La Fiscalía General de la Nación considera que una persona es defensora de derechos humanos cuando directa o indirectamente, de manera individual o colectiva, impulse o ejerza actividades de promoción y protección de derechos humanos reconocidos a nivel nacional o internacional.

Para la Fiscalía la condición de persona defensora de derechos humanos no está ligada a un cargo al interior de una organización o a tener determinada profesión, la condición de defensor de derechos humanos se adquiere por el ejercicio de actividades de defensa de derechos humanos de acuerdo con lo establecido con la Declaración de Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos.

Los defensores de derechos humanos realizan múltiples actividades que están relacionadas con la promoción y protección de derechos humanos. Algunas de ellas son las siguientes:

  • Denunciar violaciones a derechos humanos por parte de terceros o de agentes del Estado.
  • Divulgar los mecanismos de participación ciudadana.
  • Fomentar, desde diferentes roles, la creación y subsistencia de organizaciones sociales, campesinas, indígenas, afrodescendientes, de víctimas y de mujeres, entre otras.
  • Promover medidas para el acceso progresivo a derechos económicos, sociales y culturales.
  • Promover y participar en los espacios definidos en el Acuerdo Final Para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
  • Acompañar o asesorar a víctimas para el acceso a mecanismos de verdad, justicia y reparación.

Los defensores participan en la promoción, defensa o protección de los derechos humanos reconocidos, bien sea civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, derechos colectivos o, inclusive, nuevos derechos cuya formulación aún se discute.

La Fiscalía General de la Nación reconoce el papel fundamental que ejercen las personas defensoras en favor de la vigencia del Estado Social de Derecho, la participación democrática y los derechos humanos de los demás. Es por esto que la entidad, desde el año 2016, diseñó y está desarrollando una estrategia específica para la investigación y judicialización de los delitos cometidos en contra de quienes defienden derechos humanos.

La estrategia de la Fiscalía General de la Nación cuenta con ocho líneas de acción que están descritas en la página web de la entidad: Defensores de derechos humanos

No, la Fiscalía reconoce y valora el trabajo realizado por la multiplicidad de actores involucrados en el seguimiento a la situación de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia. La entidad sigue con total rigor los reportes de organizaciones internacionales, como la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos; por instituciones del Estado, como la Defensoría del Pueblo; y por organizaciones de la sociedad civil, como la Coordinación Social y Política Marcha Patriótica, Cumbre Agraria, Somos Defensores, Indepaz, entre otros. La entidad investiga todos los homicidios reportados por estas fuentes. 

El mayor porcentaje de homicidios contra defensores de derechos humanos ocurre en el sector rural y en algunas zonas en las que el acceso está limitado por condiciones geográficas o por cuestiones relacionadas con la seguridad y el orden público. No obstante, la Fiscalía tiene dispuestas unidades itinerantes para atender, en tiempo real, los homicidios que ocurran en cualquier región del país.

Para llegar a estas zonas, en un amplio porcentaje, la entidad se articula con la Fuerza Pública (Policía Nacional, Ejército, Armada). La colaboración de estas instituciones ha sido vital para garantizar la seguridad de los funcionarios de la Fiscalía que procesan la escena del crimen, realizan los actos urgentes y aseguran el material probatorio.

Con el fin de responder a las necesidades de justicia de las comunidades en los territorios, la Unidad Especial de Investigación, creada por el Acuerdo Final de Paz con el objetivo fundamental de desmantelar las organizaciones criminales responsables de delitos contra defensores de derechos humanos y judicializar prioritariamente a los determinadores de estas conductas, hace presencia en 18 departamentos.

Esta Unidad aplica un enfoque investigativo que reconoce como primera hipótesis que el hecho delictivo se dio en razón al rol de defensor de derechos humanos de la víctima, así como una metodología consistente en (i) la elaboración de análisis criminales con vocación de impulso procesal, (ii) la realización de informes de caracterización victimológica para casos individuales y asociación de casos, (iii) la identificación de personas externas a las organizaciones criminales que contribuyen con ellas y (iv) el análisis de estos datos en el Centro Estratégico de Información, todo lo cual permite abordar de manera organizada y con una perspectiva de macro criminalidad la situación de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia.

Esta metodología ha hecho que la Unidad se organice en 6 regiones en las que se identificaron 5 situaciones de macro criminalidad con las siguientes características: (i) Economías lícitas e ilícitas explotadas por organizaciones criminales, (ii) Carencia de la implementación del Acuerdo Final de Paz, (iii) Vigencia de procesos comunitarios civiles que promueven la autonomía del territorio, (iv) Zonas en las que se aplican los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y (v) Regiones en las que existen AETCR (Antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación) y nuevas áreas de reincorporación.

En primer lugar, la metodología de la Unidad Especial parte de la asociación de casos, situaciones y fenómenos criminales que permiten priorizar algunas afectaciones atribuibles a estos grupos armados. El análisis desde una perspectiva global permite comprender que la persecución que sufren las personas defensoras de derechos humanos no corresponde a hechos aislados, sino que es producto de decisiones conscientes de los actores armados ilegales que se sienten amenazados por la valiente labor de denuncia que realizan los líderes y las líderesas sociales, así como los defensores y defensoras de Derechos Humanos y la población firmante del Acuerdo Final de Paz.

En segundo lugar, la metodología se sustenta en la construcción de una adecuada caracterización victimológica que tenga en cuenta elementos del análisis criminal que afecta la labor de defensa de derechos humanos que ejercía la persona defensora asesinada. El estándar internacional de la debida diligencia supone que la víctima sea el centro de la actuación de la Fiscalía. Por esto, la investigación de delitos contra defensores asume que el hecho ocurrió por la labor de defensa de derechos humanos que ejercía la víctima en consideración a i) su rol como líder o lideresa social, (ii) la agenda de derechos humanos que promovía, (iii) el riesgo al que se enfrentaba en determinados territorios y (iv) el impacto desproporcionado del delito en la comunidad a la que pertenecía la persona defensora de derechos humanos. Todos estos elementos hacen parte del protocolo de caracterización victimológica construido por la Unidad Especial de Investigación.

En tercer lugar, la delimitación de las situaciones regionales está enfocada en la identificación de los determinadores u otros participes de las conductas que no necesariamente están al interior de la organización criminal y que podrían ser terceros, agentes del Estado o financiadores.

Finalmente, la metodología de la Unidad concentra los elementos materiales probatorios, la evidencia física y los resultados del análisis criminal en el Centro Estratégico de Información. Este ejercicio permite (i) identificar las zonas en las que se ejerce mayor violencia contra las personas defensoras de derechos humanos, (ii) identificar el modo en el que operan las organizaciones criminales responsables de estas conductas y (iii) facilita la construcción de líneas lógicas de investigación de acuerdo con el estándar internacional de la debida diligencia aplicable al abordaje de este tipo de violaciones a los derechos humanos. Adicionalmente, estos análisis pueden servir como un insumo aportado por la Fiscalía General de la Nación a las autoridades competentes, para que adopten decisiones en materia de política criminal, anticipen y mitiguen el riesgo que generan los actores armados.

Es preciso señalar que el delito de amenazas, a diferencia de otros delitos, tiene complejidades particulares, dadas por la multiplicidad de sujetos procesales (víctimas y/ o victimarios), el gran número de hechos, el paso del tiempo entre el conocimiento de la amenaza y la denuncia a la Fiscalía, la dificultad en la recolección del material probatorio, dada la multiplicidad de medios en los que se materializa: redes sociales, llamadas telefónicas, mensajes de texto, panfletos, sufragios, etc.

Con el fin de cumplir con el estándar de la debida diligencia, se ejecutaron acciones estratégicas que tienen en cuenta los desafíos identificados, entre ellas: contar con una metodología para la investigación de amenazas que tenga en cuenta sus diferentes modalidades de comisión, contar con un equipo disponible 24 horas al día los 7 días de la semana para responder a actos urgentes y así actuar de manera inmediata una vez cometidos los hechos, así como contar con un grupo que coordine la investigación de esta conducta con las diferentes seccionales del país.

Este grupo nacional fue creado mediante la resolución 0-775 de 2021, está adscrito a la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos y cuenta con fiscales e investigadores exclusivos para la atención de amenazas contra líderes sociales. Entre otras tareas y en el marco de la misionalidad de la entidad, le corresponde gestionar las medidas de protección requeridas por las víctimas en casos de extrema gravedad y urgencia.

Así también, para la recepción de amenazas contra defensores de derechos humanos se crearon mecanismos que funcionan las 24 horas del día: línea de atención 3506011181, centro de contacto122 y el correo electrónico recepción.amenazas@fiscalia.gov.co.

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