Es señalado de atacar a la víctima en su lugar de residencia, y de escapar con dinero y otros elementos de valor.

manera conjunta por el CTI y la Policía Nacional.
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Juan Estevan Vargas Guzmán, alias El Mono, como presunto responsable del crimen de un comerciante e integrante de la población LGBTIQ+ en la Comuna 13 de Medellín (Antioquia), el pasado 1 de febrero.
Las actividades de policía judicial realizadas por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) permitieron conocer que el señalado agresor, al parecer, ingresó con la víctima a su lugar de residencia, ubicada en el barrio San Javier, y la atacó con arma cortopunzante hasta causarle la muerte.
Posteriormente, habría salido del inmueble usando un casco del comerciante y llevándose dinero en efectivo, joyas, celulares de gama alta y una motocicleta. El hurto fue avaluado en algo más de 70 millones de pesos.
En ese sentido, un fiscal de la Seccional Medellín imputó a Vargas Guzmán los delitos de homicidio y hurto calificado, las dos conductas agravadas. Los cargos no fueron aceptados.
Alias El Mono fue capturado en una diligencia de registro y allanamiento realizada de manera conjunta por el CTI y la Sijin de la Policía Nacional en el sector La Avanzada. En el procedimiento fueron encontrados artículos que pertenecerían a otras personas víctimas de robos.
NAMT/ESOO/AMCJ/JARG/DSM/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.