Los bienes figuran a nombre de personas requeridas en extradición por cortes distritales de los Estados Unidos para los distritos de Sur de Nueva York y Sur de Florida.
Un fiscal adscrito a la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio impuso medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo, secuestro y toma de posesión sobre seis bienes de propiedad de Javier Ignacio Pazmiño Sánchez, Pedro José Remolina Rodríguez y Luz Dary Heredia Ortiz.
Se trata de 4 inmuebles urbanos, 1 rural y 1 sociedad ubicados en los departamentos de Cundinamarca, Tolima y Santander cuyo valor alcanza los 9.730 millones de pesos. Estas acciones fueron cumplidas con el apoyo de servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), apoyados por el Ejército Nacional.
Según consta en la investigación, Pazmiño Sánchez se encargaba de recibir importantes cantidades de dólares proveniente de los Estados Unidos, que estarían relacionados con el tráfico de estupefacientes.
Dichas sumas eran usadas para adquirir equipos audiovisuales que eran comercializados por una empresa fachada, dispuesta para dar apariencia de legalidad al dinero que luego era entregado a los capos, propietarios de los cargamentos de las sustancias ilícitas.
Pazmiño Sánchez es solicitado en extradición por autoridades de Estados Unidos para que comparezca por el delito de lavado de dinero.
Por su parte, Remolina Rodríguez sería quien proveía los estupefacientes a Heredia Ortiz, quien se encargaría de comercializarlos en Estados Unidos.
Estas dos personas son requeridas en extradición para que respondan en juicio por delitos federales de narcóticos.
Los bienes afectados con las medidas cautelares fueron entregados a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración.
La Fiscalía habla con resultados.
MAGA/DOT/LPDS/DEEDD/MRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.