Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso detención carcelaria a dos hombres presuntamente responsables de incurrir en delitos sexuales contra tres menores de edad. Se trata de hechos independientes ocurridos en Meta y Guaviare entre los años 2016 y 2023.

Los capturados fueron imputados como posibles responsables del delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado. Ninguno aceptó dichos cargos.

  • El primer caso ocurrió en zona rural del municipio de El Retorno (Guaviare) donde un hombre, actualmente de 32 años, habría aprovechado los momentos a solas con dos menores de 9 y 12 años, sobrinos de su compañera sentimental para, presuntamente someterlos a vejámenes sexuales. Según la investigación, el hombre habría realizado tocamientos de índole sexual a las niñas mientras consumían sus alimentos y cuando las transportaba en su motocicleta. El presunto abusador sexual fue capturado el pasado 23 de enero por la Policía en Guamal (Meta).
  • El segundo hecho ocurrió en 2023 cuando un hombre de 28 años habría realizado tocamientos íntimos a su hija de, al menos, dos oportunidades. La primera habría ocurrido en Restrepo (Meta) cuando le menor tenía 7 años. Esta situación se repitió en zona rural de Puerto Concordia (Meta) en enero de 2023 cuando la víctima, en compañía de su familia, viajó a dicho municipio para celebrar el cumpleaños de un conocido. La agresión se registró cuando la víctima dormía. El procesado fue capturado por la Policía y el Ejército Nacional en Puerto Concordia (Meta).

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

PYMP/MAGA/ICLH/DSG

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.