El fallo fue proferido por la apelación que presentó la Fiscalía General de la Nación.
En mayo de 2017, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bello (Antioquia) sentenció a 18 años de prisión a Alejandro Zapata Ramírez, por el homicidio de A.G.D., una joven de 27 años de edad, pero lo absolvió por la muerte violenta y abuso sexual de D.S.E.A., una amiga de esta, de 52 años de edad.
Ambas mujeres murieron el 4 de septiembre de 2015 en un inmueble del barrio Prado del municipio de Bello. Sus cuerpos fueron hallados tres días después en avanzado estado de descomposición y con signos de violencia. La primera de ellas falleció por trauma cráneo encefálico y la segunda por sofocación.
Luego de notificarse del fallo de primera instancia, la Fiscalía apeló la decisión por considerar que existía material probatorio suficiente para condenar al procesado por ambas muertes y el doble abuso sexual.
La sala penal de la corporación judicial acogió los argumentos presentados por el ente investigador y elevó la sentencia a 40 años de prisión contra Zapata Ramírez, como coautor del feminicidio agravado de la señora mayor y el acceso carnal violento de ambas víctimas.
El fallo de segunda instancia aclara también que el delito cometido por la muerte violenta de la primera, es un feminicidio y no un homicidio como se dijo en la sentencia inicial.
LFML/DLBM