Acogiendo los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, un juez con funciones de control de garantías impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad consistente en detención intramuros en contra de tres hombres por su presunta responsabilidad en el delito de secuestro extorsivo agravado.

Los afectados con la decisión son: José Ángel Pisano Vielma, Julio Camilo Blanco Bello y Jorge Gregorio Arrizaga Veliz.

Según la investigación, los procesados habrían participado en el secuestro del ganadero Jorge Enrique Osorio Martínez, ocurrido el pasado 19 de febrero, en la vereda El Retorno del municipio de Arauca (Arauca), cuando fue sacado, al parecer, por los procesados con armas de fuego de su finca y obligado a subir a un vehículo con rumbo desconocido.

En la imagen se aprecia a los tres capturados junto a un investigador del CTI y uniformados de la Policía, Armada y Ejército Nacional. En la parte posterior se observan los banners que identifican a la Fiscalía General de la Nación, Fuerza Aérea, Ejército, Armada y Policia Nacional.
Los procesados serían los presuntos responsables del secuestro de un ganadero de la región

Por la libertad de la víctima, la familia realizó un pago de 80 millones de pesos a los plagiarios, quien fue liberado después de 20 días de cautiverio.

En el procedimiento de captura de los presuntos responsables, las autoridades incautaron un teléfono celular, un arma traumática y otros elementos materiales probatorios.

Al término de las audiencias preliminares, los implicados fueron enviados a la cárcel judicial de la capital araucana.

MPHA/MG/HMCR/DSA

La Fiscalía habla con resultados 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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