Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario en contra de John Jairo Ospina Guzmán, quien sería responsable de la tentativa de feminicidio agravada de la que fue víctima su ex compañera sentimental en hechos ocurridos en febrero de este año en Coello (Tolima).

En la imagen se ve una persona detenida bajo custodia de un integrante del CTI de la Fiscalía y otro de la Policía Nacional. Detrás suyo un backing institucional.
Este hombre fue capturado en cumplimiento a la orden judicial que pesaba en su contra por tentativa de feminicidio contra su ex pareja.

Una fiscal adscrita a la Unidad de Vida de la Seccional Tolima le imputó cargos por los hechos ocurridos el 18 de febrero de 2024, cuando el indiciado habría interceptado a la mujer mientras se desplazaba con dos personas en vía pública, siendo atacada con arma blanca en repetidas ocasiones en los brazos, por lo que tuvo que ser trasladada a un centro asistencial. El imputado no aceptó su responsabilidad.

En el casco urbano del corregimiento de Chicoral de El Espinal (Tolima), personal de Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con apoyo de la policía capturaron al hombre de 31 años.

Ospina Guzmán será trasladado a la cárcel Picaleña de Ibagué (Tolima), donde permanecerá privado de la libertad mientras continúa la investigación.

Esta información se publica por razones de interés general.

PAAM/LMFO/GPS/AMBV/DST

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.