La víctima recibió una incapacidad médico legal de 25 días y continúa hospitalizada.

La Fiscalía General de la Nación obtuvo medida de aseguramiento en centro de reclusión para el hombre de 21 años, presuntamente responsable del delito de violencia intrafamiliar agravada.

Un fiscal de la Unidad de Reacción Inmediata (URI) evidenció que los hechos ocurrieron el pasado viernes, 26 de abril, en la vereda Los Gómez del municipio de Itagüí (Antioquia). Ese día el investigado, al parecer, golpeó en varias oportunidades al niño. La agresión se habría cometido con un objeto contundente. 

Hombre de 21 años enviado a la cárcel por golpear a su hijastro.
Hombre de 21 años enviado a la cárcel por golpear a su hijastro.

Información en poder de la Fiscalía determinó que los maltratos se cometieron mientras el menor de 3 años estaba a solas con el investigado, pues la madre de la víctima se encontraba laborando.

Inicialmente, el presunto agresor habría manifestado que el niño había sido golpeado por su hermanito de 5 años. Sin embargo, las labores de Policía judicial evidenciaron que el menor fue agredido por orinarse en la cama.

Los golpes generaron al menor una incapacidad médico legal provisional de 25 días y en la actualidad continúa recibiendo atención médica en un centro asistencial.

El procesado fue conducido a un Centro de Paso Temporal para evitar que fuera agredido por la comunidad. Horas después fue capturado por orden judicial y llevado ante el juez de garantías.  El hombre rechazó su responsabilidad en cuanto al cargo imputado.

 

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

LFML/MAGA/CD/DSM

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.