página web de esta entidad, en el que se requirió:
 
(…)Tercero: Notificar, inmediatamente, a las partes accionadas y vinculadas por conducto de sus representantes legales, y/o quienes hagan sus veces, para que en el término de dos (2) días hábiles, contados a partir de la notificación de este proveído y en coordinación con las áreas y/o dependencias respectivas rindan un informe detallado sobre los hechos expuestos en el escrito de tutela, respuesta que se considerará rendida bajo la gravedad de juramento, y si no lo hicieren se tendrá como cierto lo afirmado por la accionante. Así mismo, deberán allegar los medios probatorios que estimen pertinentes.
Para surtir la notificación del personal de quienes integran la lista de elegibles conformada por Resolución No. 0005 de 29 de enero de 2026, la UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, deberá remitir de manera inmediata al correo electrónico de cada uno de los elegibles copia de esta providencia y del escrito de tutela y/o efectúe la publicación por un día de este proveído y del escrito de tutela en la plataforma web de la entidad destinado al proceso concursal, en cualquier caso, garantizando la debida notificación. (…) “
9 de febrero de 2026Escrito tutela- Diego Camilo Cahuana Lora

Auto admisorio- Diego Camilo Cahuana Lora

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, en el Auto del 04 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora la señora Diana Patricia Fuentes Farfán contra la Fiscalía General de la Nación y UT Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 11001 31 09 004 2026 00053 00,se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
9 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Santa Marta – Magdalena, en el Auto del 04 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora la señora Kendris Zareth Granados Martínez contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – UT FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 4700 131 53001 2026 0002200, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
9 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cartagena – Bolívar, en el Auto del 05 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Wilson Manuel Villadiego Castaño contra la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal UT Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre – Talento Humano y Gestión S.A.S), con radicado No.  13 00 131 00508 2025 1001500, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
9 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación,en atención al fallo de primera instancia  proferido por JUZGADO DE FAMILIA DEL CIRCUITO, dentro de  la acción de tutela promovida por el señor Fredy Armando Urrea Peña, en contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y la entidad TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.),dicha providencia dispuso:
 
“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el ejercicio de la presente ACCIÓN DE TUTELA promovida por FREDY ARMANDO URREA PEÑA contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y la entidad TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.), conforme a lo explicado en el apartado considerativo de esta providencia. (…) “
6 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por J JUZGADO DOCE ADMINISTRATIVO DE CÚCUTA, dentro de  la acción de tutela promovida por la señora  MARIA GABRIELA CENTENO GOMEZ, en contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 –UNIVERSIDAD LIBRE – FISCALIA GENERAL DE LA  NACIÓN dicha providencia dispuso:
 
“(…)4. IMPONER a la parte accionada, la carga de poner en conocimiento a todos los integrantes de la lista de elegibles del empleo ASISTENTE DE FISCAL I,  identificado con el Código OPECE No. I-204-M-01-(347) correspondiente al CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 por el cual concursó la parte  accionante, en el término improrrogable de un (1) día, a través de la página  web y demás canales dispuestos para la publicidad del concurso, su  vinculación a la acción constitucional de la referencia, así como el traslado del  expediente digital para lo de su interés, para que si a bien lo estiman  pertinente dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir  de la publicación que del presente auto realice la parte accionada, ejerzan el  derecho de contradicción sobre los hechos y pretensiones que se ventilan en  esta acción constitucional.  El respectivo informe y el soporte que dé cuenta del trámite exigido, debe ser  remitido vía correo electrónico a la dirección  j12admincuc@cendoj.ramajudicial.gov.co  (…) “
6 de febrero de 2026Auto admisorio- MARIA GABRIELA CENTENO GOMEZ.,

 

Escrito de tutela- MARIA GABRIELA CENTENO GOMEZ.,

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA del 04 de febrero de 2026, proferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL – SALA PENAL de MONTERÍA – CÓRDOBA, dentro de la acción de tutela promovida por parte del señor GUSTAVO ALFONSO GONZALEZ VALENCIAcontra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, procede a realizar la publicación del FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, en donde se resolvió:
(…) 
PRIMERO. Confirmar el fallo de primera instancia de fecha 13 de enero de 2025, proferido por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Montería – Córdoba, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
(…)
6 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cincuenta y Uno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, en el Auto del 27 de enero de 2026, relacionada con el fallo de primera instancia proferido dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Fernando Andrés García Martínez contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 11 00 131 09051 2026 000 17 00, se procede a realizar la publicación del fallo de la mencionada acción de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
6 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sesenta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, en el Auto del 03 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora Leidy Catalina Vargas Riveros contra la Fiscalía General de la Nación, UT Convocatoria FGN 2024 y Universidad Libre, con radicado No.  2026 00050, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
5 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO., dentro de  la acción de tutela promovida por el señor ANTHONY DE JESÚS POLO NAVARRO.en contra Fiscalía General De La Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024,., dicha providencia dispuso:
 
“(…) SEGUNDO: VINCULAR de oficio a todos los terceros interesados en las  resultas de este proceso, esto es, a todos los concursantes inscritos para  el empleo denominado Fiscal Delegado Ante Jueces Penales Del Circuito  Especializados, identificado con el código OPECE No. I-102-M-01- (419). (…)”
5 de febrero de 2026Auto admisorio- ANTHONY DE JESÚS POLO NAVARRO.,

 

Escrito de tutela- ANTHONY DE JESÚS POLO NAVARRO.,

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por JUZGADO SEPTIMO (7°) DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de  la acción de tutela promovida por el señor JORGE MARIO CORTES GÓMEZ, en contra UNIVERSIDAD LIBRE y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN -UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, dicha providencia dispuso:
“(…)  TERCERO: Con el fin de garantizar el derecho de contradicción y defensa de los demás concursantes que integran la lista de elegibles, se ordena a la FISCALÍA GENERAL DE LA  NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN, en el marco de la Convocatoria No. 001 de 2025, que publique en un lugar visible de su página web el trámite de la presente acción constitucional, respecto del cargo de Asistente Fiscal II. (…)
5 de febrero de 2026Auto admisorio- JORGE MARIO CORTES GÓMEZ

 

Escrito de tutela-  JORGE MARIO CORTES GÓMEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITOSANTA MARTA, dentro de  la acción de tutela promovida por  el señor JEISSON DAVID DE PIÑERES RANGEL, en contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UT FGN 2024, Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dicha providencia dispuso:
 
“(…)TERCERO: Se COMISIONA a la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA  FISCALIA GENERAL DE LA NACION, enterar a los INTEGRANTES DEL  CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 PARA EL CARGO DE ASISTENTE DE FISCAL  II, CODIGO I-203-3-M-01(679) de la presente decisión. (…) “
5 de febrero de 2026Auto admisorio- JEISSON DAVID DE PIÑERES RANGEL

 

Escrito de tutela-  JEISSON DAVID DE PIÑERES RANGEL

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE TUNJA, dentro de  la acción de tutela promovida por la señora DANIELA VALENTINA MONTAÑA ÁVILA, en contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 Y FISCALÍA GENERAL DE LA  NACIÓN, dicha providencia dispuso:
 
“(…)   5.1. Se ORDENA a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 Y FISCALÍA  GENERAL DE LA NACIÓN, que procedan a publicar en el término de un (1) día, en las páginas web oficiales de esas entidades el escrito de esta tutela junto con sus anexos y el  auto admisorio de la presente acción constitucional, con el fin de dar a conocer su  existencia, trámite y para que si lo consideran pertinente los aspirantes participantes dentro  de la Convocatoria Concurso de Méritos FGN 2024 para el cargo de ASISTENTE DE FISCAL I, CÓDIGO I-204-M-01-(347), se pronuncien como coadyuvantes sobre la demanda de tutela y las pretensiones de aquella. (…)
5 de febrero de 2026Auto admisorio- DANIELA VALENTINA MONTAÑA ÁVILA

 

Escrito de tutela –  DANIELA VALENTINA MONTAÑA ÁVILA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio proferido por JUZGADO 3° PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO POPAYÁN–CAUCA, dentro de  la acción de tutela promovida por la señora LEYDY CAMILA PAJOY ANTONIO, en contra UT CONVOCATORIA FGN 2024 – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dicha providencia dispuso:
 
 “ (…) QUINTO: REQUERIR a la COMISIÓN NACIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, para que de manera inmediata publiquen en la página web de la entidad el escrito de tutela y auto admisorio de la presente acción constitucional, remitiendo a este Despacho los documentos que den cuenta de esta actuación, para que se surta la notificación de los vinculados participantes del concurso convocado mediante Acuerdo No. 001 de 2025, del 03 de marzo de 2025 al cargo de Asistente de Fiscal II OPECE I-203-M-01-(679). (…)”
4 de febrero de 2026Auto admisorio- LEYDY CAMILA PAJOY ANTONIO,

Escrito de tutela – LEYDY CAMILA PAJOY ANTONIO,

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, dentro de  la acción de tutela promovida por la señora Magda Cecilia Saavedra Corredor, en contra la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre y la Unión Temporal UT Convocatoria FGN 2024, dicha providencia dispuso:
 
“(…) Por otra parte, se SOLICITA a las entidades accionadas que, a través de los medios con los que dispongan, INFORMEN a todos los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024, cargo asistente de fiscal IV, código empleo I 201-M-01-(250) de la presente acción de tutela, para que se pronuncien al respecto si así lo consideran. (…)”
4 de febrero de 2026Auto admisorio- Magda Cecilia Saavedra Corredor

Escrito de tutela – Magda Cecilia Saavedra Corredor

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio proferido por JUZGADO TREINTA Y SEIS ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLÍN, la acción de tutela promovida por el señor  HECTOR ALEXANDER LONDOÑO RUIZ, en contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN-FGN (Comisión De La Carrera Especial) UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, integrada por la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S., dicha providencia dispuso:
“(…) 3. Se ordenará la publicación de un aviso en la secretaría y en la página web de la Rama Judicial, destinada para el efecto, en el que se incluya a la accionada y a las  vinculadas, así como a todos los participantes del CONVOCATORIA FGN 2024. En el  mismo sentido se ordenará lo pertinente a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN FGN. (…) “
4 de febrero de 2026Auto admisorio- HECTOR ALEXANDER LONDOÑO RUIZ

Escrito de tutela – HECTOR ALEXANDER LONDOÑO RUIZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  proferido por  JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA., la acción de tutela promovida por la señora  SHIRLEY VALENTINA  BAUTISTA ALVARADO, en contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024), dicha providencia dispuso:
“ (…) 3. Oficiar a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNION TEMPORAL  CONVOCATORIA FGN 2024, para que de manera INMEDIATA al recibo de esta  comunicación proceda a través de su página oficial o aplicativo de correos a poner en  conocimiento la vinculación que en esta providencia se hace a los participantes que se  inscribieron y fueron admitidos para el empleo con código OPECE I-203-M-01- (679), a la  acción de tutela formulada por la señora SHIRLEY VALENTINA BAUTISTA ALVARADO,  realizando de esta manera la campaña de notificación masiva de esta vinculación, a fin que
si lo consideran ejerzan su derecho de defensa, haciéndoles saber que la contestación de la  demanda debe ser remitida a este Juzgado, vía correo electrónico a la dirección  Jpctoestunja@cendoj.ramajudicial.gov.co en el término de tres (3) días contados a partir  de la publicación de la misma o envío de los respectivos correos, a fin de que se integren al presente trámite constitucional.
4 de febrero de 2026Auto admisorio- SHIRLEY VALENTINA  BAUTISTA ALVARADO

Escrito de tutela – SHIRLEY VALENTINA  BAUTISTA ALVARADO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Herly Haidiby Rada Betancourt en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 50001 3333 006 2025 00322 00, procede a publicar el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio – Meta, dentro de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
3 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  fallo de primera instancia  proferido por  JUZGADO OCTAVO (8) PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTÁ D.C., la acción de tutela promovida por el señor Jorge Castro Bayona, en contra la Fiscalía General de la Nación; trámite en el que se vinculó la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre en Asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S.) y las personas que participaron en el concurso de méritos FGN 2024 en la  modalidad de ingreso bajo el código OPECE I-102-M-01(419), dicha providencia dispuso:
“(…) PRIMERO: Declarar improcedente por subsidiariedad la solicitud de amparo  constitucional a la igualdad, debido proceso, trabajo y acceso a cargos públicos solicitado por Jorge Castro Bayona en contra de la Fiscalía General de la Nación; extensivo por vinculación en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN  2024 (Universidad Libre en Asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S.) y las personas que participaron en el concurso de méritos FGN 2024  en la modalidad de ingreso bajo el código OPECE I-102-M-01(419). (…)”
3 de febrero de 2026Fallo de primera instancia- Jorge Castro Bayona,
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Cristian Rafael Arrieta Morales en contra de la Fiscalía General de la Nación y la UT Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 08001 31 87 002 2026 00016 00, procede a publicar el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barraquilla – Atlántico, dentro de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
3 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor John Jairo Ayala Silva en contra de la Universidad Libre y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 687553103001 2025 00223 00, procede a publicar el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Socorro – Santander, dentro de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
3 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por  JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA IPIALES-NARIÑO la acción de tutela promovida por el señor EDWIN ANDERSON CUAYAL BOLAÑOS,  en contra la UNIÓN TEMPORAL  CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, dicha providencia dispuso:
 
 “(…) TERCERO. – Vincular a todos los concursantes de la Convocatoria FNG 2024,  por lo tanto se ordena a las Entidades accionadas que comuniquen a través de su página  web la existencia de la presente acción para que todas las personas interesadas, si a bien  lo tienen, puedan ejercer su derecho de defensa(…) “
3 de febrero de 2026Auto admisorio- EDWIN ANDERSON CUAYAL BOLAÑOS

 

Escrito de tutela- EDWIN ANDERSON CUAYAL BOLAÑOS

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro de la acción de tutela interpuesta por la señora Ruth Ibañez Robles en contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 , con radicado No.  2026 00014 – 00,  procede a publicar el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Primero de Familia de Bucaramanga – Santander, dentro de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
3 de febrero de 2026Fallo de primera instancia, Ruth Ibañez Robles, 2026 – 02 – 03
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por  Juzgado Primero Penal Del Circuito Para Adolescentes Con Función De Conocimiento De Cartagena, la acción de tutela promovida por el señor JORGE  LUIS RUIZ LENES, en contra la FISCALIA GENERAL DE LA  NACION Y de la UNIVERSIDAD LIBRE, dicha providencia dispuso:
“(…) SEGUNDO: VINCULAR al presente trámite tutela al INSTITUTO TECNICO  AMERICAN BUSINESS SCHOOL y al INSTITUTO DE EDUCACION PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO- CURSOS ESPECIALIZADOS DEL VALLE. y a los aspirantes al cargo de Asistente fiscal 2 OPECE I-203-M-01-(679) del  Proceso de Selección, que hace mención el accionante, para ello deberá  informársele por la página web de las accionadas, ordenándoseles publicar en sus  páginas web dispuestas para la convocatoria la información de la presente tutela, (…)”
3 de febrero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga – Santander, en el Auto del 02 de febrero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Alejandro Zafra Pimiento contra la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación – UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No.  68001 3333 001 2026 00028 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
3 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  fallo de primera proferido por  Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca, la acción de tutela promovida por la señora  Rocío Yeraldine de la Rosa, en contra Fiscalía General de la Nación y U.T. Convocatoria FGN 2024,  dicha providencia dispuso:
“(…)  PRIMERO: Declarar improcedente la presente acción de tutela, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
 
SEGUNDO: Notificar por el medio más expedito y eficaz a las partes y a la Procuraduría 67 Judicial I para Asuntos Administrativos delegada ante este Despacho; sobre el presente fallo de tutela, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.  (…) “
3 de febrero de 2026Fallo de primera instancia–  Rocío Yeraldine de la Rosa.
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en el marco de la acción de tutela promovida por el señor  CARLOS ANDRES ALONSO ALVARADO, en contra FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNIVERSIDAD LIBRE,  dicha providencia dispuso:
“(…)Finalmente,  se solicitara a la universidad a la universidad libre y a la Comisión de la Carrera  Especial de la Fiscalía General de la Nación que comuniquen la presente acción constitucional a los participantes del concurso en lista de elegibles para el cargo de “FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS” CODIGO I 104 –M-01 -H48) se les indique que cuentan con un (1) día  a partir del recibo de la comunicación respectiva, para que en ejercicio del derecho de defensa y contradicción se pronuncien si es su deseo sobre los hechos y pretensiones del demandante e igualmente PUBLIQUEN en su página web esta acción (…) ” 
2 de febrero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO DE FAMILIA IPIALES-NARIÑO en el marco de la acción de tutela promovida por el señor  ANTHONY GABRIEL CULCHAC PORTILLA, en contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, dicha providencia dispuso:
 
 “(…) TERCERO. – Vincular a todos los concursantes de la Convocatoria FNG 2024, por lo tanto se ordena a las Entidades accionadas que comuniquen a través de su página web la existencia de la presente acción para que todas las personas interesadas, si a bien lo tienen, puedan ejercer su derecho de defensa. (…) “
30 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Llovinson Ramírez Arias contra la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No. 63 001 3333 006 2026 00003 00, procede a publicar el fallo de primera instancia de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
30 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por JUZGADO 44 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, en el marco de la acción de tutela promovida por la señora Verónica Ossa Ramírez, en contra la UT Convocatoria FGN, Universidad Libre y Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, dicha providencia dispuso:
 
“(… )En atención a que, con las resultas de la presente acción, podrían verse comprometidos sus derechos, se dispone vincular a este trámite a las personas inscritas en el concurso para optar al cargo mismo cargo al que concurso la accionante. Se ordena a la accionada publicar en sus páginas web oficiales, la información respecto a la acción de tutela (escrito de tutela y el auto admisorio), con el fin que los interesados en la misma conozca su contenido, y si es su voluntad se pronuncien al respecto. Para ello, deberán evitar exponer datos como el nombre, número de identificación y datos de notificación de la accionante y así mismo allegar los soportes al día siguiente a su notificación. (…)
30 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al  auto admisorio proferido por JUZGADO 44 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, en el marco de la acción de tutela promovida por la señora Fernelly Alberto López, en contra UT Convocatoria Fiscalía General de la Nación 2024, dicha providencia dispuso:
 
“(…) En atención a que, con las resultas de la presente acción, podrían verse comprometidos sus derechos, se dispone vincular a este trámite a las personas inscritas en el concurso para optar al cargo de Asistente de Fiscal III. Se ordena a la accionada publicar en sus páginas web oficiales, la información respecto a la acción de tutela (escrito de tutela y el auto admisorio), con el fin que los interesados en la misma conozca su contenido, y si es su voluntad se pronuncien al respecto. Para ello, deberán evitar exponer datos como el nombre, número de identificación y datos de notificación de la accionante y así mismo allegar los soportes al día siguiente a su notificación. (…) “
30 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia proferido por JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DE ARAUCA, en el marco de la acción de tutela promovida por la señora LAURA ALEJANDRA CORREA ARIZA, en contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE COMO OPERADOR DEL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FGN, dicha providencia dispuso:
 
“(…)  PRIMERO: Declárese improcedente el amparo constitucional invocado por LAURA ALEJANDRA CORREA ARIZA, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FGN, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. (…) “
30 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al fallo de segunda instancia proferido por TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA SALA CIVIL – FAMILIA, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor LEONARDO ACOSTA HERAZO, en contra la  Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de ColombiA, dicha providencia dispuso:
 
 (…) PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida el 2 de diciembre de 2025 por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Bucaramanga, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia. (…) “
29 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia proferido por JUZGADO DÉCIMO (10º) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ D.C, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor William Santana Silva, en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, dicha providencia dispuso:
 
“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela incoada WILLIAM SANTANA SILVA, atendiendo a lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia. (…) “
29 de enero de 2026Fallo de primera instancia- WILLIAM SANTANA SILVA
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Santa Marta – Magdalena, en el Auto del 27 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora Leidy Cerchiaro Chimenty contra la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, Universidad Libre, con radicado No.  4700 131 09 002  2026 0001000, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
29 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia proferido por JUZGADO 7° PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor JOSÉ DELBY VARGAS GUTÍERREZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, dicha providencia dispuso:
 
“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por JOSÉ DELBY VARGAS GUTIÉRREZ, para la protección de sus derechos al debido proceso, defensa, trabajo e igualdad  (…) “
29 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por JUZGADO 25 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C.en el marco de la acción de tutela promovida por el señor  JAIME ALEJANDRO GUTIÉRREZ GÓMEZ, en contra de la Fiscalía General de la Nación – Comisión de Carrera Especial, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, dicha providencia dispuso:
 
“(…) ORDÉNASE correr traslado de la demanda de tutela, junto con sus anexos y del presente proveído, a la UNIVERSIDAD LIBRE, a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, para que dentro del término de un (1) día, si lo estiman pertinente, se pronuncien sobre los hechos y pretensiones del escrito de tutela y alleguen los documentos que respalden sus afirmaciones. Dichos pronunciamientos deberán ser remitidos directamente al correo electrónico institucional del juzgado ejcp25bt@cendoj.ramajudicial.gov.co.
 
 Así mismo, ORDÉNASE a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN efectuar la publicación del presente trámite constitucional en la página web dispuesta para tal fin, con el objeto de que los terceros interesados, si a bien lo tienen, puedan pronunciarse dentro del presente trámite de tutela. (…) “
29 de enero de 2026Auto admisorio- JAIME ALEJANDRO GUTIÉRREZ GÓMEZ

Escrito de tutela- JAIME ALEJANDRO GUTIÉRREZ GÓMEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  fallo de primera instancia proferido por el  JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTÁ D.C.en el marco de la acción de tutela promovida por el señor  Edgar Jiménez Rodríguez, en contra de la Fiscalía General de la Nación – Comisión de Carrera Especial, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, dicha providencia dispuso:
 
“(…)  PRIMERO: DECLARAR la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO, respecto del amparo solicitado por el ciudadano Edgar Jiménez Rodríguez, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.  (…)”
29 de enero de 2026Fallo de primera instancia- Edgar Jiménez Rodríguez
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Santiago Alejandro Cadavid Duque en contra de la Unión Temporal Convocatoria – FGN 2024, la Comisión de la Carrera de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre, con radicado No. 050013110 004 2025 0077900,  procede a publicar el fallo de primera instancia de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
29 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por el  JUZGADO 1º. PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, en el marco de la acción de tutela promovida por la señora   LILIANA NINCO DELGADO, en contra de la  FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UT CONVOCATORIA FGN 2024, dicha providencia dispuso:
 
 “ (…) SEGUNDO: VINCULAR a la presente acción, en calidad de accionadas, a las siguientes entidades:
 
1. FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
2. UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (Conformada por la
UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y la empresa TALENTO HUMANO Y
GESTIÓN S.A.S)
3. ASPIRANTES en el CONCURSO DE MERITOS FGN 2024, para proveer los empleos en vacancia definitiva de la planta de personal perteneciente al FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, e inscritos para el cargo al que aspira la accionante denominado Asistente de Fiscal II OPECE I-203-M-01-(679) por considerarse que les asiste un interés legítimo en los resultados del presente trámite, para que intervengan si lo desean y ejerzan su derecho de defensa y contradicción.
 
Córrase traslado de la demanda con sus anexos por el término máximo de 48 horas para  que las entidades vinculadas se pronuncien sobre los hechos de la demanda. Además, se ORDENA a la accionada FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 que, en el mismo término, deben publicar en sus respectivas páginas web oficiales, el escrito de tutela y el auto admisorio, con el fin que los interesados en la misma, conozcan su contenido y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, para cuyos efectos se les otorga el término de dos (2) días, contados a partir de la notificación del presente auto en la respectiva página web. Debiendo, además, aportar a este Juzgado la constancia de dicha notificación y/o publicación.  (…)”
29 de enero de 2026Auto admisorio- LILIANA NINCO DELGADO

Escrito de tutela- LILIANA NINCO DELGADO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al  fallo de primera instancia proferido por el  JUZGADO TERCERO DE FAMILIA, en el marco de la acción de tutela promovida el señor  JAIRO JAVIER PINEDA PALMEZANO., en contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, como operador del concurso de méritos FGN 2024, COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, La DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DEL CESAR, dicha providencia dispuso:
 
“ (…)PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente Acción de Tutela invocada por el señor JAIRO JAVIER PINEDA PALMEZANO en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, como operador del concurso de méritos FGN 2024, COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DEL CESAR – Oficina de Recursos humanos y la Dirección Seccional Administrativa y Financiara- Seccional Quibdó – Recursos humanos (…) “
29 de enero de 2026Fallo de primera instancia- JAIRO JAVIER PINEDA PALMEZANO
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cincuenta y Uno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, en el Auto del 27 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Fernando Andrés García Martínez contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 11 00 131 09051 2026 000 17 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
28 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  fallo de primera instancia proferido por el  JUZGADO SESENTA Y CUATRO (64) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, en el marco de la acción de tutela promovida por la señora ALBA LUCIA PADILLA ÁLVAREZ, en contra Unión Temporal FGN 2024, Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre), dicha providencia dispuso:
 
“ (…) RIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela por haberse configurado el fenómeno jurídico de carencia actual de objeto por hecho superado, respecto de los derechos fundamentales reclamados por ALBA LUCIA PADILLA ÁLVAREZ, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UT CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, de conformidad con las razones consignadas en la parte considerativa de este fallo. (…) “
28 de enero de 2026Fallo de primera instancia- ALBA LUCIA PADILLA ÁLVAREZ
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por el  Juzgado séptimo Penal Circuito Conocimiento, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor Cristian Camilo Sánchez Pacheco, en contra Unión Temporal FGN 2024, Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre),  dicha providencia dispuso:
 
“(…) 3. VINCÚLESE al trámite constitucional a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General y a los participantes de la OPEC I-204-M-01-(347), a quienes se les correrá traslado de la demanda y sus anexos para que, si a bien lo tienen y dentro de los tres (3) días siguientes, ejerzan el derecho de defensa y contradicción. Para efectos de la notificación de los participantes de la OPEC I-204-M-01-(347), REQUIÉRASE a la Fiscalía General de la Nación y a la Universidad Libre para que, de forma inmediata procedan a publicar en sus páginas web la demanda y sus anexos, y alleguen las constancias del caso. (…) “
28 de enero de 2026Auto asmisorio- Cristian Camilo Sánchez Pacheco

 

Escritop de tutela – Cristian Camilo Sánchez Pacheco

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al  fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO NOVENO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor JHON ANDRES PEREZ DE LA HOZ, en contra FISCALIA GENERAL DE LA NACIÒN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO y GESTION S.A.S), dicha providencia dispuso:
 
 (…) PRIMERO: Declarar la carencia actual de objeto, por hecho superado, de la acción de tutela presentada por JHON ANDRES PEREZ DE LA HOZ contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÒN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO y GESTION S.A.S).
 
(…) TERCERO. – ORDÉNESE a las accionadas J FISCALIA GENERAL DE LA NACIÒN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO y GESTION S.A.S) para que, una vez sea notificada de este proveído, lo publique en su página web oficial, con el fin de que los interesados en la misma conozcan su contenido, y si es su voluntad, se pronuncien al respecto. (…) “
28 de enero de 2026Fallo de primera instancia- JHON ANDRES PEREZ DE LA HOZ
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ITINERANTE DE MANIZALES, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor Juan Carlos Salazar Mejía, en contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia, dicha providencia dispuso:
 
 “ (…) 2. Se VINCULA al trámite a todas las personas inscritas al Concurso Abierto de Méritos de la Fiscalía General de la Nación 2024, en la OPECE I-104-M-01(448), para el empleo FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS. Para el efecto, SE COMISIONA a la Fiscalía General de la Nación y a la Universidad Libre de Colombia para que a través del medio más expedito notifiquen a los aspirantes al referido cargo y convocatoria. (…) “
28 de enero de 2026Auto admisorio- Juan Carlos Salazar Mejía

Escrito tutela- Juan Carlos Salazar Mejía

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  auto admisorio proferido por el JUZGADO VEINTIOCHO DE FAMILIA, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor Rafael Velandia Montes, en contra de la  Fiscalía General de la Nación, la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre y la UT Convocatoria Fiscalía General de la Nación 2024 Dicha providencia dispuso:
“ (…) 3. ORDENAR a la Fiscalía General de la Nación y la UT Convocatoria Fiscalía General de la Nación 2024, que de manera INMEDIATA publiquen en sus páginas web la presente providencia y el escrito de tutela, a efectos de dar a conocer el inicio de esta acción constitucional a todas aquellas personas que participaron en el concurso de méritos FGN 2024 a quienes se les informa que, de estimarlo conveniente y considerarse afectados con lo referido en el escrito de tutela, emitan un pronunciamiento el cual debe ser allegado a este Despacho al correo flia28bt@cendoj.ramajudicial.gov.co, acredítese la publicación en el término de un (1) día. (…) “
28 de enero de 2026Auto admisorio- Rafael Velandia Montes

Escrito tutela- Rafael Velandia Montes

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ -SECCIÓN PRIMERA, en el marco de la acción de tutela promovida por el señor OLIVER JAVIER DÍAZ IGLESIAS con radicado No.  11001-33-34-002-2026-00002-00, en contra de la  Fiscalía General de la Nación  y la Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
PRIMERO. NEGAR la acción de tutela promovida por el ciudadano, Oliver Javier Díaz Iglesias.
(…)”
28 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instanciaproferido por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SINCELEJO, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señor Bhorys Eduardo López Arrieta, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024CONFORMADA POR LA UNIVERSIDAD LIBRE– TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo:
 
“ (…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela presentada por el señor BHORYS EDUARDOLÓPEZ ARRIETA, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE– TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S., dentro de la presente acción constitucional, de conformidad a las razones expuestas en la presente providencia. (…)”
 
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
28 de enero de 2026Fallo de primera instancia- Bhorys Eduardo López Arrieta
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito Judicial de Santiago de Cali  – Valle del Cauca, en el Auto del 27 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Ricardo Roa Domínguez contra la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial, Universidad Libre – UT Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 76001 33 33 009 2026 00023 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
28 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Yopal – Casanare, en el Auto del 26 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Alberto Bernal Duplat contra la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 85 00131 05 002  2026 10006 – 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
28 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de segunda instanciaproferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA DE DECISIÓN PENAL, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señor Camilo Alejandro Carmona Castaño, contra la Fiscalía General de la Nación, la UT Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre de Colombia, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo:
 
“(…) Primero: Confirmar la sentencia impugnada.   (…) “
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
28 de enero de 2026Fallo de segunda instancia- Camilo Alejandro Carmona Castaño
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instanciaproferido por el JUZGADO VEINTINUEVE DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señor CRISTIAN ADRIAN QUIROZ QUINTERO, contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo:
 
“ (…) PRIMERO: DECLARAR improcedente la acción de tutela promovida por CRISTIAN ADRIAN QUIROZ QUINTERO, por las razones señaladas anteriormente. (…) “
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
28 de enero de 2026Fallo de primera instancia- CRISTIAN ADRIAN QUIROZ QUINTERO,
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro del trámite de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Giovanny Timana Noguera, procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia del 23 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto en contra de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, y como vinculados los Aspirantes al cargo de Asistente de Fiscal I, código I-204-M-01-(347) del concurso de méritos FGN 2024, adelantado por la Fiscalía General de la Nación, así como también a terceros interesados en la misma, con radicado No. 52001-33-33-009-2025-00255-00, se procede a realizar la publicación del fallo en mención. 
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
27 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO DE PALMIRA – VALLE en el marco de la acción de tutela promovida por el señor JAIRO ALBERTO LLANOS ARIAS con radicado No.  76-520-31-09-008-2025-00148-00, en contra de la  Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre de Colombia y la UT Convocatoria FGN 2024. Dicha providencia dispuso:
PRIMERO: DECLARAR la improcedencia de la acción de tutela presentada por JAIRO ALBERTO LLANOS ARIAS, contra la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre de Colombia y la UT Convocatoria FGN 2024, tal y como se expresó en la motiva de este proveído.
(…)
 
TERCERO: En aras de garantizar el ejercicio del derecho de defensa, por parte de los aspirantes a los cargos de «Fiscal delegado ante jueces penales del circuito» del Concurso de Méritos FGN 2024, se ordena a la UT Convocatoria FGN 2024, que dentro de las dos (2) horas siguientes a la notificación de esta providencia, publique en el portal web SIDCA3 utilizado para publicar y notificar las distintas actuaciones relacionadas con el concurso de méritos mencionado la presente sentencia, publicación que hará las veces de notificación de la misma.
(…)”
27 de enero de 2026Fallo de Primera instancia tutela Jairo Alberto Llanos Arias
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instanciaproferido por el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE NEIVA, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señor OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo:
“(…) PRIMERO: DECLARAR improcedente el amparo solicitado por la accionante, de acuerdo a las razones indicadas en la parte considerativa de esta decisión.
 
SEGUNDO: DESVINCULAR del presente trámite a la Fiscalía General de la Nación, así como los demás concursantes inscritos en el cargo de profesional de Gestión II, identificado con la OPECE: I-109-AP-11-(3), dentro del concurso de méritos adelantado para proveer cargos en la Fiscalía General de la Nación, conforme a las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia 
 
TERCERO: ORDENAR A LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, que realicen la publicación de la presente providencia, en la página destinada  (…) “
27 de enero de 2026Fallo de primera instancia- OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Fallo de Primera Instancia del 26 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor GIOVANNY ALEXANDER TORRES VILLAMIZAR, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN,  COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCAIA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIVERSIDAD LIBRE – UNION TEMPORAL UT CONVOCATORIA FGN 2024, en el sentido de publicar el día de hoy el siguiente aviso en la página web de esta Entidad, en el que se requirió:
(…)
” 
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE por no cumplir el requisito de subsidiariedad, el amparo constitucional solicitado por el señor GIOVANNY ALEXANDER TORRES respecto de la protección a los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y de acceso a cargos públicos, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.(…)”
 
TERCERO: ORDENAR a la COMISION DE CARRERA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, que publique esta sentencia en el portal web del concurso de méritos denominado convocatoria FGN 2024, en el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS y remita con destino a este proceso la constancia de su publicación.  (…)”. 
 
Lo anterior, para dar cumplimiento a lo ordenado en el fallo de prmiera instancia.
27 de enero de 2026 Fallo de Primera Instancia GIOVANNY ALEXANDER TORRES VILLAMIZAR. Rad. 2026-00009-00
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja – Boyacá, en el fallo de primera instancia del 23 de enero de 2026,  proferido dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor Jhon Jairo Alvarado Reyes en contra de la Fiscalia General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 15 001 33 33 011 2025 00236 00, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
27 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el FALLO DE PRIMERA INSTANCIA del 23 de enero de 2026, proferido por el TRIBUNAL DEL DISTRITO JUDICIAL SALA PENAL, dentro de la acción de tutela promovida por parte del señor VICTOR DANIEL CASTILLA PLAZAcontra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, procede a realizar la publicación del FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, en donde se resolvió:
(…) 
Primero. Declarar improcedente la acción de tutela impetrada por el Sr. Víctor Daniel Castilla Plaza contra la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, Comisión de la Carrera de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad libre, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia. 
(…)
27 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instanciaproferido por el JUZGADO SESENTA Y DOS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señora DIANA CAROLINA GUTIÉRREZ HERRERA, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024,, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo:
”  (…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela instaurada por DIANA CAROLINA GUTIÉRREZ HERRERA, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024. (…)” 
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
26 de enero de 2026Fallo de primera instancia- Diana Carolina Gutiérrez Herrera
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el fallo de primera instanciaproferido por el JUZGADO SÉPTIMO (7°) DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señor GUILLERMO LEÓN MENDOZA, contra UNIÓN TEMPORAL CONVOVATORIA FGN 2024, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo de segunda instancia:
” (…) PRIMERO: NEGAR POR IMPROCEDENTE el amparo constitucional invocado el señor GUILLERMO LEON MENDOZA identificado con cedula de ciudadanía número, por las razones anotadas en la presente decisión.(…) “
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
26 de enero de 2026Fallo de primera instancia – GUILLERMO LEÓN MENDOZA
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro del trámite de la acción de interpuesta por el señor Rossemberg Alexander González Ovalle, procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia del 22 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C. en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia, con radicado No.  11001310900120250028700, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
26 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO DIECISÉIS ADMINISTRATIVO ORAL DE MEDELLÍN en el marco de la acción de tutela promovida por el señor MARIO FERNANDO SEPUYES RODRIGUEZ con radicado No.  05001-33-33-016-2026-00001-00, en contra de la  FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (CONFORMADA POR LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.). Dicha providencia dispuso:
PRIMERO. DECLARAR IMPROCEDENTE, la acción de tutela interpuesta por el señor MARIO FERNANDO SEPUYES RODRIGUEZ, en contra de la NACION-FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (CONFORMADA POR LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.), trámite al que fueron vinculados los aspirantes al cargo de “Fiscal Delegado ante los Jueces de Circuito” del “Concurso de Méritos FGN 2024.
(…)
TERCERO. En aras de garantizar el ejercicio del derecho de defensa, por parte de los aspirantes al cargo de “Fiscal Delegado ante los Jueces de Circuito” del “Concurso de Méritos FGN 2024”, Se ordena a la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (CONFORMADA POR LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.) , que dentro de las dos (2) horas siguientes a la notificación de esta providencia, publique en el portal web SIDCA3 utilizado para publicar y notificar las distintas actuaciones relacionadas con el “Concurso de Méritos FGN 2024” la presente sentencia, publicación que hará las veces de notificación de la misma. Se deberá acreditar ante el Despacho, por la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (CONFORMADA POR LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.), la realización de dicha publicación, dentro de los dos (2) días siguientes.
 
(…)”
26 de enero de 2026Fallo de Primera instancia tutela Mario Fernando Sepuyes Rodriguez
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SEXTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTÁ en el marco de la acción de tutela promovida por el señor RICARDO ANDRES PALOMA PUENTES con radicado No.  1110013107006202500270 (4604-6), en contra de la  FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – Comisión de la Carrera Especial y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
 PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela impetrada por RICARDO ANDRES PALOMA PUENTES, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – Comisión de la Carrera Especial y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – Universidad Libre, como quiera que se configuró la carencia actual de objeto por hecho superado.
(…)”
26 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de segunda instanciaproferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señor DANNY CEDIEL ABAUNZA RUBIANO, contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y LA COMISIÓN NACIONAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo de segunda instancia:
“(…) Primero. Confirmar la sentencia de 12 de diciembre de 2025 proferida por el Juzgado 42 Civil del Circuito de Bogotá. (…) “
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
26 de enero de 2026Fallo de segunda instancia- DANNY CEDIEL ABAUNZA RUBIANO
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el fallo de primera instanciaproferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala Penal Sala Primera de Decisión Constitucional, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señora María Paula Navarro contra la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo de primera instancia.
“ (…) Primero. Negar la acción de tutela impetrada por la Sra. María Paula Navarro Naranjo, con fundamento en lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. (…) “
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
26 de enero de 2026Fallo Primera Instancia –  María Paula Navarro
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el FALLO DE PRIMERA INSTANCIA del 22 de enero de 2026, proferido por el JUEZ TERCERO PENAL DEL CIRCUITO DE PASTO – NARIÑO, dentro de la acción de tutela promovida por parte de la señora ANGIE ESTEFANIA RUEDA MARTÍNEZcontra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, trámite en el cual se vinculó a la Universidad Libre de Colombia y los participantes del Concurso de Méritos FNG 2024 SIDCA 3 de la lista para asistente de fiscal I, OPEC I-204-M-01-(347), del concurso de méritos FGN 2024, procede a realizar la publicación del FALLO DE PRIMERA INSTANCIA, en donde se resolvió:
(…) 
PRIMERO: DECLARAR improcedente la acción de tutela interpuesta por ANGIE ESTEFANIA RUEDA MARTÍNEZ en contra de FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – Comisión de la Carrera Especial – UT CONVOCATORIA FGN 2024.
SEGUNDO: Notifíquese esta sentencia de la forma prevista en el artículo 30 del decreto 2591 de 1991.  
TERCERO: En firme la presente decisión, remítase la actuación ante la H. Corte Constitucional para su eventual revisión.
CUARTO: Contra esta sentencia procede la impugnación.
(…)
26 de enero de 2026Publicación Fallo Tutela Primera Instancia – ANGIE ESTEFANIA RUEDA MARTÍNEZ
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el auto admisorio del 21 de enero de 2026, proferido por JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ-SECCIÓN PRIMERA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Luis Alexander Galvis Sánchez contra la Fiscalía General de la Nación – Universidad Libre, en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
“ (…) SEGUNDO: ORDENAR a la Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón, para que en el término de un (1) día contado a partir de la notificación del presente auto, se publique en las respectivas páginas oficiales web de las entidades, en el link correspondiente al Concurso de Méritos FGN 2024, parte pertinente a avisos o notificaciones y/o del cargo con el código del empleo I-208 M01-(11) Secretario Ejecutivo, copia de la demanda de tutela y de este auto, con el fin de que quienes tengan interés en las resultas de esta acción se puedan hacer parte, ejercer sus derechos y presentar las pruebas que pretendan hacer valer, dentro de los dos (2) días siguientes a las aludidas publicaciones. (…)”
26 de enero de 2026Auto Admisorio – Luis Alexander Galvis Sánchez

 

 Escrito de tutela- Luis Alexander Galvis Sánchez

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el  auto admisorio y escrito de tutela del 23 de enero de 2026, proferido por JUZGADO 44  PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por  el señor  Hanser Sebastián Cubides Rojas, contra la Fiscalía General de la Nación, Universidad Libre y UT Convocatoria Fiscalía General de la Nación 2024 en el sentido de publicar el día de hoy el escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
“ (…) En atención a que, con las resultas de la presente acción, podrían verse comprometidos sus derechos, se dispone vincular a este trámite a las personas inscritas en el concurso para optar al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos, nivel jerárquico “Profesional”. Se ordena a las accionadas publicar en sus páginas web oficiales, la información respecto a la acción de tutela (escrito de tutela y el auto admisorio), con el fin que los interesados en la misma conozcan su contenido, y si es su voluntad se pronuncien al respecto. Para ello, deberán evitar exponer datos como el nombre, número de identificación y datos de notificación de la accionante y así mismo allegar los soportes al día siguiente a su notificación. (…) “
23 de enero de 2026Auto admisorio- Hanser Sebastián Cubides Rojas,

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el  fallo de primera instancia del 22 de enero de 2026, proferido por JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, dentro de la acción de tutela promovida por  el señor WILMER YESID MONTAÑO MENJURA, contra UNIVERSIDAD LIBRE y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo de primera instancia.
“(…) PRIMERO: DENEGAR la acción de tutela instaurada por WILMER YESID MONTAÑO MENJURA, contra la UNIVERSIDAD LIBRE Y FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, acorde con lo considerado. (…) “
23 de enero de 2026Fallo de primera instancia-  WILMER YESID MONTAÑO MENJURA
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Florencia – Caquetá, en el fallo del 22 de enero de 2026, relacionado con la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Alfonso Cartagena Mayorquín en contra de la Universidad Libre, Unión Temporal Convocatoria – FGN 2024, Fiscalia General de la Nación, con radicado No. 1800 131 09005 2025 00142 00, se procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia de la acción de tutela de la referencia.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
23 de enero de 2026Fallo de tutela,  Diego Alfonso Cartagena Mayorquín, 2026 – 01 – 23
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, dando continuidad a la publicidad del proceso y con ocasión de la sentencia en primera instancia del 21 de enero de 2026, proferida por el JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por la señora DIANA RUTH SILVA FANDIÑO contra la Fiscalía General de la Nación y otros, en donde se requirió: 
“(…) Comedidamente, me permito solicitar a la Coordinadora General del Concurso de Méritos de la Fiscalía General de la Nación 2024 y a la Universidad Libre que se sirvan publicar y comunicar el fallo de la acción de tutela de la referencia en su página web o a través del medio dispuesto para tal fin, a todos los aspirantes de la convocatoria “Concurso de Méritos FGN 2024”. Lo anterior, en relación con el aspirante identificado con ID de inscripción 65205, para el cargo I-105-AP-02-(3). (…)”.
23 de enero de 2026Sentencia primera instancia, DIANA RUTH SILVA FANDIÑO
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia – Caquetá, relacionado con la publicación del fallo del 06 de enero de 2026, de la acción de tutela interpuesta por el señor Luis Carlos Rodríguez Ortega en contra de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Concurso FGN 2024, con radicado No. 2025 – 00132, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
23 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Itagüí – Antioquia, relacionado con la publicación del fallo del 20 de enero de 2026, de la acción de tutela interpuesta por los señores Carlos Arturo Herrera Palacios y Luis Hernando Calixto Paipa en contra de la Unión Temporal FGN 2024 y otras, con radicado No. 05360 31 05 002 2025 00567 00, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
23 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Calarcá – Quindío, relacionado con la publicación del fallo del 09 de enero de 2026, de la acción de tutela interpuesta por el señor Michael Stiven Ocampo Ortíz en contra de la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, U.T Convocatoria FGN 2024, Universidad Libre, con radicado No. 63130 31 87 004 2025 00087 01, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
23 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el  auto admisorio del 22 de enero de 2026, proferido por JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL, dentro de la acción de tutela promovida por  el señor DIEGO GONZÁLEZ MONTEALEGRE, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD LIBRE en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
“ (…) SÉPTIMO: ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la UNIVERSIDAD LIBRE y la UT CONVOCATORIA FGN 2024, conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE y la sociedad Talento Humano y Gestión S.A.S. que de manera inmediata publiquen en la página web dispuesta para el proceso en mención, la existencia de esta acción constitucional con el contenido de este auto, la demanda y sus anexos, además, advertir a los participantes admitidos que podrán intervenir en esta acción dentro de los dos (2) días siguientes al momento de la publicación aludida a través del correo electrónico del juzgado adm01nei@cendoj.ramajudicial.gov.co. Las entidades accionadas deberán adjuntar la respectiva constancia de publicación y notificación. (…) “
22 de enero de 2026Escrito de tutela-  DIEGO GONZÁLEZ MONTEALEGRE,

Auto admisorio- DIEGO GONZÁLEZ MONTEALEGRE,

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención de lo informado en el fallo del JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLLA, a través del cual resolvió declarar improcedente el amparo de la acción de tutela interpuesta por la señora ALBA LUZ ARRIETA PAYARES contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACION- COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-UNIVERSIDAD LIBRE con radicado No. 08001318700520250010200, se procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los participantes de la convocatoria de Concurso de Méritos del Concurso de Méritos Fiscalía General de la Nación Acuerdo N° 001 del 3 de marzo de 2025, en la modalidad de ingreso, Postulado al cargo: PROFESIONAL EXPERTO I-105-AP-02- (3), a efectos de que lo dispuesto en el referido fallo en el cual se dispuso:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela presentada por la señora ALBA LUZ ARRIETA PAYARES, (…), actuando en nombre propio en contra de la entidad FISCALIA GENERAL DE LA NACION- COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-UNIVERSIDAD LIBRE, con fundamento en lo expuesto en la parte motiva de éste proveído.
 
SEGUNDO: NOTIFICAR la decisión a las partes conforme a los lineamientos del Decreto 2591 de 1991, haciéndoles saber que respecto de la misma procede la impugnación, de conformidad con lo expuesto en los artículos 31 y 32 ibídem.”
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
22 de enero de 2026Fallo de 1ra Instancia ALBA LUZ ARRIETA PAYARES
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el  auto admisorio del 22 de enero de 2026, proferido por JUZGADO 63 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por  el señor Daniel Fernando Gómez Gallego contra Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Operador Concurso de Méritos Fiscalía General De La Nación) en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
“ (…) CUARTO: ORDENAR que por conducto de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (OPERADOR CONCURSO DE MÉRITOS FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN), se les notifique de la existencia de la presente acción de tutela  y su admisión, a las personas que conforman la lista de admitidos en el empleo “FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO” identificado con el código I-103-M-01-(597III) de la convocatoria del concurso de méritos (…) “
22 de enero de 2026Escrito de tutela-  Daniel Fernando Gómez Gallego

Auto admisorio- Daniel Fernando Gómez Gallego

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el  fallo de primera instancia del 15 de enero de 2026, proferido por JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por la señora MARILYN DAYANA HENAO RODRÍGUEZ contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
“ (…) PRIMERO: NEGAR POR IMPROCEDENTE la acción de tutela instaurada por la señora MARILYN DAYANA HENAO RODRIGUEZ en contra de la COMISION FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.(…) “
22 de enero de 2026Fallo de primera instancia – MARILYN DAYANA HENAO RODRÍGUEZ
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el  fallo de primera instancia del 20 de enero de 2026, proferido por JUZGADO 37 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Douglas Stevenson Sosa Vanegas contra la Fiscalía General de la Nación -Unión Temporal Comisión de Carrera, en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
“(…)PRIMERO: NEGAR la acción de tutela  interpuesta por el ciudadano Douglas Stevenson Sosa Vanegas  identificado  en contra de la Fiscalía  General de la Nación -Unión Temporal Comisión de Carrera -y la  vinculada oficiosamente Universidad Libre -SIDCA- por las  razones expuesta en la parte motiva de esta sentencia de tutela. (…) “
22 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Quince Administrativo del Circuito de Cali, en el Fallo de tutela de primera instancia del 21 de enero de 2026, de la acción interpuesta por el señor Diego Mauricio Rocha Gallo, en contra de la UT Convocatoria FGN 2024 y Fiscalía General de la Nación – Comisión de Carrera Especial y Subdirección de Talento Humano, y como vinculada la Universidad Libre, en el que ordena:
 
CUARTO: Ordenar a las entidades accionadas la publicación integral de la presente sentencia en sus respectivos portales web, a fin de notificar a todos los integrantes del concurso.”, tutela con radicado No.  76001-33-33-015-2025-00365-00, se procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia.
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
22 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín – Antioquia, en el fallo del 22 de enero de 2026, relacionado con el fallo de primera instancia de la acción de tutela interpuesta por el señor Fernando Eugenio Solís García contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 05 00 131 09 006 2025, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
22 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO 25 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., en el marco de la acción de tutela promovida por la señora IRMA ALEXANDRA CARDENAS CASTAÑEDA con radicado No 11001-31-87-025-2025-00205-00, contra la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – VINCULANDOSE A LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA. Dicha providencia dispuso:
“(…)
PRIMERO: NEGAR por improcedente la acción de tutela interpuesta por IRMA ALEXANDRA CÁRDENAS CASTAÑEDA, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
(…)”
22 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sesenta y Cuatro Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá D.C, relacionado con la notificación del fallo del 13 de enero de 2026, de la acción acción de tutela interpuesta por la señora Sandra Beatríz García Pinto en contra de la Fiscalía General de la Nación, la U.T Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, con radicado No. 11 00 131 09 064 2025 00254 00, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
22 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., en el marco de la acción de tutela promovida por el señor ANDRÉS GIOVANNY NIÑO CABALLERO con radicado No 11001-31-87-005-2026-00009-00, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL- y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024. Dicha providencia dispuso:
“(…)
PRIMERO: DECLARAR LA IMPROCEDENCIA del amparo constitucional invocado por ANDRÉS GIOVANNY NIÑO CABALLERO, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL- y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, de conformidad con lo señalado en el cuerpo de esta decisión.
(…)”
22 de enero de 2026Fallo de Primera instancia 16-01-2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO 30 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ en el marco de la acción de tutela promovida por la señora SANDRA BEATRIZ GARCÍA PINTO con radicado No 11001318703020250023000, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024- Fiscalía General de la Nación y Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
                   “(…) Primero: Declarar improcedente la acción de tutela (…)”
22 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE COROZAL-SUCRE en el marco de la acción de tutela promovida por el señor BYRON JAVIER BENÍTEZ CONTRERAS con radicado No. 702153104002-2025-00092-00, en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
 PRIMERO. – DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de la acción de tutela que promueve el señor BYRON JAVIER BENITEZ ORTEGA, por la supuesta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso administrativo, de conformidad con las razones de hecho y de derecho expuestas en la parte motiva de este fallo.
(…)”
22 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el auto admisorio del 20 de enero de 2026, proferido por JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor EDGARDO JESUS JIMENEZ MARTINEZ, contra la UNIVERSIDAD LIBRE UT CONVOCATORIA FGN 2024 Y/O FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
“  (…) SEXTO: ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, que tan pronto se les notifique esta providencia, publiquen en su página web oficial y/o en el sitio que esté dispuesto para ello, un AVISO acompañado de la demanda y del presente auto, mediante el cual comunique la existencia de esta acción de tutela a los terceros interesados y aspirantes al cargo de Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, a fin de que en el término improrrogable de un (1) día se pronuncien, si a bien lo tienen.
 
De esas actuaciones, deberá remitir los correspondientes soportes una vez efectuada la publicación del AVISO. (…) “
22 de enero de 2026Auto Admisorio – EDGARDO JESUS JIMENEZ MARTINEZ,

 Escrito de tutela- EDGARDO JESUS JIMENEZ MARTINEZ,

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el auto Admisorio del 19 de enero de 2026, proferido por Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Rocío Yerardine de la Rosa Martínez, contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (conformada por la Universidad Libre y Talento Humano y Gestión S.A.S), en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 “TERCERO: Vincular a los participantes del Concurso de Méritos FGN 2024, inscritos para el cargo de Asistente de Fiscal I, para que se pronuncien sobre los hechos relatados dentro de la presente acción constitucional. Para tal efecto, ordénese a la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, publicar el presente auto en sus páginas web correspondientes. Los vinculados dispondrán del término de tres (3) días para pronunciarse, si a bien lo consideran. (…) “
22 de enero de 2026Auto Admisorio – Rocío Yerardine de la Rosa Martínez

 Escrito de tutela- Rocío Yerardine de la Rosa Martínez

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ en el marco de la acción de tutela promovida por la señora ANDREA LORENA CARVAJAL LOZADA con radicado No 73001-31-87-007-2025-00157-00, contra la Unión Temporal  Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación. Dicha providencia dispuso:
“(…)
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción constitucional instaurada por la señora Andrea Lorena Carvajal Lozada conforme las razones expuestas en la parte motiva.

SEGUNDO: DESVINCULAR del presente trámite constitucional a Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, la Fiscalía General de la Nación – Comisión Especial de Carrera de la Fiscalía y los Participantes en el Concurso de la Fiscalía General de la Nación – Cargo – Fiscal Delegado Ante Jueces de Circuito.
(…)”
22 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO ONCE DE FAMILIA DE BOGOTÁ, D.C., en el marco de la acción de tutela promovida por el señor CARLOS ALBERTO GARCÍA NEIRA con radicado No 2025- 00992, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación. Dicha providencia dispuso:
“(…)
Primero: NEGAR el amparo de los derechos fundamentales a la información y el de petición del señor CARLOS ALBERTO GARCÍA NEIRA, en contra de la UT CONVOCATORIA FGN 2024 y de la UNIVERSIDAD LIBRE, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
(…)”
22 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PEREIRA en el marco de la acción de tutela promovida por DANIEL GARCÍA JARAMILLO con radicado No 2025-52806, contra la Fiscalía General de la Nación y la UT Convocatoria FGN 2024. Dicha providencia dispuso: “(…)
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela del derecho fundamental al trabajo, acceso a cargos públicos por concurso de méritos y debido proceso, invocados como vulnerados por el señor DANIEL GARCÍA JARAMILLO, identificada con cédula de ciudadanía 1.087.491.789, por lo expuesto en la parte motiva de esta decisión. (…)”
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por Juzgado Diecisiete Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bucaramanga en el marco de la acción de tutela promovida por el señor DAN MATIAS GONZALEZ GARCIA con radicado No 68001 40 88 017 2025 00313 00, contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
“(…)
Primero: Declarar improcedente la acción de tutela que promovió Dan Matías González García en contra de la Corporación Universidad Libre y la Fiscalía General de la Nación, de conformidad a lo anotado en las consideraciones de esta sentencia de tutela.
 
Segundo: Desvincular del presente trámite constitucional a las personas que integran la lista de elegibles del concurso de la fiscalía general de la nación en el cargo en que se postuló Dan Matías González García, por la falta de  legitimación en la causa por pasiva. 
 
(…)”
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado al auto admisorio del 21 de enero de 2026, proferido por JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE SOGAMOSO, dentro de la acción de tutela promovida por la señora  MATILDE ROJAS VARGAS, contra Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S),, en el sentido de publicar el día hoy escrito de tutela y auto admisorio, en le requiero:
 
 “ (…)Ordenar a la FGN y a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S) que informe a la comunidad, a través de su página web, la existencia de la presente acción de tutela. (…) “
21 de enero de 2026Escrito de tutela- MATILDE ROJAS VARGAS

 

 Auto admisorio-  MATILDE ROJAS VARGAS

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero de Familia de Bucaramanga – Santander, en el Auto del 20 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora Ruth Ibañez Robles contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 , con radicado No.  2026 00014 – 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO ARMENIA – QUINDÍO en el marco de la acción de tutela promovida por la MAIRA ANDREA RIASCOS CUENÚ con radicado No. 63001-33-33-001-2025-00173-00, en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
 PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente solicitud de tutela, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
(…)”
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, continuidad a la publicidad del proceso y con ocasión de la sentencia en primera instancia del 20 de enero de 2026, proferida por el JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO (Bucaramanga – Santander), dentro de la acción de tutela promovida por el señor GIORGIO ANDRETTI QUINTERO CAMACHO, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN (Comisión de Carrera Especial y Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial) y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.); trámite al que fueron vinculados los ASPIRANTES INSCRITOS O REGISTRADOS Y/O PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA FGN 2024, en el sentido de publicar el día de hoy el siguiente aviso en la página web de esta Entidad, providencia en donde se requirió: 
“(…) Se ordena a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN (Comisión de Carrera Especial de la FGN y Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la FGN) y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 que, de manera inmediata, publiquen la presente providencia constitucional en su portal web con ocasión del concurso de méritos Concurso de Méritos FGN 2024 (modalidad ingreso), y remitan constancia de la publicación a este Despacho. (…)”.
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el auto admisorio del 20 de enero de 2026, proferido por JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE CALI, dentro de la acción de tutela promovida por la señor FELIX GONZALO PAEZ REYES contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN (FGN) – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL Y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024- UNIVERSIDAD LIBRE, en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
“(…) QUINTO. DISPONER la publicación del presente auto admisorio en la página web institucional de la Fiscalía General de la Nación, así como en el micrositio o plataforma oficial del Concurso de Méritos FGN 2024, administrado por la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, con el fin de garantizar los principios de publicidad, transparencia y debido proceso, y permitir la eventual intervención de terceros con interés legítimo. (…) “
21 de enero de 2026Auto Admisorio – FELIX GONZALO PAEZ REYES

 

 Escrito de tutela- FELIX GONZALO PAEZ REYES

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, dando continuidad a la publicidad del proceso y con ocasión de la sentencia en primera instancia del 19 de enero de 2026, proferida por el JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE RIOHACHA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor JORGE LUIS DÍAZ ESCUDERO contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, trámite dentro del cual se vinculó a la Fiscalía General de la Nación, a la Sección de Policía Judicial – la Guajira y a las personas que participaron en el Concurso Fiscalía General de la Nación 2024 en la OPECE I-110-AP 04-(2), en donde se requirió: 
“(…) SEGUNDO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que notifique la presente decisión por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el concurso FGN2024 de LA OPECE I-110-AP-04-(2). y remita comprobante de ello a este despacho judicial. (…)”.
21 de enero de 2026Sentencia primera instancia, JORGE LUIS DÍAZ ESCUDERO
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, dando continuidad a la publicidad del proceso y con ocasión de la sentencia en primera instancia del 20 de enero de 2026, proferida por el JUZGADO TREINTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO (Bogotá D.C.), dentro de la acción de tutela promovida por el señor FAYVER LIBARDO CARRILLO RUBIO en calidad de apoderado de EDWIN ALEJANDRO SABOGAL, en contra de la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNIVERSIDAD LIBRE y, en donde se encuentran vinculados de los interesados y partícipes inscritos en el “Concurso de Méritos FNG 2024”, quienes eventualmente pudieran salir afectados con la decisión, en donde se requirió: 
“(…) PRIMERO. DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por FAYVER LIBARDO CARRILLO RUBIO en calidad de apoderado de EDWIN ALEJANDRO SABOGAL contra la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNIVERSIDAD LIBRE por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a cargos públicos y petición, conforme a lo expuesto en las consideraciones de esta sentencia.
SEGUNDO. NOTIFICAR a las partes de este proveído, conforme lo establece el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991, indicando que procede el recurso de impugnación.
TERCERO. En aplicación del artículo 31 del Decreto 2591 de 1991 de no ser impugnado el presente fallo remítase la carpeta a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión. (…)”.
21 de enero de 2026Sentencia primera instancia, EDWIN ALEJANDRO SABOGAL
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del Auto Interlocutorio No. 011 por medio del cual se acepta el desistimiento proferido por el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO TUMACO – NARIÑO en el marco de la acción de tutela promovida por la señora MARÍA CAMILA RUALES BENAVIDES con radicado No.  528353107004-2025-00091-00, contra la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024. Dicha providencia dispuso:
PRIMERO. – Aceptar el desistimiento del trámite tutelar que hace la señora María Camila Rúales Benavides, identificada con cédula de ciudadanía  de Pasto – Nariño, dentro de la acción de tutela interpuesta en contra de la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024.
(…)”
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA en el marco de la acción de tutela promovida por la señora ANGELA PATRICIA PINZÓN LEÓN con radicado No.  68001-31-09-002-2025-00120-00, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación. Dicha providencia dispuso:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por ANGELA PATRICIA PINZÓN LEÓN, contra la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, INTEGRADA POR LA UNIVERSIDAD LIBRE identificada con NIT 860.013.798-5, y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Y de oficio se ordenó vincular a la Comisión Especial de Carrera de la Fiscalía General de la Nación y por intermedio de esta entidad a todos los interesados que se encuentran inscritos en el empleo PROFESIONAL DE GESTIÓN II, código empleo OPECE: I-109-M-06-(32), que surtida la etapa de valoración de antecedentes hayan realizado las reclamaciones pertinentes – similares a la que se reclama- en el término correspondiente dentro de la convocatoria del concurso abierto de méritos FGN-2024.
(…)”
21 de enero de 2026Fallo de Primera instancia tutela Angela Patricia Pinzón León 19-01-2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado 27 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, en el fallo del 19 de enero de 2026, relacionado con la acción de tutela interpuesta por la señora SANDRA PATRICIA DIAZ GUTIÉRREZ, en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Fiscalía General de La Nación y Universidad Libre, con radicado No. 11001-31-87-027-2026-00022- 00, se procede a realizar la publicación de la decisión de primera instancia que negó el amparo solicitado.”
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO 44 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ en el marco de la acción de tutela promovida por la señora RONIT JANET CALDAS RUEDA con radicado No 11001 31 09 044 2025 00121, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024- Fiscalía General de la Nación y Universidad Libre. Dicha providencia dispuso:
“(…)
PRIMERO. – DECLARAR improcedente al amparo constitucional invocado por Ronit Janet Caldas Rueda, por presunta vulneración a sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a cargos públicos, principio de mérito, confianza legítima, seguridad jurídica, acceso a la justicia y petición, por parte de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024- Fiscalía General de la Nación y Universidad Libre, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia.
(…)”
21 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de segunda instancia proferido por el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA, en el marco de la acción de tutela promovida por  ROMARIO LUIS MUÑOZ VARGAS con radicado No.13001311000320250060401 contra la UNIVERSIDAD LIBRE, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, TALENTO HUMANO GESTION S.A.S., UNIÓN TEMPORAL FGN 2024 y UT CONVOCATORIA FGN 2024. Dicha providencia dispuso:
“(…)
Así las cosas, el análisis de los argumentos planteados permite concluir que la
acción constitucional promovida resulta improcedente, en tanto no se satisface el requisito de subsidiariedad, al pretenderse el uso de la tutela como mecanismo alternativo para controvertir actuaciones propias de un trámite administrativo regulado y sujeto a los medios de defensa ordinarios previstos por el ordenamiento jurídico.
 
3. DECISIÓN.
 
Todo lo discurrido es suficiente para confirmar la sentencia de primer grado, con la consecuente remisión del expediente a la Corte Constitucional, para su eventual revisión.
 
En mérito de lo expuesto, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
 
RESUELVE:
 
PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia de primera instancia proferida por el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE CARTAGENA el 2 de diciembre de 2025, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia
(…)”
20 de enero de 2026Fallo de Segunda instancia- ROMARIO LUIS MUÑOZ VARGAS
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado tanto en la sentencia del 19 de enero de 2026, proferida por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Distrito Judicial de Cúcuta, dentro de la acción de tutela promovida por la señora ANGIE MARCELA UREÑA AYCARDI, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 CONFORMADO POR LA UNIVERSIDAD LIBRE Y TALENTO HUMANO S.A.S Y UNIVERSIDAD LIBRE, en donde se ordenó: 
“(…) TERCERO: SOLICITAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN-UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, publicar a través de la pagina web de la entidad, el presente fallo. (…)”.
20 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Fallo Primera Instancia del 16 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor DEKER JOHAN PLATA RINCÓNcontra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, trámite en el cual se vinculo a la Universidad Libre de Colombia y la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, procede a realizar la publicación del Fallo Primera Instancia, en donde se resolvió:
(…) 
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo constitucional de tutela impetrada por el ciudadano DEKER JOHAN PLATA RINCÓN identificado con la C.C. Nro. 1095813958, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo, a la igualdad, al acceso a cargos públicos y al trabajo, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de este fallo.
SEGUNDO: DESVINCULAR a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, a la COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y a los participantes del Proceso de Selección del empleo asistente de Fiscal II – Código I-203-M-01-(679), modalidad de ingreso del Concurso de Méritos FGN 2024 del presente trámite constitucional.
(…)
20 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado al auto admisorio del 15 de enero de 2026, proferido por JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALI, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Rodolfo Zuluaga González, contra Fiscalía General de la Nación, Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, en el sentido de publicar el día hoy escrito de tutela y auto admisorio, en le requiero:
 
“(…) TERCERO: ORDENAR a la NACIÓN – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 que, inmediatamente se efectúe la notificación de este proveído, proceda a la publicación de esta providencia en su página web para que las personas que hacen parte del Concurso de Méritos FGN 2024 y se hayan postulado para el empleo denominado Asistente de Fiscal IV, OPECE: I-201-M-01-(250) con interés legítimo en el asunto, se enteren del contenido de la misma y si a bien lo tienen, se hagan parte de la presente acción constitucional, advirtiéndoles que podrían salir afectados con las resultas de este asunto. (…) “
20 de enero de 2026Escrito de tutela- Rodolfo Zuluaga González

Auto admisorio-  Rodolfo Zuluaga González

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de San José de Cúcuta – Norte de Santander, en el Auto del 19 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora María Consuelo Albañil Ordoñez contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No. 54001 31 03 006 2026 00012 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
20 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Fallo Tutela Primera Instancia del 13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE  SEGURIDAD de CALI – VALLE, dentro de la acción de tutela promovida por el señor JHON JAIRO SÁNCHEZ GÓMEZcontra la Fiscalía General de la Nación, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, Universidad Libre y Talento Humano y Gestión SAS, procede a realizar la publicación del Fallo Primera Instancia, en donde se resolvió:
(…) 
PRIMERO. – DECLARAR la carencia actual de objeto por existir un HECHO SUPERADO dentro de la acción de tutela interpuesta por la ciudadana JHON JAIRO SANCHEZ GOMEZ, en contra UT Convocatoria FGN 2024., por la presunta vulneración a sus derechos fundamentales a la seguridad social y debido proceso, según lo dicho en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO – Contra la presente providencia procede el recurso de impugnación, y de no interponerse dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de este, envíese por la secretaría del Despacho el cuaderno original a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
(…)
20 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Itagui – Antioquia,  en el Auto del 19 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor  Jhonny Alexander Espinal Acevedo contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 2025 00488 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio, auto interlocutorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
20 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado al auto admisorio del 20 de enero de 2026, proferido por JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DE ARAUCA, dentro de la acción de tutela promovida por la señora LAURA ALEJANDRA CORREA ARIZA, contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE COMO OPERADOR DEL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FGN, en el sentido de publicar el día hoy escrito de tutela y auto admisorio, en le requiero:
SEXTO: ORDÉNESE a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE Y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FGN, que dentro del término de dos (2) horas siguientes a la notificación de la presente providencia publiquen el contenido del escrito de tutela y sus anexos así como de este auto en la página web que corresponde a las notificaciones dentro del proceso de selección Concurso de Méritos FGN 2024 mediante la plataforma SIDCA 3, cargo de Asistente de Fiscal II, código de empleo I-203-M-01- (529), Área /Proceso/Subproceso: misional – investigación y judicialización nivel jerárquico: técnico, para que los inscritos, si lo estiman conveniente, hagan valer sus derechos al interior de este proceso, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación del auto. Así mismo, la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE deberá remitir constancia de las publicaciones en el término atrás otorgado a través de la ventanilla virtual del juzgado https://ventanillavirtual.consejodeestado.gov.co/ opción memoriales y/o escritos.
20 de enero de 2026Escrito de tutela- LAURA ALEJANDRA CORREA ARIZA

Auto admisorio- LAURA ALEJANDRA CORREA ARIZA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado al fallo de primera instancia del 19 de enero de 2026, proferido por JUZGADO CUARENTA Y NUEVE PENAL DEL CIRCUITO, dentro de la acción de tutela promovida por la señora DEYSY LORENA RAMÍREZ CELY, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.),  en el sentido de publicar el día de hoy el presente fallo
 
PRIMERO. – NEGAR la acción de tutela promovida por la señora DEYSY LORENA RAMÍREZ CELY, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 / UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S-.
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
20 de enero de 2026Fallo de primera instancia-  DEYSY LORENA RAMÍREZ CELY
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el Auto admisorio del 19 de enero de 2026, proferido por JUZGADO CUARENTA Y NUEVE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, dentro de la acción de tutela promovida por la señora María Inés Collante Trigos, contra de la Fiscalía General de la Nación —FGN— y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre, en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
“(…) 2. Por cuanto el despacho no dispone de la información, en virtud al interés que puede surgir del resultado de esta acción de tutela, de los datos personales y de contacto para una expedita interacción procesal, así como atendiendo la importancia y perentoriedad del término en el asunto convocado, se ordena que la FGN y a la Unión Temporal Convocatoria Fiscalía General de la Nación (Universidad Libre), proceda a notificar este auto admisorio junto con la demanda de tutela y sus anexos, y realice la comunicación masiva, a través de su página web, a todos los aspirantes inscritos para el empleo “Asistente de Fiscal II” ante Jueces del Circuito, en la modalidad ingreso, y en general, a los participantes, admitidos e inadmitidos, del Concurso de Méritos FGN 2024, quienes en el término de dos (2) días, contados a partir de la publicación en los portales web de la entidad accionada, podrán pronunciarse (…) “
20 de enero de 2026Auto Admisorio – María Inés Collante Trigos

Escrito de tutela- María Inés Collante Trigos

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el auto admisorio del 15 de enero de 2026, proferido por JUZGADO VEINTITRÉS PENAL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, dentro de la acción de tutela promovida por la señora, Mónica Marcela García Acevedo, contra de la Universidad Libre de Colombia, tramite en el que se vinculó a la Fiscalía General de la Nación en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
“Que se dignen disponer a quien corresponda, sea notificado auto de sustanciación 0010 y Demanda de tutela, a las personas que se hayan Inscritos  para el cargo “PROFESIONAL DE GESTIÓN II” del concurso público de méritos “FGN 2024”, con el fin  de que si a bien lo tienen se pronuncien sobre los hechos de la acción de tutela impetrada  por la señora Mónica Marcela García Acevedo.(…) “  
20 de enero de 2026

Auto Admisorio – Mónica Marcela García Acevedo

 Escrito de tutela- Mónica Marcela García Acevedo

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia, Caquetá, en el fallo del 19 de enero de 2026, relacionado con la acción de tutela interpuesta por el señor SERGIO ADRIÁN MUÑOZ SÁNCHEZ, en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, la Fiscalía General de La Nación (Comisión de la Carrera Especial) y Universidad Libre, con radicado No. 180013187002202600007-00, se procede a realizar la publicación de la decisión de primera instancia que declaró improcedente el amparo solicitado.”
20 de enero de 2026Fallo de tutela: SERGIO ADRIÁN MUÑOZ SÁNCHEZ, 2026 – 01 – 20
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el Auto Admisorio del 19 de enero de 2026, proferido por Juzgado Tercero Administrativo de Neiva dentro de la acción de tutela promovida por la señora, LILIANA EDITH LOSADA CARDONA, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 en el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
“ (…) SEXTO: ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, que tan pronto se les notifique esta providencia, publiquen en su página web oficial y/o en el sitio que esté dispuesto para ello, un AVISO acompañado de la demanda y del presente auto, mediante el cual comunique la existencia de esta acción de tutela a los terceros interesados y aspirantes al cargo de FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES PENALES DEL CIRCUITO, a fin de que en el término improrrogable de un (1) día se pronuncien, si a bien lo tienen. (…) “
20 de enero de 2026Auto Admisorio – LILIANA EDITH LOSADA CARDONA

 

 Escrito de tutela- LILIANA EDITH LOSADA CARDONA

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 16 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE TUNJA, dentro de la acción de tutela interpuesta por parte de MARÍA TRINIDAD BUITRAGO LÓPEZ contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA, UNIVERSIDAD LIBRE y TALENTO HUMANO S.A.S, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes a ocupar el empleo Código I-106-AP 09-(8), Denominación Profesional Especializado II, nivel jerárquico profesional, así como también a los empleados en provisionalidad dentro de la planta de personal de la accionada que ocupan dicho empleo, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto de vinculación de la tutela, en el cual se dispuso:
(…) TERCERO. – COMISIONAR a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA, UNIVERSIDAD LIBRE y TALENTO HUMANO S.A.S, a fin de que, realicen la notificación de los participantes dentro del proceso de concurso de méritos para proveer los cargos de la Fiscalía General de la Nación, derivado de la licitación FGN-NC.LP-005-2024 y del contrato de prestación de servicios FGN-NC-0279-2024 suscrito entre dicha entidad y el consorcio conformado por la Universidad Libre y Talento Humano S.A.S aspirantes a ocupar el cargo de código I-106-AP 09-(8), denominación profesional especializado II, nivel jerárquico profesional, así como también a los empleados en provisionalidad dentro de la planta de personal de la accionada con el cargo de el cargo de código I-106-AP 09-(8), denominación profesional especializado II, nivel jerárquico profesional y, publiquen en su página web el presente auto admisorio junto con el traslado del escrito de tutela. (…)
20 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto Niega Medida Provisional del 15 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de CALI – VALLE, dentro de la acción de tutela promovida por parte de KARLIN ANDRIANA MOSQUERA MEDINAcontra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y UT CONVOCATORIA FGN 2024, procede a realizar la publicación del Fallo en Primera Instancia (Declarar improcedente), en donde se requirió:
(…) 
SEGUNDO. – NOTIFIQUESE este proveído a las partes y al vinculado tal como lo ordena el Artículo 30 del Decreto 2591 de 1991. 
(…)
19 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el Auto Admisorio del 19 de enero de 2026, proferido por JUZGADO OCTAVO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela promovida por el señor Jorge Castro Bayona, contra la Fiscalía General de la Nación, tramite en el que se vinculó  a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre en Asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S.) y las personas que participaron en el concurso de méritos FGN 2024 en la modalidad de ingreso bajo el código OPECE I-102-M-01(419). En el sentido de publicar el día de hoy el presente escrito de tutela  y auto admisorioen el que se requirió:
 
” (…) En consecuencia, ofíciese a la Fiscalía General de la Nación y a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 para que notifiquen de manera y corran traslado de manera INMEDIATA de la presente acción de tutela a las personas que participaron en el concurso de méritos FGN 2024 en la modalidad de ingreso bajo el código OPECE I-102-M-01(419); con la finalidad de que, en caso de considerarlo, se pronuncien sobre los hechos puestos de presente por la parte accionante. Sobre dicha notificación, la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 deberán dar cuenta a este Despacho een el término de un (01) día hábil contado a partir del recibo de esta comunicación. (…) 
19 de enero de 2026Auto Admisorio – Jorge Castro Bayona

 Escrito de tutela- Jorge Castro Bayona

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia – Caquetá, en el Auto del 16 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Fermín Martínez Medina  contra la  Unión  Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 1800 131 87 005 – 2026 – 00014 – 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
19 de enero de 2026Escrito de tutela, Fermín Martínez Medina 2026 – 01 – 19

Auto admisorio , Fermín Martínez Medina 2026 – 01 – 19

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el Auto Admisorio del 15 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor DAVID CADENA GALVIS, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024en el sentido de publicar el día de hoyprocede a publicar el escrito de tutela y auto admisorioen el que se requirió:
 
“(…) ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, que en el término de dos (2) días contados a partir de la notificación de la presente providencia publique en la respectiva página web esta decisión y el escrito de tutela presentado por el accionante con el fin de que quienes participan en el Concurso de Méritos FGN 2024 – Código de empleo I-106-M-05-(2), dentro del término de un (1) día siguiente a su publicación puedan intervenir en el trámite de la misma. (…) “
19 de enero de 2026Auto Admisorio – DAVID CADENA GALVIS

Escrito de tutela- DAVID CADENA GALVIS

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el Auto Admisorio del 16 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO DE VÉLEZ, SANTANDER, dentro de la acción de tutela promovida por el señor JUAN CARLOS PINEDA BARBOSA, contra la  UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE, procede a publicar el escrito de tutela y auto admisorioen el que se requirió:
 
“(…) CUARTO: Se ordena a la accionadas y vinculada que publiquen esta providencia en la página web dispuesta para esta convocatoria para que los aspirantes a participar en el concurso de méritos FGN 2024, si así lo desean y en el mismo término del numeral anterior, ejerzan su derecho de defensa(…) “
19 de enero de 2026Auto Admisorio JUAN CARLOS PINEDA BARBOSA

 

Escrito de tutela JUAN CARLOS PINEDA BARBOSA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en fallo de primera instancia del 13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SANTA MARTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Aldo Omar De Luque Ponce, en contra de la la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, en donde se requirió: 
“(…) CUARTO: PREVENIR a la UT Convocatoria FGN 2024 y a la SACCE para que, en adelante, aseguren en el desarrollo del concurso la publicidad, trazabilidad y uniformidad de las comunicaciones a través de SIDCA3, conforme a lo previsto en el Acuerdo No. 001 de 2025. (…)”.
19 de enero de 2026Fallo de primera instancia, Aldo Omar De Luque Ponce
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el Auto Admisorio del 15 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA., dentro de la acción de tutela promovida por el señor GIOVANNY ALEXANDER TORRES VILLAMIZAR, contra la COMISION DE CARRERA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UT CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE, procede a publicar el escrito de tutela y auto admisorioen el que se requirió:
(…)
”  “4.- ORDENAR a la COMISION DE CARRERA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, que dé aviso de la existencia de la presente acción constitucional a los restantes participantes del concurso de méritos denominado convocatoria FGN 2024, en el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS. Para tales efectos, dentro del día siguiente a la notificación del auto admisorio, publicará esta providencia y la demanda con sus anexos en la página web de la entidad en el link de avisos importantes y remitirá con destino a este proceso la constancia de su publicación.

A los demás participantes adviértase que cuentan con el término de dos (2) días, contados a partir de la publicación en la página web de la FGN, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien sobre la presente acción y aporten o soliciten las pruebas que pretendan hacer valer en defensa de sus intereses. “
19 de enero de 2026Auto Admisorio GIOVANNY ALEXANDER TORRES VILLAMIZAR

Escrito de tutela GIOVANNY ALEXANDER TORRES VILLAMIZAR 1-00

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en Auto Admisorio del 05 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO ORAL DE CÚCUTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  María Johana Taborda Leiva, contra la Fiscalía General de la Nación, Unión Temporal Convocatoria FGN 2024-SIDCA3, Universidad Libre, trámite dentro del cual se vinculó a  la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y a  los participantes del Concurso de méritos FGN 2024 convocado mediante el Acuerdo No. 001 del 03 de marzo de 2025 para proveer vacantes definitivas en las modalidades ascenso e ingreso de la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación pertenecientes al Sistema Especial de Carrera, inscritos para el cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado con código de empleo No. I-102-M-01 (419), en el que se requirió:
(…)

”  
CUARTO: SE ORDENA a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y a los Representantes Legales de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y de la Universidad Libre, por el medio más expedito, les corra traslado de la demanda de la presente tutela y sus anexos a los participantes del Concurso de méritos FGN 2024 convocado mediante el Acuerdo No. 001 del 03 de marzo de 2025 para proveer vacantes definitivas en las modalidades ascenso e ingreso de la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación pertenecientes al Sistema Especial de Carrera, inscritos para el cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado con código de empleo No. I-102-M-01 (419); a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción si así lo estiman pertinente. (…)”. 
19 de enero de 2026Auto Admisorio María Johana Taborda Leiva. Rad. 2026-00001-00

Escrito de tutela María Johana Taborda Leiva. Rad. 2026-00001-00

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Distrito Judicial de Cúcuta, en el fallo del 16 de enero de 2026, relacionado con la acción de tutela interpuesta por el señor SERGIO GIOVANNI ROJAS LANDÍNEZ, en contra de la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de La Nación y Universidad Libre, con radicado No. 54-001-31-87-003-2026-00016-00, se procede a realizar la publicación de la decisión de primera instancia que declaró improcedente el amparo solicitado.”19 de enero de 2026Fallo de tutela: SERGIO GIOVANNY ROJAS LANDÍNEZ, 2026 – 01 – 16
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención de lo informado en el fallo del JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE RIOHACHA, a través del cual se resolvió negar el amparo de la acción de tutela interpuesta por el señor FRANKLIN JOSE LOPEZ SOLANO contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIVERSIDAD LIBRE INTEGRANTES DE LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 con radicado No. 44-001-31-87-001-2025-00078-00, se procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a las personas inscritas en el concurso FGN2024, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el numeral 3 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
PRIMERO: NEGAR EL AMPARO de la presente acción de tutela impetrada por el señor FRANKLIN JOSÉ LÓPEZ SOLANO, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIVERSIDAD LIBRE INTEGRANTES DE LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, según las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
 
SEGUNDO: Contra la presente decisión procede el recurso de impugnación.
 
TERCERO: NOTIFÍQUESE de conformidad con lo preceptuado en el artículo 30 del decreto 2591 de 1991, por el medio más expedito y eficaz, a las partes e intervinientes.”
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
19 de enero de 2026Fallo de 1ra Instancia FRANKLIN JOSE LOPEZ SOLANO
 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 30 de diciembre de 2026, proferido por el JUZGADO 24 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO de BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela interpuesta por parte de ANDREA LORENA CASTIBLANCO LARA contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIVERSIDAD LIBRE – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo Fiscal Delegado Ante Jueces Municipales y Promiscuos Código de empleo I-104-M-01-(448), relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
ORDENAR a la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN- UT CONVOCATORIA FGN 2024 y a la UNIVERSIDAD LIBRE, que, mediante publicación en sus respectivas páginas web y a través de correo electrónico remitan copia de la demanda de amparo y de su auto admisorio a los ciudadanos inscritos y participantes de la Convocatoria FGN 2024 para el cargo identificado como Cargo: Fiscal Delegado Ante Jueces Municipales y Promiscuos Código de empleo I-104-M-01-(448),Nivel: Profesional, Modalidad: Ingreso. Este traslado deberá realizarse dentro del término no superior a un (01) día hábil, y recibida la respectiva comunicación los ciudadanos inscritos y participantes del concurso de méritos que se ha mencionado, contarán con un (01) día hábil, para lo señalado en el numeral anterior. Las entidades a quienes se dirige esta orden deberán acreditar en debida forma el cumplimiento de lo aquí dispuesto, allegando las constancias correspondientes.
16 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Naciónen atención auto admisorio del  16  de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SINCELEJO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  BHORYS EDUARDO LÓPEZ ARRIETA,  contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 –, se procede realizar el día de hoy  el auto admisorio y el escrito de tutela:
 
 “(…)  SEGUNDO: VINCULAR al presente trámite tutelar a los participantes de la convocatoria FGN 2024 (SIDCA3) para el cargo Asistente de Fiscal I – Nivel Técnico- Código Empleo 1-204-M-01- (347) adelantada por la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN/COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, quienes tienen interés en las resultas de la presente acción.
 
Para tales efectos, se ORDENA a la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN/COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, que publique el presente auto admisorio y el escrito de tutela, en la página Web del Concurso y en el link del Proceso de Selección respectivo, con el fin de enterar a las personas participantes de la convocatoria FGN 2024 (SIDCA3) para el cargo Asistente de Fiscal I – Nivel Técnico- Código Empleo 1-204-M-01- (347), en el término improrrogable de un (1) día, para que se pronuncien sobe los hechos y pretensiones de la presente acción. (…)”
16 de enero de 2026Escrito de tutela- BHORYS EDUARDO LÓPEZ ARRIETA

Auto admisorio- BHORYS EDUARDO LÓPEZ ARRIETA

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Armenia – Quindío, en el Auto del 15 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Llovinson Ramírez Arias contra la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No. 63 001 3333 006 2026 00003 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
16 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Dieciséis Administrativo Oral de Medellín, en el Auto del 14 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor MARIO FERNANDO SEPUYES RODRIGUEZ, en contra de la en contra de la FISCALIA GENERAL DE LA NACION Y UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (conformada por la Universidad Libre de Colombia y Talento Humano y Gestión S.A.S.), con radicado No.  05001-33-33-016-2026-00001-00, trámite dentro del cual se ordenó vincular a los aspirantes al cargo de “Fiscal Delegado ante Jueces del Circuito”, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
16 de enero de 2026Escrito de tutela: MARIO FERNANDO SEPUYES RODRIGUEZ, 2026 – 01 – 16

Auto admisorio:  MARIO FERNANDO SEPUYES RODRIGUEZ, 2026 – 01 – 16

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  14  de enero de 2026, proferido por el JUZGADO 7° PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  JOSÉ DELBY VARGAS GUTÍERREZ contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
“ (…) TERCERO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y/o a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA para que, por su intermedio, se comunique la vinculación a la acción de tutela de todas las personas admitidas para el cargo en que se postuló el accionante, dentro del Concurso de Méritos FGN 2024.  (…) “
16 de enero de 2026Auto admisorio- JOSÉ DELBY VARGAS GUTÍERREZ

 

Escrito de tutela – JOSÉ DELBY VARGAS GUTÍERREZ

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Bogotá -Sección Primera, en el Auto del 15 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor OLIVER JAVIER DIAZ IGLESIAS, en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia, con radicado 11001-33-34-002-2026-00002-00, trámite dentro del cual se ordenó vincular a los participantes interesados en el cargo de Profesional Especializado II, identificado con el código I-106-AP-02-(4), se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
16 de enero de 2026Escrito de tutela: OLIVER JAVIER DIAZ IGLESIAS, 2026 – 01 – 16

Auto admisorio:  OLIVER JAVIER DIAZ IGLESIAS, 2026 – 01 – 16

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia del  15   de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA, dentro de la acción de tutela promovida por el CÉSAR JAVIER CRISTANCHO CHINOME contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN NACIONAL DE LA CARRERA ESPECIAL, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE, OPERADOR DEL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024). –, se procede realizar el día de hoy la publicación del fallo de priemtra
“CUARTO: ORDENAR a La FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, La UNIÓN  TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, como operador del concurso de méritos  FGN 2024, La COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA  GENERAL DE LA NACIÓN, La DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DEL CESAR – (i) publicar en su página web la  existencia de la presente acción constitucional junto con el auto admisorio, el escrito  de tutela y sus anexos y; (ii) remitir a las  direcciones de correo electrónico de los participantes que fueron vinculados como terceros con interés, los documentos  mencionados en el ítem, para que dentro del término máximo de dos (2) días  contados a partir del recibo de la comunicación se pronuncien sobre el contenido de  la acción de amparo.
16 de enero de 2026Fallo de primera instancia- el CÉSAR JAVIER CRISTANCHO CHINOME
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio del  14  de enero de 2026, proferido por el JUZGADO TERCERO DE FAMILIA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  JAIRO JAVIER PINEDA PALMEZANO contra FISCALÍA  GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024,  como operador del concurso de méritos FGN 2024, La COMISIÓN DE LA  CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN,  la DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DEL CESAR, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
“CUARTO: ORDENAR a La FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, La UNIÓN  TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, como operador del concurso de méritos  FGN 2024, La COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA  GENERAL DE LA NACIÓN, La DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DEL CESAR – (i) publicar en su página web la  existencia de la presente acción constitucional junto con el auto admisorio, el escrito  de tutela y sus anexos y; (ii) remitir a las  direcciones de correo electrónico de los participantes que fueron vinculados como terceros con interés, los documentos  mencionados en el ítem, para que dentro del término máximo de dos (2) días  contados a partir del recibo de la comunicación se pronuncien sobre el contenido de  la acción de amparo.
16 de enero de 2026Auto admisorio-  JAIRO JAVIER PINEDA PALMEZANO

Escrito de tutela –  JAIRO JAVIER PINEDA PALMEZANO

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 30 de diciembre de 2026, proferido por el JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, dentro de la acción de tutela interpuesta por NAISIR MANUEL MONTAÑO VILLANUEVA contra la UNIÓN TEMPORAL – CONVOCATORIA FGN 2024 SIDCA
3 – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo ASISTENTE DE FISCAL II, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“6. ORDENAR a la UNIÓN TEMPORAL – CONVOCATORIA FGN 2024 y a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, para que en el término perentorio de un (1) día, contado a partir de la notificación del presente auto, publiquen en sus respectivas páginas web, la admisión de la presente acción de tutela, a fin de que se notifique específicamente aquellas personas que optaron por concursar para el empleo denominado Asistente de Fiscal II.”
16 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  14  de enero de 2026, proferido por el JUZGADO NOVENO DE FAMILIA DE BARRANQUILLA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  JHON ANDRES PEREZ DE LA HOZ contra FISCALIA GENERAL DE LA NACIÒN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO y GESTION S.A.S), se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
“ (…) 3°. Ordénese a las accionadas la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÒN y la UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE y la empresa TALENTO HUMANO y GESTION S.A.S. para que dentro del término improrrogable de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir del recibo de la notificación de este proveído publique en su respectivas páginas web oficiales, el escrito de tutela y el auto admisorio, con el fin que los interesados en la misma, conozcan su contenido y si es su voluntad, se pronuncien al respecto, debiendo aportar a este Juzgado la constancia de dicha notificación y/o publicación, para cuyos efectos se les otorga el término de dos (2) días, contados a partir de la notificación del presente auto en las respectivas páginas web. Y se le requiere a las entidades mencionadas para que, junto con el informe solicitado por este Juzgado, aporte la constancia de dicha notificación y/o publicación. (…)”
16 de enero de 2026Auto admisorio- JHON ANDRES PEREZ DE LA HOZ

Escrito de tutela – JHON ANDRES PEREZ DE LA HOZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo lo ordenado en el fallo de primera instancia del 14 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CARTAGENA DE INDIAS, dentro de la acción de tutela promovida por el señor NÉSTOR BENJAMÍN GUZMÁN BARRIOS, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN  y, en donde se encuentran vinculada la UNIVERSIDAD LIBRE, en donde se requirió: 

“(…) TERCERO: ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (Universidad Libre) que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 24 de diciembre de 2025, procedan a realizar la PUBLICACIÓN del contenido íntegro de la presente sentencia en el aplicativo SIDCA 3 y/o en sus respectivos portales web institucionales. Lo anterior, con el fin de garantizar la notificación y el derecho de defensa de los terceros interesados (participantes de la misma OPEC),  quienes se entenderán notificados mediante dicha publicación. revisión. (…)”.

15 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado ordenado en el Auto de Admisión del 14 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ADSCRITO AL PROGRAMA OIT EN LA CIUDAD BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por el señor GERMÁN CAMILO ALMANZA BASTIDAS, en contra de la UNIÓN TEMPORAL DE LA CONVOCATORIA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIVERSIDAD LIBRE y, en donde se requirió: 

“(…) 3. ORDENAR a la UNIÓN TEMPORAL DE LA CONVOCATORIA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIVERSIDAD LIBRE la inmediata publicación del auto que avocó la acción de tutela con el respectivo escrito de tutela y sus anexos en la página web oficial de la entidad, con el fin de que los terceros interesados puedan intervenir, en el plazo de veinticuatro (24) horas. (…)”.

15 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  15 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela promovida por el señor  Edgar Jiménez Rodríguez, contra Fiscalía General de la Nación – Comisión de Carrera Especial, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:

“ (…) 3. Ordenar a las entidades accionadas que, DE MANERA INMEDIATA, notifiquen a los aspirantes del Concurso de Méritos FGN 2024, para que intervengan en la presente acción constitucional, si así lo consideran pertinente.(…)”

15 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio del  14 de enero de 2026, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial, Sala Penal Sala Primera de Decisión Constitucional Montería, Córdoba, dentro de la acción de tutela promovida por la señora María Paula Navarro Naranjo, contra la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:

“ (…) Se vinculan, como terceros con interés, a los participantes en el cargo de Asistente de Fiscal I, empleo l-204-M-01-(347), cuya notificación se efectuará a través de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, utilizando el respectivo portal web habilitado o cualquier otro medio idóneo.(…)”

15 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Fallo de Primera Instancia del 14 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO 26 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por el señor JUAN ALBERTO LUGO LÓPEZ, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, trámite dentro del cual se vinculó a La Universidad Libre de Colombia, Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Comisión Nacional del Servicio Civil, en el sentido de publicar el día de hoy el siguiente aviso en la página web de esta Entidad, en el que se requirió:

(…)
” 
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE por subsidiariedad la a cción de tutela instaurada por Juan Alberto Lugo López en contra de la Universidad Libre de Colombia y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 por la presunta afectación de sus derechos fundamentales de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia.  (…)”. 

Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela, se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.

15 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio del  14 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Décimo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C, dentro de la acción de tutela promovida por el señor WILLIAM SANTANA SILVA, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN; trámite en el que se vinculó a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:

“ (…)  Vincular oficiosamente a los PARTICIPANTES DEL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 INSCRITOS AL CARGO DE PROFESIONAL DE GESTIÓN II, CÓDIGO I-109-M-06-(32), para que ejerzan su derecho de defensa y contradicción dentro de la presente actuación. En ese sentido, se dispone ordenar a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 que corran traslado de la acción de tutela a los referidos aspirantes y que, dentro del término perentorio e improrrogable de dos (2) días hábiles, contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, se pronuncien sobre los hechos y las pretensiones formuladas por la parte accionante y alleguen al expediente los documentos que pretendan hacer valer como prueba. (…)”

15 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN DE ORALIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por el señor YONATAN ZAPATA RAMÍREZ, contra la COMISIÓN NACIONAL DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE EN ASOCIO CON LA EMPRESA TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S)se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
 “(…) CUARTO. ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA de manera inmediata en el sitio web de cada una de estas entidades, lo dispuesto en la presente providencia para el concurso de méritos convocado a través del Acuerdo No. 001 de 2025 al proceso de selección para proveer vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso, en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación perteneciente al Sistema Especial de Carrera, al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuo o aquel al cual se inscribió el accionante. Del cumplimiento de lo anterior, las partes accionadas deberán rendir informe a este Despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes del recibo de la presente notificación. (…) “
15 de enero de 2026Auto admisorio- YONATAN ZAPATA RAMÍREZ

Escrito de tutela – YONATAN ZAPATA RAMÍREZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto Niega Medida Provisional del 13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO TERCERO PENAL DE EJECUCIÓN  DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de TUNJA – BOYACÁ, dentro de la acción de tutela promovida por la señora MARTHA LIBIA CARDOZO MONROYcontra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN   TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, procede a realizar la publicación del Fallo en Primera Instancia (Declarar improcedente), en donde se requirió:
(…) 
TERCERO -. SOLICITAR a las accionadas que publiquen en la página web dispuesta para ello, la presente decisión. 
(…)
15 de enero de 2026Fallo Primera Instancia – Martha Libia Cardozo Monroy
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Noveno Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín – Antioquia,  en el Auto del 13 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Andrés Felipe Osorio Osorio contra la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre, con radicado No. 05 001 31 09 009 2026 0001 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
14 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  13 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Tercero de Familia, dentro de la acción de tutela promovida por el señor OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
“ (…) 3.- VINCULAR a la presente acción a todos los participantes inscritos para el código de empleo I-109-AP-11-(3), dentro del concurso de méritos adelantado para proveer cargos en la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que ejerzan su derecho fundamental a la defensa dentro del término perentorio de un (01) día hábil, motivo por el cual se les deberá correr traslado de la presente acción. No obstante, como el despacho desconoce la cantidad, los nombres y correos electrónicos de los concursantes, para notificar dicha decisión, este despacho COMISIONA de manera inmediata a la Fiscalía, para que realice las respectivas NOTIFICACIONES PERSONALES al correo electrónico de todos los aspirantes de la convocatoria para proveer dicho código de empleo, remitiendo el escrito de tutela y anexos, por lo cual debe allegar constancia de la aludida actuación. Lo anterior, para evitar futuras nulidades, así mismo, realice la publicación de este auto admisorio, el traslado del escrito de tutela y anexos en la página web o canal digital que publicó la citada convocatoria, de lo cual deben allegar constancia a este despacho para efectos de establecer la debida notificación de los interesados. (…)”
14 de enero de 2026Auto admisorio- OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ

 

Escrito de tutela – OSCAR ALIRIO PEREZ ORDOÑEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto Niega Medida Provisional del 13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO VEINTE DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela promovida por la señora ANGELICA ALVAREZ MACHADOcontra la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDA LIBRE DE COLOMBIA, procede a realizar la publicación del Escrito de Tutela, Auto Admite Tutela y el Auto Niega Medida Provisional, en donde se requirió:
(…) 
Bajo las razones que se han señalado, considera el Despacho dispone NEGAR la medida provisional solicitada en la demanda de tutela, mientras se decide la acción constitucional de referencia, toda vez que no se observa la necesidad y urgencia de proteger los derechos deprecados por la parte accionante en forma preventiva. 
Por otro lado, con base en lo expuesto por la parte demandante, esta Sede Judicial se dispone a incluir en el presente procedimiento a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION y a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, con el propósito de que mediante la aplicación sidca3 se incorpore, en esta ocasión, a aquellos que permanecen dentro de la convocatoria y pudieran tener interés en el resultado de la acción de tutela, para el cargo de Fiscal Delegado ante los Juzgado Penales de Circuito en razón al Concurso de Méritos FGN 2024 SIDCA 3, para que en el termino máximo de doce (12) horas, contados a partir de la publicación en los portales web de la entidad demandada para que se pronuncien en la forma que estimen pertinente 
(…)
14 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SOGAMOSO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor JONATHAN AELXANDER CASTILLO HIGUERA, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, en el sentido de publicar el día de hoy el siguiente aviso en la página web de esta Entidad, en donde se requirió: 
“(…) QUINTO: SOLICITAR la publicación del presente auto y del escrito de demanda y sus anexos, en la plataforma SIDCA que la vinculada Universidad Libre de Colombia, tiene dispuesta para el efecto, en el marco del concurso públicos de méritos de la Fiscalía General de la Nación 2024, para que quienes se crean con interés en el cargo de Asistente de Fiscal I, puedan intervenir en el presente asunto. (…)”.
14 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, JONATHAN AELXANDER CASTILLO HIGUERA

Escrito de Tutela, JONATHAN AELXANDER CASTILLO HIGUERA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio del  19 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SESENTA Y DOS (62) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por la señora DIANA CAROLINA GUTIÉRREZ HERRERA, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
“(…) 4. De ser necesario, se dispone la vinculación de terceros que pueda tener interés en las resultas de la acción de tutela (…).“
14 de enero de 2026Auto admisorio- DIANA CAROLINA GUTIÉRREZ HERRERA

 

Escrito de tutela – DIANA CAROLINA GUTIÉRREZ HERRERA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  13 de enero  de 2026, proferido por el JUZGADO TREINTA Y SEIS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ, D.C.dentro de la acción de tutela promovida por la señora ARALY LUCERO ZULUAGA YORY, contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACION, a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y a la COORDINACION DEL CONCURSO DE MERITOS FNG 2024 UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, se procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
“(….) ORDENAR a la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 publicar en sus páginas web oficiales, la información respecto de esta acción de tutela (escrito de tutela y el auto que avoca el conocimiento) a fin ele los interesados se pronuncien en el término de veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente auto. (…) “
14 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia en primera instancia del 13 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÒN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (TUNJA – BOYACÁ ), dentro de la acción de tutela promovida por el señor MIGUEL ÁNGEL SOLÓRZANO LÓPEZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y, en donde se encuentran vinculados los participantes que se encuentran admitidos para el cargo de Fiscal Delegado Ante Jueces Penales del Circuito ofertado por la Fiscalía General de la Nación en el marco del concurso de méritos FGN 2024, en donde se requirió:
 
“(…) TERCERO -. SOLICITAR a las accionadas que publiquen en la página web dispuesta para ello, la presente decisión. (…)”.
14 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de primera instancia del 8 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO TREINTA Y TRES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTA D.C), dentro de la acción de tutela promovida por el señor CARLOS ALFREDO ESPINEL ÁLVAREZ, en contra de la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UT CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y, en donde se encuentran vinculados los CANDIDATOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES EN FIRME DEL EMPLEO DEMONIMADO ASISTENTE DE FISCAL I, NIVEL JERÁRQUICO TÉCNICO, CÓDIGO I-2024-M-01-(347), en donde se requirió: 
“(…) TERCERO: ORDENAR a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación que por su conducto, a través de la página web de la entidad o el medio más expedito, informen a los participantes del empleo denominado ASISTENTE DE FISCAL I, NIVEL JERÁRQUICO TÉCNICO, CÓDIGO I-2024-M-01-(347) de la presente decisión. (…)”.
14 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Medellín – Antioquia,  en el Auto del 13 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Fernando Eugenio Solís García contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 05 00 131 09 006 2025, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
14 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado 27 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá D.C., en el Auto del 13 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora SANDRA PATRICIA DIAZ GUTIERREZ , en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Fiscalía General de La Nación y Universidad Libre, con radicado No. 11001-31-87-027-2026-00022- 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.”
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
13 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el fallo de primera instancia del 8 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por el señor EDWARD JOHAN CASTRO NAVARRO, en contra de la Fiscalía General de La Nación – Comisión Especial de Carrera. y, en donde se encuentran vinculadas la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, en donde se requirió: 
“(…) Tercero: Ordenar a la Fiscalía General de la Nación, Comisión Especial de Carrera de la Fiscalía General de La Nación, y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y Universidad Libre de Colombia publiquen en su página WEB el presente fallo de tutela, para que los inscritos en el proceso de selección FGN 2024, si lo estiman pertinente se pronuncien con respecto a lo decidido en la presente acción constitucional. (…)”.
13 de enero de 2026Fallo primera, Edward Johan Castro Navarro
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, fue notificada del fallo de primera instancia proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de Bucaramanga, en el marco de la acción de tutela promovida por la señora CAROLINA ANGARITA CHACON, trámite dentro del cual se ordenó vincular a Integrantes del proceso de selección -Concurso de méritos FGN 2024 Cargo Técnico II I 206 M01 (130), con radicado No. NI 47236 68001 3187 002 2025 00112 00, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA y la UT CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE. Dicha providencia ordenó:
“PRIMERO: Declarar Improcedente, la acción de tutela presentada por la señora Carolina Angarita Chacón, identificada con la cedula de ciudadanía No. 1 095 791 062, en contra de Unión Temporal Convocatoria FGN 2024. 
 
SEGUNDO: Desvincular de éste tramite a los Integrantes del proceso de selección -Concurso de méritos FGN 2024 Cargo Técnico II I 206 M01 (130 ), Dirección Ejecutiva de la Fiscalía General de la Nación, la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, y a la Universidad Libre, conforme a lo expresado en la parte motiva.  
 
(…)”. 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicación de la acción.
13 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  13 de enero  de 2026, proferido por el JUZGADO CUARENTA Y NUEVE PENAL DEL CIRCUITO, dentro de la acción de tutela promovida por la señora DEYSY LORENA RAMIREZ CELY, contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACION, la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, la UNIVERSIDAD LIBRE y la EMPRESA TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.Sse procede realizar el día de hoy la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela:
2.1.3 SOLICITAR a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION, publique en su página web la demanda y este auto, para enterar a todas las personas incluidas en la convocatoria contenida en el Acuerdo N° 001 del 3 de marzo de 2025 “Por el cual se convoca y establecen  las reglas del concurso de méritos para proveer algunas vacantes definitivas en las  modalidades ascenso e ingreso, de la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación  pertenecientes al Sistema Especial de Carrera”, que deseen coadyuvar al accionante u  oponerse.
13 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia del  03 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE TUNJA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor ROUALD FERNANDO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, contra la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 Y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, y comoquiera que en el correo de notificación del referido fallo no venía adjunto el oficio en el cual se requería publicar en la página webse procede realizar el día de hoy la publicación del fallo de primera instancia, en atención al correo de requerimiento recibido el 13 de enero de 2026 que trae consigo adjunto el telegrama No. 1040 del 4 de diciembre de 2025:
“ (…) RIMERO: NO AMPARAR los derechos fundamentales de debido proceso administrativo, igualdad, acceso a cargos públicos, petición, dentro de la acción de tutela presentada por el señor ROUALD FERNANDO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 Y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, al ser improcedente, según lo analizado en la parte motiva de esta providencia.
 
SEGUNDO: Notifíquese a las partes esta providencia por el medio más expedito. Ofíciese por secretaría. (…)”
13 de enero de 2026Fallo primera instancia- ROUALD FERNANDO MARTÍNEZ GONZÁLEZ
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  08 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SEPTIMO (7°) DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por el señor GUILLERMO LEON MENDOZA, contra la UNIÓN TEMPORAL CONVOVATORIA FGN 2024 se procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio, con fundamento en lo ordenado  por el  despacho judicial, en el cual se dispuso:
“(…) TERCERO: ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 que, de forma INMEDIATA, publiquen en su página web la admisión de la presente acción de tutela, junto con el texto de la misma, para que los ASPIRANTES INSCRITOS O REGISTRADOS Y/O PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA FGN 2024, que consideren pueden resultar afectados con esta acción constitucional, ejerzan su derecho a la defensa y contradicción dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación, a través del correo electrónico j07epmsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co y Deberán aportar a este despacho la constancia de cumplimiento de esta orden a la mayor brevedad. (…) “
13 de enero de 2026Auto admisorio- GUILLERMO LEON MENDOZA

 

Escrito de tutela– GUILLERMO LEON MENDOZA 

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro del trámite de la acción de interpuesta por el señor Cristian Camilo Peña Martínez, procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia del 09 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Doce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá en contra de la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial y la UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, y como vinculadas a todas aquellas personas que se encuentran inscritas en el Concurso de Méritos FGN 2024 para el empleo de Asistente de Fiscal IV, código 1 (sic)-201-M-01-250, nivel jerárquico, área misional, con radicado No.  11001318701220250023700, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
13 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Fallo Tutela Primera Instancia del 07 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela promovida por el señor DANIEL ZAPATA CADAVIDcontra la Fiscalía General de La Nación – Comisión Especial de Carrera la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, procede a realizar la publicación del Fallo Primera Instancia, en donde se requirió: 
(…) 
Primero: Declarar improcedente la acción de tutela interpuesta por Daniel Zapata Cadavid, contra la FISCALIA GENERA.L DE LA NACION, COMISION ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024.
Tercero: Ordenar a la FISCALIA GENERAL DE LA NACION, COMISION ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024., publiquen en su página WEB el presente fallo de tutela, para que los inscritos en el proceso de selección FGN 2024, si lo estiman pertinente, se pronuncien con respecto a lo decidido en la presente acción constitucional.
(…)
13 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 19 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO (Bucaramanga – Santander.), dentro de la acción de tutela promovida por el señor GIORGIO ANDRETTI QUINTERO CAMACHO, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN (Comisión de Carrera Especial de la FGN y Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la FGN) y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (conformada por la UNIVERSIDAD LIBRE y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.) y, en donde se encuentran vinculados de los ASPIRANTES INSCRITOS O REGISTRADOS Y/O PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA FGN 2024, en donde se requirió: 

“(…) CUARTO. ORDENAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, UNIVERSIDAD LIBRE y TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S. que, de forma INMEDIATA, publiquen en su página web la admisión de la presente acción de tutela, junto con el texto de la misma, para que los ASPIRANTES INSCRITOS O REGISTRADOS Y/O PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA FGN 2024 ejerzan su derecho a la defensa y contradicción dentro del día hábil siguiente a la publicación, a través de los correos electrónicos j10ccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co y lgomezcar@cendoj.ramajudicial.gov.co Deberán aportar a este despacho la constancia de cumplimiento de esta orden a la mayor brevedad. (…)”.

9 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, GIORGIO ANDRETTI QUINTERO CAMACHO

Escrito de Tutela, GIORGIO ANDRETTI QUINTERO CAMACHO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 07 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de MONTERÍA – CORDOBA, dentro de la acción de tutela interpuesta por parte de GUSTAVO ALFONSO GONZALEZ VALENCIA contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, Y LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, con radicado No. 20267010002145 procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo Jueces Penales del Circuito Especializado – Código del Empleo I-102-M-01, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.

Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:

TERCERO. VINCULAR al presente trámite tutelar a los participantes de la convocatoria FGN 2024 (SIDCA3) para el cargo Fiscal delegado ante Jueces Penales del Circuito Especializado – Código del Empleo I-102-M-01 adelantada por la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN/COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, quienes tienen interés en las resultas de la presente acción.

9 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro del trámite de la acción de interpuesta por el señor Hernán Dario Otálora Guevara, procede a realizar la publicar el fallo de primera instancia del 19 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado Doce Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal  UT Convocatoria FGN 2024, con radicado No.  1100 131 09012 2025 0042500, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
 9 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro del trámite de la acción de interpuesta por el señor José Eliecer Villamizar Mendoza, procede a realizar la publicar el fallo de segunda instancia del 19 de diciembre de 2025, proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Octava de Decisión,  en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No.  05001 33 33 017 2025 00412 01, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
9 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de dar continuidad a las publicaciones efectuadas dentro del trámite de la acción de interpuesta por el señor Edy Josué Cifuentes Arévalo, procede a realizar la publicar el fallo de segunda instancia del 19 de diciembre de 2025, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas – Sala de Decisión Penal,  en contra de la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 25 – 899 – 31 – 18 – 001 – 2025 – 00201- 01, se procede a realizar la publicación del fallo en mención.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026Fallo de segunda instancia, Edy Josué Cifuentes Arévalo, 2026 – 01 – 08 

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado tanto en el Auto de Admisión del 8 de enero de 2026, proferido por el  JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. dentro de la acción de tutela promovida por el señor Fabio Ricardo Barón Puentes, en contra de contra de la unión Temporal UT convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre – Talento Humano y Gestión S.A.S. y la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, proceso en el que se encuentran vinculados los aspirantes para proveer 35 cargos de Fiscal Delegado ante Tribunal, Modalidad de Ascenso, con número de OPEC A-101-M-01-(35), en donde se requirió: 

“(…) Comunicar de la presente determinación a todos los participantes del proceso de selección de la Convocatoria FGN 2024 para el cargo de “FISCAL DELEGADO ANTE TRIBUANL (sic) – MODALIDAD ASCENSO – OPEC A-101-M-01-(35)”, para que, si lo desean, en el improrrogable término de un (1) día, contado a partir de la comunicación, se pronuncien sobre la acción instaurada y alleguen las pruebas que consideren pertinentes. (…)”.

8 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla – Atlántico, en el Auto del 08 de enero de 2026,  relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor
Cristian Rafael Arrieta Morales en contra de la Fiscalía General de la Nación y la UT Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 08001 31 87 002 2026 00016 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Distrito Judicial de Cúcuta, en el inciso segundo del numeral 5 del Auto del 7 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor SERGIO GIOVANNY ROJAS LANDÍNEZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – Comisión de la Carrera Especial y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No.  2026-00016, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.”
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia Caquetá, en el ordinal cuarto del Auto del 7 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor SERGIO ADRIÁN MUÑOZ SÁNCHEZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No.  180013187002202600007-00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.”
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cincuenta y Tres Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C., en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor DYLAN TOVAR HERRERA, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S), con radicado No.  11001 3109 053 2025 00281 00, trámite dentro del cual se ordenó vincular al titular del Juzgado 006 Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Bogotá D.C., se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026Escrito de tutela: DYLAN TOVAR HERRERA, 2026 – 01 – 08

Auto admisorio:  DYLAN TOVAR HERRERA, 2026 – 01 – 08

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio 18 de diciembre del 2025, proferido por el JUZGADO 37 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor, DOUGLAS STEVENSON SOSA VANEGAS, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL, COMISIÓN DE CARRERA, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:

“(…) VINCÚLENSE de manera oficiosa a la UNIVERSIDAD LIBRE – SIDCA para que, si a bien lo tienen, procedan a hacer uso del derecho a la defensa, para lo cual se le otorga un término perentorio de le otorga un término perentorio de TRES (3) DÍAS HÁBILES, respuesta que deberá allegarse a este estrado.

ORDENESE A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, COMISIÓN DE CARERRA DE LA FISCALÍA Y UNIVERSIDAD LIBRE y en el aplicativo SIDCA la publicación inmediata en medio oficial (con fechas de fijación y desfijacion) para la vinculación elegibles dentro de la Convocatoria Acuerdo 001 informando que, si a bien lo tienen, procedan a hacer uso del derecho a la defensa, para lo cual se le otorga un término perentorio de TRES (3) DÍAS HÁBILES, respuesta que deberá allegarse a este estrado. (…)”

8 de enero de 2026Auto admisorio- , DOUGLAS STEVENSON SOSA VANEGAS

Escrito de tutela – , DOUGLAS STEVENSON SOSA VANEGAS

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 19 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TREINTA Y TRES PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO (Bogotá D.C.), dentro de la acción de tutela promovida por el señor FAYVER LIBARDO CARRILLO RUBIO en calidad de apoderado de EDWIN ALEJANDRO SABOGAL, en contra de la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y la UNIVERSIDAD LIBRE y, en donde se encuentran vinculados de los interesados y partícipes inscritos en el “Concurso de Méritos FNG 2024”, quienes eventualmente pudieran salir afectados con la decisión, en donde se requirió: 

“(…) CUARTO. ORDENAR a la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y a la UNIVERSIDAD LIBRE que dentro del término improrrogable de doce (12) horas, a través de publicación en la página web, informen sobre la existencia de la presente acción de tutela, a efectos de dar a conocer la misma a cada uno de los interesados y partícipes inscritos en el “Concurso de Méritos FNG 2024”, quienes eventualmente pudieran salir afectados con la decisión, para que se pronuncien en torno a los hechos puestos de manifiesto por la accionante, poniéndoles en conocimiento de los términos concedidos para el efecto. Asimismo, se les indicará que las respuestas deben ser remitidas al correo: j33pccbt@cendoj.ramajudicial.gov.co.. (…)”.

8 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, EDWIN ALEJANDRO SABOGAL

Escrito de Tutela, EDWIN ALEJANDRO SABOGAL

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor RICARDO ANDRES PALOMA PUENTES, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – Comisión de la Carrera Especial y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – Universidad Libre, con radicado No.  1110013107006202500270(4604-6), se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026Escrito de tutela: RICARDO ANDRES PALOMA PUENTES, 2026 – 01 – 08

Auto admisorio:  RICARDO ANDRES PALOMA PUENTES, 2026 – 01 – 08

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, para dar continuidad a la publicidad de las decisiones emitidas en el trámite tutelar, procede a realizar la publicación del Fallo de Tutela de fecha 5 de enero de 2026, proferido por el  Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, dentro de la acción de tutela interpuesta por el señor MARLON JOSÉ VÉLEZ RODRÍGUEZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UT CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – SIDCA3), con radicado No.  08001-31-87-002-2025-00092-00.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
8 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio 18 de diciembre del 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIERTO DE PASTO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor, YIDER JESUS PERLAZA CAICEDO, contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:

“ (…) 2. Vincular el presente tramite al represente legal o quien haga sus veces de la FISCALIA GENERAL D ELA NACIÓN, la COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALIA GENRELA DE LA NACIÓN Y a las personas que participan en el CONCURSO FISCALIA GENRAL DE LA NACIÓN, para que en termino de DOS (2)días contados a partir de la notificación del presente auto, se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y, a su vez a llegue pruebas que pretenda hacer valer en su defensa .Para dar cumplimiento a lo anterior, se ordena a COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERADE LA FISCALIA GENERAL D ELA NACIÓN, que notifique la presente acción de tutela por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el Concurso FGN 2024 y remita el comprobante de ello a este despacho.(…)”

8 de enero de 2026Auto admisorio- YIDER JESUS PERLAZA CAICEDO

Escrito de tutela – YIDER JESUS PERLAZA CAICEDO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 5 de enero de 2026,  proferido por el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE MEDELLÍN, dentro de la acción de tutela promovida por el señor ESTEBAN VALENCIA GIRALDO, en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S.), proceso en el que se encuentran vinculados los aspirantes al Concurso de Méritos de la FGN 2024), en donde se requirió: 

“(…) Adicional este Despacho advierte la necesidad de ORDENAR lo siguiente: (…) – Así mismo, para integrar completamente el contradictorio, considera el Juzgado, que además de las dependencias demandadas, debe integrarse a los demás a los ASPIRANTES AL CONCURSO DE MÉRITOS DE LA FGN 2024 como terceros con interés, para lo cual las entidades accionadas deberán publicitar esta demanda en el sitio web utilizado para los avisos de interés del concurso, para que, si lo consideran, tenga la oportunidad de pronunciarse (…) “.

7 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, ESTEBAN VALENCIA GIRALDO

Escrito de Tutela, ESTEBAN VALENCIA GIRALDO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado tanto en el Auto de Admisión del 7 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Popayán dentro de la acción de tutela promovida por el señor Robert Andrés Fernández Muñoz, en contra de contra de la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (conformada por LA UNIVERSIDAD LIBRE y la empresa TALENTO HUMANO Y GESTIÓN SAS), proceso en el que se encuentran vinculados los participantes que se inscribieron para ser nombrados en el cargo identificado con el código I-202-M-01-(250) ASISTENTE DE FISCAL lll, en donde se requirió: 

“(…) ORDENAR a la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, según corresponda, para que lleven a cabo la notificación del adelantamiento del presente trámite constitucional, con los participantes indicados en el numeral antecedente, por ser quienes disponen de dicha base de datos y a través de la plataforma web dispuesta para el efecto, allegando al expediente, la respectiva prueba de dicha diligencia.(…)”.

7 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al  fallo de primera instancia del 05 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD MANIZALES – CALDAS, dentro de la acción de tutela promovida por la señora, CONSUELO AMPARO HENAO TORO, contra FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN-SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE APOYO A LA CARRERA ESPECIAL y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 UNIVERSIDAD LIBRE, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:

“(…) PRIMERO: DECLARAR improcedente la acción de tutela impetrada por la señora CONSUELO AMPARO HENAO TORO, frente a la Unión Temporal FGN 2024 y la Fiscalía general de la Nación – Comisión de Carrera Especial, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
 
SEGUNDO: COMISIONAR a la Unión Temporal FGN 2024 y la Fiscalía general de la Nación – Comisión de Carrera Especial, con el fin que proceda a notificar la presente decisión a todas y cada una de los participantes del empleo identificado con el código OPECE I-101 M-01-(44)  (…) “
7 de enero de 2026Fallo de primera instancia- CONSUELO AMPARO HENAO TORO
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia  del 05 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA, dentro de la acción de tutela promovida por la señora, YOHANA YANETH BADILLO PULIDO, contra FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN-SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE APOYO A LA CARRERA ESPECIAL y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 UNIVERSIDAD LIBRE, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
“ (…)PRIMERO: DECLARAR improcedente la acción de tutela instaurada por YOHANA YANETH BADILLO PULIDO, en contra de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN-SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE APOYO A LA CARRERA ESPECIAL y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 UNIVERSIDAD LIBRE, trámite al que se vinculó al CENTRO DE ESTUDIOS SOCIO JURÍDICOS LATINOAMERICANOS -CESJUL-, a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, así como a los aspirantes al cargo ASISTENTE DE FISCAL I dentro del código de empleo I-204-M-01-(347) de la CONVOCATORIA FGN 2024, la haberse configurado la carencia actual de objeto por hecho superado, como se razonó en la parte considerativa de esta sentencia. (…) “
7 de enero de 2026Fallo de primera instancia- YOHANA YANETH BADILLO PULIDO
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del 05 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela promovida por el señor ANDRÉS GIOVANNY NIÑO CABALLERO, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL Y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:

“ (…) d) ORDENAR a la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y a la UNIVERSIDAD LIBRE que dentro del término improrrogable de doce (12) horas, a través de publicación en la página web, informen sobre la existencia de la presente acción de tutela, a efectos de dar a conocer la misma a cada uno de los interesados y partícipes inscritos en el “Concurso de Méritos FNG 2024”, quienes eventualmente pudieran salir afectados con la decisión, para que se pronuncien en torno a los hechos puestos de manifiesto por la accionante, poniéndoles en conocimiento de los términos concedidos para el efecto. Asimismo, se les indicará que las respuestas deben ser remitidas al correo ejcp05bt@cendoj.ramajudicial.gov.co. (…) “

7 de enero de 2026Escrito de tutela – ANDRÉS GIOVANNY NIÑO CABALLERO
Auto admisorio- ANDRÉS GIOVANNY NIÑO CABALLERO
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Montería – Córdoba, en el Auto del 05 de enero de 2026, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor David Enrique Pulgar Genes en contra de la Universidad Libre y la Unión Temporal Convocatoria – FGN 2024, con radicado No. 23 001 31 87 002 2026 00006 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.

La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.

7 de enero de 2026

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio  del 02 de enero del 2026, proferido por el JUZGADO 25 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela promovida por el señor JUAN CARLOS JIMENEZ LEAL, contra Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y Fiscalía General  de la Nación, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:

“(…) ORDÉNASE publicar en el micrositio del Concurso  de Méritos FGN 2024 (SIDCA3) y en la página web de la entidad (Fiscalía General  de la Nación) un aviso informativo sobre la existencia y admisión de la presente  acción constitucional, para que cualquier persona con interés dentro del presente  asunto, pueda intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de un  (1) día, si a bien lo consideran pertinente.(…) “

6 de enero de 2026Escrito de tutela –  JUAN CARLOS JIMENEZ LEAL

Auto admisorio-  JUAN CARLOS JIMENEZ LEAL

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 31 de diciembre de 2026, proferido por el JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, dentro de la acción de tutela interpuesta por DEKER JOHAN PLATA RINCÓN contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, con radicado No. 20257010044575 procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo Asistente de Fiscal II, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.

Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:

“CUARTO: ORDENAR a la COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que, al día siguiente a la comunicación de este proveído, procedan a realizar la publicación de esta providencia y del texto de la demanda de tutela en la página web oficial de esa entidad y desde ahora se solicita que procedan de igual forma con las restantes providencias que se profieran con ocasión del presente trámite constitucional. Lo anterior, para efectos de la notificación de los terceros interesados, según lo motivado en este proveído.”

6 de enero de 2026

 

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado tanto en el Auto de Admisión del 6 de enero de 2026, proferido por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla dentro de la acción de tutela promovida por el señor Jorge Luis Valenzuela Meléndez, en contra de contra de la UNION TEMPORAL FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE y FISCALIA GENERAL DE LA NACION), proceso en el que se encuentran vinculados los TERCEROS CON INTERES en el Concurso de Méritos FGN 2024, en donde se requirió:

“(…) TERCERO. Ordenar a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UT CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE), publicar la presente acción constitucional en la página web del concurso para que los que aquellos que puedan creerse vulnerados en sus derechos o acrediten interés en ella se vinculen a la misma. (…)”.

6 de enero de 2026Auto Admite Tutela, Jorge Luis Valenzuela Meléndez

Escrito de Tutela, Jorge Luis Valenzuela Meléndez

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio del 02 de enero de 2026, proferido por el JUZGADO VEINTINUEVE DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por el señor CRISTIAN ADRIAN QUIROZ QUINTERO, contra la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, tramite en el que se vinculó a todos y cada uno de los aspirantes de la OPECE I-102-M-01-(419), al cargo de Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del Circuito, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:

(…) se ORDENA a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, publicar la admisión de la presente acción constitucional en su portal web, con el fin de poner en conocimiento de todos los terceros interesados los hechos y fundamentos del escrito tutelar y si así lo desean, puedan intervenir y ejerzan su derecho de defensa y contradicción a través del Despacho Judicial. Esta decisión se notificará por los medios idóneos, acompañada de copia de la acción y sus anexos.(…) “

6 de enero de 2026Escrito de tutela –  CRISTIAN ADRIAN QUIROZ QUINTERO

Auto admisorio-  CRISTIAN ADRIAN QUIROZ QUINTERO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 31 de diciembre de 2026, proferido por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÒN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD TUNJA – BOYACÁ, dentro de la acción de tutela interpuesta por MARTHA LIBIA CARDOZO MONROY contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, con radicado No. 20267010001745 procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo AUXILIAR II, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
CUARTO. – VINCULAR al presente trámite a quienes hacen parte de la vacante AUXILIAR II con código de empleo I-309-M-05-(2) ofertado por la Fiscalía General de la Nación en el marco del concurso de méritos FGN 2024, para que puedan pronunciarse si a bien lo tienen, dentro de este trámite constitucional. Para tal efecto, se ordenará la publicación del presente auto y de la demanda de tutela, en las páginas web de los accionados a través de la plataforma SIDCA3 habilitada para las comunicaciones de la convocatoria y a sus correos personales.”.
5 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado tanto en el Auto de Admisión del 31 de diciembre de 2025, como en el Auto de Vinculación de la misma fecha, proferidos por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (Antioquia – Medellín) dentro de la acción de tutela promovida por el señor Juan Esteban Gil Londoño, en contra de contra la Fiscalía General de la Nación – la Comisión de la Carrera Especial (CCE) y la UT Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre – SIDCA3), proceso en el que se encuentran vinculados los TERCEROS CON INTERES en el Concurso de Méritos FGN 2024, empleo OPECE I‑206‑M‑01‑(130) (nivel Técnico II, área misional), en donde se requirió: 
“(…) Así mismo, se ordena a la Universidad Libre, y a la comisión Nacional del Servicio Civil, que de manera inmediata y a través de su página de web y el sitio dispuesto para la publicación de asuntos relacionados con el concurso de méritos FGN 2024 publique el presente auto para que los TERCEROS CON INTERES en el Concurso de Méritos FGN 2024, empleo OPECE I‑206‑M‑01‑(130) (nivel Técnico II, área misional), si a bien lo consideran, puedan pronunciarse en relación a este trámite, en el lapso de dos (2) días, contados a partir de la fecha de la publicación en la página web. (…)”.
5 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, Juan Esteban Gil Londoño

Auto de Vinculación, Juan Esteban Gil Londoño

Escrito de Tutela, Juan Esteban Gil Londoño

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 31 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TRECE (13) DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (BOGOTÁ D.C.), dentro de la acción de tutela promovida por la señora Neldy Esther Ulloa Ayala, en contra de la la Universidad Libre de Colombia, la Coordinación General del Concurso De Méritos FGN 2024 y la U.T. Convocatoria FGN 2024 y, en donde se encuentran vinculados los aspirantes que integran la lista de elegibles para el cargo de Fiscal Delegado ante los jueces del circuito, código: I-103-M-01-(597), así como de quienes se encuentren bajo la modalidad de ingreso, y de aquellos que ocupan el cargo en provisionalidad o encargo, identificado en el concurso de 2024 como con código: I-103-M-01-(597), en donde se requirió:
 
“(…) SEGUNDO: Se ORDENA a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN -COORDINACIÓN GENERAL DEL CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 y la UNIÓN TEMPORAL FGN 2024- que, dentro del término máximo de un (1) día hábil siguiente a la notificación de esta providencia, publiquen el presente auto y el escrito de tutela en el espacio dispuesto en su página web para los aspirantes que integran la lista de elegibles para el cargo de Fiscal Delegado ante los jueces del circuito, código: I-103-M-01-(597). Lo anterior, con el fin de que los interesados seleccionados bajo la modalidad de ingreso, así como quienes se encuentren en provisionalidad o encargo, puedan hacerse parte en el trámite de esta acción constitucional y ejercer su derecho de defensa y contradicción, si así lo consideran, dentro del término de un (1) día hábil contado a partir de la publicación. (…)”.
5 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, Neldy Esther Ulloa Ayala

 

Escrito de Tutela, Neldy Esther Ulloa Ayala

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela proferido por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor JUAN CARLOS SANDOVAL RODRIGUEZ, con radicado 54-001-31-87-003-2025-00281-00, procede a realizar la publicación del referido fallo de tutela conforme a lo allí ordenado:
 
” (…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la acción de tutela instaurada por JUAN CARLOS SANDOVAL RODRÍGUEZ, conforme las a las razones expuestas en la parte motiva.
 
(…)

TERCERO: SOLICITAR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN- UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2024, publicar a través de la página web de la entidad, el presente fallo(…) ” 
5 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 31 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS MEDELLÍN, dentro de la acción de tutela promovida por la señora MARILYN DAYANA HENAO RODRIGUEZ, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN -COMISIÓN DE CARRERA ESPECIAL-, UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y UNIÓN TEMPORAL FNG 2024, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
“ (…) Así mismo, para integrar completamente el contradictorio, considera el Juzgado, que además de las dependencias demandadas, debe integrarse a los demás a los ASPIRANTES AL CONCURSO DE MÉRITOS DE LA FGN 2024 como terceros con interés, para lo cual las entidades accionadas deberán publicitar esta demanda en el sitio web utilizado para los avisos de interés del concurso, para que, si lo consideran, tenga la oportunidad de pronunciarse. (..) “
5 de enero de 2026Escrito de tutela –  MARILYN DAYANA HENAO RODRIGUEZ

 

Auto admisorio-  MARILYN DAYANA HENAO RODRIGUEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santiago de Cali, dentro de la acción de tutela promovida por la señora LILIANA CANDIA, con radicado 76001-31-87-001-2025-00154-00 T – 365346, procede a realizar la publicación del referido fallo de tutela conforme a lo allí ordenado:
 
” (…) Primero: NO TUTELAR los derechos fundamentales que considera vulnerados la señora LILIANA CANDIA por la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal FGN 2024 Universidad Libre en asocio con la empresa de Talento Humano y Gestión S.A.S., dada su improcedencia en este caso particular, por la configuración de un hecho superado, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
 
Segundo: ORDENAR a las accionadas, que publiquen en la página web dispuesta para la convocatoria, la presente decisión (…)
2 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto Admisorio del 31 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE IBAGUÉ, dentro de la acción de tutela promovida por la señora ANDREA LORENA CARVAJAL LOZADA, contra la UT Convocatoria FGN 2024 Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, trámite dentro del cual se ordenó vincular a la “Fiscalía General de la Nación- Comisión Especial de Carrera de la Fiscalía y los Participantes en el Concurso de la Fiscalía General de la Nación – Cargo – Fiscal Delegado Ante Jueces de Circuito” con radicado 73001-31-87-007-2025-00157-00, con fundamento en lo ordenado por el Despacho Judicial:
“Se dispone a vincular a la Fiscalía General De La Nación- Comisión Especial De Carrera de la Fiscalía y los Participantes En El Concurso de La Fiscalía General de la Nación – Cargo – Fiscal Delegado Ante Jueces de Circuito.
 
Por tanto, se ordena dar traslado del escrito de tutela y sus anexos a la entidad accionada y a las entidades vinculadas, para que, dentro del término improrrogable de un (1) día, en ejercicio de sus derechos de defensa y contradicción, se pronuncien frente a la solicitud de amparo, aportando las pruebas que consideren pertinentes respecto de los hechos y pretensiones formulados en la presente acción.
 
Además, se ordena a las accionadas publicar en la página web dispuesta para la Convocatoria FGN 2024 – Unión Temporal el presente trámite constitucional, con el fin de que los aspirantes, si así lo desean, ejerzan su derecho de defensa dentro del mismo término mencionado en el párrafo anterior.
 
(…)”.
2 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 31 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE MEDELLÍN, dentro de la acción de tutela promovida por la señora YULIETH ANDREA MELO BELTRÁN, en contra de la Unión Temporal (UT) Convocatoria FGN 2024 y la Comisión Especial de Carrera de la Fiscalía General de la Nación  y; en donde se encuentran vinculados la Fiscalía General de la Nación Universidad Libre y, los participantes del proceso de selección modalidad ascenso e ingreso de la planta de la fiscalía general de la nación del concurso de méritos Convocatoria FGN 2024, convocado mediante el Acuerdo No. 001 del 03 de marzo 2025, código de empleo: I-202-M-01-(250) ,cargo ASISTENTE DE FISCAL III, en donde se requirió: 
“(…) Debido a la vinculación por pasiva a todos los participantes del proceso de selección modalidad ascenso e ingreso de la planta de la fiscalía general de la nación del concurso de méritos Convocatoria FGN 2024, convocado mediante el Acuerdo No. 001 del 03 de marzo 2025, código de empleo: I-202-M-01 (250) ,cargo ASISTENTE DE FISCAL III., y la obligación de notificar el presente auto, se solicita a la UNIÓN TEMPORAL (UT) CONVOCATORIA FGN 2024, COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a través de la plataforma que utiliza para la convocatoria que es objeto de tutela, se publique la presente admisión de tutela, con el fin, que los inscriptos en dicho cargo, puedan pronunciarse sobre la misma, si es su deseo, dentro del término de un (1) día del traslado.. (…)”.
2 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, YULIETH ANDREA MELO BELTRÁN

 

Escrito de Tutela, YULIETH ANDREA MELO BELTRÁN

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 30 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO 30 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por la señora SANDRA BEATRIZ GARCÍA PINTO, contra UT CONVOCATORIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA,  tramite en el que se vinculó a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – PERSONAS QUE PARTICIPARON EN EL CONCURSO DE MÉRITOS 2024, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
“(…)“Cuarto: Ordenar a la Fiscalía General de la Nación y a la Universidad Libre de Colombia, para que a través de las plataformas que correspondan publiquen la admisión del medio tutelar y comuniquen a los postulantes de la convocatoria FGN 2024, para que, si así lo desean y en el mismo término del numeral segundo, ejerzan su derecho de defensa. (…)”.
2 de enero de 2026Escrito de tutela –  SANDRA BEATRIZ GARCÍA PINTO

Auto admisorio-  SANDRA BEATRIZ GARCÍA PINTO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto Admisorio del 31 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor CÉSAR JAVIER CRISTANCHO CHINOME, contra la COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIVERSIDAD LIBRE, trámite dentro del cual se ordenó vincular a “los demás participantes inscritos al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos – Nivel Profesional dentro de la convocatoria para proveer vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso, en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación perteneciente al Sistema Especial de Carrera” con radicado 15001318700720250002700, con fundamento en lo ordenado por el Despacho Judicial:
 
” 2. VINCULAR a los demás participantes inscritos al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos – Nivel Profesional dentro de la convocatoria para proveer vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso, en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación perteneciente al Sistema Especial de Carrera
 
(…)
 
4.- ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA de manera inmediata en el sitio web de cada una de estas entidades, lo dispuesto en la presente providencia para el concurso de méritos convocado a través del Acuerdo No. 001 del 03 de marzo de 2025 al proceso de selección para proveer vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso, en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación perteneciente al Sistema Especial de Carrera, al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos – Nivel Profesional.
 
5.- ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, COMUNICAR mediante mensaje de datos dirigido al correo electrónico que repose en sus bases de los concursantes, y demás interesados, que participen en la convocatoria del concurso de méritos que se adelanta a través del Acuerdo No. 001 del 03 de marzo de 2025 al proceso de selección para proveer vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso, en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación perteneciente al Sistema Especial de Carrera, al cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Municipales y Promiscuos – Nivel Profesional. Lo anterior, en aras de quien considere tener un interés legítimo en el resultado de esta acción de tutela intervenga como coadyuvante de la parte accionante o de la parte accionada. 
2 de enero de 2026
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 29 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SANTIAGO DE CALI, dentro de la acción de tutela promovida por el señor ALEJANDRO MONTAÑO CAMPIÑO, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y  la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con Talento Humano y Gestión S.A.S) y, en donde se encuentran vinculados los participantes de la OPECE I-106-AP-07-(1), en donde se requirió: 
“(…) SÉPTIMO: ORDENAR a los responsables del concurso (Fiscalía General de la Nación y UT Convocatoria FGN 2024) que notifiquen la vinculación de la presente acción de tutela a todos los participantes de la OPECE I-106-AP-07-(1), utilizando los canales oficiales del proceso (SIDCA3 y correo electrónico registrado), garantizando la publicidad y transparencia del trámite. (…)”.
2 de enero de 2026Auto Admito de Tutela, ALEJANDRO MONTAÑO CAMPIÑO

Escrito de Tutela, ALEJANDRO MONTAÑO CAMPIÑO

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 30 de diciembre de 2026, proferido por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, CALI – VALLE, dentro de la acción de tutela interpuesta por KARLIN ADRIANA MOSQUERA BONILLA contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIVERSIDAD LIBRE – UT CONVOCATORIA FGN 2024, con radicado No. 20267010000705 procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
2. COMUNICAR la existencia de la presente acción de tutela a todas las personas que participan en el Concurso de Méritos FGN 2024 para el cargo I-206-M-01-(130), quienes podrían resultar afectadas con la decisión que se tome en el presente asunto, para tal efecto se ORDENA a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, Y LA UNIVERSIDAD LIBRE, que en el término de DOS (2) DÍAS, contados a partir de la notificación de la presente providencia, publiquen en la respectiva página web esta decisión y el escrito de tutela con el fin de que los posibles afectados dentro del término de UN (01) DÍA siguiente a dicha publicación, puedan intervenir en el trámite de la misma. Para tal efecto, envíese copia de la presente providencia y del escrito de tutela presentado por el accionante.”.
2 de enero de 2026Escrito Tutela KARLIN ADRIANA MOSQUERA BONILLA

Auto Admite Tutela KARLIN ADRIANA MOSQUERA BONILLA

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 30 de diciembre de 2026, proferido por el JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD – GUADALAJARA DE BUGA – VALLE, dentro de la acción de tutela interpuesta por DANIEL GIRALDO RENDÓN contra la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con radicado No. 20257010045905, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
TERCERO: ORDENAR a la Universidad Libre de Colombia y la Fiscalía General de la Nación que, tanto en su portal web como en el aplicativo SIDCA3, en el enlace dispuesto para brindar información a las personas elegibles dentro del Concurso de Méritos FGN 2024, la información correspondiente a esta acción de tutela, esto es, del escrito de demanda constitucional, sus anexos y la presente providencia, para que las personas que se encuentren en la Lista de Elegibles dentro del proceso de selección para proveer los cargos de «Fiscal especializado I» y «Fiscal Especializado II» tengan conocimiento de la misma. Además, se deberá advertir que, para ello cuentan con un término de dos (2) días, a partir del momento en que se materialice esta comunicación en el sitio web o aplicación correspondiente.” Sic.
*Nota: La presente publicación se realiza haciendo la precisión que el cargo al cual se presentó el accionante es FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS, lo anterior una vez realizada la validación respectiva. Se adjunta pantallazo.
2 de enero de 2026Escrito Tutela DANIEL GIRALDO RENDÓN

Auto Admite Tutela DANIEL GIRALDO RENDÓN

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CALARCÁ, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por el señor MICHAEL STIVEN OCAMPO ORTIZ contra U.T CONVOCATORIA FGN 2024 – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN con radicado No. 63130 31 87 004 2025 00087, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a todos los Participantes de la Convocatoria FGN – 2024 – cargo TÉCNICO II, código I-206-M-01-(130), a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“Por otra parte, se ORDENA a la U.T CONVOCATORIA FGN 2024 – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, NOTIFICAR de manera electrónica a todos los Participantes de la Convocatoria FGN – 2024 – cargo TÉCNICO II, código I-206-M-01-(130), remitiéndoles el auto admisorio y escrito de tutela, para que si a bien lo tienen ejerzan su derecho de contradicción y defensa. Asimismo, allegar las respectivas constancias notificación efectivas al Despacho.”
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
2 de enero de 2026Escrito Tutela MICHAEL STIVEN OCAMPO ORTIZ

Auto Admite Tutela MICHAEL STIVEN OCAMPO ORTIZ

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del JUZGADO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE RIOHACHA, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por el señor FRANKLIN JOSE LOPEZ SOLANO contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIVERSIDAD LIBRE INTEGRANTES DE LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 con radicado No. 44-001-31-87-001-2025-00078-00, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a las personas inscritas en el concurso FGN2024, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el numeral 3 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que notifique la presente acción de tutela por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el concurso FGN2024 y remita comprobante de ello a este despacho judicial.”
2 de enero de 2026Escrito Tutela FRANKLIN JOSE LOPEZ SOLANO

Auto Admite Tutela FRANKLIN JOSE LOPEZ SOLANO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Doce de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, en el Auto del 30 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Cristian Camilo Peña Martínez en contra de la Fiscalía General de la Nación – Comisión de la Carrera Especial y UT Convocatoria FGN 2024 Universidad Libre, y como vinculadas a todas aquellas personas que se encuentran inscritas en el Concurso de Méritos FGN 2024 para el empleo de Asistente de Fiscal IV, código 1 (sic)-201-M-01-250 (sic), nivel jerárquico, área misional, en la que: ORDENA a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL-, LA UT CONVOCATORIA FGN 2024 UNIVERSIDAD LIBRE publicar la presente tutela y esta providencia en su página web, a fin de quienes tengan interés en la acción de la referencia se hagan parte en la misma, y aporte a esta sede judicial, prueba de ello.”, tutela con radicado No. 11001-31-87-012-2025-000237-00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.2 de enero de 2026
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por el señor LUIS CARLOS RODRÍGUEZ ORTEGA contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONCURSO FGN 2024 con radicado No. 2025-00132, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los funcionarios que actualmente se encuentran ocupando en provisionalidad el cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Especializados, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en numeral 4 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“CUARTO: VINCULAR como litisconsortes necesarios a los funcionarios que actualmente se encuentran ocupando en provisionalidad el cargo de Fiscal Delegado ante Jueces Especializados, ofertado en el Acuerdo No. 001 de 2025 “Por el cual se convoca y se establecen las reglas del concurso de méritos para proveer vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso, en la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación perteneciente al Sistema Especial de Carrera.
 
La respectiva notificación se realizará por parte de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dando a conocer el Auto admisorio de la acción y el escrito de tutela. De dicha notificación, la entidad deberá remitir a este Despacho Judicial, los respectivos comprobantes de envío a los correos electrónicos de los funcionarios y de la publicación en su respectiva página web, en el término máximo de un (1) día.”
31 de diciembre de 2025Escrito Tutela LUIS CARLOS RODRÍGUEZ ORTEGA

Auto Admite Tutela LUIS CARLOS RODRÍGUEZ ORTEGA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 30 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por el señor EDWARD JOHAN CASTRO NAVARRO, en contra de la Fiscalía General de La Nación – Comisión Especial de Carrera. y, en donde se encuentran vinculadas la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, en donde se requirió: 
“(…) De igual forma, solicitese a las entidades la inmediata publicación de este auto en la página web de la entidad en el micrositio de la convocatoria, con el fin de que los terceros interesados- si es sudeseo – puedan intervenir en el mismo plazo otorgado. (…)”.
31 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, Edward Johan Castro Navarro

Escrito de Tutela, Edward Johan Castro Navarro

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 29 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SANTIAGO DE CALI dentro de la acción de tutela interpuesta por JHON JAIRO SANCHEZ GOMEZ contra la Fiscalía General de la Nación, la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, Universidad Libre y la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S, con radicado No. 20257010045975, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo Técnico II, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“COMUNICAR la existencia de la presente acción de tutela a todas las personas que participan en el Concurso de Méritos FGN 2024 para el cargo I-206-M-01-(130), quienes podrían resultar afectadas con la decisión que se tome en el presente asunto, para tal efecto se ORDENA a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, LA UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, UNIVERSIDAD LIBRE Y LA EMPRESA TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S. , que en el término de DOS (02) DIAS, contados a partir de la notificación de la presente providencia, publiquen en la respectiva página web esta decisión y el escrito de tutela con el f in de que los posibles afectados dentro del término de UN (01) DÍA siguiente a dicha publicación, puedan intervenir en el trámite de la misma. Para tal efecto, envíese copia de la presente providencia y del escrito de tutela presentado por la accionante.”
31 de diciembre de 2025Escrito Tutela JHON JAIRO SANCHEZ GOMEZ

 

Auto Admite Tutela JHON JAIRO SANCHEZ GOMEZ

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 22 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad dentro de la acción de tutela interpuesta por CAROLINA VALLEJO RESTREPO contra la Unión Temporal – Concurso de Méritos FGN 2024 Universidad Libre, la Comisión de Carrera Especial de Fiscalía General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 20257010045705, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo ASISTENTE FISCAL II, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
 Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“Para dar cumplimiento a lo anterior, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que notifique la presente acción de tutela por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el concurso FGN2024 para el cargo de ASISTENTE FISCAL II y remita comprobante de ello a este despacho judicial .
Para el efecto, se concede un plazo máximo de dos (02) días, que se contarán a partir del recibo de la respectiva comunicación, misma que habrá de remitirse en forma inmediata, disponiéndose que la contestación deprecada también se envíe a esta instancia de manera expedita, a través del correo institucional del despacho: ejpm02per@cendoj.ramajudicial.gov.co.  Notifíquese la presente decisión a la parte accionante por el medio más expedito.”
31 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del del 29 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO QUINCE DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (BOGOTA D.C), dentro de la acción de tutela promovida por el señor HERNÁN DARÍO OTÁLORA GUEVARA, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, LA UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA Y LA UNIÓN TEMPORAL UT CONVOCATORIA FGN 2024 (convocatoria FNG 2024 -Conformada por la Universidad libre y la empresa Talento Humano y Gestión SAS).y, en donde se encuentran vinculados los demás participantes del concurso de méritos Fiscalía General de la Nación 2024 en el Código de empleo I-105-M-10-(2), en donde se requirió: 
“(…) 3.- Teniendo en cuenta que, se advierte que pueden existir personas en calidad de terceros con interés respecto del presente trámite de tutela, frente a los demás participantes del concurso de méritos Fiscalía General de la Nación 2024 en el Código de empleo I-105-M-10-(2). Por lo anterior, y para los fines pertinentes el Despacho procede a la VINCULACIÓN DE LOS TERCEROS CON INTERÉS, para que, si a bien lo tienen, se pronuncien sobre la solicitud de amparo o guarden silencio.
Por lo anterior, se ORDENA: (i) que por intermedio del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de esta Especialidad, se publique inmediatamente un aviso y/o un estado en la Secretaría y en el Sistema de Gestión Siglo XXI comunicando del auto admisorio de la demanda de tutela, así como la presente decisión.
(ii) oficiar a la Fiscalía General de la Nación, Universidad Libre y a la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 para que de manera inmediata publique, por una sola vez, en la página web del concurso de méritos Fiscalía General de la Nación 2024 en el Código de empleo I-105-M-10 (2), las determinaciones antes enunciadas. De la presente decisión se remitirá copia. (…)”.
30 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, HERNÁN DARÍO OTÁLORA GUEVARA

Escrito de Tutela, HERNÁN DARÍO OTÁLORA GUEVARA

 “La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto admisorio del 29 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad dentro de la acción de tutela interpuesta por DANIEL ZAPATA CADAVID contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN Y OTROS, con radicado No. 006-2025-00226-00, procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes al empleo PROFESIONAL ESPECIALZIADO II, relacionados en el Anexo No. 1 OFERTA PÚBLICA DE EMPLEOS DE CARRERA ESPECIAL – OPECE, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
 Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“Asimismo se solicita la inmediata publicación del auto de avóquese de la presente acción constitucional y del escrito de tutela en la página web de la entidad en el micrositio de la convocatoria, con el fin de que los terceros interesados- si es su deseo – puedan intervenir, en el mismo plazo otorgado.”
Conforme con lo anterior, se informa que únicamente se deberán allegar los documentos correspondientes directamente al Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad al correo electrónico: ventanilla2csjepmsbta@cendoj.ramajudicial.gov.co
30 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio  del 23 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD   dentro de la acción de tutela promovida por el señor DANIEL GARCÍA JARAMILLO, contra UNIÓN TEMPORAL – CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 UNIVERSIDAD LIBRE2, Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
“(…) Para dar cumplimiento a lo anterior, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que notifique la presente acción de tutela por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el concurso FGN2024 para el cargo de FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS y remita comprobante de ello a este despacho judicial (…) “
30 de diciembre de 2025Escrito de tutela –  DANIEL GARCÍA JARAMILLO

Auto admisorio-  DANIEL GARCÍA JARAMILLO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 29 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BUCARAMANGA  dentro de la acción de tutela promovida por la señora Carolina Angarita Chacón, contra Fiscalía General de la Nación 2024.trámite que se vinculó  a los Integrantes del proceso de selección -Concurso de méritos FGN 2024 Cargo Técnico II I 206 M01 (130), se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
“ (…) 3) Vincular a los Integrantes del proceso de selección -Concurso de méritos FGN 2024 Cargo Técnico II I 206 M01 (130) Quienes serán notificados por intermedio de la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y la UT 1 Convocatoria FGN 2024, a la Dirección Ejecutiva de la Fiscalía General de la Nación, a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, y a la Universidad Libre, se les concederá un término improrrogable de un (1) día, contado a partir de la comunicación, para que respondan y ejerzan el derecho de contradicción a la acción incoada. Anexar copia de lo pertinente. (…)”
30 de diciembre de 2025Escrito de tutela –  Carolina Angarita Chacón

Auto admisorio-  Carolina Angarita Chacón

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 29 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÒN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (TUNJA – BOYACÁ ), dentro de la acción de tutela promovida por el señor MIGUEL ÁNGEL SOLÓRZANO LÓPEZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y, en donde se encuentran vinculados los participantes que se encuentran admitidos para el cargo de Fiscal Delegado Ante Jueces Penales del Circuito ofertado por la Fiscalía General de la Nación en el marco del concurso de méritos FGN 2024, en donde se requirió: 
“(…) Del mismo modo, se ordenará a las accionadas Fiscalía General de la Nación – Comisión de Carrera Especial y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, que en el término perentorio de un (01) día contado a partir de la notificación de la presente providencia, efectúen la publicación del auto admisorio de la presente acción constitucional, demanda y anexos, a través de sus respectivas páginas web. (…)”.
30 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, MIGUEL ÁNGEL SOLÓRZANO LÓPEZ

Escrito de Tutela, MIGUEL ÁNGEL SOLÓRZANO LÓPEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 23 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado 2° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Valledupar, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Royman Guao Samper, en contra de la Fiscalía General de la Nación, Universidad Libre de Colombia, Coordinación General del Concurso de Méritos FGN 2024 y U.T. Convocatoria FGN 2024, proceso en cual se encuentran vinculados los aspirantes al Concurso de méritos Fiscalía General de la Nación 2024, respecto del cargo identificado con Código del Empleo: I-105-AP-11-(1), Denominación del Empleo: PROFESIONAL EXPERTO, Modalidad: INGRESO, Nivel jerárquico: PROFESIONAL, en donde se requirió: 
“(…) TERCERO: Ordenar a las entidades accionadas Fiscalía General de la Nación, Universidad Libre de Colombia, que de forma inmediata publiquen la presente admisión de la tutela en sus respectivas páginas web insertando el presente auto y el escrito de la acción de tutela, a fin de integrar debidamente el contradictorio a los aspirantes al Concurso de méritos Fiscalía General de la Nación 2024, respecto del cargo identificado con Código del Empleo: I-105-AP-11-(1), Denominación del Empleo: PROFESIONAL EXPERTO, Modalidad: INGRESO, Nivel jerárquico: PROFESIONAL, para que los aspirantes al mismo ejerzan su derecho de contradicción si a bien lo tienen. (…)”
30 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, Royman Guao Samper

Escrito de Tutela, Royman Guao Samper

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del Juzgado 12 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por el señor Miguel Alexander Giraldo Amaya contra Fiscalía General de la Nación y Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, Sidca3 Universidad Libre con radicado No. 05001-31-87-012-2025-00224, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid, Subdirección Nacional de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre, Dirección Ejecutiva de la Fiscalía General de la Nación, a la Comisión Especial de Carrera de la Fiscalía General de la Nación (FGN) y a todos los participantes dentro del proceso de concurso de méritos, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el numeral 2 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“SEGUNDO: Vincular a la presente acción al POLITECNICO COLOMBIANO JAIME ISAZA CADAVID, SUBDIRECCION NACIONAL DE APOYO A LA COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA UNIVERSIDAD LIBRE DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, a la COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN (FGN) y a todos los participantes dentro del proceso de concurso de méritos para proveer los cargos de la Fiscalía General de la Nación, derivado de la CONVOCATORIA FGN 2024 SIDCA 3, a fin de que ejerzan su derecho de defensa y contradicción, en tanto, podrían tener un interés directo en las resultas de esta acción, por cuanto no se tiene conocimiento del cargo especifico al que aspiró el accionante.”
30 de diciembre de 2025Escrito Tutela MIGUEL ALEXANDER GIRALDO AMAYA

Auto Admite Tutela MIGUEL ALEXANDER GIRALDO AMAYA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 22 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (Pereira-Risaralda), dentro de la acción de tutela promovida por la señora ROGER AUGUSTO AVILA SOTO, en contra de la FISCALIA GENERAL DE LA NACION- COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-UNIVERSIDAD LIBRE, en donde se requirió: 
“(…) Vincular a los participantes de la convocatoria de Concurso de Méritos del Concurso de Méritos Fiscalía General de la Nación 2024, en la modalidad de ingreso, identificado con ID de inscripción 116997. Postulado al cargo: Técnico II, OPECE Código I-206-M-01-(130), correspondiente al proceso o subproceso de Investigación y Judicialización, para lo cual se requiere a la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-UNIVERSIDAD LIBRE, entidades que tienen a cargo el mencionado concurso de méritos, a fin de que publique esta providencia y la Acción de Tutela en la página web de dicha convocatoria en un término de dos (2) días contados a partir de tal publicación y alegue a este proceso la constancia respectiva, para que, si bien lo tiene, se pronuncien sobre los hechos de la acción de tutela, como quiera podrían verse afectados por el fa lo de tutela. (…)”
30 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, ROGER AUGUSTO AVILA SOTO

Escrito de Tutela, ROGER AUGUSTO AVILA SOTO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Medellín – Antioquia, en el Auto del 26 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Héctor Favio Cano Restrepo en contra de la Universidad Libre y la Fiscalía General de la Nación y como vinculados la Comisión Especial de Carrera (sic) de la Fiscalía General de la Nación y las personas inscritas para el cargo de Fiscal Local ante Jueces Municipales en el concurso FGN2024, con radicado No. 2025 00206, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
29 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Vinculación del 24 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE CARTAGENA DE INDIAS, dentro de la acción de tutela promovida por el señor NÉSTOR BENJAMÍN GUZMÁN BARRIOS, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN), proceso en cual se encuentran vinculada la UNIVERSIDAD LIBRE, en donde se requirió: 
“(…) PRIMERO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 para que, de manera inmediata, procedan a realizar la publicación del auto admisorio de fecha 19 de diciembre de 2025 en el aplicativo SIDCA 3 y/o en sus respectivos portales web institucionales.
SEGUNDO: ORDENAR a las entidades accionadas que informen a este Despacho, en el término de un (1) día hábil, sobre el cumplimiento de la orden de publicación, remitiendo los soportes o enlaces electrónicos correspondientes.
TERCERO: VINCULAR al presente trámite a todos los terceros interesados, esto es, a los demás participantes inscritos en la misma OPEC objeto de la presente acción de tutela, quienes se entenderán notificados mediante la publicación ordenada en el numeral anterior. (…)”
29 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Fallo de Primera Instancia del 26 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Santiago de Cali), dentro de la acción de tutela promovida por la señora MÓNICA ALEXANDRA SARRIA CALERO, en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S), en donde se requirió: 
“(…) SEGUNDO: ORDENAR a las accionadas, que se publiquen en la página web disupuesta dispuesta para la convocatoria, la presente decisión(…)”
29 de diciembre de 2025Fallo de primera instancia, MÓNICA ALEXANDRA SARRIA CALERO
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 23 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PASTO dentro de la acción de tutela promovida por la señora,  KAREN FERNANDA JOJOA LÓPEZ, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL, CONCURSO DE MÉRITOS FGN 2024 Y OPERADOR SIDCA3.trámite que se vinculó a la UNIVERSIDAD LIBRE, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y a las personas que participan en el CONCURSO de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
(…) TERCERO. – VINCULAR al presente trámite a la UNIVERSIDAD LIBRE, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y a las personas que participan en el CONCURSO de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. Córrase traslado de la demanda y sus anexos por el término de DOS (02) DÍAS, para que ejerza su derecho de defensa.
 
 Para dar cumplimiento a lo anterior, se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, que notifique la presente acción de tutela por los medios que considere pertinentes, a las personas inscritas en el concurso FGN 2024 y remita comprobante de ello a este despacho judicial(…) “
29 de diciembre de 2025Escrito de tutela –  KAREN FERNANDA JOJOA LÓPEZ

 

Auto admisorio-  KAREN FERNANDA JOJOA LÓPEZ

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLLA, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por la señora ALBA LUZ ARRIETA PAYARES contra la FISCALIA GENERAL DE LA NACION- COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-UNIVERSIDAD LIBRE con radicado No. 08001318700520250010200, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los participantes de la convocatoria de Concurso de Méritos del Concurso de Méritos Fiscalía General de la Nación Acuerdo N° 001 del 3 de marzo de 2025, en la modalidad de ingreso, Postulado al cargo: PROFESIONAL EXPERTO I-105-AP-02- (3), a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el numeral 2 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“SEGUNDO: Vincular a los participantes de la convocatoria de Concurso de Méritos del Concurso de Méritos Fiscalía General de la Nación Acuerdo N° 001 del 3 de marzo de 2025, en la modalidad de ingreso, Postulado al cargo: PROFESIONAL EXPERTO I-105-AP-02- (3) con el número de inscripción 0098486, para lo cual se requiere a la COMISION DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION y LA UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024-UNIVERSIDAD LIBRE, entidades que tienen a cargo el mencionado concurso de méritos, a fin de que publique esta providencia y la Acción de Tutela en la página web de dicha convocatoria en un término de dos (2) días contados a partir de tal publicación y allegue a este proceso la constancia respectiva, para que, si bien lo tiene, se pronuncien sobre los hechos de la acción de tutela, como quiera podrían verse afectados por el fallo de tutela.”
29 de diciembre de 2025Escrito Tutela ALBA LUZ ARRIETA PAYARES

Auto Admite Tutela ALBA LUZ ARRIETA PAYARES

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 24 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO 25 DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C. dentro de la acción de tutela promovida por la señora,  IRMA ALEXANDRA CÁRDENAS CASTAÑEDA, contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, trámite que se vinculó a la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
“(…)Por otra parte, comoquiera que, pueden existir terceros con algún interés de las personas inscritas al concurso de méritos FGN 2024, convocado mediante Acuerdo 001 de 2025 calendado 03/03/2025, para proveer algunas vacantes definitivas en las modalidades de ascenso e ingreso de la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y, con el propósito de garantizar la debida integración del contradictorio, ORDÉNASE publicar en el micrositio del Concurso de Méritos FGN 2024 (SIDCA3) y en la página web de la entidad (Fiscalía General de la Nación) un aviso informativo sobre la existencia y admisión de la presente acción constitucional, para que cualquier persona con interés dentro del presente asunto, pueda intervenir enviando sus respectivos memoriales en el término de un (1) día, si a bien lo consideran pertinente. (…)
29 de diciembre de 2025Escrito de tutela –  IRMA ALEXANDRA CÁRDENAS CASTAÑEDA

 

Auto admisorio –  IRMA ALEXANDRA CÁRDENAS CASTAÑEDA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 23 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (Pereira-Risaralda), dentro de la acción de tutela promovida por la señora CLAUDIA LORENA TOMÉ MONCADA, en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S),  proceso en cual se encuentran vinculados los aspirantes al cargo con código de empleo l-102-M-01 (419) Fiscal delegado ante los Jueces penales del Circuito especializado), que han superado hasta el momento los requisitos y etapas establecidos en la convocatoria SIDCA 3, en donde se requirió: 
“(…) Igualmente, se vincula a los aspirantes al cargo con código de empleo l-102-M-01 (419) Fiscal delegado ante los Jueces penales del Circuito especializado), que han superado hasta el momento los requisitos y etapas establecidos en la convocatoria SIDCA 3, disponiéndose que su notificación se realice por intermedio de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 (Universidad Libre en asocio con la empresa Talento Humano y Gestión S.A.S). (…)”
26 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, CLAUDIA LORENA TOMÉ MONCADA

Escrito de Tutela, CLAUDIA LORENA TOMÉ MONCADA

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión 23 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TREINTA Y TRES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTA D.C), dentro de la acción de tutela promovida por el señor CARLOS ALFREDO ESPINEL ÁLVAREZ, en contra de la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UT CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y, en donde se encuentran vinculados los CANDIDATOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES EN FIRME DEL EMPLEO DEMONIMADO ASISTENTE DE FISCAL I, NIVEL JERÁRQUICO TÉCNICO, CÓDIGO I-2024-M-01-(347), en donde se requirió: 
“(…) “TERCERO: Oficiar a la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN para que, por su conducto a través de la página web de la entidad o el medio más expedito, informen a los CANDIDATOS DE LA LISTA DE ELEGIBLES EN FIRME DEL EMPLEO DEMONIMADO ASISTENTE DE FISCAL I, NIVEL JERÁRQUICO TÉCNICO, CÓDIGO I-2024-M-01-(347) de la presente acción de tutela, a fin de que se pronuncien dentro del término perentorio de dos (2) días, si a bien lo tienen.  (…)”.
24 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, CARLOS ALFREDO ESPINEL ÁLVAREZ

Escrito de Tutela, CARLOS ALFREDO ESPINEL ÁLVAREZ

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, en el Auto del 24 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor MARLON JOSÉ VÉLEZ RODRÍGUEZ, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UT CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE – SIDCA3), con radicado No.  20257010045415, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
24 de diciembre de 2025Escrito de tutela, MARLON JOSÉ VÉLEZ RODRÍGUEZ, 2025 – 12 – 24

Auto admisorio, MARLON JOSÉ VÉLEZ RODRÍGUEZ, 2025 – 12 – 24

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio  del 23 de diciembre de 2025, proferido por el  JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.Cdentro de la acción de tutela promovida por la señora,  DOLLY BRIYETH AMAYA GUERRERO, contra UNIÓN TEMPORAL UT CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBRE – TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S. y la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
“(…) 3- Comunicar de la presente determinación a todos los participantes del proceso de selección de la Convocatoria FGN 2024 para el cargo de Modalidad: ingreso, Nivel Jerárquico: PROFESIONAL, Denominación de Empleo: PROFESIONAL ESPECIALIZADO II, Proceso: INVESTIGACIÓN Y JUDICIALIZACIÓN / GESTIÓN DE TALENTO HUMANO, Código de Empleo: I-106-M-06-(16)”, para que, si lo desean, en el improrrogable término de un (1) día, contado a partir de la comunicación, se pronuncien sobre la acción instaurada y alleguen las pruebas que consideren pertinentes. (…)”
24 de diciembre de 2025Escrito de tutela –  DOLLY BRIYETH AMAYA GUERRERO

Auto admisorio –  DOLLY BRIYETH AMAYA GUERRERO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado Tumaco – Nariño, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora MARIA CAMILA RUALES BENAVIDES, en contra de la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, con radicado No.  20257010044925, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
24 de diciembre de 2025Escrito de tutela, MARIA CAMILA RUALES BENAVIDES, 2025 – 12 – 23

 

Auto admisorio, MARIA CAMILA RUALES BENAVIDES, 2025 – 12 – 23

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Palmira – Valle, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor JAIRO ALBERTO LLANOS ARIAS en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – UNIVERSIDAD LIBE DE COLOMBIA, con radicado No.  20257010044705, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
24 de diciembre de 2025

Auto admisorio, JAIRO ALBERTO LLANOS ARIAS, 2025 – 12 – 23

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Armenia – Quindío, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora MAIRA ANDREA RIASCOS CUENU, en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, con radicado No.  20257010044505, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
24 de diciembre de 2025

Escrito de tutela, MAIRA ANDREA RIASCOS CUENU 2025 – 12 – 23

Auto admisorio, MAIRA ANDREA RIASCOS CUENU, 2025 – 12 – 23

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Corozal – Sucre, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora BYRON BENITEZ CONTRERAS en contra de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y UNIVERSIDAD LIBRE, con radicado No.  20257010044715, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
24 de diciembre de 2025Escrito de tutela, BYRON BENITEZ CONTRERAS, 2025 – 12 – 23

Auto admisorio, BYRON BENITEZ CONTRERAS, 2025 – 12 – 23

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora ANGELA PATRICIA PINZÓN LEÓN en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 Y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con radicado No.  20257010044585, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
24 de diciembre de 2025Escrito de tutela, señora ANGELA PATRICIA PINZÓN LEÓN, 2025 – 12 – 23

Auto admisorio, señora ANGELA PATRICIA PINZÓN LEÓN, 2025 – 12 – 23

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 22 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO VEINTINUEVE DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por la señora, ISABEL CRISTINA RAMOS QUINTERO, contra   UNIVERSIDAD LIBRE, UNION TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, FISCALIA GENERAL DE LA NACION , se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
“ (…) Se ORDENA al secretario 2 del Centro de Servicios Administrativos de estos despachos proceda a la publicación y notificación por aviso de la presente acción de tutela en la Página WEB Rama judicial, publicando la admisión y traslado a todas las partes, terceros y partes interesadas, deberá dejar en acción de tutela constancia digital de la realización del trámite. (…) “
23 de diciembre de 2025Escrito de tutela –   ISABEL CRISTINA RAMOS QUINTERO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Florencia – Caquetá, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Alfonso Cartagena Mayorquín en contra de la Universidad Libre, Unión Temporal Convocatoria – FGN 2024, Fiscalia General de la Nación, con radicado No. 1800 131 09005 2025 00142 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
23 de diciembre de 2025
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Manizales – Caldas, en el Auto del 22 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Ricardo López Gómez en contra de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y vinculados los Integrantes interesados en el Concurso de Méritos en la UT Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 17001318700420250025300, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela.
23 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 19 de diciembre de 2025, proferido por el  JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Édgar Orlando Herrera Prieto, contra UT Convocatoria FGN 2024, la Universidad Libre y la Fiscalía general de la Nación (FGN), se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
” 4 . (…) Solicitar por correo electrónico y en forma inmediata a los (las) representantes legales o a quienes hagan sus veces de las accionadas y a los participantes en el concurso de méritos, informen en el perentorio e improrrogable término de un (1) día, contado a partir de la fecha del recibo de la comunicación, lo que a bien tengan manifestar en relación con la acción de tutela interpuesta. Remitir a las entidades y publicar en el sitio web relacionado copia del escrito de tutela. (…) “
23 de diciembre de 2025Escrito de tutela –   Édgar Orlando Herrera Prieto

Auto admisorio –  Édgar Orlando Herrera Prieto

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 22 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD (Calarcá – Quindío), dentro de la acción de tutela promovida por el señor Luis María Bedoya Orozco, en contra de la U.T Convocatoria FGN 2024 – Fiscalía General de la Nación – Comisión de la carrera especial de la Fiscalía General de la nación. y, en donde se encuentra vinculados los Participantes de la Convocatoria FGN – 2024 – FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS, código de empleo I-104-M-01-(448),  en donde se requirió: 
“(…) Comuníquese el presente proveído a la parte accionante, informándole que la acción de tutela se avocó por este Despacho y se ordenó el trámite correspondiente, y a la entidad accionada y vinculados, enterándolas de que disponen del término de un (1) día para pronunciarse sobre la demanda, remitiéndoles copia de este proveído y de los anexos aportados por la parte actora.
Por otra parte, se ORDENA a la U.T CONVOCATORIA FGN 2024 – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN – COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, NOTIFICAR de manera electrónica a todos los Participantes de la Convocatoria FGN – 2024 – FISCAL DELEGADO ANTE LOS JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS, código de empleo I-104-M-01-(448) remitiéndoles el auto admisorio y escrito de tutela, para que si a bien lo tienen ejerzan su derecho de contradicción y defensa. Asimismo, allegar las respectivas constancias notificación efectivas al Despacho. (…)”
23 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, Luis María Bedoya Orozco

 

Escrito de Tutela, Luis María Bedoya Orozco

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja – Boyacá, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Jhon Jairo Alvarado Reyes en contra de la Fiscalia General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 15 001 33 33 011 2025 00236 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio, escrito de tutela y anexos.
23 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 18 de diciembre de 2025, proferido por el  JUZGADO QUINTO DE EJECUCIÓN DE PENAS  Y MEDIDAS DE SEGURIDAD MANIZALES – CALDAS, dentro de la acción de tutela promovida por la señora CONSUELO AMPARO HENAO TORO, contra   Unión Temporal FGN 2024 y la fiscalía general de la Nación – Comisión de Carrera Especial, procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 
“ (…) Teniendo en cuenta que existen otros sujetos que pueden tener interés o resultar afectados con la decisión que eventualmente se adopte en el fallo, es preciso vincular a la Universidad Libre y los participantes del empleo identificado con el código OPECE I-101 M-01-(44).  (…) “
23 de diciembre de 2025Escrito de tutela –   CONSUELO AMPARO HENAO TORO

 

Auto admisorio –  CONSUELO AMPARO HENAO TORO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 19 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, dentro de la acción de tutela promovida por el señor   ALEX JOSÉ PIANETTA MERCADO, contra COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, CONVOCATORIA FGC-2024, UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024- UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
 “ (…) TERCERO: Para materializar la vinculación, se ordena a la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UT CONVOCATORIA FGN 2024- UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, para de manera INMEDIATA publiquen en sus páginas web la presente providencia y el escrito de tutela, a efectos de dar a conocer el inicio de esta acción constitucional a los miembros de la lista de elegibles, al cargo FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DEL CIRCUITO de nivel PROFESIONAL, Código de empleo N° I-103-M-01-(597), en la Convocatoria FGN 2024 de la fiscalía general de la Nación, conforme al Acuerdo No. 001 del 03 de marzo de 2025 y a los funcionarios que actualmente ostenten ese cargo en provisionalidad, a quienes se les informa que, de estimarlo conveniente y considerarse afectados con lo referido en el escrito de tutela, pueden emitir pronunciamiento, el cual debe ser allegado a este Despacho al buzón electrónico institucional j03epencgena@cendoj.ramajudicial.gov.co, con la obligación de acreditar la publicación en el término de un (1) día.(…) “
23 de diciembre de 2025Escrito de tutela –   ALEX JOSÉ PIANETTA MERCADO

 

Auto admisorio –  ALEX JOSÉ PIANETTA MERCADO

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 19 de diciembre de 2025, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal  (Montería – Córdoba), dentro de la acción de tutela promovida por el señor Víctor Daniel Castilla Plaza, en contra de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Comisión de Carrera de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre, en donde se requirió: 
“(…) “Al trámite constitucional resulta necesario vincular a los participantes en el cargo de Fiscal Delegado ante los Jueces Penales del Circuito Especializados, en el concurso de méritos de la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, cuya notificación se efectuará a través de la accionada utilizando el respectivo portal web habilitado o cualquier otro medio idóneo. En consecuencia, se dispone: (…)”.
22 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, Víctor Daniel Castilla Plaza

 

Escrito de Tutela, Víctor Daniel Castilla Plaza

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 19 de diciembre de 2025, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal de Decisión (Montería – Córdoba), dentro de la acción de tutela promovida por el señor ELIECER ELÍAS VÁSQUEZ COGOLLO, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, en donde se requirió: 
“(…) 2. VINCULAR al presente trámite a los integrantes de la lista de elegibles del cargo Profesional de Gestión II, Código I-109-AP-04, para que en el término de dos (2) días, contados a partir del recibo de la comunicación, se pronuncien sobre los hechos de la acción de tutela. Se adjunta copia de la misma y sus anexos. Para efectos de notificación, se dispone que la UT Convocatoria FGN 2024, cargue en la página o sitio web donde ha efectuado las comunicaciones sobre el referido concurso, el escrito de tutela y 2 sus anexos, a fin de que los inscritos al mencionado cargo tengan conocimiento de la acción constitucional. (…)”
22 de diciembre de 2025Auto Admito de Tutela, Eliecer Elías Vásquez Cogollo

 

Escrito de Tutela, Eliecer Elías Vásquez Cogollo

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 18 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SESENTA Y CUATRO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO, dentro de la acción de tutela promovida por la señora  ALBA LUCIA PADILLA ÁLVAREZ, contra FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBI, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio, en el que se requirió:
” (…) se ordenará a las accionadas FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, publicar en la página web oficial SIDCA 3, la información respecto de la presente acción de tutela (escrito de tutela y el auto admisorio), con el fin que los interesados en la misma, conozcan su contenido, y si es su voluntad se pronuncien al respecto. (…)”
22 de diciembre de 2025Escrito de tutela –   ALBA LUCIA PADILLA ÁLVAREZ

Auto admisorio –  ALBA LUCIA PADILLA ÁLVAREZ

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá D.C, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Rossemberg Alexander González Ovalle  en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre, con radicado No. 11 00 131 109001 2025 00287 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela.
22 de diciembre de 2025
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Tumaco – Nariño, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por la señora María Camila Ruales Benavides en contra de la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 528353107004 2025 00091 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela.
22 de diciembre de 2025
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Veinticuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento  de Bogotá, en el Auto del 19 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Jonnathan Francisco Fernández Polania en contra de la Fiscalía General de la Nación – Universidad Libre – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 2025 00290, se procede a realizar la publicación del auto admisorio y el escrito de tutela.
22 de diciembre de 2025
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de San Juan de Pasto – Nariño, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Giovanny Timaná Noguera en contra de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 2025 00255, se procede a realizar la publicación del auto admisorio, escrito de tutela y anexos.
22 de diciembre de 2025

 

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Ibagué – Tolima, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor Jairo Rodríguez Motta en contra de la Unión Temporal Convocatoria Fiscalía General de la Nación y la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 73 00 131 21 003 2025 00197 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio, escrito de tutela y anexos.
22 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  19 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO, dentro de la acción de tutela promovida por la señora  ANGIE ESTEFANIA RUEDA MARTÍNEZ, contra la FISCALIA  GENERAL DE LA NACIÓN – Comisión de la Carrera Especial – UT CONVOCATORIA FGN 2024, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio, con fundamento en lo ordenado  por el  despacho judicial, en el cual se dispuso:
“(…) TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN DE LA CARRERA ESPECIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UT CONVOCATORIA FGN 2024, que en el perentorio término de un (01) día, contado a partir de la fecha del envío electrónico de este auto, EFECTÚEN la publicación del auto admisorio de la presente acción constitucional y anexos, a través de sus respectivas páginas web y ALLEGUEN al juzgado en formato PDF, prueba de su cumplimiento.(…) “
 
22 de diciembre de 2025Auto admisorio- ANGIE ESTEFANIA RUEDA MARTÍNEZ

Escrito de tutela–  ANGIE ESTEFANIA RUEDA MARTÍNEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  19 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santiago de Cali, dentro de la acción de tutela promovida por la señora  LILIANA CANDIA, contra la Fiscalía General de la Nación y/o de la Unión Temporal FGN 2024 Universidad Libre en asocio con la empresa de Talento Humano y Gestión S.A.S  se procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio, con fundamento en lo ordenado  por el  despacho judicial, en el cual se dispuso:
“(…) Se ordena a las accionadas que publiquen en la página web dispuesta para esta convocatoria, la demanda de tutela y el auto de avocamiento, para que los aspirantes participantes en el concurso de méritos FGN 2024, para el cargo de Profesional Especializado II, con Código de Empleo Nro. I-106-AP-07-(1), si así lo desean, y en el mismo término descrito en el párrafo anterior, ejerzan su derecho de defensa.(…) “
22 de diciembre de 2025Auto admisorio- LILIANA CANDIA

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Barranquilla – Atlántico, en el fallo de primera instancia del 12 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación del fallo de la acción de tutela interpuesta por el señor Manuel Salvador Peña Galindo en contra de la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, la Unión Temporal Convocatoria Fiscalia General de la Nación, Universidad Libre, con radicado No. 08 001 31 18 001 2025 00127 00, se procede a realizar la publicación del fallo de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
22 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  18 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE SANTIAGO DE CALI – VALLE DEL CAUCA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  VICTOR HUGO VIDAL MOLINA, contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio, con fundamento en lo ordenado  por el  despacho judicial, en el cual se dispuso:
 
“ (…) 2. VINCULAR por tratarse de terceros con intereses en el presente asunto a la Universidad Libre para que se pronuncien respecto de los hechos y pretensiones de la demandada o en su defecto informen la dirección o subdirección encargada de atender lo requerido por la accionante a través de la demanda constitucional, de la cual deberán acreditar a este despacho el nombre de la dependencia y el correo electrónico para notificaciones judiciales. (…) “
19 de diciembre de 2025Auto admisorio- VICTOR HUGO VIDAL MOLINA

Escrito de tutela– VICTOR HUGO VIDAL MOLINA

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por la señora Herly Haidiby Rada Betancourt contra la Fiscalía General de la Nación y Unión Temporal al Convocatoria FGN 2024 con radicado No. 50001 3333 006 2025 00322 00, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los participantes del Concurso FGN 2024 que optaron por la vacante de Profesional Experto [Código I-105-AP-03(1)], a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en numeral 4 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“4°. Ordenar a la Fiscalía General de la Nación y a la Unión Temporal al Convocatoria FGN 2024 publicar en sus respectivas páginas web la radicación y admisión de este trámite constitucional, a efectos de notificar a los participantes del Concurso FGN 2024 que optaron por la vacante de Profesional Experto [Código I-105-AP-03(1)], con el fin de preservar el debido ejercicio de su derecho de contradicción.”
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
19 de diciembre de 2025
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito del Socorro – Santander, en el Auto del 18 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación de la acción de tutela interpuesta por el señor John Jairo Ayala Silva en contra de la Universidad Libre y la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 687553103001 2025 00223 00, se procede a realizar la publicación del auto admisorio, escrito de tutela y anexos.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
19 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del  18 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO QUINCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALI, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Diego Mauricio Rocha Gallo, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y Fiscalía General de la Nación- Comisión de Carrera Especial y Subdirección de Talento Humano, se procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio, con fundamento en lo ordenado  por el  despacho judicial, en el cual se dispuso:
“(…) QUINTO: Ordenar a la Unión temporal convocatoria FGN 2024 y a la Fiscalía General de la Nación que de forma inmediata a la notificación de este proveído publiquen en sus respectivos portales institucionales la información del presente trámite constitucional (radicado, demandante, demandado e insertando el presente auto), con el fin de informar a los aspirantes del concurso de méritos FGN 2024 sobre el inicio de la presente acción, quienes podrán presentar sus respectivos pronunciamientos dentro de los dos días siguientes a la notificación. (…)”
19 de diciembre de 2025Auto admisorio- Diego Mauricio Rocha Gallo

Escrito de tutela Diego Mauricio Rocha Gallo

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Admisión del 18 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado De Circuito Penal 005 Función De Conocimiento (Bogotá, D.C. – Bogotá D.C.), dentro de la acción de tutela promovida por la señora DIANA RUTH SILVA FANDIÑO, en contra de la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y, en donde se encuentran vinculadas la Universidad Libre y todos los aspirantes de la convocatoria con el código de empleo I 105-AP-02-(3), en donde se requirió: 
“(…) QUINTO. ORDENAR a la Coordinadora General del Concurso de Méritos de la Fiscalía General de la Nación 2024 se sirva publicar y comunicar la tutela y este auto en su página web, o a través del medio dispuesto para tal fin, a todos los aspirantes de la convocatoria “concursar por méritos con el código de empleo I 105-AP-02-(3)” para que, si a bien lo tienen, se pronuncien al respecto, allegando sus argumentos al correo electrónico del Juzgado. Se les concede un día, contado a partir de la fecha de la publicación. (…)” 
19 de diciembre de 2025Escrito de tutela DIANA RUTH SILVA

Auto Admisorio DIANA RUTH SILVA

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO ITAGÜÍ, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por el señor CARLOS ARTURO HERRERA PALACIOS contra la UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, UNIVERSIDAD LIBRE y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN con radicado No. 2025-00567, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a todos los concursantes de la convocatoria Código OPECE I-201-M-01-(250), de Asistente de Fiscal IV, a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en numeral 3 del auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“TERCERO – REQUERIR a la UNIÓN TEMPORAL FGN 2024, a la UNIVERSIDAD LIBRE y a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, para que de manera inmediata publiquen en la página web de la entidad, la existencia de la presente acción y remita a los correos electrónicos de los interesados que se ha ordenado vincular y les informen sobre la existencia de esta acción.”
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
19 de diciembre de 2025Escrito Tutela CARLOS ARTURO HERRERA PALACIOS

Auto Admite Tutela CARLOS ARTURO HERRERA PALACIOS

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el fallo de primera instancia del 16 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DEL CIRCUITO (PUERTO ASÍS – PUTUMAYO), dentro de la acción de tutela promovida por el señor DENNISE DAVID PÉREZ BURGOS, en contra de la UT CONVOCATORIA, FGN 2024 y, en donde se encuentran vinculadas la Universidad Libre de Colombia ü el Doctor FRIDOLE BALLEN DUQUE en calidad de Coordinador General del Concurso de Méritos – UT Convocatoria FGN 2024, la Comisión Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, el Comité evaluador proceso selección Concurso Méritos FGN 2024, los Participantes del Concurso de Méritos FGN 2024, convocado mediante Acuerdo No. 001 del 3 de 2025 expedido por la Comisión de la Carrera Especial de la fiscalía general de la Nación, para el cargo de Asistente Fiscal I, Código de empleo I204-M-01-(347), en donde se requirió: 
“(…) TERCERO: REQUERIR a la Universidad Libre de Colombia, UT Convocatoria FGN 2024 y Fiscalía General de la Nación, para que se sirvan NOTIFICAR de manera inmediata esta decisión a las personas inscritas en el citado proceso de selección (Concurso de Méritos FGN 2024, convocado mediante Acuerdo No. 001 del 3 de marzo 2025 expedido por la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, para el cargo de Asistente Fiscal I, Código de empleo I-204-M-01-(347).
Para tal efecto, deberán PUBLICAR en la página web en la que se encuentran los avisos del referido proceso de selección y allegar las correspondientes evidencias al proceso. (…)”
19 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención al auto admisorio del  18 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO 3 DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor  JUAN CARLOS SANDOVAL RODRIGUEZ, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación,  tramite  dentro del cual se vinculó a la  FISCALÍA GENERAL DE LA NACION y a la COMISIÓN ESPECIAL DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a LOS PARTICIPANTES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE “POR EL CUAL SE CONVOCA Y SE ESTABLECEN LAS REGLAS DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA PROVEER VACANTES DEFINITIVAS EN LAS MODALIDADES DE ASCENSO E INGRESO, EN LA PLANTA DE PERSONAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN PERTENECIENTE AL SISTEMA ESPECIAL DE CARRERA” SEGÚN ACUERDO No. ACUERDO NO. 001 DE 2025, PARA EL CARGO DE “ASISTENTE DE FISCAL IIse procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio, con fundamento en lo ordenado  por el  despacho judicial, en el cual se dispuso:
 (…) 4- OFICIAR a la los Aspirantes de la Convocatoria Concurso de Méritos FGN 2024 para el cargo de “Asistente de Fiscal II”, para lo cual se impone a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2024 para que en el término de doce (12) horas, una vez recibida la notificación de este auto admisorio, proceda a correr traslado de la misma a los aspirantes de dicha convocatoria, ello a través del correo electrónico que hubieren informado dentro de la convocatoria para la cual se ha postulado. Del mismo modo, y a efectos de materializar el principio de publicidad, deberá LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN fijar en la página web de dicha entidad un aviso en el que se dé cuenta de la interposición y trámite de esta acción de tutela. (…) “
19 de diciembre de 2025Auto admisorio- JUAN CARLOS SANDOVAL RODRIGUEZ

Escrito de tutela- JUAN CARLOS SANDOVAL RODRIGUEZ

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en el auto del 18 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado Cincuenta y Nueve (59) Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Isis Lucina Córdoba Murillo, en contra de la Fiscalía General de la Nación – Comisión Nacional de Carrera Especial y a la UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre de Colombia y, en donde se encuentran vinculados los participantes del empleo aplicado por el accionante, “Profesional Experto, identificado con el código de empleo I-105-AP-09-(5) modalidad Ingreso”, Concurso de Méritos FGN 2024, en donde se requirió: 
“(…) 1.- CORRER TRASLADO del escrito de tutela y sus anexos a las referidas entidades, para que en el término de un (01) día contado a partir de la notificación del presente auto, en ejercicio de su derecho de defensa y contradicción, se pronuncien frente a los hechos y pretensiones promovidas por la parte actora.
2.- A la Fiscalía General de la Nación – Comisión Nacional de Carrera Especial y a la UT Convocatoria FGN 2024 – Universidad Libre de Colombia, además del cumplimiento del numeral anterior, según a quien corresponda, se les requiere para que de manera inmediata a la comunicación de esta providencia, por su intermedio corran traslado de este auto, demanda y anexos, a cada uno de los participantes del empleo aplicado por el accionante, “Profesional Experto, identificado con el código de empleo I-105-AP-09-(5) modalidad Ingreso”, Concurso de Méritos FGN 2024, para que tengan conocimiento de la presente acción de tutela y en ejercicio de su derecho de defensa y contradicción, se pronuncien frente a los hechos y pretensiones promovidas por la parte actora en el lapso de un (01) día siguiente a la notificación, frente a lo cual, deberán allegar el soporte correspondiente a este Juzgado.. (…)”
19 de diciembre de 2025auto, Isis Lucina Córdoba Murillo

demanda y anexos Isis Lucina Córdoba Murillo

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado en el auto del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santiago de Cali, a través del cual se admitió la acción de tutela interpuesta por la señora Mónica Alexandra Sarria Calero contra la Fiscalía General de la Nación y la Unión Temporal FGN 2024 Universidad Libre en asocio con la empresa de Talento Humano y Gestión S.A.S con radicado No. 76001-31-87-001-2025-00145-00, se procede a realizar la publicación del escrito de tutela y el auto admisorio de la misma, con el fin de poner en conocimiento la presente tutela a los aspirantes participantes en el concurso de méritos FGN 2024, para el cargo de Profesional Especializado II, con Código de Empleo Nro. I-106-M-06-(16), a efectos de que tengan la oportunidad de intervenir dentro de la acción, si así lo estiman pertinente.
Lo anterior, con fundamento en lo ordenado en el auto admisorio de la tutela, en el cual se dispuso:
“Se ordena a las accionadas que publiquen en la página web dispuesta para esta convocatoria, la demanda de tutela y el auto de avocamiento, para que los aspirantes participantes en el concurso de méritos FGN 2024, para el cargo de Profesional Especializado II, con Código de Empleo Nro. I-106-M-06-(16), si así lo desean, y en el mismo término descrito en el párrafo anterior, ejerzan su derecho de defensa.”
La solicitud de desfijación del presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
18 de diciembre de 2025Escrito Tutela MÓNICA ALEXANDRA SARRIA CALERO

Auto Admite Tutela MÓNICA ALEXANDRA SARRIA CALERO

“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán – Cauca, en el fallo de primera instancia del 16 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación del fallo de la acción de tutela interpuesta por la señora Sandra Guzmán Velandia en contra de la Fiscalía General de la Nación – Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, con radicado No. 19001 31 21 001 2025 00359 00, se procede a realizar la publicación del fallo de tutela.18 de diciembre de 2025Fallo de tutela, Sandra Guzmán Velandia 2025 – 12 – 1
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instancia del 12 de septiembre  de 2025, proferido por el JUZGADO CUARENTA Y DOS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela promovida por el señor Danny Cediel Abaunza Rubiano, en contra de la Fiscalía General de la Nación, Unión Temporal Convocatoria FNG 2024 y Universidad Libre, trámite dentro del cual se vinculó la Comisión Nacional Del Servicio Civil – Cnsc, procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia:
 
“(…) PRIMERO: Negar la acción de tutela incoada por el señor Danny Cediel Abaunza Rubiano contra la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC y la Universidad Libre, conforme lo expuesto en la motiva del presente proveído (…).”
 
15 de diciembre de 2025Fallo de Primera Instancia – Danny Cediel Abaunza Rubiano
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bello – Antioquia, en el fallo de primera instancia del 02 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación del fallo de la acción de tutela interpuesta por el señor Diego Alejandro Ospina Acevedo en contra de la Fiscalía General de la Nación, con radicado No. 05 088 31 04 003 2025 00 287 00, se procede a realizar la publicación del fallo de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
15 de diciembre de 2025
“La Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Civil del Circuito de Yarumal – Antioquia, en el fallo del 10 de diciembre de 2025, relacionada con la notificación del fallo de primera instancia de la acción de tutela interpuesta por el señor José Liborio Hernández Vásquez en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Universidad Libre y la U.T Convocatoria FGN 2024 – SIDCA 3, con radicado No. 058873112001 2025 00165 00, se procede a realizar la publicación del fallo de tutela.
La solicitud de desfijación de presente aviso se realizará una vez se culmine el trámite de la acción de tutela.
15 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instancia del 11 de septiembre  de 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO IPIALES – NARIÑO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor ANTHONY GABRIEL CULCHAC PORTILLA, en contra de la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, UNIVERSIDAD LIBRE, procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia:
 
“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la presente acción constitucional promovida por el señor ANTHONY GABRIEL CULCHAC PORTILLA, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.(…)”
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
15 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo ordenado en Auto Admisorio del 11 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SESENTA Y SEIS (66) PENAL DEL CIRCUITO DE CONOCIMIENTO CON FUNCIONES MIXTAS – LEY 600 DE 2000 y LEY 906 DE 2004., dentro de la acción de tutela promovida por el señor  Juan Camilo García Cornejo, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Universidad Libre, trámite dentro del cual se vinculó a la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, a la Universidad Nacional de Colombia, a la Universidad Autónoma de Bucaramanga y a la Universidad Santo Tomas, a las organizaciones sindicales Asonal y Unitraj Judicial, a la de La Fiscalía General de la Nación- Comisión de Carrera Especial y a los concursantes que tienen algún interés en la convocatoria FGN 2024, Acuerdo N° 001 de 2025, cargo Fiscal delegado ante Jueces Municipales y promiscuos, en la modalidad de ingreso, en el que se requirió:
(…)
Se 
ORDENA correr traslado del escrito de tutela y sus anexos a las accionadas y a los vinculados, para que en el término de UN (1) DIA contado a partir del recibo de esta providencia manifiesten lo que estimen pertinente y aporten las pruebas que consideren necesarias.
 
Para efectos de la notificación de los concursantes vinculados se dispone REQUERIR a la Fiscalía General de la Nación y a la Universidad Libre para que les corran traslado del presente auto y de la demanda, y publiquen en sus páginas web todo lo concerniente a la interposición de la presente acción constitucional, de lo que deberán allegar los soportes pertinentes.. (…)”. 
15 de diciembre de 2025Auto Admisorio Juan Camilo García Cornejo. Rad. 2025-00491-00

 Escrito de tutela Juan Camilo García Cornejo. Rad. 2025-00491-00

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio  del 12 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE MEDELLÍN, dentro de la acción de tutela promovida por el señor SANTIAGO ALEJANDRO CADAVID DUQUE, contra  UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, COMISIÓN DE CARRERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la UNIVERSIDAD LIBRE, procede realizar la publicación del escrito de tutela y auto admisorio en el que se requirió:
 
“(…) TERCERO: VINCULAR a este trámite de tutela, como terceros interesados, a los inscritos, dentro del “Proceso de Selección – CONVOCATORIA FGN 2024”, haciéndoles saber la admisión de la misma; lo anterior para que, si lo consideran necesario, se pronuncien sobre los hechos reclamados por el accionante.
 
CUARTO: REQUERIR a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, CONCURSO DE MÉRITOS DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 (UNIVERSIDAD LIBRE EN ASOCIO CON LA EMPRESA TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S.) para que en el término de UN (1) DIA, notifique a los inscritos, dentro del “Proceso de Selección – CONVOCATORIA FGN 2024”, la presente providencia adjuntando copia de la misma y de la demanda de tutela que nos ocupa. Hecho lo anterior, los comisionados, deberán remitir de inmediato a este Juzgado la constancia del envío a que se refiere la orden antes mencionada, discriminando cada integrante de los inscritos. (…)”
12 de diciembre de 2025Escrito de tutela – SANTIAGO ALEJANDRO CADAVID DUQUE

 

Auto admisorio –  SANTIAGO ALEJANDRO CADAVID DUQUE

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al auto admisorio del 11 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DE CIRCUITO, dentro de la acción de tutela promovida por el señor José Helí Molano Molina, contra  Fiscalía General de la Nación – Comisión de Carrera Especial y la  Unión Temporal Convocatoria FGN 2024, procede realizar la publicación del auto admisorio y escrito de tutela  en el que se requirió:
 
“(…) 3. Vincular a la presente tutela, a los participantes al concurso FGN 2024, que se presentaron al cargo en modalidad de ascenso, en el que participó el accionante.

4. Comisionar a las accionadas, a notificar esta tutela a los vinculados y remitir comprobante. (…)”. 
12 de diciembre de 2025Escrito de tutela –  José Helí Molano Molina

 

Auto admisorio –  José Helí Molano Molina

La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia del 05 de diciembre de 2025, proferido por el Juzgado treinta y nueve (39) Penal Del Circuito Con Función de Conocimiento de Bogotá D.C., dentro de la acción de tutela promovida por la señora Claudia Yaneth Niño Sánchez, contra la Unión Temporal Convocatoria FGN 2024 y la Fiscalía General de la Nación, procede realizar la publicación del fallo de primera instancia:
 
“(…) PRIMERO: NEGAR el amparo al derecho de petición reclamado en esta acción de tutela por la señora CLAUDIA YANNETH NIÑO SANCHEZ, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva este fallo. (…) “
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela
12 de diciembre de 2025Fallo de primera instancia- Claudia Yaneth Niño Sánchez
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención al fallo de primera instancia del 05 de diciembre de 2025, proferido por el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, dentro de la acción de tutela promovida por el señor YANT KARLO MORENO CÁRDENAS, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 compuesta por la UNIVERSIDAD LIBRE en asocio con la EMPRESA TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S., procede realizar la publicación del fallo de primera instancia:
 
“(…) PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela interpuesta por YANT KARLO MORENO CÁRDENAS, contra la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 compuesta por la UNIVERSIDAD LIBRE en asocio con la EMPRESA TALENTO HUMANO Y GESTIÓN S.A.S., por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia (…)”
 
Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.
12 de diciembre de 2025Fallo de primera instancia- YANT KARLO MORENO CÁRDENAS
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, En atención a lo ordenado en el Auto Admisorio del 11 de diciembre  de JUZGADO ONCE DE FAMILIA DE BOGOTÁ, D.C.,  Dentro de la acción de tutela promovida por  el señor CARLOS ALBERTO GARCÍA NEIRA,  contra UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024 – FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN y UNIVERSIDAD LIBRE, tramite en el cual se ordenó vincular a las personas que conforman el listado de admitidos y no admitidos para el empleo identificado con el “CÓDIGO I-107-AP-02-(1)” y denominado “PROFESIONAL ESPECIALIZADO I” en la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, se procede a realizar la publicación de la referida acción de tutela, junto con el auto admisorio de la misma, con fundamento en lo ordenado por el Despacho Judicial:
 
“ (…) 
Por tanto, se requiere tanto a la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN como a la UNIÓN TEMPORAL CONVOCATORIA FGN 2024, para que, de inmediato, 1) publiquen el escrito que contiene la tutela, sus anexos y el presente auto admisorio, en el sitio web que dispongan para ello, y 2) alleguen los soportes del cumplimiento de dicha gestión, todo lo cual deberá verificar la Secretaría del Juzgado bajo mi cargo, antes de ingresar el expediente al despacho.
 (…)”. 
11 de diciembre de 2025
La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación, en atención a lo ordenado en el fallo de primera instancia del 04 de diciembre del 2025  de JUZGADO DOCE (12) PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO ITINERANTE DE BOGOTÁ D.C. Dentro de la acción de tutela promovida por el señor Adrián Vásquez Betancur, Unión Temporal Convocatoria Fiscalía 2024, la Fiscalía General de la Nación y la Universidad Libre de Colombia, se procede a realizar la publicación del fallo de primera instancia con fundamento en lo ordenado por el Despacho Judicial:
“(…) Primero: Negar el amparo de las garantías fundamentales al debido proceso administrativo, a la defensa y contradicción, al derecho de petición, al acceso a los cargos públicos y a la igualdad, invocados por el señor Adrián Vásquez Betancur, identificado con la cédula de ciudadanía, quien actúa en nombre propio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
 
 Lo anterior, para dar continuidad a la publicidad de la acción ya que dentro del trámite procesal de la acción de tutela se ordenó la publicación del auto admisorio y de la acción de tutela.(…) “