Las agresiones contra la menor ocurrieron en la vivienda familiar de la víctima, ubicada en el barrio Las Palmas de la capital del Vaupés. 

La contundencia del material probatorio aportado por un Fiscal adscrito a la Seccional Guainía-Vaupés permitió que un juez de conocimiento condenara a 12 años y 5 meses de prisión a un hombre, responsable de abusar sexualmente de su hijastra, una menor de 8 años.

Según la investigación, el ahora condenado ingresó el 18 de abril del 2021 a la habitación de la víctima y le propinó tocamientos de índole sexual. Los gritos de la niña alertaron a su mamá quien acudió en su ayuda. La mujer avisó a las autoridades quienes procedieron a su captura.

El juez del caso acogió las tesis del ente acusador y las solicitudes de condenarlo como responsable del delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años agravado.

Esta persona además fue inhabilitada para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena impuesta.

La decisión quedó en firme.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

LAZL/MAGA/LCMM/DSGV/

 

 

Le puede interesar:

 

https://www.fiscalia.gov.co/colombia/noticias/carcel-para-un-hombre-que-habria-abusado-en-repetidas-oportunidades-de-su-cunada-una-menor-de-10-anos-en-villavicencio/

 

https://www.fiscalia.gov.co/colombia/noticias/la-fiscalia-continua-la-lucha-contra-depredadores-sexuales-que-afectan-la-ninez-en-el-departamento-del-meta/

 

https://www.fiscalia.gov.co/colombia/noticias/a-prision-profesor-implicado-en-delitos-sexuales-contra-menores-de-edad-en-el-banco-magdalena/

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.