Edictos emplazatorios

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E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre los bienes objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2025-00119-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 14 DE AGOSTO DE 2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 63 de Extinción del Derecho de Dominio de CUCUTA.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el 26 de NOVIEMBRE DE 2025, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, así mismo para su difusión en una CADENA RADIAL con cobertura en PITALITO departamento del HUILA.

IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES

Vehículo de placas KLR138, propiedad de EDWIN DANILO ROMÁN RODRÍGUEZ,

Titulo judicial N°400100009849960 (Banco Agrario) por valor de $1.311.000.000 propiedad de BAYRON ANDRÉS GUEVARA RODRÍGUEZ.

09 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O E M P L A Z A T O R I O

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE NEIVA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014,

C I T A Y E M P L A Z A

A efectos de notificar a los TERCEROS INDETERMINADOS, y a quienes sobrevengan intereses en las resultas del presente trámite de extinción de dominio, a efectos comparezcan al proceso hacer valer sus derechos sobre el bien objeto de extinción de dominio dentro del radicado No. 41001-31-20-001-2025-00114-00, actuación dentro de la cual este Despacho mediante providencia del 5 DE AGOSTO DE 2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, en atención a la solicitud elevada por la Fiscalía 76 de Extinción del Derecho de Dominio de BOGOTÁ.

El presente edicto se fija dando cumplimiento a lo ordenado en auto proferido el 13 de NOVIEMBRE DE 2025, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022, por lo que se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, así mismo para su difusión en una CADENA RADIAL con cobertura en AIPE departamento del HUILA y en GIRÓN departamento de SANTANDER IDENTIFICACIÓN DEL BIEN

  • Vehículo de placas JXK 627, propiedad de GILBERTO BARRAGÁN GÓMEZ y JOSÉ NEFTALI GONZÁLEZ VÁSQUEZ (poseedor y tenedor).
09 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 082 del cuatro (04) de julio de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

CARLOS CÉSAR MARTÍNEZ CORREA, CARMELITA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, JUAN CARLOS MURILLO FERNÁNDEZ, LOS TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76-001-31-20-002-2020-00062-00 (Radicación Fiscalía 110016099068201900110), en el cual, mediante Auto No. 056-21 del veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiuno (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía sesenta y uno (61) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se Identifican.

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-2025-00038-00 (Radicado origen 2017-108), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectados PEDRO EMIGDIO ARBOLEDA CAICEDO y ANCIZAR VALDERRAMA VALENZUELA está afectado el siguiente

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-2025-00031-00 (Radicado origen 2023-242), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectados LOLO SEVILLANO RODRÍGUEZ y está afectado el siguiente:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITOESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-202500030-00 (Radicado origen 2024-195), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectados JHON EDILSON PARRA IJAJI y BELSY PAZ TINTINAGO y está afectado el siguiente:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Ley 1708 de 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EN CALI

CITA Y EMPLAZA

A los TERCEROS INDETERMINADOS Y DEMÁS INTERESADOS, para que comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos dentro del proceso N° 76001-31-20-001-2025-00018-00 (Radicado origen 2024-457), en el cual ADMITIO LA DEMANDA de extinción de dominio, donde figura como afectada ELIZABETH CORTÉS BENÍTEZ y está afectado el siguiente:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 126 del veintidós (22) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, así como de los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado 76001 3120 002 2021 00009-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2019-00189 E.D.), en el cual, mediante Auto Interlocutorio Nº 142 –21 de fecha dieciocho (18) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), emitido por el homólogo Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía Sesenta y uno (61) DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 164 del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

La señora AURA SANTACRUZ MUTIS, identificada con C.C. 30.714.528 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020-00053-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020-00208 00 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 037-21 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 163 del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS Y TERCEROS INDETERMINADOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020-00052-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 00221 00 E.D.), en el cual, mediante Auto interlocutorio No. 136 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021) emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

05 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 130 del veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, así como de los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado 76001 3120 002 2021 00041-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 000302 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 033-22 de fecha tres (3) de marzo de dos mil veintidós (2022), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía Sesenta y dos (62) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se identifican:

04 de diciembre de 2025Documento

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CITA Y EMPLAZA A:

Los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, de acuerdo con los certificados de registro correspondientes, así como de los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, Palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali,teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001 3120 002 2020 00089 00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 00037 00 E.D.), en el cual, mediante Auto Interlocutorio No. 120-21 del nueve (9) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), emitido por el homólogo Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía setenta y uno (71) DEEDD, respecto de los bienes que a continuación se identifican:

04 de diciembre de 2025Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentrodelprocesodeExtincióndeDominioconradicadoNo.66001-31-20-002-2024-00061-00 (E.D. 11001- 60-99-068-2023-00469) siendo los afectados BLANCA JENNY HERRERA QUINTERO, ANA ISABEL HERRERA MOLINA (FALLECIDA) y SANDRA YANETH SOTO HERRERA como heredera de la señora Ana Isabel Herrera Molina.

Se les informa que mediante auto del veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio, modificado por elartículo11delaLey 2195de 2022.En el mencionado proceso figuran afectados los siguientes bienes:

04 de diciembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 163 del veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

Los HEREDEROS TITULARES DE DERECHOS Y TERCEROS INDETERMINADOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020- 00052-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020 00221 00 E.D.), en el cual, mediante Auto interlocutorio No. 136 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021) emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

02 de diciembre de 2025Documento

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CITA Y EMPLAZA A:

La señora AURA SANTACRUZ MUTIS, identificada con C.C. 30.714.528 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus  derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2020-00053-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2020-00208 00 E.D.), en el cual, mediante  Auto de Sustanciación No. 037-21 del once (11) de marzo de dos mil veintiuno  (2021), emitido por el Juzgado Primero (1º) Penal del Circuito Especializado de  Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 62 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 28 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 50-001-31-20-001-2022-00012-00
  • Afectado(s): José Arturo Pena Suárez, Edna Milena Peña Suárez, Gloria Edith Suárez Bobadilla, Carolina Del Pilar Peña Suárez, Bancolombia
  • Fiscalía: Once (11) Especializada Deedd De Villavicencio
02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 28 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 50-001-31-20-001-2022-00009-00
  • Afectado(s): José Alexander Sánchez González, José Antonio Sánchez González; Herederos De Flor González De Sánchez; Banco Agrario De Colombia S.A; Instituto Financiero De Casanare, Banco Bbva; Banco Finandina
  • Fiscalía: Sesenta Y Ocho (68) Especializada Deedd De Barranquilla
02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 21 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 50-001-31-20-001-2025-00011-00 (2025-00109 e.d.)
  • Afectado(s): Noemí Mateus Ruiz
  • Fiscalía: Once (11) Especializada Deedd De Villavicencio
02 de diciembre de 2025Documento

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“En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio en auto del 21 DE NOVIEMBRE DE 2025 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, se procede a la publicación del edicto emplazatorio fijado dentro del siguiente expediente:

  • Referencia: proceso de extinción de dominio (juicio – ley 1849 de 2017)
  • Radicado: 51-001-31-20-001-2025-00010-00 (2024-00315 e.d.)
  • Afectado(s): Edith Córdoba Herrera Y Rosalba Herrera Guerrero
  • Fiscalía: Sesenta Y Siete (67) Especializada Deedd De Villavicencio
02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 047

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00025-00 (No. 11001.6099.068.2025.00077 de la Fiscalía 9 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 261 del 26 de agosto de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Abel Villadiego Montiel y Luis Alcibar Flórez Graciano; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 294 del 19 de septiembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con el siguiente2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 046

EMPLAZATORIO RESOLUCIÓN DE PROCEDENCIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, POR REMISIÓN EXPRESA DEL PARÁGRAFO 1 DEL ARTÍCULO 53 DE LA LEY 2197 DE 2022, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00020-00 (No. 7619 de la Fiscalía 31 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 186 del 1° de julio de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Luz Aidée Arcila Martínez, Leidy Johanna Ríos Arcila, David Esteban Ríos Arcila y Juliana Andrea Ríos Arcila, en calidad de herederos determinados de Jaime de Jesús Ríos Rivera.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 295 del 19 de septiembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con el siguiente2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 045

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, ANDRÉS FELIPE GALLEGO URREA C.C. 1.130.679.156, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00006-00 (No. 11001.60.99.068.2023.00055 de la Fiscalía 45 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 045 del 25 de febrero de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Gildardo de Jesús Gallego Marín, Pedro Claver Botero Giraldo, Andrés Felipe Abad Ortiz, Juan Carlos Gallego Torres, Andrés Felipe Gallego Urrea y Ana María Gallego Torres.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 354 del 13 de noviembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

02 de diciembre de 2025Documento

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E D I C T O N.º. 044

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2025.00005-00 (No. 11001.60.99.068.2017.01063 de la Fiscalía 65 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 052 del 27 de febrero de 2025; proceso en el que fungen como afectados: Andrés Alberto Suárez Carmona, Astrid Janneth Román López, Luis Felipe Consuegra Álvarez, Marta Luz Atehortúa de Gómez, Zoila Rosa Atehortúa Bedoya, Aurelio Atehortúa Bedoya, Luis Alberto Suárez, los herederos determinados de Arcadio de Jesús Arboleda Arboleda: Mercedes María Arboleda Medina, Jhon Jairo Arboleda Medina y Consuelo de Jesús Arboleda Medina, Flor Ángela Ardila Gómez, Silvia Elena Ospina Flórez, Martha Cecilia Ospina Flórez, Clara Inés Ospina Flórez, e Inversiones Nona ltda.; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto de sustanciación No. 283 del 16 de septiembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

02 de diciembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

E D I C T O N.º. 043

EMPLAZATORIO DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO DE MEDELLÍN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 140 DE LA LEY 1708 DE 2014, MODIFICADO POR EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 2195 DE 2022,

CITA Y EMPLAZA:

A, SAID LÓPEZ ORTIZ C.C. 13.379.573, A LOS TERCEROS INDETERMINADOS Y A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA ACCIÓN, para que comparezcan ante este juzgado1 a hacer valer sus derechos dentro del proceso de extinción del derecho de dominio con radicado 05001.31.20.001.2024.00078-00 (No. 11001.60.99.068.2024.00175 de la Fiscalía 10 Especializada E.D.), del cual se AVOCÓ CONOCIMIENTO Y SE ORDENÓ DAR APERTURA A LA FASE JUDICIAL mediante auto de sustanciación No. 106 del 2 de octubre de 2024; proceso en el que fungen como afectados: Mayela Amparo Giraldo García, Banco Davivienda S.A., Said López Ortiz, Carlos Aníbal Monsalve Cataño, Carlos Andrés Monsalve, Luis David Monsalve Orrego, Saúl Toro Montes, R y R López S.A.S., David de Jesús Padilla Correa, y Cooperativa Financiera JFK; ello, dando cumplimiento a lo dispuesto en auto No. 353 de 13 de noviembre de 2025 que ordenó su emplazamiento en relación con los siguientes2:

02 de diciembre de 2025Documento

Documento

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Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

El suscrito secretario del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, dando cumplimiento a lo ordenado en el Auto de Sustanciación No. 124 del seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) y del auto de Sustanciación No. 160 del dieciocho (18) de noviembre de dos mil  veinticinco (2025) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley  1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

CITA Y EMPLAZA A:

La señora MARÍA CRISTINA HERNÁNDEZ PAZ, identificada con C.C. 1.005.867.933 a los TERCEROS INDETERMINADOS y a los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN para  que comparezcan a este juzgado (ubicado en la carrera 10 No. 12-15, piso 6, torre  B, barrio Centro, palacio de Justicia Pedro Elías Serrano Abadía de Santiago de Cali, teléfono: (602) 8986868 Ext.2859), o se comuniquen a través del correo electrónico j02pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo radicado No. 76001-31-20-002-2024-00029-00 (Radicación Fiscalía 11001 6099 068 2023 00199 00 E.D.), en el cual, mediante Auto de Sustanciación No. 124 del seis (06) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) emitido por el Juzgado Segundo (2º) Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Cali, se admitió la demanda presentada por la Fiscalía 60 DEEDD, respecto del bien que a continuación se identifica:

25 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

RADICADO No. 54-001-31-20-001-2024-00094-00

(Radicado Fiscalía No. 110016099068202300263 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A CECILIA REY DE YURGAKY C.C. 37.799.611, LIGIA TERESA ENCISO BÁRCENAS C.C 32.630.555, RICARDO JOSE FONTALVO C. C.C. 7.482.872, LEIDY YINEDT SALAZAR SERNA C.C.1.031.126.244, BRAYAN LEONARDO ROJAS MALDONADO. C.C.1.093.766.223, ANA ANUISKA RAMOS GUERRA C.C. 30.098.533., C.I. SERVICIOS EMPRESARIALES DE CALIDAD S.A.S. NIT 901112522–2, ANTONIO ALMONTE GARCIA, con documento de identificación 0370078174-7, JUAN ARI DE LA CRUZ TABARES, con documento de identificación 0370097150-4. QUIENES FIGURAN COMO TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pamplona y Cúcuta, como los organismos de tránsito respectos del Departamento Norte de Santander, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31- 20-001-2024-00094-00 (Rad. FGN 110016099068202300263 ED Fiscalía 69 E.D.), en el que el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 30 de octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40 de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 69 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

18 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO

Artículo 140 ley 1708 DE 2014

LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN EXTINCION DE DOMINIO DE CUCUTA – NORTE DE SANTANDER

CITA Y EMPLAZA:

A QUIENES FIGUREN COMO TITULARES DE DERECHO DE DOMINIO SOBRE EL BIEN INMUEBLE, objeto de la presente ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, así como los TERCEROS INDETERMINADOS, hacer valer sus derechos dentro del proceso bajo el radicado interno No. 540013120002-2025-00118-00 instaurado por la Fiscalía 63 delegada Especializada en Extinción de Dominio siendo afectado FABIÁN EMIRO BOHÓRQUEZ PORTILLO, dentro del cual de conformidad con lo establecido en el artículo 35 y 137 de la ley 1708 de 2014, el 05/09/2025 AVOCÓ CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, POR COMPETENCIA TERRITORIAL, SOBRE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO, del(os) bien(es) objeto de la Acción de Extinción de dominio, ACLARADO con auto del 03/10/2025 a fin que comparezcan a este Juzgado, a hacer valer sus derechos respecto del(os) bien(es), que a continuación se identifica:

18 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los señores HENRY DE JESÚS ROJAS GALEANO, LUZ AMPARO ARISTIZÁBAL TOBÓN, LUZ MARINA
ARISTIZÁBAL TOBÓN, JUAN CARLOS ZAPATA RENDÓN, JORGE ENRIQUE ZAPATA VARGAS, JUAN JAVIER
RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Y DEYVI STEVEN RUIZ GAÑÁN, así como a los herederos indeterminados de la
señora LUZ MARÍA RAMÍREZ LÓPEZ y a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este
Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A,
piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin
dehacer valer susderechosdentrodelprocesode ExtincióndeDominioconradicadoNo.66001-31-20-002-
2024-00055-00 (E.D. 11001-60-99-068-2023-00124) siendo los afectados: Juan Carlos Zapata Rendón,
Jorge Enrique Zapata Vargas, Juan Javier Rodríguez Sánchez, Deyvi Steven Ruiz Gañán, Leidy Daniela
Ramírez López, Jorge Uriel Vergara Ramírez, Andrés Mauricio Velásquez Zapata, María Edelmira Tobón
Aristizábal, Martha Cecilia Jiménez Zuluaga, Carlos Arturo Aristizábal Tobón, Diana Carolina Gómez
Álzate, Henry de Jesús Rojas Galeano, Luz Amparo Aristizábal Tobón, Luz Marina Aristizábal Tobón, los
herederos de la señora Luz Maria Ramírez López (Leidy Daniela Ramírez López, Juana Valentina Ramírez
López, Andrés Felipe Ramírez López) y Banco de Crédito Agrario y Minero (Fiduciaria La Previsora S.A.-
La Fiduprevisora).

14 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:

A los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR ISMAEL TRUJILLO (c.c. 4.363.404), al SEÑOR ISMAEL TRUJILLO BETANCOURT, así como a los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicadoNo.66-001-31-20-002-2024-00050-00 (E.D. 111001-60-99-068-2022-00291) siendo los afectados ISMAEL TRUJILLO (fallecido) e ISMAEL TRUJILLO BETANCOURT, en calidad de heredero.

13 de noviembre de 2025Documento
Señor (a)
Caso 2503388P0
Asunto: Notificación
NUNC: 130016001129202505558
Autoridad que profiere la Resolución que se le notifica: Departamento Protección y Asistencia
Dirección: Carrera 86 # 51- 66 Piso 5
Teléfono: (601) 5702000 Ext 33011
Para acceder al contenido de la Resolución 01-2432 de fecha 31 de octubre de 2025, debe acercarse a la Dirección de Protección y Asistencia, que está ubicada en la carrera 86 N°. 51 – 66 Piso 5 o a través de correo electrónico correspondencia.proteccion@fiscalia.gov.co, para solicitar una copia íntegra y gratuita de la Resolución descrita y relacionada.
Se advierte que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse por escrito, ante el Departamento de Protección y Asistencia en la dirección y canal referido, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 77 de la Ley 1437 de 2011.
Se advierte que el acto de notificación se entenderá surtido al sexto día hábil, contado a partir de la fijación del presente aviso.
Lo anterior, pues los documentos, actuaciones y procedimientos que se adelantan al interior del Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación ostentan carácter de reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 418 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución 0-0205 de 2024. Dicha normativa dispone que serán igualmente responsables los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
11 de noviembre de 2025Documento
Señor (a)
Caso 2503342P0
Asunto: Notificación
NUNC: sin datos
Autoridad que profiere la Resolución que se le notifica: Departamento Protección y Asistencia
Dirección: Carrera 86 # 51- 66 Piso 5
Teléfono: (601) 5702000 Ext 33011
Para acceder al contenido de la Resolución 01-2422 de fecha 31 de octubre de 2025, debe acercarse a la Dirección de Protección y Asistencia, que está ubicada en la carrera 86 N°. 51 – 66 Piso 5 o a través de correo electrónico correspondencia.proteccion@fiscalia.gov.co, para solicitar una copia íntegra y gratuita de la Resolución descrita y relacionada.
Se advierte que contra la presente decisión proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse por escrito, ante el Departamento de Protección y Asistencia en la dirección y canal referido, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 74 al 77 de la Ley 1437 de 2011.
Se advierte que el acto de notificación se entenderá surtido al sexto día hábil, contado a partir de la fijación del presente aviso.
Lo anterior, pues los documentos, actuaciones y procedimientos que se adelantan al interior del Programa de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación ostentan carácter de reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 de la Ley 418 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 8 de la Resolución 0-0205 de 2024. Dicha normativa dispone que serán igualmente responsables los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.
11 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO.

Art. 140 Ley 1708 de 2014. El Suscrito secretario del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla. CITA Y EMPLAZA a los señores LUIS PACHECO PEDRAZA quien se identifica con la CC 1192816413, al señor LUIS PACHECO ROJAS quien se identifica con la CC 1090472710, a la señora LAURA PACHECO PEDRAZA identificada con la CC 1042851412 y a la señora YUDARCY PEDRAZA RAMON identificada con la C.C. 22514423, así como A LOS DEMÁS TITULARES DE DERECHOS SOBRE EL BIEN OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL MISMO, para que comparezcan a este Juzgado y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio No. 0800131200012023-00007-00 (Rad. Fiscalía 2023-00017 E.D.),siendo afectado el señor LUIS FELIPE PACHECO BARRIOS Q.E.P.D. quien se identificada con la C.C. 721690623, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 23 de marzo de 2023 que ADMITIÓ LA DEMANDA de la acción de extinción de dominio y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, en donde resultó afectado el siguiente bien: inmueble con matrícula inmobiliaria 041-5215, del círculo registral de Soledad-Atlántico, tipo de predio urbano ubicado en la carrera 34 No. 27C-29 de Soledad, siendo el propietario el señor LUIS FELIPE PACHECO BARRIOS Q.E.P.D. CONSTANCIA DE FIJACIÓN:

10 de noviembre de 2025Documento
CITA Y EMPLAZA

A APOYOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS S.A. -APOYAR S.A.- Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio radicado al No. 66001 31 20001 2018-00074-00 (Rad. 2017012 E.D.) siendo afectados MERCELENA RODRÍGUEZ CORTÉS, ASTRID MEJÍA QUIÑONEZ y APOYOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS S.A. -APOYAR S.A.- (Acreedor Prendario), dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 20 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, proferido dentro del citado radicado, que ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO y ORDENÓ SU EMPLAZAMIENTO, resultando afectado el siguiente bien: CLASE CAMIÓN, SERVICIO PÚBLICO, MARCA CHEVROLET, CARROCERÍA ESTACAS, LÍNEA NQR, COLOR BLANCO GALAXIA, MODELO 2017, NÚMERO DE MOTOR 4HK1-478955, NÚMERO DE CHASIS 9GDN1R755HB009444, CUBICAJE 5193, DE PLACAS WOT-040, Inscrito en LA SIETT DE COTA CUNDINAMARCA, Propietario Inscrito: MERCELENA RODRÍGUEZ CORTÉS con GRAVAMEN PRENDARIO EN FAVOR DE APOYAR S.A.

10 de noviembre de 2025Documento
C I T A Y E M P L A Z A

A los señores TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETODE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo
electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2025-00036-00 (2024-00541 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 15 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado (s) a a(s) persona(s)
referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 04 DE SEPTIEMBRE DE 2025, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

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Documento

Documento

C I T A Y E M P L A Z A

A los señores HÉCTOR MAURICIO KURATOMI CARDONA (CC. 94’317.866), LICETH JOVANA SOLANO LÓPEZ (C.C. 66’779.281) y MARÍA DEL PILAR GUTIÉRREZ CARVAJAL (C.C. 31’163.577) y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00125-00 (2019-00129 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 61 DEEDD DE SANTIAGO DE CALI, en donde se tiene como afectado(s) a a(s)
persona(s) referida(s) anteriormente.

Lo anterior, dado que el 16 DE JULIO DE 2023, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio
del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE
DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

Documento

C I T A Y E M P L A Z A

Al señor CARLOS HUMBERTO FERNÁNDEZ ORTEGA (C.C. 1.061’088.755) y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Carrera 10 No. 12-15 piso 6, barrio Centro Palacio de Justicia de Santiago de Cali; teléfono: 6028986868 cel. 3207646563; correo electrónico: j03pctoespextdcali@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado No. 76-001-31-20-003-2024-00058-00 (2022-00154 E.D.), adelantado por la FISCALÍA 17 DEEDD DE BOGOTÁ, en donde se tiene como afectado(s) a a(s) persona(s) referida(s)
anteriormente.

Lo anterior, dado que el 08 DE OCTUBRE DE 2023, conforme al artículo 40 de la Ley 1849 de 2017, modificatorio del artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, se ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE DOMINIO del proceso referido, siendo el (los) bien(es) objeto de la pretensión, el (los) siguiente(s):

07 de noviembre de 2025Documento

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Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

KARINA RUIZ ROJAS CON C.C. 1.018.449.770, R.P. DE LA COMERCIALIZADORA KAYSSER, LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS (POSEEDORES, ACREEDORES —HIPOTECARIOS O PRENDARIOS—, PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS CON DERECHOS LITIGIOSOS Y CUALQUIER OTRO SUJETO QUE ALEGUE INTERÉS LEGÍTIMO SOBRE EL BIEN), para que comparezcan a través de algún medio idóneo o de manera personal al Centro de Servicios Administrativos de estos Juzgados, a fin de que tengan la posibilidad de valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 05-2024-00064-00 (202300372 E.D.), a cargo del Juzgado Quinto Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 28 de julio de 2024 se avocó el conocimiento de dicho proceso, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados, estos son: bien inmueble FMI. 50C-11215593, Ubicación Calle 12 # 10-40. (Dirección catastral) Bogotá, propietario COMERCIALIZADORA KAYSSER C.K. SAS.

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO

De conformidad con el Art. 140 Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A:

BANCO FINANDINA S.A BIC., BANCO DE OCCIDENTE, BANCO DAVIVIENDA, TOYOTA FINANCIAL SERVICE COLOMBIA, LUIS MIGUEL CHAPARRO ACUÑA, ÁNGELA MARCELA BRAVO MEDINA. FABIAN MIGUEL CHAPARRO MATEUS, PAOLA PATRICIA BRAVO MEDINA, MAYRETH ASTRID CRUZ ROSADO, BLANCA OLIVIA CARVAJAL BARBOSA, , LOS HEREDEROS, LOS TITULARES DE DERECHOS, ACREEDORES, LOS TERCEROS E INDETERMINADOS, para que se dirijan a notificarse a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, a fin de que tengan la posibilidad de valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado número 2024-079-3 (202300347 ED.), a cargo del Juzgado Tercero Especializado de Extinción de Dominio del Circuito de Bogotá, que mediante auto de 9 de septiembre de 2024 se avocó el conocimiento de dicho proceso, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados, estos son:

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO No. 2025EE15

Calle 36 No. 29 – 35/45, piso 2, barrio San Isidro (Diagonal a la Casa del Deportista) – Villavicencio, Meta. Tel: 608 6628085 / Cel: 3181977420. Correo electrónico: jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co La suscrita secretaria del Juzgado Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Villavicencio, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 23 DE OCTUBRE DE 2025 y, de conformidad con lo consagrado en el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022,

C I T A Y E M P L A Z A

A los TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN y a los TERCEROS INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Juzgado (ubicado en la Calle 36 No. 29 -35/45 piso 2, barrio San Isidro de Villavicencio; celular: 3181977420; teléfono: 6086628085; correo electrónico:
jpctoespextdvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co) y hagan valer sus derechos dentro del proceso de extinción de dominio con radicado 50-001-31-20-001-2025-00010-00 (Rad. Fiscalía 2024-00315 E.D.), promovido por la FISCALÍA SESENTA Y SIETE (67) ESPECIALIZADA DEEDD DE VILLAVICENCIO, en donde se encuentra vinculada EDITH CORDOBA HERRERA (C.C. 52.840.685) y ROSALBA HERRERA GUERRERO (C.C. 21.202.773).

06 de noviembre de 2025Documento

Documento

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EDICTO EMPLAZATORIO

(Artículo 140 de la Ley 1708 de 2014)
RADICADO No. 54-001-31-20-001-2023-00131-00
(Radicado Fiscalía No. 110016099068202200550 E.D.)

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER CITA Y EMPLAZA:

A Granja Agrícola Avidíaz SAS, el establecimiento de comercio Granja Avidíaz Lote 2, de propiedad de Fredy Diaz Peñaranda, Elvira Villamizar, Elvira Colobón de Guerrero, Predio el Paluján, Predios el Corozal Lotes 2, J6, J7, J8, J9, J10, K6, K7, K8, K9 y K10 y a la sociedad Promotora de la Frontera S.A.,QUIEN FIGURA COMO TITULAR DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES INMUEBLES objeto de la acción de extinción de dominio, de acuerdo con el certificado de libertad y tradición expedido por la Oficina de
Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta y los organismos de tránsito respectos del Departamento Norte de Santander, así como a LOS TERCEROS INDETERMINADOS que se crean con algún derecho sobre los bienes, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 54-001-31- 20-001-2023-00131-00 (Rad. FGN 110016099068202200550 ED Fiscalía 36 E.D.), en el que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE CÚCUTA – NORTE DE SANTANDER, mediante auto de fecha 17 de Octubre de 2025 y de conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 137 de la Ley 1708 de 2014 modificados por los artículos 9 y 40
de la Ley 1849 de 2017, ADMITIÓ LA DEMANDA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, con fundamento en la DEMANDA, presentada por la Fiscalía 36 adscrita a la Dirección de Fiscalía Nacional Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, respecto de los bienes que se identifican así:

04 de noviembre de 2025Documento

Documento

EDICTO EMPLAZATORIO.

Artículo 140 Código de Extinción de Dominio, modificado por el Art. 11 de la Ley 2195 de 2022

La suscrita SECRETARIA del juzgado CITA Y EMPLAZA a:
A los TERCEROS INDETERMINADOS para que comparezcan a este Juzgado ubicado en el Palacio de Justicia de Pereira ubicado en la calle 41 entre carreras 7 y 8, torre A, piso -1 o se comuniquen al correo electrónico j02pctoespextdper@cendoj.ramajudicial.gov.co con el fin de hacer valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio con radicado No. 66001-31-20-002-2025-00004-00 (E.D. 11001-60-99-068-2024-00476) siendo los afectados FANOR RÍOS FLÓREZ, LA TRANSPORTADORA JCM
S.A.S EN LIQUIDACIÓN y LA SOCIEDAD ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO AUTOMOTOR REPONER S.A.

Se les informa que mediante auto del veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025) se ordenó el EMPLAZAMIENTO dispuesto en el artículo 140 del Código de Extinción de Dominio,
modificado por el artículo 11 de la Ley 2195 de 2022. En el mencionado proceso figuran afectados los
siguientes bienes:
04 de noviembre de 2025Documento
EDICTO EMPLAZATORIO.

Art. 140 Ley 1708 de 2014. El Suscrito secretario del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Barranquilla.

CITA Y EMPLAZA

a los señores MAURICIO ALVAREZ PLAZA quien se identifica con la CC 94.477.214, a la señora ALEXA VALENCIA PIZARRO quien se identifica con la CC 31.657.263 y a la señora EVELYN BUITRAGO SANCHEZ identificada con la CC 41.961.686, así como A LOS DEMÁS TITULARES DE DERECHOS SOBRE LOS BIENES OBJETO DE LA PRESENTE ACCIÓN Y A LOS TERCEROS INDETERMINADOS QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL MISMO, para que comparezcan a este Juzgado y hagan valer sus derechos dentro del proceso de Extinción de Dominio No. 0800131200012023-00057-00 (Rad. Fiscalía 2023-00286 E.D.),siendo afectados los señores MAURICIO ALVAREZ PLAZA y OTROS, dando cumplimiento a lo ordenado en el auto del 16 de febrero de 2024 que ADMITIÓ LA DEMANDA de la acción de extinción de dominio y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley 1708 de 2014, en donde resultaron afectados los siguientes bienes: inmueble con matrícula inmobiliaria 060-120239, del círculo registral de Cartagena-Bolívar, tipo de predio urbano ubicado en Cartagena siendo el propietario el señor RAÚL LOPEZ OBREGÓN.

31 de octubre de 2025Documento