En diligencias indagatorias llevadas a cabo por el fiscal del caso, Rodrigo Tovar Pupo aceptó su participación en el homicidio del docente.
La Fiscalía General de la Nación cuenta con suficiente material probatorio para establecer que Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, entre otros, habían participado en el homicidio del decano de la Universidad de Magdalena, Roque Alfonso Morelli Zarate, en hechos ocurridos en 5 de septiembre de 2002 en Santa Marta (Magdalena).
La investigación determinó que el asesinato del docente de la UniMagdalena fue cometido por integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) pertenecientes al Bloque Norte de las Autodefensas – Bloque Resistencia Tairona, que delinquían en Santa Marta, que para la época del suceso, estaba comandado Rodrigo Tovar Pupol, alias Jorge 40.
En diligencias indagatorias llevadas a cabo por el fiscal del caso, alias Jorge 40 aceptó su participación en el homicidio de Morelli Zarate.
Por otra parte, también la Fiscalía dispuso vincular a Salvatore Mancuso, como autor mediato del homicidio del vicerrector de la Universidad del Magdalena, Julio Alberto Otero Muñoz, sucedido el 14 de mayo de 2001, teniendo en cuenta las incriminaciones realizadas por ‘Jorge 40’ en contra de Salvatore Mancuso.
Un fiscal adscrito a la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos dictó resolución de acusación a Rodrigo Tovar Pupo por los delitos de delitos contra la vida y la integridad personal. Los cargos fueron considerados como crimines de lesa humanidad.
Esta decisión está fundamentada en la Ley 600 de 2000. La providencia fue enviada a los juzgados penales del circuito especializado de Santa Marta (Magdalena) donde se desarrollará la etapa de juzgamiento.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
JMSV/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.