La evidencia obtenida da cuenta de que habría participado en la constitución de una empresa para, supuestamente, ocultar algunos bienes que pertenecerían a su mamá. 

Un fiscal de la Dirección Especializada contra el Lavado de Activos imputó a Aida Victoria Merlano Manzaneda como presunta responsable del delito de enriquecimiento ilícito de particulares, en cuantía superior a 3.200 millones de pesos.

En audiencia no presencial realizada ante un juez de control de garantías de Barranquilla (Atlántico), la Fiscalía reveló que la procesada habría participado en un entramado ilegal que le permitió constituir, en 2019, una empresa dedicada a la ingeniería, la arquitectura y el urbanismo.

Según la investigación, esta compañía nunca cumplió ni realizó las actividades por las cuales fue creada y registrada. Adicionalmente, se estableció que Merlano Manzaneda, al parecer, no tenía los recursos suficientes para crearla ni contaba con el historial crediticio y no tenía bienes que le generaran ingresos para apalancar los movimientos financieros que sustentaba.

El material de prueba da cuenta de que la hoy procesada se involucró en la constitución de esta empresa para, supuestamente, ocultar nueve inmuebles que pertenecerían a su señora madre, la excongresista Aida Merlano Rebolledo, cuyo avalúo superaría los 2.900 millones de pesos. De esta manera habría intentado evitar que las autoridades los detectaran.

Aida Victoria Merlano Manzaneda no aceptó el cargo formulado por la Fiscalía.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados. 

 

 

 

MAGA/JARG/CEVS/DECLA

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.