Se estableció además que hubo un presunto sobrecosto de $134.317.557.

Por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros, la Fiscalía imputó cargos al alcalde de Puerto Rico (Caquetá), Hernán Armando Bravo Molina, y a su secretario de Desarrollo Social, Reyes Castañeda Silva, por posibles irregularidades detectadas en un contrato de suministro, que según los peritos de la Unidad de Administración Pública del CTI, la modalidad elegida no fue la apropiada.

De igual manera fue imputado el contratista Carlos Arturo Llanos Torres por el delito de peculado por apropiación en provecho propio.

Se trata del contrato de suministro N° 008 del 29 de junio de 2016, el cual tenía por objeto el “suministro de alimentos, mobiliario, equipo de menaje, materiales de construcción, ferretería y demás elementos de dotación de las instituciones educativas, Policía Nacional, Alcaldía Municipal y hogares comunitarios del municipio de Puerto Rico (Caquetá), por valor de $1.086’940.836.

La modalidad elegida fue la de selección abreviada por causal de bienes de características técnicas uniformes y de común utilización, que para los investigadores no fue la adecuada, pues debió realizarse por licitación pública, siendo esta una de las falencias detectadas en la etapa precontractual.

En su análisis consideraron los peritos que el estudio de mercado fue insuficiente; el pliego de condiciones estaba direccionado al contratista porque establecieron requisitos en relación a la experiencia específica que sólo él cumplía. Es decir, se limitó la pluralidad de oferentes y además no se publicarpon en la página del Secop (Sistema Electrónico de Contratación Pública) varias etapas del proceso contractual, vulnerando de esta manera los requisitos de planeación, selección objetiva, transparencia y publicidad.

Asimismo, se estableció que hubo un presunto sobrecosto en los elementos que conforman el objeto del contrato en la suma de $134.317.557.

Ninguno aceptó los cargos imputados por el ente acusador.

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.

 

PAAM/DLBM