Se trata de alias Chipilín, uno de los señalados sicarios; y de alias Gato, que habría vigilado previamente a las víctimas y alertado sobre el momento en el que debía ejecutarse el crimen.
Los elementos de prueba obtenidos por la Fiscalía General de la Nación como parte del proceso investigativo que se sigue por el ataque armado que dejó cuatro personas muertas y siete más heridas, el 29 de enero del 2023, en Barranquilla (Atlántico), permitieron judicializar a dos presuntos integrantes de la organización delincuencial ‘Los Costeños’ que habrían participado en el homicidio colectivo.
Uno los posibles implicados fue identificado como Libardo Elías Navarro Cárdenas, alias Chipilín, quien sería uno de los hombres que ingresó a un establecimiento de comercio del barrio Santuario y disparó en contra de los ocupantes que observaban un partido de fútbol. El otro es Andrés Felipe Pacheco Caicedo, alias El Gato, señalado de realizar las vigilancias previas a las víctimas para indicar el momento preciso en el que debía ejecutarse la acción sicarial.
Una fiscal de la Dirección de Apoyo Territorial (DAT) presentó a ‘Chipilín’ y ‘El Gato’ ante un juez de control de garantías y les imputó los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio, concierto para delinquir; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
Los investigados no aceptaron los cargos y deberán cumplir medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.
Por este crimen fue judicializado y permanece privado de la libertad Luis Miguel Cotes Alarcón, alias Chicho. El proceso en su contra avanza en etapa de juicio oral.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.