Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación fueron enviados a centro carcelario cuatro hombres que, en eventos diferentes, se habrían hecho pasar como integrantes de grupos armados ilegales para realizar exigencias económicas a comerciantes, empresarios, agricultores y ganaderos en municipios del sur y oriente de Meta, entre 2025 y 2026.

Inicialmente, Javier Alcides Abril García y Dumar Sánchez Flórez fueron imputados por los delitos de concierto para delinquir y extorsión, las dos conductas agravadas; además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos, cargos que no fueron aceptados.

Estas personas haciéndose pasar como integrantes de un grupo criminal con presencia en Mapiripán, Puerto Concordia (Meta) y San José del Guaviare (Guaviare), habrían citado a los habitantes de zonas veredales para exigirles supuestos aportes para no ser declarados objetivos militares.

Los investigados fueron capturadas en una diligencia de allanamiento y registro adelantada por uniformados de la Policía Nacional en una vivienda del barrio Sosiego de Villavicencio (Meta).

De otra parte, fueron judicializados Camilo Esteban Moreno Rincón y Carlos Andrés Chaparro Peña, por su presunta responsabilidad en realizarles exigencias económicas ilegales a propietarios de hoteles del área rural de Puerto Gaitán (Meta).

Estas personas fueron imputadas por los delitos de concierto para delinquir y extorsión agravada, cargos que no aceptaron.

 

PYMP/AMCJ/WABI/DSM

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.