Al acoger la solicitud de una fiscalía local del Centro de Atención Integral e Investigación contra la Violencia Intrafamiliar (CAVIF), un juez penal de Pasto formuló medida de aseguramiento contra un hombre en establecimiento carcelario por el delito de violencia intrafamiliar agravada.
La investigación determinó que los hechos ocurrieron entre el 18 y 19 de noviembre de 2023 en el barrio Niza de esta capital, cuando la víctima, quien se disponía abordar el transporte para regresar a su casa, fue interceptada por el presunto agresor, quien la maltrató verbalmente, exigiéndole retomar la relación.
El imputado habría seguido a su excompañera y decidió llevarla hasta su casa, insistiéndole que regresara a su lado.
Al día siguiente, 19 de noviembre, en su casa, el presunto agresor continuó con sus insultos y empezó a agredirla propinándole presuntamente golpes en su rostro y en diferentes partes del cuerpo. La mujer empezó a pedir auxilio aprovechando la presencia de varios vecinos del sector, lo que obligó al hombre a abandonar el inmueble y emprender la fuga en su motocicleta.
Presentada la denuncia por la fiscalía, fue emitida la orden de captura que fue cumplida por funcionarios del CTI y uniformados de la Policía Nacional, quienes trasladaron a Giovanny Darío Cuarán hasta la URI, donde fue indagado por un fiscal.
Durante las audiencias concentradas, el imputado no aceptó los cargos.
La Fiscalía habla con resultados.
JGPV/FAGH/JPGG/DSN
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.