La Fiscalía General pone a su disposición las siguientes preguntas y respuestas frecuentes. Seleccione la que sea de su interés y conozca más acerca de nosotros.
PREGUNTAS ADMINISTRATIVAS
La Fiscalía es una entidad adscrita a la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.
Investigar los delitos y acusar ante los jueces y tribunales a los presuntos infractores de la ley penal ya sea por oficio o por denuncia.
El Fiscal General de la Nación es elegido por la Corte Suprema de Justicia por un periodo de cuatro años no reelegibles de una terna enviada por el Presidente de la República.
Es la Policía Judicial de la Fiscalía General de la Nación. Su función es apoyar las investigaciones penales mediante la obtención legal de información, de evidencias y elementos materiales probatorios, bajo la coordinación del fiscal del caso.
No, todos los trámites realizados en la Fiscalía General de la Nación son gratuitos.
ATENCIÓN AL USUARIO
La atención a víctimas y usuarios comprende: – Orientar: Atender las solicitudes de las personas que requieren un servicio de la Entidad, ya sea presencial, telefónico o escrito, con el fin de explicar en lenguaje sencillo la competencia y requerimientos que pueden ser atendidos por la Fiscalía General de la Nación. Si NO se trata de un asunto penal, informar porque no es competencia de la FGN y si es necesario direccionar a la entidad competente. Si es un asunto penal, se realizará una tipificación preliminar de la conducta. – Informar: Poner en conocimiento del usuario los datos que requiere, ya sea sobre un evento o situación en particular, proceso o trámite al interior de la entidad. – Articular: Realizar las gestiones necesarias tanto al interior de la entidad como con otras instituciones u organizaciones, con el fin de dar respuesta a las necesidades de los usuarios. – Remitir: Poner en conocimiento del usuario las dependencias de la entidad u otras instituciones estatales o particulares que son competentes para atender su solicitud. Así mismo, poner en conocimiento de dichas entidades la solicitud o requerimiento realizado por el usuario ante la Fiscalía General de la Nación. – Recibir denuncia: Obtener y registrar la información en los sistemas misionales (SUIP /SPOA) de la FGN, suministrada por el denunciante / víctima relacionada con hechos que suponen una conducta delictiva, para el inicio de la acción penal. Autogestión: es la gestión realizada por uno mismo. Los Módulos de autogestión se componen de: (i) monitor de computador y (ii) CPU:(iii) lector biométrico de huella digital, (iv) lector biométrico de cédula, (v) caja de protección de lectores. Los servicios que ofrecen son: • Presentar denuncias de los tipos penales dispuestos en la plataforma ADenunciar • Realizar consultas básicas sobre una noticia criminal • Navegar en la página Web de la Fiscalía • Crear o consultar PQRS • Agendar una cita para la atención en puntos de atención presencial de la Fiscalía General de la Nación. Es el derecho que tienen las personas residentes en Colombia de acudir en condiciones de igualdad ante los jueces y tribunales de justicia, para defender la integridad del orden jurídico y la debida protección o el restablecimiento de sus derechos e intereses legítimos. Son medios a través de los cuales el usuario o la víctima puede acceder a los servicios de la Entidad. Actualmente se cuenta con canales presenciales, virtuales, telefónicos y escritos. · Presencial: Son todas las sedes físicas de la FGN donde se brindan servicios a los usuarios: ✓ Centros de atención de la Fiscalía. ✓ Casas de Justicia del Ministerio de Justicia y del Derecho donde hace presencia la Fiscalía General de la Nación. ✓ Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA, en caso de secuestro y extorsión. ✓ Unidades de Reacción Inmediata-URI ✓ Despachos fiscales ✓ Direcciones Nacionales y Seccionales. ✓ Otros destinados a la atención de usuarios internos. ✓ Las jornadas de atención a víctimas y ferias de servicio. · Virtual: Este canal cuenta con ¡ADenunciar!, el Buzón de PQRS disponible en la página web y el intercambio de correos entre usuarios internos y externos. ✓ Sistema Nacional de Denuncia Virtual – ¡ADenunciar!: sistema al que puede acceder la ciudadanía por Internet o descargando la respectiva aplicación, para interponer denuncias de manera virtual para determinados delitos según lo proyectado por la entidad. A este Sistema puede accederse a través de: https://adenunciar.policia.gov.co/adenunciar/ o http://www.fiscalia.gov.co/, en la opción “ADENUNCIAR”. ✓ Buzón de PQRS: mecanismo dispuesto en la página web de la entidad www.fiscalia.gov.co, a través del cual el usuario puede presentar una petición, queja, reclamo y sugerencia. ✓ Correo electrónico: la finalidad del manejo de estas cuentas es optimizar la comunicación entre los usuarios internos y externos por medio de un canal oficial. · Telefónico: En este canal se incluye el Centro de contacto y las líneas telefónicas de la Entidad. ✓ Centro de contacto: El Centro de Contacto de la Fiscalía General de la Nación, es el medio no presencial por el cual la ciudadanía puede acceder a información relevante y orientación sobre los servicios que ofrece la Entidad, así también utilizar algunos de estos, de una manera ágil, oportuna, amplia, y centralizada. Los números de contacto son: desde celular 122, línea gratuita nacional 018000919748, y teléfono fijo en Bogotá 5702000 – Opción 7. Como servicio adicional el centro de contacto cuenta con atención a través de Chat (ingresando por la página de la entidad) y correo electrónico denunciaanonima@fiscalia.gov.co y hechoscorrupcion@fiscalia.gov.co Amenazas en contra de defensores de derechos humanos y líderes sociales: recepcion.amenazas@fiscalia.gov.co ✓ Líneas telefónicas de la entidad: las oficinas, unidades y despachos que cuenten con línea telefónica, deberán resolver o correr traslado de las solicitudes que los usuarios realicen por este medio. · Escrito: En este canal se encuentran los documentos físicos entregados en la Ventanilla Única de Correspondencia de cada dependencia y demás medios escritos. Son centros que tienen por objetivos (i)brindar una atención integral con enfoque diferencial a todos los usuarios y víctimas de un delito, (ii) promover la articulación interinstitucional en relación con el restablecimiento de derechos de la población, (iii) hacer más eficientes los procesos de recepción y clasificación de denuncias; y (iv) fortalecer la confianza de la comunidad hacia la institución. En la página web de la entidad www.fiscalia.gov.co en la ruta servicioalcuidadano/atenciónalusuario/dondeycomodenunciar/verdirectoriodepuntosderecepciondedenuncias/ en el link https://www.fiscalia.gov.co/colombia/donde-y-como-denunciar/ Líneas gratuitas: Línea nacional 0180000919748 Líneas Internacionales Canales virtuales: PQRS Es el derecho fundamental que toda persona tiene a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. Esta puede ser: verbal o escrita. La Fiscalía General de la Nación ha dispuesto los siguientes canales: Presencial: En las ventanillas únicas de correspondencia disponibles en las capitales de departamento a nivel nacional y en las Oficinas de Servicio al Ciudadano OSAC ubicadas en: Ibagué, Neiva, Sincelejo, Medellín, Tunja, Pereira, Barranquilla, Cartagena, Quibdó, Manizales y Pasto. Buzones: En los buzones ubicados a nivel nacional en diferentes puntos de atención, salas de recepción de denuncia. No presencial: Vía telefónica (5702000 en Bogotá, 018000919748 o 122 para el resto del país), correo físico, formulario virtual PQRSR disponible en el sitio WEB de la entidad. https://susi.fiscalia.gov.co/ui/#/pqr-new-request QUEJA: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones RECLAMO: Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud. Todas las quejas y reclamos que se reciben en la entidad deben responderse de fondo en los términos estipulados en la ley, para las quejas y los reclamos el término de respuesta aplicable es de 15 días hábiles siguientes a su recepción. La corte constitucional encontró necesario realizar una diferenciación entre los términos “Derecho de Petición” y “Derecho de Postulación”, teniendo en cuenta que no todo lo que se define como derecho de petición se puede clasificar como tal, para esta corporación, el derecho de petición es un derecho fundamental que toda persona tiene a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución, por su parte, el derecho de postulación es una solicitud que se realiza ante los despachos judiciales en el marco de procesos judiciales, en este caso, el usuario está solicitando o aportando información para que el proceso judicial siga su curso. En este orden de ideas, si la solicitud implica una decisión judicial sobre algún asunto relacionado con un proceso, que implique un pronunciamiento en el marco de este, la respuesta estaría reglada por la normatividad y tiempos establecidos por ley. No obstante, tratándose de solicitudes de esta naturaleza, se le debe informar al peticionario el traslado dado a la autoridad o servidor competente. El derecho fundamental de petición se garantiza cuando se emite respuesta a la solicitud dentro de los términos establecidos en la ley y cuando esa respuesta se da de fondo y en derecho. La notificación por aviso se da cuando el usuario no suministra dirección, teléfono o correo electrónico donde se pueda enviar la respuesta a su petición o cuando la información suministrada es incorrecta. Caso en el cual la Fiscalia General de la Nación procederá a realizar una notificación con la respuesta y lo publicara en la página web de la entidad. Esta respuesta se fijara por 7 días en el link: https://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/notificaciones-administrativas-articulos-68-69-y-73/ DENUNCIA Entre 40 y 45 minutos Puede consultarse esta información ingresando a la página de Internet de la Policía Nacional https://www.policia.gov.co/, a través de la siguiente ruta: – Portal de servicios al ciudadano ingrese aquí Consultas ¡Adenunciar! – Ingrese su número de identificación y la fecha de expedición de su documento. Si lo relatado por el ciudadano reviste las características de un delito, al correo electrónico registrado en ¡ADenunciar! llegará un correo de la Fiscalía General de la Nación con el Número de Noticia Criminal, la información básica de la denuncia en el cuerpo del correo y un link con los derechos de las víctimas. La oficina encargada de asignar la denuncia a un despacho de fiscal es la Oficina de Asignaciones de la Fiscalía General de la Nación de cada Seccional. De manera virtual: ingresando a la página web de la entidad https://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/consultas/ debe registrar el número único de noticia criminal (21 dígitos), el sistema le informará los datos básicos del Fiscal a quién se asignó su denuncia. De manera presencial en las Oficinas de Servicio al Ciudadano (OSAC) ubicadas en: Ibagué, Neiva, Sincelejo, Medellín, Tunja, Pereira, Barranquilla, Cartagena, Quibdó, Manizales y Pasto. Presentando un derecho de petición en la página web de la entidad https://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/buzon-de-quejas-y-reclamos/ o acudiendo de manera presencial ante el Fiscal asignado. Toda persona debe denunciar a la autoridad los delitos de cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio. Nadie está obligado a formular denuncia contra sí mismo, contra su cónyuge, compañero o compañera permanente o contra sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, o denunciar cuando medie el secreto profesional. Sí, cualquier ciudadano colombiano o extranjero sin importar su edad, género o raza, tiene el derecho y el deber de denunciar. Los menores de edad deben ser acompañados de sus padres o de un familiar. Si no es el caso, la Fiscalía le asignará un defensor de familia que lo acompañe a la hora de presentar la denuncia. La denuncia, querella o petición se hará verbalmente, por escrito, o por cualquier medio técnico que permita la identificación del autor, dejando constancia del día y hora de su presentación y contendrá una relación detallada de los hechos que conozca el denunciante. La denuncia solo podrá ampliarse por una sola vez sobre aspectos relevantes para la investigación. Herramienta que facilita la ejecución de las actividades diarias de los receptores de denuncia, con la aplicación de estándares que mejoran la calidad de la información recopilada, además fortalecer el proceso de investigación y judicialización El enfoque diferencial reconoce que cada persona, familia, comunidad, etnia o grupo social, tiene particularidades que ameritan ser consideradas al proponer acciones de promoción, prevención, atención integral y rehabilitación en las situaciones que las ponen en condición de riesgo, amenaza o vulneración de sus derechos. La implementación de este enfoque insta a la adopción de ajustes necesarios y medidas que permitan adecuar los procedimientos durante las diferentes etapas de la atención integral, la investigación y la judicialización, para garantizar el principio de igualdad y no discriminación. Se pueden denunciar a través del Centro de contacto de la fiscalía en la línea 122 o la línea 01 800091 97 48 opción 4, o a través de la página web en la opción Bolsillos de Cristal. Son modelos de gestión que garantizan la permanente, oportuna y eficaz atención a las víctimas del delito e intervinientes en la investigación. Son modelos de atención, que facilitan al ciudadano el acceso a la administración de justicia, a través de la prestación permanente del servicio (24 horas), atendiendo los actos urgentes de delitos que por su trascendencia y circunstancias especiales requieren de intervención inmediata por parte de las autoridades. Si, estos modelos reciben las denuncias de todo tipo de delitos. Son centros de información, orientación, referencia y prestación de servicios de resolución de conflictos donde se aplican y ejecutan mecanismos que promueven la tolerancia y la convivencia ciudadana. En las Casas de Justicia se ofrecen a la ciudadanía espacios integrales de acción en justicia, se forma a la comunidad y a los funcionarios en el manejo de mecanismos alternativos para la resolución de conflictos por la vía de la conciliación. Se propicia la participación activa de la comunidad en el diagnóstico y solución de conflictos que contribuyan a la construcción de una convivencia pacífica. La presencia de la Fiscalía General de la Nación en las Casas de Justicia se concreta en la conciliación de delitos querellables y en la orientación y referencia cuando se trate de delitos que requieren otro procedimiento. Son centros atención que proporcionan un servicio oportuno y eficiente a las víctimas y personas involucradas en los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, trata de personas y violencia intrafamiliar en un marco de respeto por la dignidad humana. Enfocan su actividad hacia el trato digno a las mujeres, hombres, niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas dentro de las actuaciones procesales con el fin de evitar su doble victimización. CAIVAS: Atención integral a personas que han sido o tiene conocimiento de hechos de violencia sexual (delitos contra la libertad, integridad, formación sexual y trata de personas) CAVIF: Atención integral a personas que han sido o tienen conocimiento de hechos de violencia intrafamiliar Una vez el denunciante o víctima ponen en conocimiento un hecho delictivo, este pasa a un filtro donde se determina si los hechos expuestos están enmarcados dentro de un tipo penal o no. Si los hechos si son considerados como tipo penal son enviados a un fiscal radicado para que inicie la acción penal de la denuncia interpuesta. Es todo acto relacionado con la práctica de la fuerza fisca, verbal o psicológica sobre otra persona, para que esta conducta sea considerada como delito, debe ser dirigida por una persona con algún grado de parentesco, ya sea cónyuge o compañero permanente, padre, madre, hijos, abuelos, hijos adoptivos y todas las personas que de manera permanente integren la unidad doméstica. Los padres, cónyuges y compañeros permanentes también la integran, cuando hay hijos en común así no convivan en un mismo hogar. No, porque el delito por violencia intrafamiliar no está sujeto a conciliación. Una vez se pone en conocimiento ante la Fiscalía General de la Nación un hecho que esté enmarcado dentro del tipo penal de violencia intrafamiliar ya es obligación de la entidad investigar esos hechos, la víctima no se puede retractar, ni desistir. Todo acto que atente contra la libertad, la integridad y la formación sexual de una persona mediante el uso de la violencia física, psíquica o moral con el propósito de imponer una conducta sexual en contra de su voluntad. En los casos de niños, niñas y adolescentes menores de 14 años la presencia de voluntad no exime del delito. Si usted es víctima o conoce de una víctima, informe o denuncie a través de la Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional, Comisarías de Familia, Alcaldías Locales, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Gobierno Municipal y organizaciones comunitarias. Es el incumplimiento injustificado de la obligación que tiene una persona a dar alimentos a sus ascendientes (padres), descendientes (hijos) adoptante o adoptivo o a su cónyuge. Si usted ya ha realizado una regulación de cuota alimentaria ante el comisario de familia o defensor y esta ha fracasado, comuníquele al servidor y esto agilizará el trámite con la entidad. La extinción de la acción penal es la perdida de la facultad que tiene el estado para perseguir hechos considerados delito, en estos casos no procede el derecho a imponer pena ni a exigir su cumplimiento. Cuando la Fiscalía tenga conocimiento de un hecho respecto del cual se confirme que no existen motivos o circunstancias que permitan su caracterización como delito, o indiquen su posible inexistencia, dispondrá el archivo de la actuación. Son deberes de las partes e intervinientes según art.140 del CPP: Son aquellas personas que sin haber sufrido el daño directo como consecuencia de un delito, ven afectado el desarrollo normal de su vida; entre estos están el cónyuge, compañero o compañera permanente, familiar dentro del segundo grado de consanguinidad (hijos) y en ausencia de este el de primer grado (padres), primero civil u otro familiar de la víctima, cuando esta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecido. Son las personas respecto de las cuales la Unidad Nacional de Fiscalías de Justicia y Paz tiene conocimiento a través de diferentes fuentes de información, de que han sufrido un daño como consecuencia de un hecho atribuible a un Grupo Armado Organizado al Margen de la Ley. La entidad competente para certificar antecedentes judiciales en Colombia es la Policía Nacional, en el link https://antecedentes.policia.gov.co .La Fiscalia no es entidad certificadora de antecedentes Judiciales. En estos momentos no hay convocatorias vigentes para ingresar al CTI. Tan pronto se habiliten se informará a través de nuestra página web www.fiscalia.gov.co. Lo invitamos a registrar su requerimiento a través de https://susi.fiscalia.gov.co/ui/#/pqr-new-request Para recibir información del pago de sentencias puede visitar el siguiente link: https://www.fiscalia.gov.co/colombia/servicios-de-informacion-al-ciudadano/pago-de-sentencias-y-conciliaciones/ GESTIÓN CONTRACTUAL La consulta del estado de los procesos de contratación convocados por la Fiscalía General de la Nación, se puede realizar de la siguiente manera: La Fiscalía General de la Nación cuenta con un Manual de Contratación el cual se puede consultar en la página www.fiscalia.gov.co en la pestaña de “Contratación” link denominado “Manual de Contratación”. La Fiscalía General de la Nación, publica el plan anual de adquisiciones y sus actualizaciones, en las siguientes plataformas: PLANEACIÓN Sirve para conocer la ubicación de los diferentes despachos que tiene la FGN a nivel nacional. Se puede consultar dirección, teléfono, extensión, en algunos casos teléfono móvil institucional, correo electrónico y horario de atención de las Sedes de la FGN. Sí, solo se selecciona en el panel de filtros el municipio que se desea consultar, dejando los demás filtros vacíos y dar clic en el botón “Aplicar”. Sí, se selecciona la Dirección Seccional o Delegada que se desea consultar dejando vacíos los demás filtros y dar clic en el botón “Aplicar”. En la caja de texto que dice “Buscar” se debe escribir el despacho a buscar, por ejemplo escribir FISCALIA 200. La aplicación muestra un listado con las Unidades que tienen ese número de Despacho. Sí, en el panel de filtros dar clic en la caja desplegable “Especialidad” (Actividad que realiza cada Unidad) y seleccionar el que se quiera consultar. Para ese caso muestra la ubicación de las unidades a nivel nacional; se puede reducir la búsqueda seleccionando un municipio. En la parte superior de la aplicación hay un enlace con el nombre “Consultar mapa judicial…”, al dar clic se carga otra aplicación geográfica con las coberturas de las Unidades Seccionales y las Unidades Locales. Sí, En la parte superior de la página www.fiscalia.gov.co encontrara una franja azul, en la pestaña “Servicios al Ciudadano” se desplegara la opción “Nuestro Directorio” el cual lo dirigirá a un enlace denominado “Dónde radicar una denuncia…”, al dar clic se carga otra aplicación geográfica con los sitios de la FGN y La Policía Nacional con los puntos de recepción de denuncia, escoja la opción dentro del mapa o en “Criterios de Consulta” del lugar donde desea presentar la denuncia. De manera trimestral se registran en la página Web de la entidad los avances de las distintas metas generales que representan la planeación estratégica programada por vigencia. Se encuentra en el apartado: https://www.fiscalia.gov.co/colombia/gestion/plan-de-accion/ Adicionalmente cada año se elabora un informe de gestión en el cual se podrán encontrar los principales resultados de la gestión misional y operacional de la vigencia. Sí, anualmente los distintos planes de acción formulados son evaluados y verificados por la Dirección de Control Interno, así como la Contraloría General de la República quien realiza auditorías ordinarias a la gestión Institucional en diversos temas. ASUNTOS JURÍDICOS Solamente se obtendrá información procesal de un tercero cuando quien la solicite demuestre interés legítimo, es decir a: (i) los titulares, (ii) sus causahabientes, (iii) sus representantes legales, (iv) a entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones o por orden judicial, y (v) a terceros autorizados por el Titular o por la ley. No se puede eliminar, borrar o modificar datos contenidos en los sistemas misionales de información de la Fiscalía General de la Nación, incluso en aquellas causas que hayan concluido con archivo, preclusión o condena. Lo anterior, se fundamenta en que para el cumplimiento de la misión de la Fiscalía General de la Nación, tiene una especial relevancia la información de las investigaciones adelantadas e incluso de aquellas concluidas, de acuerdo a pronunciamientos emitidos por la Corte Suprema de Justicia. EXTINCIÓN DE DOMINIO La extinción de dominio es un mecanismo mediante el cual el Estado puede perseguir los bienes de origen o destinación ilícita, a través de una vía judicial que tiene como finalidad declarar la pérdida del derecho de propiedad de dichos recursos. Persona que afirma ser titular (dueña) de algún derecho sobre el bien que es objeto del procedimiento de extinción de dominio, con legitimación para acudir al proceso. Toda acción catalogada como delito, y que sea susceptible de pena o castigo por deteriorar la moral social. Son cosas materiales o inmateriales susceptibles de valoración económica, mueble o inmueble, tangible o intangible, o aquellos sobres los cuales pueda recaer un derecho de contenido patrimonial. El artículo 16 de la Ley 1708 de 2014, indica que, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes que se encuentren en las siguientes circunstancias: La acción de extinción de dominio es de naturaleza constitucional, pública, jurisdiccional, directa, de carácter real y de contenido patrimonial, y procederá sobre cualquier bien, independientemente de quien lo tenga en su poder o lo haya adquirido. Esta acción es distinta y autónoma de la penal, así como de cualquiera otra, e independiente de toda declaratoria de responsabilidad. La acción de extinción de dominio es imprescriptible. Es decir NO PRESCRIBE. La extinción de dominio se declarará con sin importar que los hechos para su procedencia hayan ocurrido con anterioridad a la vigencia. DIRECCIÓN DE FISCALÍA NACIONAL ESPECIALIZADA DE JUSTICIA TRANSICIONAL El Grupo Interno de Trabajo de Búsqueda, Identificación y entrega de Personas desaparecidas es el encargado de: El Grupo Interno de Trabajo de Orientación, Registro y Asignación de casos de Víctimas en el marco de la Ley de Justicia Transicional es el encargado de: El Grupo Interno de Trabajo de Persecución de Bienes se encarga de: No, la Fiscalía General de la Nación no es competente para realizar reparación administrativa. La entidad competente para realizar reparación administrativa a las víctimas del conflicto armados es la Unidad de Atención y Reparación de Víctimas – UARIV., proceso que se puede iniciar ante: Defensoría del Pueblo, o los Centros Locales de Atención a Víctimas – CLAV, más cercanos a su lugar de residencia, donde igualmente, podrá recibir orientación, atención y asesoría como víctima del conflicto armado interno. En los municipios en donde no existan estas dependencias, puede averiguar sobre la reparación administrativa en las personerías o enlaces de víctimas que generalmente están ubicadas en el Palacio Municipal. Debe acercarse a la oficina del Grupo de víctimas de la Dirección de Justicia Transicional más cercano para poner en conocimiento el hecho y allí se activan las alertas ante las autoridades competentes encargadas de realizar el proceso de protección y se brindará orientación de acuerdo con el perfil o condición de la víctima, o contactarse telefónicamente al número 5803814 Ext. 17051, 17043, 17044 y 17042. También puede acudir directamente ante la Fiscalía para obtener información del fiscal que tiene a cargo el caso. CRIMEN ORGANIZADO El crimen organizado, también llamado delincuencia organizada, es toda aquella organización compuesta por un grupo de personas con determinadas jerarquías, roles y funciones, cuyo principal objetivo es la obtención de beneficios materiales o económicos mediante la comisión de delitos. La abreviatura DFCRIM significa Dirección de Fiscalía Nacional Especializada Contra el Crimen Organizado. En la sede Bogotá está ubicada en la diagonal 52 B 52-01 Edificio F 5 piso Teléfono 5702000 Ext. 3011. Existen sedes en: Barranquilla, Barrancabermeja, Bucaramanga, Cúcuta, Cali, Montería, Medellín, Pereira, Neiva, pasto, Tumaco, Choco, Valledupar. La Dirección de Fiscalía Nacional Especializada Contra el Crimen Organizado cuenta con 102 fiscalías a nivel nacional. DIRECCIÓN ESPECIALIZADA CONTRA LA CORRUPCIÓN Hechos que configuren conductas punibles cometidas por servidores públicos y/o particulares, derivadas del ejercicio de funciones públicas, que tengan por objeto el apoderamiento, desvío, uso irregular, entre otras, del patrimonio económico que recaiga sobre bienes del Estado. Los casos o investigaciones siempre serán asignados especialmente a la Dirección Especializada contra la Corrupción directamente por el señor Fiscal General de la Nación mediante Resolución. La Dirección Especializada contra la corrupción tiene su sede en Bogotá en la Avenida la Esperanza No.51-40 piso 8 Edificio TRYP, desde allí coordina los casos o investigaciones asignados a nivel nacional. En el marco del Plan Bolsillos de Cristal, la Dirección Especializada contra la Corrupción, ha venido liderando en diferentes regiones del país jornadas, con el fin de conocer hechos delictivos que atentan contra la administración pública. FINANZAS CRIMINALES Se puede acceder a información de los procesos cuando ha superado la fase inicial (investigación). Si el proceso ya se encuentra en juzgados, es dicha autoridad quien está facultada para brindar la información. Se puede entregar información a los sujetos procesales (Fiscalía y afectados) pero también a los intervinientes (Ministerio Público y Ministerio de Justicia y el Derecho).
Desde un celular al 122
Línea local para Bogotá y Cundinamarca 5702000, opción 7
País
Número
Cobertura
España
900995727
Fijo/Móvil
Chile
188 800 201 122
Fijo
México
0-1800 283 2122
Fijo/Móvil
Perú
0800 56 057
Fijo/Móvil
República Dominicana
01800 751 1122
Fijo
China
4008 427130
Fijo
Japón
00531 490083
Fijo/Móvil
Ecuador
01800 000 118
Fijo/Móvil
Argentina
0800 666 0122
Fijo/Móvil
Paraguay
009 800 57 20122
Fijo
Emiratos Árabes Unidos
8000 4910079
Fijo
Turquía
00800 142059122
Fijo
Puerto Rico /USA
1888 575 3122
Fijo/Móvil
País
Número
Cobertura
España
900995727
Fijo/Móvil
Chile
188 800 201 122
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México
0-1800 283 2122
Fijo/Móvil
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0800 56 057
Fijo/Móvil
República Dominicana
01800 751 1122
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China
4008 427130
Fijo
Japón
00531 490083
Fijo/Móvil
Ecuador
01800 000 118
Fijo/Móvil
Argentina
0800 666 0122
Fijo/Móvil
Paraguay
009 800 57 20122
Fijo
Emiratos Árabes Unidos
8000 4910079
Fijo
Turquía
00800 142059122
Fijo
Puerto Rico /USA
1888 575 3122
Fijo/Móvil
Clase
Término
Peticiones en interés general y particular
15 días siguientes a su recepción
Peticiones de documentos e información
10 días siguientes a su recepción
Peticiones de consulta
30 días siguientes a su recepción
Peticiones entre autoridades
10 días siguientes a su recepción
Informes a congresistas
5 días siguientes a su recepción
Reconocimiento de derechos fundamentales/Salud y seguridad personal/ menores/periodistas/
Atención prioritaria