A este señalado integrante del ELN también se le atribuye la compra de hoja de coca a los cultivadores de la región, y el cobro de extorsiones a comerciantes y ganaderos.

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Yarleison de Jesús Pérez Mira, alias Cantinflas, posible integrante de la autodenominada estructura ‘Héroes de Taraza’ del ELN, responsable de múltiples acciones criminales en el bajo Cauca antioqueño.

Este hombre habría participado en varios actos terroristas, especialmente en la quema de vehículos de carga y de pasajeros en la Troncal del Caribe, a la altura de Tarazá y Valdivia.

Los elementos de prueba dan cuenta de que, al parecer, también les vendía precursores químicos y les prestaba dinero a los cultivadores de coca de la región, a quienes posteriormente les compraba la hoja. Asimismo, sería uno de los principales articuladores del cobro de extorsiones a comerciantes, contratistas, transportadores y ganaderos para permitirles ejercer su actividad económica.

Alias Cantinflas fue capturado en una acción conjunta de la Fiscalía, la Policía Nacional y el Ejército Nacional, en vía pública de Medellín (Antioquia).

Un fiscal de la Dirección Especializada contra la Organizaciones Criminales le imputó los delitos de rebelión y concierto para delinquir agravado con fines de tráfico de estupefacientes, terrorismo y extorsión. Los cargos fueron aceptados por el procesado, que deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario. Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

 

JMSV/JARG/JARG/DECOC/MRC

 

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.