El defensor es señalado de ofrecer 10.000 millones de pesos y 3.000 millones de pesos a Olmedo de Jesús López y Sneyder Pinilla Álvarez, respectivamente, para que se retractaran de los señalamientos en contra de otras personas, y así evitar que fueran vinculadas a las investigaciones.

La Fiscalía General de la Nación imputó el delito de soborno en la actuación penal al abogado Édgar Eduardo Riveros Rey, por su presunta responsabilidad en el ofrecimiento de dinero a dos exdirectivos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) para que se retractaran de varios señalamientos hechos por las irregularidades de contratación en la entidad.

Las evidencias recopiladas indican que, el pasado 26 de julio, el hoy procesado contactó al defensor del exsubdirector del Manejo del Riesgo de la UNGRD, Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, y le propuso un acercamiento para que lo ayudara a concretar una negociación con la Fiscalía.

Luego de esta comunicación, se realizaron cuatro encuentros. En uno registrado en un hotel del occidente de Bogotá, Riveros Rey le habría ofrecido a Sneyder Augusto Pinilla 3.000 millones de pesos o el 5% del valor total de un contrato en la UNGRD, a cambio de que modificar su declaración ante la Fiscalía y no inculpar otros involucrados en el entramado de corrupción.

En otra de las reuniones, el 31 de julio del año en curso, el abogado presuntamente manifestó que estaba en condiciones de entregar 10.000 millones de pesos a Olmedo López, para que también se retractara de las afirmaciones contra otros exfuncionarios de la UNGRD, de tal manera que no fueran vinculados a las investigaciones penales.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

 

 

LMFO/JARG/NHLS/HBA/UFDCSJ.

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.