La Fiscalía General de La Nación logró que Reinel Castro Manchola fuera condenado a 13 años y 6 meses de prisión, luego de que fuera hallado responsable de atentar contra la vida de una mujer en estado de embarazo en Neiva (Huila).
El hecho se registró el 4 de julio de 2017, cuando el hombre le ofreció a la víctima, compañera de trabajo, una avena que contenía una sustancia tóxica (organofosforado).
Mientras esperaba el bus para trasladarse a su vivienda, la mujer la ingirió y la compartió con un vigilante del condominio.
Seguidamente convulsionó y el hombre se desmayó. Ambos fueron trasladados a un centro de salud donde fueron atendidos de manera oportuna. Ella, sin embargo, perdió al bebé.
La contundencia de las pruebas recopiladas por la Fiscalía fueron determinantes para que un juez con funciones de conocimiento dictara sentido del fallo condenatorio en contra de Castro Manchola como culpable de los delitos de doble homicidio tentado y parto o aborto preterintencional.
El hombre además deberá pagar una multa de 8.88 salarios mínimos legales vigentes. Durante la audiencia el juez ordenó la captura inmediata del procesado.
Esta decisión es de primera instancia y sobre ella proceden los recursos de ley.
La Fiscalía habla con resultados
LMGM/CFG/DFHI/DSH
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Etiquetas: sentencia, justicia, aborto, homicidio tentado, Neiva, Huila.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.