Con el fin de responder a las necesidades de justicia de las comunidades en los territorios, la Unidad Especial de Investigación, creada por el Acuerdo Final de Paz con el objetivo fundamental de desmantelar las organizaciones criminales responsables de delitos contra defensores de derechos humanos y judicializar prioritariamente a los determinadores de estas conductas, hace presencia en 18 departamentos.
Esta Unidad aplica un enfoque investigativo que reconoce como primera hipótesis que el hecho delictivo se dio en razón al rol de defensor de derechos humanos de la víctima, así como una metodología consistente en (i) la elaboración de análisis criminales con vocación de impulso procesal, (ii) la realización de informes de caracterización victimológica para casos individuales y asociación de casos, (iii) la identificación de personas externas a las organizaciones criminales que contribuyen con ellas y (iv) el análisis de estos datos en el Centro Estratégico de Información, todo lo cual permite abordar de manera organizada y con una perspectiva de macro criminalidad la situación de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia.
Esta metodología ha hecho que la Unidad se organice en 6 regiones en las que se identificaron 5 situaciones de macro criminalidad con las siguientes características: (i) Economías lícitas e ilícitas explotadas por organizaciones criminales, (ii) Carencia de la implementación del Acuerdo Final de Paz, (iii) Vigencia de procesos comunitarios civiles que promueven la autonomía del territorio, (iv) Zonas en las que se aplican los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y (v) Regiones en las que existen AETCR (Antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación) y nuevas áreas de reincorporación.
En primer lugar, la metodología de la Unidad Especial parte de la asociación de casos, situaciones y fenómenos criminales que permiten priorizar algunas afectaciones atribuibles a estos grupos armados. El análisis desde una perspectiva global permite comprender que la persecución que sufren las personas defensoras de derechos humanos no corresponde a hechos aislados, sino que es producto de decisiones conscientes de los actores armados ilegales que se sienten amenazados por la valiente labor de denuncia que realizan los líderes y las líderesas sociales, así como los defensores y defensoras de Derechos Humanos y la población firmante del Acuerdo Final de Paz.
En segundo lugar, la metodología se sustenta en la construcción de una adecuada caracterización victimológica que tenga en cuenta elementos del análisis criminal que afecta la labor de defensa de derechos humanos que ejercía la persona defensora asesinada. El estándar internacional de la debida diligencia supone que la víctima sea el centro de la actuación de la Fiscalía. Por esto, la investigación de delitos contra defensores asume que el hecho ocurrió por la labor de defensa de derechos humanos que ejercía la víctima en consideración a i) su rol como líder o lideresa social, (ii) la agenda de derechos humanos que promovía, (iii) el riesgo al que se enfrentaba en determinados territorios y (iv) el impacto desproporcionado del delito en la comunidad a la que pertenecía la persona defensora de derechos humanos. Todos estos elementos hacen parte del protocolo de caracterización victimológica construido por la Unidad Especial de Investigación.
En tercer lugar, la delimitación de las situaciones regionales está enfocada en la identificación de los determinadores u otros participes de las conductas que no necesariamente están al interior de la organización criminal y que podrían ser terceros, agentes del Estado o financiadores.
Finalmente, la metodología de la Unidad concentra los elementos materiales probatorios, la evidencia física y los resultados del análisis criminal en el Centro Estratégico de Información. Este ejercicio permite (i) identificar las zonas en las que se ejerce mayor violencia contra las personas defensoras de derechos humanos, (ii) identificar el modo en el que operan las organizaciones criminales responsables de estas conductas y (iii) facilita la construcción de líneas lógicas de investigación de acuerdo con el estándar internacional de la debida diligencia aplicable al abordaje de este tipo de violaciones a los derechos humanos. Adicionalmente, estos análisis pueden servir como un insumo aportado por la Fiscalía General de la Nación a las autoridades competentes, para que adopten decisiones en materia de política criminal, anticipen y mitiguen el riesgo que generan los actores armados.