La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, y en un trabajo articulado con la Policía Nacional y el Ejército Nacional, intervino un frente de extracción ilícita de oro en el denominado ‘Triángulo de Telembí’, en Nariño.

Zona afectada por la obtención de oro, es evidente la erosión y la perdida de vegetación, y se ven dos piscinas con agua evidentemente contaminada.
La explotación ilícita de minerales ha deteriorado los ecosistemas en el denominado ‘Tríangulo de Telembí’

En los procedimientos fueron destruidos de manera controlada seis retroexcavadoras y cinco motores de dragado, entre otros elementos utilizados para la obtención del metal. Adicionalmente, se constó el grave daño que estaría generando la actividad ilegal en el suelo, la vegetación y las fuentes hídricas en una vasta zona ubicada entre los municipios de Barbacoas, Magüí Payán y Roberto Payán.

Los cálculos preliminares dan cuenta de que con esta intervención las organizaciones dedicadas a la explotación ilícita de yacimientos mineros en la región dejan de recibir 350 millones de pesos mensuales, aproximadamente.

Policía realiza procedimineto de destrucción de una retroexcavadora, se ve al uniformado fotografiando a la máquina en llamas, producto de la explosión.
Seis retroexcavadoras y cinco motores de dragado, entre otros elementos fueron destruidos.

Las investigaciones continúan para dar con los responsables de la afectación a los ecosistemas del ‘Triángulo de Telembí’.

Esta información se publica por razones de interés general.

CMRM/JARG/DECRMD.

La Fiscalía habla con resultados.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.