La Fiscalía General de la Nación, a través de la Seccional San Andrés Isla, ha dispuesto acciones orientadas para investigar y judicializar los delitos que se puedan presentar durante el desarrollo de la jornada de elecciones presidenciales de este 31 de mayo.

Para ello organizó una estrategia de atención prioritaria conformada por 27 servidores, entre fiscales, Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y asistentes, entre otros, que estarán presentes en la Unidad de Reacción Inmediata (URI), en los distintos puestos de votación y en el Puesto de Mando Unificado (PMU).

De esta manera se atenderá la recepción de denuncias, los actos urgentes con el recaudo de elementos materiales probatorios y se orientará a la ciudadanía en caso de que su queja no sea de competencia de la entidad.

Es importante resaltar que se designó en disponibilidad permanente a los fiscales de conocimiento para que atiendan las capturas que por orden judicial se presenten durante el desarrollo de los comicios.

De igual forma, la ciudadanía cuenta con otros canales para denunciar antes, durante y después del proceso electoral, como la línea gratuita 122, que se encuentra disponible las 24 horas, y la página web www.fiscalia.gov.co  en el botón “Denuncia Fácil”.

Asimismo, se contará con articulación directa con la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (Uriel) del Ministerio del Interior para recibir las denuncias que lleguen a través de denunciasuriel@mininterior.gov.co, la línea gratuita nacional: 018000912005 y a través del #623.

 

 

MEVA/AMCJ/TAM/DSSPS

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.