Edictos emplazatorios

Edictos emplazatoriosFecha de publicaciónVer documento
EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 124 del seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) y del auto de Sustanciación No. 160 del dieciocho (18) de noviembre de dos mil  veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley  1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

La señora MARÍA CRISTINA HERNÁNDEZ PAZ, identificada con C.C. 1.005.867.933 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para  que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre  B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2024-00029-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2023 00199 00 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 124 del seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) emitido por el Juzgado Segundo (2º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 60 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

25 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

RADICADO No. 54-001-31-20-001-2024-00094-00

(Radicado Fiscalía No. 110016099068202300263 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A CECILIA REY DE YURGAKY C.C. 37.799.611, LIGIA TERESA ENCISO BÁRCENAS C.C 32.630.555, RICARDO JOSE FONTALVO C. C.C. 7.482.872, LEIDY YINEDT SALAZAR SERNA C.C.1.031.126.244, BRAYAN LEONARDO ROJAS MALDONADO. C.C.1.093.766.223, ANA ANUISKA RAMOS GUERRA C.C. 30.098.533., C.I. SERVICIOS EMPRESARIALES DE CALIDAD S.A.S. NIT 901112522–2, ANTONIO ALMONTE GARCIA, con documento de identificación 0370078174-7, JUAN ARI DE LA CRUZ TABARES, con documento de identificación 0370097150-4. QUIENES FIGURAN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pamplona y Cúcuta, como los organismos de tránsito respectos del Departamento Norte de Santander, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31- 20-001-2024-00094-00 (Rad. FGN 110016099068202300263 ED Fiscalía 69 E.D.), en el que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 30 de octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 69 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

18 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO

Artículo 140 ley 1708 DE 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado interno No. 540013120002-2025-00118-00 instaurado por la Fiscalía 63 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectado FABIÁN EMIRO BOHÓRQUEZ PORTILLO, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 05/09/2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, ACLARADO con auto del 03/10/2025 a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifica:

18 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los señores HENRY DE JESÚS ROJAS GALEANO, LUZ AMPARO ARISTIZÁBAL TOBÓN, LUZ MARINA
ARISTIZÁBAL TOBÓN, JUAN CARLOS ZAPATA RENDÓN, JORGE ENRIQUE ZAPATA VARGAS, JUAN JAVIER
RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Y DEYVI STEVEN RUIZ GAÑÁN, así como a los herederos indeterminados de la
señora LUZ MARÍA RAMÍREZ LÓPEZ y a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este
Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A,
piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin
dehacer valer susderechosdentrodelprocesode ExtincióndeDominioconradicadoNo.66001-31-20-002-
2024-00055-00 (E.D. 11001-60-99-068-2023-00124) siendo los afectados: Juan Carlos Zapata Rendón,
Jorge Enrique Zapata Vargas, Juan Javier Rodríguez Sánchez, Deyvi Steven Ruiz Gañán, Leidy Daniela
Ramírez López, Jorge Uriel Vergara Ramírez, Andrés Mauricio Velásquez Zapata, María Edelmira Tobón
Aristizábal, Martha Cecilia Jiménez Zuluaga, Carlos Arturo Aristizábal Tobón, Diana Carolina Gómez
Álzate, Henry de Jesús Rojas Galeano, Luz Amparo Aristizábal Tobón, Luz Marina Aristizábal Tobón, los
herederos de la señora Luz Maria Ramírez López (Leidy Daniela Ramírez López, Juana Valentina Ramírez
López, Andrés Felipe Ramírez López) y Banco de Crédito Agrario y Minero (Fiduciaria La Previsora S.A.-
La Fiduprevisora).

14 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR ISMAEL TRUJILLO (c.c. 4.363.404), al SEÑOR ISMAEL TRUJILLO BETANCOURT, así como a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicadoNo.66-001-31-20-002-2024-00050-00 (E.D. 111001-60-99-068-2022-00291) siendo los afectados ISMAEL TRUJILLO (fallecido) e ISMAEL TRUJILLO BETANCOURT, en calidad de heredero.

13 de noviembre de 2025Documento
Señor (a)
Caso 2503388P0
Asunto: Notificación
NUNC: 130016001129202505558
Autoridad que profiere la Resolución que se le notifica: Departamento Protección y Asistencia
Dirección: Carrera 86 # 51- 66 Piso 5
Teléfono: (601) 5702000 Ext 33011
Para acceder al contenido de la Resolución 01-2432 de fecha 31 de octubre de 2025, debe acercarse a la Dirección de Protección y Asistencia, que está ubicada en la carrera 86 N°. 51 – 66 Piso 5 o a través de correo electrónico correspondencia.proteccion@fiscalia.gov.co, para solicitar una copia íntegra y gratuita de la Resolución descrita y relacionada.
Se advierte que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse por escrito, ante el Departamento de Protección y Asistencia en la dirección y canal referido, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 77 de la Ley 1437 de 2011.
Se advierte que el acto de notificación se entenderá surtido al sexto día hábil, contado a partir de la fijación del presente aviso.
Lo anterior, pues los documentos, actuaciones y procedimientos que se adelantan al interior del Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación ostentan carácter de reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 418 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución 0-0205 de 2024. Dicha normativa dispone que serán igualmente responsables los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
11 de noviembre de 2025Documento
Señor (a)
Caso 2503342P0
Asunto: Notificación
NUNC: sin datos
Autoridad que profiere la Resolución que se le notifica: Departamento Protección y Asistencia
Dirección: Carrera 86 # 51- 66 Piso 5
Teléfono: (601) 5702000 Ext 33011
Para acceder al contenido de la Resolución 01-2422 de fecha 31 de octubre de 2025, debe acercarse a la Dirección de Protección y Asistencia, que está ubicada en la carrera 86 N°. 51 – 66 Piso 5 o a través de correo electrónico correspondencia.proteccion@fiscalia.gov.co, para solicitar una copia íntegra y gratuita de la Resolución descrita y relacionada.
Se advierte que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse por escrito, ante el Departamento de Protección y Asistencia en la dirección y canal referido, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 77 de la Ley 1437 de 2011.
Se advierte que el acto de notificación se entenderá surtido al sexto día hábil, contado a partir de la fijación del presente aviso.
Lo anterior, pues los documentos, actuaciones y procedimientos que se adelantan al interior del Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación ostentan carácter de reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 418 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución 0-0205 de 2024. Dicha normativa dispone que serán igualmente responsables los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
11 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO.

Art. 140 Ley 1708 de 2014. El Suscrito secretario del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla. CITA Y EMPLAZA a los señores LUIS PACHECO PEDRAZA quien se identifica con la CC 1192816413, al señor LUIS PACHECO ROJAS quien se identifica con la CC 1090472710, a la señora LAURA PACHECO PEDRAZA identificada con la CC 1042851412 y a la señora YUDARCY PEDRAZA RAMON identificada con la C.C. 22514423, así como A LOS DEMÁS TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL MISMO, para que comparezcan a este Juzgado y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio No. 0800131200012023-00007-00 (Rad. Fiscalía 2023-00017 E.D.),siendo afectado el señor LUIS FELIPE PACHECO BARRIOS Q.E.P.D. quien se identificada con la C.C. 721690623, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 23 de marzo de 2023 que ADMITIÓ LA DEMANDA de la acción de extinción de dominio y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, en donde resultó afectado el siguiente bien: inmueble con matrícula inmobiliaria 041-5215, del círculo registral de Soledad-Atlántico, tipo de predio urbano ubicado en la carrera 34 No. 27C-29 de Soledad, siendo el propietario el señor LUIS FELIPE PACHECO BARRIOS Q.E.P.D. CONSTANCIA DE FIJACIÓN:

10 de noviembre de 2025Documento
CITA Y EMPLAZA

A APOYOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS S.A. -APOYAR S.A.- Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio radicado al No. 66001 31 20001 2018-00074-00 (Rad. 2017012 E.D.) siendo afectados MERCELENA RODRÍGUEZ CORTÉS, ASTRID MEJÍA QUIÑONEZ y APOYOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS S.A. -APOYAR S.A.- (Acreedor Prendario), dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 20 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, proferido dentro del citado radicado, que ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y ORDENÓ SU EMPLAZAMIENTO, resultando afectado el siguiente bien: CLASE CAMIÓN, SERVICIO PÚBLICO, MARCA CHEVROLET, CARROCERÍA ESTACAS, LÍNEA NQR, COLOR BLANCO GALAXIA, MODELO 2017, NÚMERO DE MOTOR 4HK1-478955, NÚMERO DE CHASIS 9GDN1R755HB009444, CUBICAJE 5193, DE PLACAS WOT-040, Inscrito en LA SIETT DE COTA CUNDINAMARCA, Propietario Inscrito: MERCELENA RODRÍGUEZ CORTÉS con GRAVAMEN PRENDARIO EN FAVOR DE APOYAR S.A.

10 de noviembre de 2025Documento
C I T A Y E M P L A Z A

A los señores TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETODE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo
electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00036-00 (2024-00541 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 15 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado (s) a a(s) persona(s)
referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 04 DE SEPTIEMBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

Documento

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C I T A Y E M P L A Z A

A los señores HÉCTOR MAURICIO KURATOMI CARDONA (CC. 94’317.866), LICETH JOVANA SOLANO LÓPEZ (C.C. 66’779.281) y MARÍA DEL PILAR GUTIÉRREZ CARVAJAL (C.C. 31’163.577) y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00125-00 (2019-00129 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 61 DEEDD DE SANTIAGO DE CALI, en donde se tiene como afectado(s) a a(s)
persona(s) referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 16 DE JULIO DE 2023, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio
del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE
DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

C I T A Y E M P L A Z A

Al señor CARLOS HUMBERTO FERNÁNDEZ ORTEGA (C.C. 1.061’088.755) y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00058-00 (2022-00154 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 17 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado(s) a a(s) persona(s) referida(s)
anteriormente.

Lo anterior, dado que el 08 DE OCTUBRE DE 2023, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

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Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

KARINA RUIZ ROJAS CON C.C. 1.018.449.770, R.P. DE LA COMERCIALIZADORA KAYSSER, LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS (POSEEDORES, ACREEDORES —HIPOTECARIOS O PRENDARIOS—, PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS CON DERECHOS LITIGIOSOS Y CUALQUIER OTRO SUJETO QUE ALEGUE INTERÉS LEGÍTIMO SOBRE EL BIEN), para que comparezcan a través de algún medio idóneo o de manera personal al Centro de Servicios Administrativos de estos Juzgados, a fin de que tengan la posibilidad de valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 05-2024-00064-00 (202300372 E.D.), a cargo del Juzgado Quinto Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 28 de julio de 2024 se avocó el conocimiento de dicho proceso, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados, estos son: bien inmueble FMI. 50C-11215593, Ubicación Calle 12 # 10-40. (Dirección catastral) Bogotá, propietario COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. SAS.

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

BANCO FINANDINA S.A BIC., BANCO DE OCCIDENTE, BANCO DAVIVIENDA, TOYOTA FINANCIAL SERVICE COLOMBIA, LUIS MIGUEL CHAPARRO ACUÑA, ÁNGELA MARCELA BRAVO MEDINA. FABIAN MIGUEL CHAPARRO MATEUS, PAOLA PATRICIA BRAVO MEDINA, MAYRETH ASTRID CRUZ ROSADO, BLANCA OLIVIA CARVAJAL BARBOSA, , LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS, para que se dirijan a notificarse a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, a fin de que tengan la posibilidad de valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado número 2024-079-3 (202300347 ED.), a cargo del Juzgado Tercero Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 9 de septiembre de 2024 se avocó el conocimiento de dicho proceso, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados, estos son:

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO No. 2025EE15

Calle 36 No. 29 – 35/45, piso 2, barrio San Isidro (Diagonal a la Casa del Deportista) – Villavicencio, Meta. Tel: 608 6628085 / Cel: 3181977420. Correo electrónico: jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co La suscrita secretaria del Juzgado Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 23 DE OCTUBRE DE 2025 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Calle 36 No. 29 -35/45 piso 2, barrio San Isidro de Villavicencio; celular: 3181977420; teléfono: 6086628085; correo electrónico:
jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 50-001-31-20-001-2025-00010-00 (Rad. Fiscalía 2024-00315 E.D.), promovido por la FISCALÍA SESENTA Y SIETE (67) ESPECIALIZADA DEEDD DE VILLAVICENCIO, en donde se encuentra vinculada EDITH CORDOBA HERRERA (C.C. 52.840.685) y ROSALBA HERRERA GUERRERO (C.C. 21.202.773).

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICADO No. 54-001-31-20-001-2023-00131-00
(Radicado Fiscalía No. 110016099068202200550 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER CITA Y EMPLAZA:

A Granja Agrícola Avidíaz SAS, el establecimiento de comercio Granja Avidíaz Lote 2, de propiedad de Fredy Diaz Peñaranda, Elvira Villamizar, Elvira Colobón de Guerrero, Predio el Paluján, Predios el Corozal Lotes 2, J6, J7, J8, J9, J10, K6, K7, K8, K9 y K10 y a la sociedad Promotora de la Frontera S.A.,QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta y los organismos de tránsito respectos del Departamento Norte de Santander, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31- 20-001-2023-00131-00 (Rad. FGN 110016099068202200550 ED Fiscalía 36 E.D.), en el que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 17 de Octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40
de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 36 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

04 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO.

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:
A los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00004-00 (E.D. 11001-60-99-068-2024-00476) siendo los afectados FANOR RÍOS FLÓREZ, LA TRANSPORTADORA JCM
S.A.S EN LIQUIDACIÓN y LA SOCIEDAD ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO AUTOMOTOR REPONER S.A.

Se les informa que mediante auto del veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio,
modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022. En el mencionado proceso figuran afectados los
siguientes bienes:
04 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO.

Art. 140 Ley 1708 de 2014. El Suscrito secretario del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla.

CITA Y EMPLAZA

a los señores MAURICIO ALVAREZ PLAZA quien se identifica con la CC 94.477.214, a la señora ALEXA VALENCIA PIZARRO quien se identifica con la CC 31.657.263 y a la señora EVELYN BUITRAGO SANCHEZ identificada con la CC 41.961.686, así como A LOS DEMÁS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL MISMO, para que comparezcan a este Juzgado y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio No. 0800131200012023-00057-00 (Rad. Fiscalía 2023-00286 E.D.),siendo afectados los señores MAURICIO ALVAREZ PLAZA y OTROS, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 16 de febrero de 2024 que ADMITIÓ LA DEMANDA de la acción de extinción de dominio y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, en donde resultaron afectados los siguientes bienes: inmueble con matrícula inmobiliaria 060-120239, del círculo registral de Cartagena-Bolívar, tipo de predio urbano ubicado en Cartagena siendo el propietario el señor RAÚL LOPEZ OBREGÓN.

31 de octubre de 2025Documento