Fueron ocupados con fines de extinción de dominio bienes avaluados en más de 1.600 millones de pesos que estarían a nombre de familiares de los señalados cabecillas del grupo ilegal.
El rastreo financiero realizado por fiscales de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio permitió identificar 21 bienes, entre viviendas, vehículos, motocicletas, establecimiento de comercio y sociedades, que habrían sido adquiridos con dineros provenientes de la extorsión, el tráfico de estupefacientes, los homicidios selectivos y otras conductas delictivas que se le atribuyen al grupo delincuencial ‘La Inmaculada’, que tiene injerencia en Tuluá y otros municipios de Valle del Cauca.
Las propiedades, avaluadas preliminarmente en 1.605 millones de pesos, fueron afectadas con medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo y secuestro.
En el curso de las investigaciones se estableció que los cabecillas de ‘La Inmaculada’ presuntamente obtuvieron los activos y los pusieron a nombre de familiares y conocidos para intentar ocultar su origen ilícito e impedir que fueran detectados por las autoridades. Asimismo, se estableció que fueron constituidas sociedades para darles tránsito y apariencia de legalidad.
En una acción conjunta de la Fiscalía y la Policía Nacional fueron ocupados los bienes en diligencias realizadas de manera simultánea en Tuluá y San Pedro (Valle del Cauca), y Tubará, (Atlántico).
La Sociedad de Activos Especiales (SAE) asumirá la administración de las propiedades mientras se surte el proceso de extinción de dominio.
Esta información se publica por razones de interés general.
FAGH/JARG/JICG/ALTR/DFC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.