Edictos emplazatorios

Edictos emplazatoriosFecha de publicaciónVer documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Conforme el art. 140 Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A:

WILLIAM SANCHEZ TORO, GUILLERMO ANDRES SANCHEZ MADRIGAL, JAIRO ALEXANDER CONTENTO SUESCUN, ALEXANDER CÁSTRO HERRERA, LUIS ALFONSO ROZO ROJAS, LUZ MARINA ÍBAGON SALAMANCA, BANCO DAVIVIENDA S. A., CORPORACIÓN GRANCOLOMBIANA DE AHORRO Y VIVIENDA GRANAHORRAR-AHORA BBVA COLOMBIA, FERNANDO CASTILLO CARMONA, LÍBER ORTIZ PEÑA, DIANA CAROLINA LEAL BAQUERO, LOS HEREDEROS, ACREEDORES, LOS TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 110013120006-2024-00046-00 (Radicado de Fiscalía 202200063 E.D.), a cargo del Juzgado Sexto Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, en el que mediante auto de 8 de mayo de 2024, SE AVOCÓ EL CONOCIMIENTO DEL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que se encuentran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

17 de marzo de 2026Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 030 del seis (06) de marzo de dos mil veintiséis (2026) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los HEREDEROS INDETERMINADOS DE FLOR MURILLO FERNÁNDEZ y FABIO JESÚS MURILLO FERNÁNDEZ, TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001 3120 002 2020 00062 00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2019 00110), en el cual, mediante Auto No. 056-21 del veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía sesenta y uno (61) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se identifican

16 de marzo de 2026Documento
EDICTO EMPLAZATORIO No. 2026EE02

Calle 36 No. 29 – 35/45, piso 2, barrio San Isidro (Diagonal a la Casa del Deportista) – Villavicencio, Meta. Tel: 608 6628085 / Cel: 3181977420. Correo electrónico: jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co La suscrita secretaria del Juzgado Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 06 DE MARZO DE 2026 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Calle 36 No. 29 -35/45 piso 2, barrio San Isidro de Villavicencio; celular: 3181977420; teléfono: 6086628085; correo electrónico: jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 50-001-31-20-001-2025-00004-00 (2025 00006 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 67 ESPECIALIZADA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE VILLAVICENCIO, en donde se encuentran como afectados ALONSO PÉREZ JIMÉNEZ  fallecido – (C.C. 2.480.769); Herederos: STIVEN ALEJANDRO PÉREZ CAICEDO (C.C. 1.006.689.690) y DAYRON ALEXÁNDER PEÉREZ CAICEDO (1.126.907.328).

13 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Conforme el art. 140 Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A:

EDINSON PERLAZA OROBIO CC. 94.441.727, MARIA VICTORIA VASQUEZ DE ARDILA CC 36.811.315 (VICTORIA ARDILA VÁSQUEZ), FAUSTO ALEXANDER SEGURA VÁSQUEZ CC 1.086.044.426, MAICOL ESTIBEN PERLAZA ARDILA CC 1.017.256.042, OLGER PERLAZA OROBIO CC 12.796.472 ANGI SOFIA PERLAZA GIRALDO NUIP 1.104.831.024, LEIDY PADILLA JIMENEZ CC 1.004.536.097, JAMINSON CUERO PERLAZA CC 12.798.188 JHENNI YAJAIRA CAMBINDO MANCILLA CC 1.193.602.888, ALBEIRO PERLAZA OROBIO CC 12.797.042 FIDENCIO RODRIGUEZ REBOLLEDO CC 16.483.982 ALBERTO ARDILA VASQUEZ CC. 87.710.011, NATHALIA LORENA LAGUNA URIBE CC 1.070.590.472, ANGELICA MARIA IBETH URIBE URIBE CC. 39.570.554, MYRIAM URIBE URIBE CC 20.614.752 MARCELINO LAGUNA GOMEZ CC 13.995.086, CENELLY GOMEZ MURCIA CC 40.768.818, BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. NIT. 800.037.800-8, NICOLAS BOLAÑOS GÓMEZ CC 1.006.504.440 SANTIAGO BOLAÑOS GÓMEZ CC. 1.007.851.685, DIEGO MAURICIO BOLAÑOS GÓMEZ CC 1.130.618.607, JAIRO BOLAÑOS CORREA, ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. NIT. 830.095.213-0, JUAN CARLOS MAYOR RAYO CC. 16.546.871, EDINSON ENRIQUE BERRIO BALSEIRO CC 73.126.273, MONICA ALEJANDRA MURCIA TORRES CC 1.143.850.719, OTILIA BENAVIDES GODOY CC 27.500.506, BAYRON GIOVANNI SEGURA CASTAÑEDA NUIP 1.004.614.850 HANNAH MICHELLE CORREA CASTAÑEDA NUIP 1.087.810.026, LUCIANA MOSQUERA CUERO CC 25.716.674, OBDULIA PEREA ESTACIO CC No. 25.717.870 LUCIANA VENTE ERAZO NUIP 1.149.939.958, DEYANIRA VENTE MOSQUERA CC 25.717.597, DEIRON VENTE PEREA CC 1.144.180.318, JUAN PABLO VENTE GRUESO CC. 1.151.971.445, LOS HEREDEROS, ACREEDORES, LOS TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 110013120006-2024-00041-00 (Radicado de Fiscalía 202200052 E.D.), a cargo del Juzgado Sexto Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, en el que mediante auto de 11 de julio de 2023, SE AVOCÓ EL CONOCIMIENTO DEL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que se encuentran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

13 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Conforme el art. 140 Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A:

INVERSIONES LENCA S.A.S., – Rep. Legal: KELVIS MANUEL CARREÑO GARCÍA, KELVIS MANUEL CARREÑO GARCÍA, JHEANDRYS YANNELY VELASQUEZ GONZALEZ, JORGE LENY CASTRO MORENO, ABDALA IREGUI ABDALA, JUAN ANTONIO GIL DÍAZ, CESAR MIGUEL CORTES RODRIGUEZ, JOSÉ EDUARDO FLOREZ PADILLA, JULIAN ANDRES NAVARRO BOHORQUEZ, CARLOS ENRIQUE BARRETO LÓPEZ, IDA MARÍA CASTRILLÓN VERA, AGROTEC SAS NIT No. 832.010.224-4, GRANJA AVICOLA LA GUASIMA M. 375038, ECOPETROL S.A. NIT. 8999990681, CENIT TRANSPORTE Y LOGISTICA DE HIDROCARBUROS S.A.S. NIT. 900.531.210-3, TRANSPORTADORA DE GAS INTERNACIONAL S.A. E.S.P. NIT. 9001344597, DAIMER ALFONSO VARGAS LÓPEZ, LOS HEREDEROS, ACREEDORES, LOS TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 110013120004-2025-00047-00 (Radicado de Fiscalía 202400259 E.D.), a cargo del Juzgado Cuarto Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 21 de octubre de 2025, aclarado el 16 de febrero de 2026, SE AVOCÓ EL CONOCIMIENTO DEL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que se encuentran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

12 de marzo de 2026Documento

Documento

Documento

E D I C T O N.º. 007

EMPLAZATORIO

DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, MARISOL RUIZ MARULANDA C.C 42.882.919, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00007-00 (No. 11001.60.99.068.2024.00486 de la Fiscalía 43 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 059 del 12 de marzo de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Jhon Edison Bedoya Gómez, William Armando Sánchez, Jason Sánchez Orozco, Jenry de Jesús Franco Garcés, Marisol Ruiz Marulanda; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 014 del 27 de enero de 2026 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

12 de marzo de 2026Documento

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E D I C T O N.º. 008

EMPLAZATORIO

DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, LAS CABAÑITAS S.A. NIT 900648968-0, CURTIEMBRES BELLO LTDA NIT 90908880, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS

SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00080-00 (No. 11001.60.99.068.2022.00142 de la Fiscalía 55 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 107 del 4 de octubre de 2024; proceso en el que fungen como afectados: Luz Diana Bravo Holguín, Juan Felipe Restrepo Sánchez, Juan David Agudelo Ramírez, Bancolombia S.A, Curtiembres Bello Ltda., Empresas Públicas de Medellín, Ecopetrol y Las Cabañitas S.A.S. Chevyplan S.A.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 012 del 20 de enero de 2026 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

12 de marzo de 2026Documento

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E D I C T O N.º. 009

EMPLAZATORIO

RESOLUCION DE PROCEDENCIA DE EXTINCION DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022, Y POR REMISIÓN EXPRESA DEL ARTICULO 53 DE LA LEY 2197 DE 2022

CITA Y EMPLAZA:

A, JUAN GUILLERMO MARÍN ARANGO C.C 70.514.563, CARLOS MARIO ECHEVERRY CARTAGENA C.C 70.095.353, LUIS GUILLERMO BOTERO MORENO C.C 71.735.670, OSIRIS OLGA CECILIA ROMÁN NAVAS C.C 32.451.902, IVÁN FERNANDO GÓMEZ CARRASQUILLA C.C 70.079.222, JORGE ALBERTO SALAS RODAS C.C 70.553.161, JOSE GILDARDO SANTAMARIA OSORIO C.C 8.274.902, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00074-00 (No. 2201 de la Fiscalía 50 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 116 del 10 de octubre de 2024; proceso en el que fungen como afectados: Carlos Mario Echeverry Cartagena, Olga Rocío Blandón Granda, Javier Delgado Román, Luis Guillermo Botero Moreno, Juan Guillermo Marín Arango, Jorge Alberto Salas Rodas, Iván Fernando Gómez Carrasquilla, Osiris Olga Cecilia Román Navas, Jose Gildardo Santamaría Osorio, Sandra Ivonne Castillo Londoño, y Banco Caja Social; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 008 del 20 de enero de 2026 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

12 de marzo de 2026Documento

Documento

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E D I C T O N.º. 006

EMPLAZATORIO

DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, MATEO ALEJANDRO OSORIO SANGSTER C.C 1.037.640.844, DAMARIS DE JESÚS MARTÍNEZ URÁN C.C 42.938.730, CARLOS ARTURO URIBE CANO C.C 70.107.755, DIANA MARCELA BETANCOURT GAÑAN C.C 43.427.598, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00076-00 (No. 11001.60.99.068.2024.00057 de la Fiscalía 55 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 086 del 20 de septiembre de 2024; proceso en el que fungen como afectados: María Eucaris Urán Vargas, Damaris de Jesús Martínez Urán, Luis Alberto Tabares Osorio, Germán Szyler Cwaig, Julio Alberto Ángel Bernal, David Ángel Restrepo, Fanny Szyler de Finkelman, Rebeca Finkelman Szyller, Myriam Finkelman Szyller, Corporación Interactuar, Abraham León Finkelman Szyller, Erika Shirley Zapata Aristizábal, Gloria del Socorro Góez de Puerta, Santiago Andrés Cardeño Restrepo, Juan Pablo Llamas Medina, Bernardo Cañas Loaiza, Berta Osorio de Cañas, Carlos Arturo Uribe Cano, Diana Marcela Betancur Gañan, Beatriz Elena Pérez Monsalve, Juan Pablo Betancur Pérez, Wilson Andrés Betancur Pérez, Antonio José Cruz Tabares, Elda Inés Montoya Pérez, Dilian Mayoli Montoya Pérez, Franci Elena Montoya Pérez, Silvia Arledis Montoya Pérez, Cristián Andrei Osorio Echeverry, Jhon Humberto Osorio Echeverri, Lizeth Osorio Sangster y Mateo Alejandro Osorio Sangster; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 050 del 2 de marzo de 2026 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

12 de marzo de 2026Documento

Documento

Documento

Documento

E D I C T O N.º. 004

EMPLAZATORIO

DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, KARLA CRISTINA GONZÁLEZ MUÑOZ C.C 1.152.189.055, SIGIFREDO DE JESÚS CORREA MEJIA C.C 70.850.477, MARTHA MARÍA MARTÍNEZ ÁNGEL, JHON JAIRO URIBE CARDONA C.C 8.288.166, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00038-00 (No. 13526 de la Fiscalía 45 Especializada E.D.), y No. 05000.31.20.001.2020.00009 del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Antioquia, del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 046 del 27 de febrero de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Guillermo de Jesús Díaz Osorio, Juan Guillermo Díaz Chaverra, Andrés Felipe Díaz Chaverra, Luisa Fernanda Cardona Roldan, Sigifredo de Jesús Correa Jiménez, Consuelo Adriana Urrea Restrepo, Luis Fernando Urrea Restrepo, Claudia Alexandra Urrea Restrepo, Isabel Cristina Muñoz Posada, Martha María Martínez Ángel, Karla Cristina González Muñoz, Jhon Jairo Uribe Cardona, Hernando Estrada Jiménez, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, Alcaldía de Medellín, Alcaldía de Envigado, y Bancolombia S.A.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 040 del 17 de febrero de 2026 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

12 de marzo de 2026Documento

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EDICTO
Artículo 140 ley 1708 DE 2014LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA – NORTE DE SANTANDERCITA Y EMPLAZA:A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado interno No. 540013120002-2025-00189-00 instaurado por la Fiscalía 64 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectada JENNY MARCELA DIAZ ACUÑA, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 05/12/2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifica: Bien inmueble:
11 de marzo de 2026Documento
E D I C T O N.º. 005

EMPLAZATORIO

DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, RAMÓN MARÍA MUÑOZ GAVIRIA C.C 8.274.834, NURY DEL SOCORRRO MUÑOZ GAVIRIA C.C 32.478.578, MARÍA EVELINA MUÑOZ GAVIRIA C.C 21.291.446, RICARDO LEÓN SALDARRIAGA MUÑOZ C.C 15.372.730, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00008-00 (No. 11001.60.99.068.2020.00182 de la Fiscalía 66 Especializada E.D.), y No. 05000.31.20.002.2020.00027 del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Antioquia, del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 163 de 4 de diciembre de 2020; proceso en el que fungen como afectados: María Elena Muñoz Gaviria (q.p.d.), Nury del Socorro Muñoz Gaviria, María Evelina Muñoz Gaviria, Ricardo León Saldarriaga, Marlen Cristina Saldarriaga Muñoz, Lucila Muñoz Gaviria y Ramón María Muñoz Gaviria; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 039 del 17 de febrero de 2026 que ordenó su emplazamiento en relación con el siguiente2:

10 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Conforme el art. 140 Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A:

MYRIAM YERALDINE SANABRIA CARDOZO, HIWLENN LEDEZMA NARVÁEZ, SEBASTIÁN GARZÓN RAMÍREZ, PEDRO NEL GUETIO PIAMBA, MARLY JOHANA RODRÍGUEZ YEPES, MARÍA AMPARO DÍAZ, KLODIAN ZAIMI, JOSE EBER SANABRIA, MYRIAM YERALDINE SANABRIA CARDOZO, JENNY CARMENZA CARDOZO LOSADA, LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 110013120004-2025-00003-0 (Radicado de Fiscalía 202300532 E.D.), a cargo del Juzgado Cuarto del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, que mediante auto de 19 de febrero de 2025 SE AVOCÓ EL CONOCIMIENTO DEL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que se encuentran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

9 de marzo de 2026Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO No. 2026-006

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 06 DE MARZO DE 2026 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00026-00 (2024-00192 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 52 DEEDD DE PEREIRA – RISARALDA, en donde se tiene como afectado(s) a la(s) persona(s) referida(s) anteriormente. Lo anterior, dado que el 04 DE SEPTIEMBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

6 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Conforme el art. 140 Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A:

CENTRO COMERCIAL LAS AVENIDAS, LUIS HERNANDO CÁRDENAS ESPITIA, JOSÉ VICENTE CALDERÓN MENESES, ZULLY VIVIANA CALDERÓN NARANJO, RAÚL ABDALÁ MUSTAFÁ FLOREZ, MARÍA PAULINA DUARTE TORRES, ADRIANA MARCELA FORERO SÁNCHEZ, FLOR MARÍA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, AUTOS LA 19 Y CIA LTDA., HENRY ANTONIO BARRETO MORALES, CENTRO COMERCIAL PUERTO LIBRE 68, JOSÉ IGNACIO COY AVENDAÑO, OLGA LUCÍA ECHEVERRÍA SALAMANCA, ANA ISABEL ECHEVERRÍA SALAMANCA, ANA JULIA BERMÚDEZ DE GÓMEZ, EDIFICIO CENTRO COMERCIAL LAS AVENIDAS, LUIS CARLOS SERPA ZAMBRANO, JHON MAURICIO CAMARGO PINEDA, SANDRA IBETH GALINDO ÁLVAREZ, MARÍA DEL CARMEN GUZMAN DEL CASTILLO, JOHNNY ALEXANDER VILLALOBOS GONGORA, MARÍA CECILIA VILLEGAS GALLO, ROSA MARÍA APONTE DE DUARTE, ÁLVARO ROMERO DÍAZ, STELLA VILLATE MONROY, ARCIDELIA BAUTISTA DE ARDILA, BILLY JOHAN MOLINA CARVAJAL, ENRIQUE LAVERDE MEDÍNA, ELSA OLIVA PUENTES GARCÉS, EMMA RODRÍGUEZ CASAS, INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU, SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA, PEDRO MONROY MANCIPE, LUIS FERNANDO CADENA OTERO, LUZ STELLA MORENO ACERO, NOHORA LONDOÑO ARTEAGA, SONIA HELENA GUTIERREZ, LUIS FRANCISCO CAMARGO HERNÁNDEZ, JEMA RODRÍGUEZ CASAS, JANETH SOVEIDA ROJAS ORTÍZ, SANDRA JULIANA MACHUCA MARTÍNEZ, RAÚL ABDALA MUSTAFFA FLÓREZ, SANDRA AVENDAÑO GONZÁLEZ, RUBY YANETH CASTAÑEDA ARIAS, LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 110013120006-2024-00091-0 (antes 2022-031-3 Radicado de Fiscalía 202100433 E.D.), a cargo del Juzgado Sexto del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, que mediante auto de 17 de junio de 2022 SE AVOCÓ EL CONOCIMIENTO DEL PROCESO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que se encuentran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

6 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO No. 2026-002

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co

El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 30 DE ENERO DE 2026 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

Al señor LUIS EDUARDO ROBLES HOYOS (C.C. No. 10’592.457), a TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00039-00 (2024-00555 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 71 DEEDD DE PEREIRA – SANTIAGO DE CALI, en donde se tiene como afectado(s) a la(s) persona(s) referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 23 DE OCTUBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

3 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014, se CITA Y EMPLAZA A:

SANDRA INÉS NAVARRO TABARES, ROSA MARÍA MONTOYA PINEDA, HIPÓLITO MENDOZA ZEA, ANANÍAS GONZÁLEZ VÁSQUEZ, MERCANISA S.A.S. NIT 901.447.597-2, MARSANISA S.A.S. NIT 901.447.597-2, CESAR AUGUSTO ORTEGA RAMÍREZ, CESAR AUGUSTO RINCÓN GONZÁLEZ, ÁNGELA MARÍA PINO VALLE, HÉCTOR MARULANDA MEJÍA, LUIS GUILLERMO BOTERO MONTOYA, INVERSIONES AGROAMBIENTAL S.A.S. R.L. HIPÓLITO MENDOZA ZEA, GRUPO CONSTRUCCIONES DEL ORIENTE S.A.S. R.L. JAVIER IVÁN PÁEZ PEDRAZA, JORGE ARMANDO LAZO CUELLAR, AGROPECUARIA LOS DIAMANTES S.A.S., LUZ PIEDAD VILLALBA VILLEGAS AXEL INGENIERÍA S.A.S., CESAR ELI PINEDA CARDONA- MUNDIAL DE CARNES LA MARTINA, LAURA VANESSA VILLALBA GONZÁLEZ, SANTIAGO ZAPATA DÍAZ, INCODIS CONSTRUCTORA S.A.S., PROICOM S.A.S., HL INGENIERIA S.A.S., JOHN HENRY GONZÁLEZ HERRERA, FABIO ANTONIO VILLALBA GONZÁLEZ, NODIER EUGENIA GARCÍA BARRIENTOS, FERNANDO DE LIMA, GREGORIO ECHAVARRÍA HERNÁNDEZ, SOCIEDAD OLEODUCTO DE CALDAS LTDA, EDUARDO MEJÍA HOYOS, INVERSIONES MEDELLÍN S.A., MAURICIO ECHAVARRÍA HERNÁNDEZ, MARIO BOTERO SÁENZ, DISMOTOS PIGNORACIÓN LXI05C, LA CASA DEL MOTOCARRO S.A.S., INVERSORA PICHINCHA, LEVANTA RESERVA, DIRECCIÓN DISTRITAL DE LIQUIDACIONES DE BARRANQUILLA, SECRETARÍA DE TRANSITO DE BARRANQUILLA, ELECTROCOSTA S.A., BANCOLOMBIA, BANCO DE BOGOTÁ, BANCO BBVA, BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., SOCIEDAD AGROPECUARIA DEL ORIENTE S.A.S., LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 004-2023-000118-00 (CUI de Fiscalía 202100069 E.D.), a cargo del Juzgado Cuarto del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, en el que mediante auto de 17 de agosto de 2022 se avocó el conocimiento del proceso de extinción de dominio, en cuyo trámite se encuentran involucrados bienes que pertenecen o tienen derecho alguno los antes emplazados, esto son:

3 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO No. 2026-005

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 26 DE FEBRERO DE 2026 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A A

los señores INGRID LILIANA IDROBO GRISALES (C. C. 38’563.464), JOSÉ RODRIGO VARGAS BEDOYA (C. C. 14’959.417), WILLIAM BETANCUR LÓPEZ (C. C. 14’438.808), IMELDA TORIJANO ORTIZ (C.C. 25’525.796-fallecida-heredera CLEMENCIA DÍAZ TORIJANO C. C. 25’527.749) MARÍA INÉS LÓPEZ MONCAYO (C. C. 31’922.303) y LUIS ALBERTO LÓPEZ MONCAYO (C. C. 16’779.192) Y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024- 00189-00 (2020-00153 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 71 ESPECIALIZADA DEEDD DE SANTIAGO DE CALI – VALLE DEL CAUCA, en donde se tiene como afectado(s) a la(s) persona(s) referida(s) anteriormente.

3 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO No. 2026-003

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 24 DE FEBRERO DE 2026 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00012-00 (2022-00444 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 41 ESPECIALIZADA DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado(s) a la(s) persona(s) referida(s) anteriormente. Lo anterior, dado que el 08 DE MAYO DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

2 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO No. 2026-004

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 24 DE FEBRERO DE 2026 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

Al señor ARNULFO RENÉ JIMÉNEZ NARVÁEZ (C. C. 13’017.162) a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-03-2025-00027-00 (2023-00500 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 62 ESPECIALIZADA DEEDD DE SAN JUAN DE PASTO – NARIÑO, en donde se tiene como afectado(s) a la(s) persona(s) referida(s) anteriormente. Lo anterior, dado que el 10 DE JULIO DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

2 de marzo de 2026Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a: A los afectados JENNIFER SALAZAR LAVAO, BLANCA NUBIA MONTOYA TORO, STEFANY SALAZAR TAMAYO, WILLIAM ARMEL ZAMBRANO ROSALES, GERALDIN GIL CASTAÑO y BLANCA JENNY HERRERA QUINTERO, así como a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira -calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso menos uno- o para que se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00009-00 (E.D 11001-60-99-068-2022-00304) siendo afectados DAHIANA HERRERA QUINTERO, NYDIA QUINTERO QUINTERO, MARÍA EUGENIA ACHICANOY RODRÍGUEZ, YONEDIEN LONDOÑO MURCIA, ADRIANA JULIETH RESTREPO RESTREPO, JENNIFER SALAZAR LAVAO, BLANCA NUBIA MONTOYA TORO, STEFANY SALAZAR TAMAYO, WILLIAM ARMEL ZAMBRANO ROSALES, GERALDIN GIL CASTAÑO, BLANCA JENNY HERRERA QUINTERO, así como los acreedores prendarios CORPORACIÓN ACTUAR FAMIEMPRESAS y SU MOTO DEL CAFÉ S.A.S.

25 de febrero de 2026 Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 020 del diecisiete (17) de febrero de dos mil veintiséis (2026) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, de acuerdo con el certificado de registro correspondiente, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2021-00018-00 (Radicación Fiscalía 110016099068201800170), en el cual, mediante Auto No. 157-21 del 15 de diciembre de dos mil veintiuno (2021), se admitió la demanda de extinción de dominio respecto de los bienes que a continuación se identifica:

24 de febrero de 2026 Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

CITA Y EMPLAZA A:

A LOS TITULARES DE DERECHOS Y TERCEROS INDETERMINADOS de bienes objeto de la acción, para que comparezcan a este juzgado o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con el radicado No. 76-001-31-20-002-2020-00067-00 (Radicación Fiscalía 110016099068201900277 E.D.), en el cual mediante Auto Interlocutorio No. 088-21, de fecha veintisiete (27) de mayo de dos mil veintiuno (2021) se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO presentada por la Fiscalía 61Especializada de Extinción de Dominio, respecto del bien que a continuación se identifica:

23 de febrero de 2026 Documento
C I T A Y E M P L A Z A

A los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Calle 36 No. 29 -35/45 piso 2, barrio San Isidro de Villavicencio; celular: 3181977420; teléfono: 6086628085; correo electrónico: jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 50-001-31-20-001-2025-00015-00 (2025 00022 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 11 ESPECIALIZADA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE VILLAVICENCIO, en donde se encuentra como afectada BEATRIZ CÁRDENAS (C.C. 40.381.809).

Lo anterior, dado que el 31 DE OCTUBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

20 de febrero de 2026 Documento

Documento

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DIRECCIÓN ESPECIALIZADA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO, DEEDD 

EDICTO EMPLAZATORIO 

FISCALIA:    X 

Av. Calle 24 52-37, edificio F, semisótano, Bogotá D. C. 

RADICADO: X 

A las personas relacionadas en el edicto emplazatorio, tanto naturales como jurídicas, a los terceros y demás personas indeterminadas, que se sientan con interés legítimo en el proceso de Extinción del Derecho de Dominio, que se adelanta por la Fiscalía mencionada, adscrita a la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, para que comparezcan a notificarse personalmente de la resolución mediante la cual se ordenó el INICIO del trámite de la Acción de Extinción del Derecho de Dominio. 

Se advierte a los emplazados que, si no comparecen dentro del término antes citado, se les designará Curador Ad litem con quien se surtirá la notificación y se proseguirá el presente trámite de acción constitucional.

Para agendamiento para revisión del expediente físico o si requiere contactar a cualquier fiscalía del país, en concreto, de extinción de dominio, ingrese al directorio que encuentra en la página web: >> Atención y servicios a la ciudadanía >>> Canales de atención >> NUESTRO DIRECTORIO

19 de febrero de 2026 Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los afectados JOSÉ ANÍBAL OSORIO VALLEJO, MARÍA DORIS OSORIO VALLEJO y MARÍA OSORIO
VALLEJO, además a los HEREDEROS INDETERMINADOS del señor ANIBAL OSORIO OSORIO, así como a los
TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de
Pereira -calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso menos uno- o para que se comuniquen al correo electrónico
j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con elfindehacer valer susderechos dentrodelprocesode
Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00008-00 (E.D. 11001-60-99-068-2024-00321)
siendo afectados ANIBAL OSORIO OSORIO C.C. 1.417.731 (fallecido) -herederos AMILVIA OSORIO VALLEJO
C.C. 24.823.885, JOSÉ ANIBAL OSORIO VALLEJO C.C. 4.471.588 en, MARÍA DORIS OSORIO VALLEJO C.C
24.823.479 y MARÍA OSORIO VALLEJO C.C. 24.822.454-, así como LUIS JAIRO HENAO OROZCO C.C.
75.033.170 (6.5%), MARIA ACENET QUINTERO DE ARIAS C.C 24.821.353 (32.7%), DANIELA ARIAS QUINTERO
C.C. 1.114.090.127 (7.9%), ADRIANA MARÍA ARIAS QUINTERO C.C 24.826.608 (45.5%), LINA MARÍA ROMÁN
C.C 24.828.043 (4.5%) y LUIS FERNANDO ARIAS QUINTERO C.C. 75.033.361 (2.9%).

16 de febrero de 2026Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

MAYRA ALEJANDRA ORTIZ GÓMEZ IDENTIFICADA CON CC. 1.129.574.064, ERICA MANRIQUE GIRALDO IDENTIFICADA CON C.C 1.116.494.307, YENY JHOANNA PAREDES JAIMES IDENTIFICADA CON CC. 1.094.245.580, BREYDER JULIÁN LEAL RAMÍREZ IDENTIFICADO CON C.C.1.115.723.382, JOSÉ ISRAEL ACUÑA MANRIQUE IDENTIFICADO CON C.C 96.189.082, NUBIA GIRALDO HERRERA IDENTIFICADA CON CC. 25.141.242 JESÚS ALIRIO RAMÍREZ SANABRIA IDENTIFICADO CON CC., 17.594.716, JUAN CARLOS RUIZ MUTIZ IDENTIFICADO CON CC 79.120.168, MILDRET EXELY MAYORGA NAVAS IDENTIFICADA CON CC 52.379.263, MÓNICA LISBETH CARRILLO TORRES IDENTIFICADA CON CC 52.819.085, OLIVEIRO ANTONIO MANRIQUE OROZCO IDENTIFICADO CON CC. 96.166.421, JHON ALEJANDRO ESCOBAR SEPÚLVEDA IDENTIFICADO CON CC. 1.054.539.532 Y ARTURO ALFONSO ROJAS MORALES IDENTIFICADO CON CC. 79.617.842, DE SUS HEREDEROS, CAUSAHABIENTES, POSEEDORES, TERCEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS, ACREEDORES, y en general, todas las personas que puedan tener interés legítimo en el proceso de extinción de dominio de radicado 05-2024-00010-00 (20210066 E.D.) (ANTES 2023-177-4), a cargo del Juzgado Quinto del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, en el que mediante auto de 14 de julio de 2023 se avocó el conocimiento del mismo, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos en los términos previstos en el artículo 140 del C.E.D., modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022 y la Ley 1849/17, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que figuran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

11 de febrero de 2026Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

Al señor OSCAR MAURICIO HERRERA GARCÍA, a los HEREDEROS INDETERMINADOS del señor MIGUEL NIETO, y demás TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira  Calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso menos unopara que se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00007-00 (E.D. 11001-6099-068-2024-00280) siendo afectados Rosa Elena Cano, Oscar Mauricio Herrera García y Maria Ludivia Cano, y como acreedores el Fondo Nacional de Ahorro y el señor Miguel Nieto (fallecido).

2 de febrero de 2026Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con la Ley 1708 de 2014

se CITA Y EMPLAZA A:

ELVIRA BEATRIZ GARCIA EPINAYU, EDICTO SEGUNDO CASTAÑEDA C.C. 84.075.692, LUIS ENRIQUE CASTAÑEDA GONZÁLEZ C.C. 84.048.092, JAIRO LUIS GONZÁLEZ POLANCO C.C. 84.056.856, EDICTO CIPRIANO CASTAÑEDA BARROSO C.C. 2.744.149, CARLOS MANUEL FONSECA C.C. 84.083.401, ÁLVARO RAFAEL NÚÑEZ MARTÍNEZ C.C. 17.845.780, EVELIO RAFAEL BORRERO CARRILLO C.C 84.049.142, ENALDO BARRERA HERNÁNDEZ C.C. 91.429.229, PEDRO MANUEL DÍAZ CARRILLO C.C. 17.953.664, ORLANDO ALBERTO (O ALBERTO ORLANDO) PIÑEROS PINEDA C.C. 79469136, JUAN CARLOS PERILLA NOVOA C.C. 1019118750, EDISON JESÚS GÓMEZ SARMIENTO C.C. 17868360, ZUNILDA BEATRIZ GUTIÉRREZ TILLER C.C. 40847487, SHIRLEY REY DURÁN C.C. 40421109, ÁNGELA MARÍA ORTIZ VILLALBA C.C. 52219533, ASOCIACIÓN COMUNITARIA INDÍGENA DE PARAJIMARU ASOCIPA 900-130766-5, ASOCIACIÓN DE PESCADORES ARTESANALES DE PUERTO INGLÉS – ETPAN EN LIQUIDACIÓN 900-995664-4, ASOCIACIÓN DE PESCADORES ARTESANOS AGRICULTORES Y TRABAJADORES DEL TURISMO DE LA COMUNIDAD DE KARAZÚA 900-912200-5, VÍVERES CHICHONGO MM. 123157, VENTA DE PESCADO KARAZUA MM. 138467, INVERSIONES ISALUEN MM. 163977, PROVISIONES GÓMEZ MM. 170894, DROGUERÍAS RP MM. 165137, UPARWAYUU BOUTIQUE, HEREDEROS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Especializados de Extinción de Domino de Bogotá y/o haga valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 06-2024-066-00 (CUI FISCALÍA 30 ESP. E.D. 202200482), a cargo del Juzgado Sexto Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, en el que mediante auto de fecha 13 de marzo de 2024 se avocó el conocimiento del proceso, en el cual se encuentran involucrados los siguientes bienes que son propiedad o tienen algún derecho los antes emplazados:

2 de febrero de 2026Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

BANCO DAVIVIENDA, EVER NIXON BARRERA ALFONSO, ISIDRO CASTAÑEDA, BERTHA LETICIA PINTO ALARCON, FANNY RAQUEL OLARTE PARADA, MIGUEL YESID DAZA GALINDO, HERMES JOSE BURGOS MORENO, LOS HEREDEROS, LOS ACREEDORES, LOS TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso de radicado 2023-142-4 a cargo del Juzgado Cuarto del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, que mediante auto de 28 de noviembre de 2022 avocó el conocimiento del proceso de extinción de dominio, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que figuran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados:

1) Inmueble con F.M.I. 410-70705, ARAUCA – FORTUL – VEREDA CAÑO FLORES – FINCA LA ESPERANZA DE FORTUL ARAUCA. 2) SOCIEDADES SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS DEL CASANARE SERMAC LIMITADA, Carrera 8 Nro. 24-40 Yopal Casanare. 3) VEHÍCULOS: Placa del vehículo: ABQ-412, Clase de vehículo: CAMPERO Marca: CHEVROLET Línea: VITARA Modelo: 2009. 4) Vehículo EQZ-305 Clase de vehículo: CAMIONETA Marca: CHEVROLET Línea: NHR Modelo: 2017 Color: BLANCO. 5) VEHÍCULO: SXY-364 Clase de vehículo: CAMIONETA Marca: TOYOTA Línea: HILUX Modelo: 2011. 6) SEMOVIENTES con yerros 01B y X0F7.

30 de enero de 2026Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

Art. 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Pereira

CITA Y EMPLAZA

A ISABEL ARIAS DE JIMENEZ, JAIME JIMENEZ ARIAS, ISABEL JIMENEZ DE LEÓN, LIGIA JIMENEZ ARIAS, FABIOLA JIMENEZ VDA DE CARRILLO, JOSE JAVIER LEÓN JIMENEZ, A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE LUZ NELLY AGUIRRE RÍOS (fallecida) Y A LOS RERCEROSINDETERMINADOS en los términos del artículo 140 del C.E.D., para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio radicado al No. 660013120001202500001 00 (Rad Fiscalía 110016099068202300073 E.D.) siendo afectados: ISABEL ARIAS DE JIMENEZ, JAIME JIMENEZ ARIAS, ISABEL JIMENEZ DE LEÓN, LIGIA JIMENEZ ARIAS, FABIOLA JIMENEZ VDA DE CARRILLO, JOSE JAVIER LEÓN JIMENEZ; LOS HEREDEROS DE LUZ NELLY AGUIRRE RÍOS (fallecida) JOSÉ ALDONEY BOLÍVAR AGUIRRE, SANDRA MILENA BOLÍVAR AGUIRRE y HECTOR FABIO BOLÍVAR AGUIRRE, dando cumplimiento a lo ordenado en auto del 20 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, proferido dentro del citado radicado, que ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y ORDENÓ EL EMPLAZAMIENTO, resultando afectados los siguientes bienes inmuebles:

26 de enero de 2026Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)

RADICADO No. 54-001-31-20-001-2025-00196-00

(Radicado Fiscalía No. 110016099068202400245 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, como los organismos de tránsito respectivos, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54- 001-31-20-001-2025-00196-00 (Rad. FGN 110016099068202400245 ED Fiscalía 63 E.D.), en el que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 29 de octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 63 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

Bien Inmueble:

  1. Identificado con el folio de matrícula Inmobiliaria No. N° 260-36429, Cédula Catastral: N° 54-261-00-03-00-00-0002-0017-0-00-00-0000303-50749, localizado en Campo Alicia, Sin Dirección: La Quinta – Puerto Estrella (8°3’29.38’’N 72°40’1.86’’W) Municipio de El Zulia (Norte de Santander), del cual figura como propietario MARGARITA CONDE.
23 de enero de 2026Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)

RADICADO No. 54-001-31-20-001-2025-00014-00

(Radicado Fiscalía No. 110016099068202400423 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER

 CITA Y EMPLAZA:

A QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, como los organismos de tránsito respectivos, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54- 001-31-20-001-2025-00014-00 (Rad. FGN 110016099068202400423 ED Fiscalía 64 E.D.), en el que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA –  NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 29 de octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 30 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

Bien Inmueble:

  1. Identificado con el folio de matrícula Inmobiliaria No. 303-50749, localizado en el municipio de Sabana de Torres – Santander, ubicado en la Cll. 18 # 21 – 97 del Barrio El Progreso, del cual figura como propietario John Alexander Sandoval Ardila.
23 de enero de 2026Documento
E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a GEOBANA MARÍN CASTAÑEDA, a los HEREDEROS INDETERMINADOS de DIEGO FERNANDO VARGAS GARAVITO (FALLECIDO) y los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre los bienes objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2023-00118-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 3 DE NOVIEMBRE DE 2023 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 59 de Extinción del Derecho de Dominio de NEIVA.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en los autos proferidos el 16 de DICIEMBRE DE 2025 y el 14 de ENERO DE 2026, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la PÁGINA WEB DE LA RAMA JUDICIAL, así mismo para su difusión en una CADENA RADIAL con cobertura en EL DEPARTAMENTO DEL HUILA, específicamente en los municipios de NEIVA, PALERMO Y SUAZA.

23 de enero de 2026Documento

Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los HEREDEROS INDETERMINADOS DE LA SEÑORA NORALBA DE JESÚS HIGUITA LASTRE (C.C. 1.063.286.810), así como a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira -calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso menos uno- o para que se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00012-00 (E.D. 11001-60-99-068-2024-00216) siendo afectados LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ (c.c. 18.617.529) con el 50%, NORALBA DE JESÚS HIGUITA Lastre (c.c. 1.063.286.810 – Fallecida) con el 25% y MIRIAM SUAREZ HIGUITA (c.c. 43.519.809) con el 25%.

Se les informa que mediante auto del once (11) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022. En el mencionado proceso figura afectado el siguiente bien:

21 de enero de 2026Documento
E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a OVIDIO MONTERO MONTERO, los HEREDEROS INDETERMINADOS DE HENRY DE JESÚS LÓPEZ MORALES (FALLECIDO) y los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre el bien objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2025-00111-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 5 DE AGOSTO DE 2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE PROCEDENCIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 28 de Extinción del Derecho de Dominio de BOGOTÁ.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el 15 de ENERO DE 2026, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, así mismo para su difusión en una CADENA RADIAL con cobertura en EL DEPARTAMENTO DEL HUILA,  específicamente en NEIVA.

19 de enero de 2026Documento

Documento

Documento

E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre el bien objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2025-00086-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 20 DE JUNIO DE 2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DELDERECHO DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 59 de Extinción del Derecho de Dominio de NEIVA.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el 15 de ENERO de 2026, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la  Nación, en la página web de la Rama Judicial, así mismo para su difusión en una  CADENA RADIAL con cobertura en EL DEPARTAMENTO DEL CAQUETÁ,  específicamente en FLORENCIA.

19 de enero de 2026Documento

Documento

Documento

EL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA CIUDAD DE PEREIRA

CITA Y EMPLAZA

A RUBÉN DUQUE RÍOS Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio radicado al No. 660013120001202400030 00 (Rad Fiscalía 110016099068201700056 E.D.) siendo afectados: ERMAN TRIANA PEÑA C.C. 83.029.223, RUBÉN DUQIE RÍOS C.C. 4.385.019, CENELIA NARANJO HENAO y/o DE RAMÍREZ C.C. 24.524.832 (Acreedora Hipotecaria), CAJA DE CRÉDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO hoy BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. NIT. 800.037.800-8 (Acreedor Hipotecario), CORPAVI hoy SCOTIABANK COLPATRIA NIT. 860.034.594-1 (Acreedor Hipotecario) y CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS CHEC S.A. E.S.P NIT. 890.800.128-6 (Servidumbre Activa), dando cumplimiento a lo ordenado en auto del 24 de abril de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, proferido dentro del citado radicado, que ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y ORDENÓ EL EMPLAZAMIENTO

19 de enero de 2026Documento
 CITA Y EMPLAZA A

FINESA S.A. BIC Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio radicado al No. 66001312000120250000500 (110016099068202400489 E.D.) siendo afectados MARTHA CECILIA BECERRA C.C. 69.028.678 y FINESA S.A. BIC NIT. 805.012.610-5, Dando cumplimiento a lo ordenado en auto del 12 de junio de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, proferido dentro del citado radicado, que ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO Y ORDENÓ SU EMPLAZAMIENTO

16 de enero de 2026Documento
NOTIFICACIÓN POR EDICTO

LA SECRETARIA DEL CENTRO DE SERVICIOS JUDICIALES PARA LOS JUZGADOS PENALES DE MONTERÍA – CÓRDOBA

ASUNTO: PUBLICACIÓN EDICTO EMPLAZATORIO

SPOA: 23001600883620240015400

PROCESADO: LIANS HANKS DE LOS RÍOS GÓMEZ C.C. 1.003.407.832

DELITO: VIOLENCIA INTRAFAMILIAR AGRAVADA

HACE SABER Que en audiencia del ocho (08) de enero del dos mil veintiséis (2026) el Juzgado Segundo Penal Municipal Ambulante Con Funciones De Control De Garantías Montería – Córdoba, dentro del proceso de la referencia ordenó el emplazamiento del señor LIANS HANKS DE LOS RÍOS GÓMEZ identificado con cedula de ciudadanía 1.003.407.832.

14 de enero de 2026Documento
EDICTO EMPLAZATORIO 

LA FISCALÍA 50 ESPECIALIZADA DE LA DIRECCIÓN ESPECIALIZADA PARA LOS DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE 

Asistencia internacional No. 110016099034202500060

(AV. CRA 28 No. 17A-00 Piso 11, Bogotá, EMAIL: santiago.vasquezb@fiscalia.gov.co)

Y EL JUZGADO SEGUNDO UNIPERSONAL PENAL DE CHICLAYO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE – REPÚBLICA DEL PERÚ, 

Expediente N.º 00921-2021-5-1706-JR-PE-09

(Calle José Leonardo Ortiz N.º 155, Chiclayo, Lambayeque, Perú)

LUIS GUILLERMO SIERRALTA MALDONADO, identificado con Cédula de Extranjería N.º 003608864, de nacionalidad venezolana, se le requiere para que comparezca personalmente a la

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará 15 de abril de 2026, a las 10:00 a. m. (hora oficial de la República del Perú), diligencia que se llevará a cabo de manera PRESENCIAL en la Sala de Audiencias N.º 5 del Juzgado Segundo Unipersonal Penal de Chiclayo, ubicada en el segundo piso del inmueble, situado en la Calle José Leonardo Ortiz N.º 155, ciudad de Chiclayo – Lambayeque – Perú, con el fin de resolver la situación jurídica del acusado dentro del proceso penal de la referencia

22 de diciembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado

CITAY EMPLAZA a:

A los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con elfin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025- 00011-00 (E.D. 11001-60-99-068-2024-00584) siendo la afectada CLAUDIA LORENA ZAPATA CASTAÑEDA.

Se les informa que mediante auto del tres (03) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022. En el mencionado proceso figuran afectados los siguientes bienes:

16 de diciembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO No. 2025-083

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 Cel. 3207646563 correo: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 03 DE DICIEMBRE DE 2025 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

Al señor YEFFERSON JAVIER HEREDIA GÓMEZ (C.C. 1.026’570.586), y a los TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00105-00 (2017-00458 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 38 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado (s) a a(s) persona(s) referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 19 DE ENERO DE 2019, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

11 de diciembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO No. 2025-084

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 Cel. 3207646563 correo: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 03 DE DICIEMBRE DE 2025 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los señores TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00029-00 (2021-00398 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 62 DEEDD DE SAN JUAN DE PASTO – NARIÑO, en donde se tiene como afectado (s) a a(s) persona(s) referida(s) anteriormente. Lo anterior, dado que el 24 DE JULIO DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

11 de diciembre de 2025Documento

Documento

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Documento

EDICTO EMPLAZATORIO No. 2025-085

Carrera 10 No. 12-15, piso 6, barrio Centro – Santiago de Cali, Valle del Cauca. Teléfono: 602 8986868 – Ext. 2780 Cel. 3207646563 correo: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co El suscrito secretario del Juzgado Tercero del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Santiago de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 03 DE DICIEMBRE DE 2025 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los señores TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00042-00 (2024-00183 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 71 DEEDD DE SANTIAGO DE CALI – VALLE DEL CAUCA, en donde se tiene como afectado (s) a a(s) persona(s) referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 30 DE OCTUBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

11 de diciembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre los bienes objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2025-00119-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 14 DE AGOSTO DE 2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 63 de Extinción del Derecho de Dominio de CUCUTA.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el 26 de NOVIEMBRE DE 2025, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, así mismo para su difusión en una CADENA RADIAL con cobertura en PITALITO departamento del HUILA.

IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES

Vehículo de placas KLR138, propiedad de EDWIN DANILO ROMÁN RODRÍGUEZ,

Titulo judicial N°400100009849960 (Banco Agrario) por valor de $1.311.000.000 propiedad de BAYRON ANDRÉS GUEVARA RODRÍGUEZ.

09 de diciembre de 2025Documento

Documento

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E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre el bien objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2025-00114-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 5 DE AGOSTO DE 2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 76 de Extinción del Derecho de Dominio de BOGOTÁ.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el 13 de NOVIEMBRE DE 2025, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, así mismo para su difusión en una CADENA RADIAL con cobertura en AIPE departamento del HUILA y en GIRÓN departamento de SANTANDER IDENTIFICACIÓN DEL BIEN

  • Vehículo de placas JXK 627, propiedad de GILBERTO BARRAGÁN GÓMEZ y JOSÉ NEFTALI GONZÁLEZ VÁSQUEZ (poseedor y tenedor).
09 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 082 del cuatro (04) de julio de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

CARLOS CÉSAR MARTÍNEZ CORREA, CARMELITA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, JUAN CARLOS MURILLO FERNÁNDEZ, LOS TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76-001-31-20-002-2020-00062-00 (Radicación Fiscalía 110016099068201900110), en el cual, mediante Auto No. 056-21 del veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía sesenta y uno (61) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se Identifican.

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-2025-00038-00 (Radicado origen 2017-108), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectados PEDRO EMIGDIO ARBOLEDA CAICEDO y ANCIZAR VALDERRAMA VALENZUELA está afectado el siguiente

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-2025-00031-00 (Radicado origen 2023-242), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectados LOLO SEVILLANO RODRÍGUEZ y está afectado el siguiente:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITOESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-202500030-00 (Radicado origen 2024-195), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectados JHON EDILSON PARRA IJAJI y BELSY PAZ TINTINAGO y está afectado el siguiente:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-2025-00018-00 (Radicado origen 2024-457), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectada ELIZABETH CORTÉS BENÍTEZ y está afectado el siguiente:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 126 del veintidós (22) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, así como de los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado 76001 3120 002 2021 00009-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2019-00189 E.D.), en el cual, mediante Auto Interlocutorio Nº 142 –21 de fecha dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), emitido por el homólogo Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía Sesenta y uno (61) DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 164 del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

La señora AURA SANTACRUZ MUTIS, identificada con C.C. 30.714.528 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020-00053-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020-00208 00 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 037-21 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 163 del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS Y TERCEROS INDETERMINADOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020-00052-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 00221 00 E.D.), en el cual, mediante Auto interlocutorio No. 136 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021) emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 130 del veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, así como de los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado 76001 3120 002 2021 00041-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 000302 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 033-22 de fecha tres (3) de marzo de dos mil veintidós (2022), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía Sesenta y dos (62) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se identifican:

04 de diciembre de 2025Documento

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CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, de acuerdo con los certificados de registro correspondientes, así como de los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, Palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali,teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001 3120 002 2020 00089 00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 00037 00 E.D.), en el cual, mediante Auto Interlocutorio No. 120-21 del nueve (9) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), emitido por el homólogo Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía setenta y uno (71) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se identifican:

04 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentrodelprocesodeExtincióndeDominioconradicadoNo.66001-31-20-002-2024-00061-00 (E.D. 11001- 60-99-068-2023-00469) siendo los afectados BLANCA JENNY HERRERA QUINTERO, ANA ISABEL HERRERA MOLINA (FALLECIDA) y SANDRA YANETH SOTO HERRERA como heredera de la señora Ana Isabel Herrera Molina.

Se les informa que mediante auto del veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por elartículo11delaLey 2195de 2022.En el mencionado proceso figuran afectados los siguientes bienes:

04 de diciembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 163 del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los HEREDEROS TITULARES DE DERECHOS Y TERCEROS INDETERMINADOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020- 00052-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 00221 00 E.D.), en el cual, mediante Auto interlocutorio No. 136 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021) emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

02 de diciembre de 2025Documento

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CITA Y EMPLAZA A:

La señora AURA SANTACRUZ MUTIS, identificada con C.C. 30.714.528 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus  derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020-00053-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020-00208 00 E.D.), en el cual, mediante  Auto de Sustanciación No. 037-21 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno  (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de  Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 28 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 50-001-31-20-001-2022-00012-00
  • Afectado(s): José Arturo Pena Suárez, Edna Milena Peña Suárez, Gloria Edith Suárez Bobadilla, Carolina Del Pilar Peña Suárez, Bancolombia
  • Fiscalía: Once (11) Especializada Deedd De Villavicencio
02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 28 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 50-001-31-20-001-2022-00009-00
  • Afectado(s): José Alexander Sánchez González, José Antonio Sánchez González; Herederos De Flor González De Sánchez; Banco Agrario De Colombia S.A; Instituto Financiero De Casanare, Banco Bbva; Banco Finandina
  • Fiscalía: Sesenta Y Ocho (68) Especializada Deedd De Barranquilla
02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 21 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 50-001-31-20-001-2025-00011-00 (2025-00109 e.d.)
  • Afectado(s): Noemí Mateus Ruiz
  • Fiscalía: Once (11) Especializada Deedd De Villavicencio
02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 21 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 51-001-31-20-001-2025-00010-00 (2024-00315 e.d.)
  • Afectado(s): Edith Córdoba Herrera Y Rosalba Herrera Guerrero
  • Fiscalía: Sesenta Y Siete (67) Especializada Deedd De Villavicencio
02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 047

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00025-00 (No. 11001.6099.068.2025.00077 de la Fiscalía 9 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 261 del 26 de agosto de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Abel Villadiego Montiel y Luis Alcibar Flórez Graciano; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 294 del 19 de septiembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con el siguiente2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 046

EMPLAZATORIO RESOLUCIÓN DE PROCEDENCIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, POR REMISIÓN EXPRESA DEL PARÁGRAFO 1 DEL ARTÍCULO 53 DE LA LEY 2197 DE 2022, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00020-00 (No. 7619 de la Fiscalía 31 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 186 del 1° de julio de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Luz Aidée Arcila Martínez, Leidy Johanna Ríos Arcila, David Esteban Ríos Arcila y Juliana Andrea Ríos Arcila, en calidad de herederos determinados de Jaime de Jesús Ríos Rivera.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 295 del 19 de septiembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con el siguiente2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 045

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, ANDRÉS FELIPE GALLEGO URREA C.C. 1.130.679.156, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00006-00 (No. 11001.60.99.068.2023.00055 de la Fiscalía 45 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 045 del 25 de febrero de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Gildardo de Jesús Gallego Marín, Pedro Claver Botero Giraldo, Andrés Felipe Abad Ortiz, Juan Carlos Gallego Torres, Andrés Felipe Gallego Urrea y Ana María Gallego Torres.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 354 del 13 de noviembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 044

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00005-00 (No. 11001.60.99.068.2017.01063 de la Fiscalía 65 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 052 del 27 de febrero de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Andrés Alberto Suárez Carmona, Astrid Janneth Román López, Luis Felipe Consuegra Álvarez, Marta Luz Atehortúa de Gómez, Zoila Rosa Atehortúa Bedoya, Aurelio Atehortúa Bedoya, Luis Alberto Suárez, los herederos determinados de Arcadio de Jesús Arboleda Arboleda: Mercedes María Arboleda Medina, Jhon Jairo Arboleda Medina y Consuelo de Jesús Arboleda Medina, Flor Ángela Ardila Gómez, Silvia Elena Ospina Flórez, Martha Cecilia Ospina Flórez, Clara Inés Ospina Flórez, e Inversiones Nona ltda.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 283 del 16 de septiembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 043

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, SAID LÓPEZ ORTIZ C.C. 13.379.573, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00078-00 (No. 11001.60.99.068.2024.00175 de la Fiscalía 10 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 106 del 2 de octubre de 2024; proceso en el que fungen como afectados: Mayela Amparo Giraldo García, Banco Davivienda S.A., Said López Ortiz, Carlos Aníbal Monsalve Cataño, Carlos Andrés Monsalve, Luis David Monsalve Orrego, Saúl Toro Montes, R y R López S.A.S., David de Jesús Padilla Correa, y Cooperativa Financiera JFK; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto No. 353 de 13 de noviembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

02 de diciembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 124 del seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) y del auto de Sustanciación No. 160 del dieciocho (18) de noviembre de dos mil  veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley  1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

La señora MARÍA CRISTINA HERNÁNDEZ PAZ, identificada con C.C. 1.005.867.933 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para  que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre  B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2024-00029-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2023 00199 00 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 124 del seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) emitido por el Juzgado Segundo (2º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 60 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

25 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

RADICADO No. 54-001-31-20-001-2024-00094-00

(Radicado Fiscalía No. 110016099068202300263 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A CECILIA REY DE YURGAKY C.C. 37.799.611, LIGIA TERESA ENCISO BÁRCENAS C.C 32.630.555, RICARDO JOSE FONTALVO C. C.C. 7.482.872, LEIDY YINEDT SALAZAR SERNA C.C.1.031.126.244, BRAYAN LEONARDO ROJAS MALDONADO. C.C.1.093.766.223, ANA ANUISKA RAMOS GUERRA C.C. 30.098.533., C.I. SERVICIOS EMPRESARIALES DE CALIDAD S.A.S. NIT 901112522–2, ANTONIO ALMONTE GARCIA, con documento de identificación 0370078174-7, JUAN ARI DE LA CRUZ TABARES, con documento de identificación 0370097150-4. QUIENES FIGURAN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pamplona y Cúcuta, como los organismos de tránsito respectos del Departamento Norte de Santander, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31- 20-001-2024-00094-00 (Rad. FGN 110016099068202300263 ED Fiscalía 69 E.D.), en el que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 30 de octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 69 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

18 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO

Artículo 140 ley 1708 DE 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado interno No. 540013120002-2025-00118-00 instaurado por la Fiscalía 63 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectado FABIÁN EMIRO BOHÓRQUEZ PORTILLO, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 05/09/2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, ACLARADO con auto del 03/10/2025 a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifica:

18 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los señores HENRY DE JESÚS ROJAS GALEANO, LUZ AMPARO ARISTIZÁBAL TOBÓN, LUZ MARINA
ARISTIZÁBAL TOBÓN, JUAN CARLOS ZAPATA RENDÓN, JORGE ENRIQUE ZAPATA VARGAS, JUAN JAVIER
RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Y DEYVI STEVEN RUIZ GAÑÁN, así como a los herederos indeterminados de la
señora LUZ MARÍA RAMÍREZ LÓPEZ y a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este
Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A,
piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin
dehacer valer susderechosdentrodelprocesode ExtincióndeDominioconradicadoNo.66001-31-20-002-
2024-00055-00 (E.D. 11001-60-99-068-2023-00124) siendo los afectados: Juan Carlos Zapata Rendón,
Jorge Enrique Zapata Vargas, Juan Javier Rodríguez Sánchez, Deyvi Steven Ruiz Gañán, Leidy Daniela
Ramírez López, Jorge Uriel Vergara Ramírez, Andrés Mauricio Velásquez Zapata, María Edelmira Tobón
Aristizábal, Martha Cecilia Jiménez Zuluaga, Carlos Arturo Aristizábal Tobón, Diana Carolina Gómez
Álzate, Henry de Jesús Rojas Galeano, Luz Amparo Aristizábal Tobón, Luz Marina Aristizábal Tobón, los
herederos de la señora Luz Maria Ramírez López (Leidy Daniela Ramírez López, Juana Valentina Ramírez
López, Andrés Felipe Ramírez López) y Banco de Crédito Agrario y Minero (Fiduciaria La Previsora S.A.-
La Fiduprevisora).

14 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR ISMAEL TRUJILLO (c.c. 4.363.404), al SEÑOR ISMAEL TRUJILLO BETANCOURT, así como a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicadoNo.66-001-31-20-002-2024-00050-00 (E.D. 111001-60-99-068-2022-00291) siendo los afectados ISMAEL TRUJILLO (fallecido) e ISMAEL TRUJILLO BETANCOURT, en calidad de heredero.

13 de noviembre de 2025Documento
Señor (a)
Caso 2503388P0
Asunto: Notificación
NUNC: 130016001129202505558
Autoridad que profiere la Resolución que se le notifica: Departamento Protección y Asistencia
Dirección: Carrera 86 # 51- 66 Piso 5
Teléfono: (601) 5702000 Ext 33011
Para acceder al contenido de la Resolución 01-2432 de fecha 31 de octubre de 2025, debe acercarse a la Dirección de Protección y Asistencia, que está ubicada en la carrera 86 N°. 51 – 66 Piso 5 o a través de correo electrónico correspondencia.proteccion@fiscalia.gov.co, para solicitar una copia íntegra y gratuita de la Resolución descrita y relacionada.
Se advierte que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse por escrito, ante el Departamento de Protección y Asistencia en la dirección y canal referido, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 77 de la Ley 1437 de 2011.
Se advierte que el acto de notificación se entenderá surtido al sexto día hábil, contado a partir de la fijación del presente aviso.
Lo anterior, pues los documentos, actuaciones y procedimientos que se adelantan al interior del Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación ostentan carácter de reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 418 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución 0-0205 de 2024. Dicha normativa dispone que serán igualmente responsables los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
11 de noviembre de 2025Documento
Señor (a)
Caso 2503342P0
Asunto: Notificación
NUNC: sin datos
Autoridad que profiere la Resolución que se le notifica: Departamento Protección y Asistencia
Dirección: Carrera 86 # 51- 66 Piso 5
Teléfono: (601) 5702000 Ext 33011
Para acceder al contenido de la Resolución 01-2422 de fecha 31 de octubre de 2025, debe acercarse a la Dirección de Protección y Asistencia, que está ubicada en la carrera 86 N°. 51 – 66 Piso 5 o a través de correo electrónico correspondencia.proteccion@fiscalia.gov.co, para solicitar una copia íntegra y gratuita de la Resolución descrita y relacionada.
Se advierte que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse por escrito, ante el Departamento de Protección y Asistencia en la dirección y canal referido, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 77 de la Ley 1437 de 2011.
Se advierte que el acto de notificación se entenderá surtido al sexto día hábil, contado a partir de la fijación del presente aviso.
Lo anterior, pues los documentos, actuaciones y procedimientos que se adelantan al interior del Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación ostentan carácter de reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 418 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución 0-0205 de 2024. Dicha normativa dispone que serán igualmente responsables los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
11 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO.

Art. 140 Ley 1708 de 2014. El Suscrito secretario del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla. CITA Y EMPLAZA a los señores LUIS PACHECO PEDRAZA quien se identifica con la CC 1192816413, al señor LUIS PACHECO ROJAS quien se identifica con la CC 1090472710, a la señora LAURA PACHECO PEDRAZA identificada con la CC 1042851412 y a la señora YUDARCY PEDRAZA RAMON identificada con la C.C. 22514423, así como A LOS DEMÁS TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL MISMO, para que comparezcan a este Juzgado y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio No. 0800131200012023-00007-00 (Rad. Fiscalía 2023-00017 E.D.),siendo afectado el señor LUIS FELIPE PACHECO BARRIOS Q.E.P.D. quien se identificada con la C.C. 721690623, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 23 de marzo de 2023 que ADMITIÓ LA DEMANDA de la acción de extinción de dominio y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, en donde resultó afectado el siguiente bien: inmueble con matrícula inmobiliaria 041-5215, del círculo registral de Soledad-Atlántico, tipo de predio urbano ubicado en la carrera 34 No. 27C-29 de Soledad, siendo el propietario el señor LUIS FELIPE PACHECO BARRIOS Q.E.P.D. CONSTANCIA DE FIJACIÓN:

10 de noviembre de 2025Documento
CITA Y EMPLAZA

A APOYOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS S.A. -APOYAR S.A.- Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio radicado al No. 66001 31 20001 2018-00074-00 (Rad. 2017012 E.D.) siendo afectados MERCELENA RODRÍGUEZ CORTÉS, ASTRID MEJÍA QUIÑONEZ y APOYOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS S.A. -APOYAR S.A.- (Acreedor Prendario), dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 20 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, proferido dentro del citado radicado, que ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y ORDENÓ SU EMPLAZAMIENTO, resultando afectado el siguiente bien: CLASE CAMIÓN, SERVICIO PÚBLICO, MARCA CHEVROLET, CARROCERÍA ESTACAS, LÍNEA NQR, COLOR BLANCO GALAXIA, MODELO 2017, NÚMERO DE MOTOR 4HK1-478955, NÚMERO DE CHASIS 9GDN1R755HB009444, CUBICAJE 5193, DE PLACAS WOT-040, Inscrito en LA SIETT DE COTA CUNDINAMARCA, Propietario Inscrito: MERCELENA RODRÍGUEZ CORTÉS con GRAVAMEN PRENDARIO EN FAVOR DE APOYAR S.A.

10 de noviembre de 2025Documento
C I T A Y E M P L A Z A

A los señores TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETODE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo
electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00036-00 (2024-00541 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 15 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado (s) a a(s) persona(s)
referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 04 DE SEPTIEMBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

C I T A Y E M P L A Z A

A los señores HÉCTOR MAURICIO KURATOMI CARDONA (CC. 94’317.866), LICETH JOVANA SOLANO LÓPEZ (C.C. 66’779.281) y MARÍA DEL PILAR GUTIÉRREZ CARVAJAL (C.C. 31’163.577) y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00125-00 (2019-00129 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 61 DEEDD DE SANTIAGO DE CALI, en donde se tiene como afectado(s) a a(s)
persona(s) referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 16 DE JULIO DE 2023, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio
del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE
DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

C I T A Y E M P L A Z A

Al señor CARLOS HUMBERTO FERNÁNDEZ ORTEGA (C.C. 1.061’088.755) y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00058-00 (2022-00154 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 17 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado(s) a a(s) persona(s) referida(s)
anteriormente.

Lo anterior, dado que el 08 DE OCTUBRE DE 2023, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

KARINA RUIZ ROJAS CON C.C. 1.018.449.770, R.P. DE LA COMERCIALIZADORA KAYSSER, LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS (POSEEDORES, ACREEDORES —HIPOTECARIOS O PRENDARIOS—, PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS CON DERECHOS LITIGIOSOS Y CUALQUIER OTRO SUJETO QUE ALEGUE INTERÉS LEGÍTIMO SOBRE EL BIEN), para que comparezcan a través de algún medio idóneo o de manera personal al Centro de Servicios Administrativos de estos Juzgados, a fin de que tengan la posibilidad de valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 05-2024-00064-00 (202300372 E.D.), a cargo del Juzgado Quinto Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 28 de julio de 2024 se avocó el conocimiento de dicho proceso, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados, estos son: bien inmueble FMI. 50C-11215593, Ubicación Calle 12 # 10-40. (Dirección catastral) Bogotá, propietario COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. SAS.

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

BANCO FINANDINA S.A BIC., BANCO DE OCCIDENTE, BANCO DAVIVIENDA, TOYOTA FINANCIAL SERVICE COLOMBIA, LUIS MIGUEL CHAPARRO ACUÑA, ÁNGELA MARCELA BRAVO MEDINA. FABIAN MIGUEL CHAPARRO MATEUS, PAOLA PATRICIA BRAVO MEDINA, MAYRETH ASTRID CRUZ ROSADO, BLANCA OLIVIA CARVAJAL BARBOSA, , LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS, para que se dirijan a notificarse a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, a fin de que tengan la posibilidad de valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado número 2024-079-3 (202300347 ED.), a cargo del Juzgado Tercero Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 9 de septiembre de 2024 se avocó el conocimiento de dicho proceso, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados, estos son:

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO No. 2025EE15

Calle 36 No. 29 – 35/45, piso 2, barrio San Isidro (Diagonal a la Casa del Deportista) – Villavicencio, Meta. Tel: 608 6628085 / Cel: 3181977420. Correo electrónico: jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co La suscrita secretaria del Juzgado Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 23 DE OCTUBRE DE 2025 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Calle 36 No. 29 -35/45 piso 2, barrio San Isidro de Villavicencio; celular: 3181977420; teléfono: 6086628085; correo electrónico:
jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 50-001-31-20-001-2025-00010-00 (Rad. Fiscalía 2024-00315 E.D.), promovido por la FISCALÍA SESENTA Y SIETE (67) ESPECIALIZADA DEEDD DE VILLAVICENCIO, en donde se encuentra vinculada EDITH CORDOBA HERRERA (C.C. 52.840.685) y ROSALBA HERRERA GUERRERO (C.C. 21.202.773).

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICADO No. 54-001-31-20-001-2023-00131-00
(Radicado Fiscalía No. 110016099068202200550 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER CITA Y EMPLAZA:

A Granja Agrícola Avidíaz SAS, el establecimiento de comercio Granja Avidíaz Lote 2, de propiedad de Fredy Diaz Peñaranda, Elvira Villamizar, Elvira Colobón de Guerrero, Predio el Paluján, Predios el Corozal Lotes 2, J6, J7, J8, J9, J10, K6, K7, K8, K9 y K10 y a la sociedad Promotora de la Frontera S.A.,QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta y los organismos de tránsito respectos del Departamento Norte de Santander, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31- 20-001-2023-00131-00 (Rad. FGN 110016099068202200550 ED Fiscalía 36 E.D.), en el que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 17 de Octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40
de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 36 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

04 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO.

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:
A los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00004-00 (E.D. 11001-60-99-068-2024-00476) siendo los afectados FANOR RÍOS FLÓREZ, LA TRANSPORTADORA JCM
S.A.S EN LIQUIDACIÓN y LA SOCIEDAD ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO AUTOMOTOR REPONER S.A.

Se les informa que mediante auto del veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio,
modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022. En el mencionado proceso figuran afectados los
siguientes bienes:
04 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO.

Art. 140 Ley 1708 de 2014. El Suscrito secretario del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla.

CITA Y EMPLAZA

a los señores MAURICIO ALVAREZ PLAZA quien se identifica con la CC 94.477.214, a la señora ALEXA VALENCIA PIZARRO quien se identifica con la CC 31.657.263 y a la señora EVELYN BUITRAGO SANCHEZ identificada con la CC 41.961.686, así como A LOS DEMÁS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL MISMO, para que comparezcan a este Juzgado y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio No. 0800131200012023-00057-00 (Rad. Fiscalía 2023-00286 E.D.),siendo afectados los señores MAURICIO ALVAREZ PLAZA y OTROS, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 16 de febrero de 2024 que ADMITIÓ LA DEMANDA de la acción de extinción de dominio y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, en donde resultaron afectados los siguientes bienes: inmueble con matrícula inmobiliaria 060-120239, del círculo registral de Cartagena-Bolívar, tipo de predio urbano ubicado en Cartagena siendo el propietario el señor RAÚL LOPEZ OBREGÓN.

31 de octubre de 2025Documento