Los procesados se habrían excedido en sus funciones en la alcaldía municipal, al expedir dos decretos que permitieron el cobro de un impuesto a contratistas entre 2008 y 2016, para propiciar actividades deportivas y recreativas en el municipio.
La labor investigativa de un fiscal de la Unidad de Administración Pública de la Seccional Boyacá permitió imputar cargos al exalcalde y actual mandatario de Susacón (Boyacá), Pupo Alonso Rincón, y a su hijo Jairo Alonso Rincón Quintana, quien también fue alcalde de este municipio del norte de Boyacá.
La Fiscalía evidenció que el actual alcalde, durante su primer mandato local (2008- 2011) expidió un decreto mediante el cual se creó el impuesto de estampilla prodeporte, para financiar actividades deportivas y recreativas.
Asimismo, su hijo Jairo Alonso Rincón Quintana durante su periodo como alcalde (2016 – 2019) firmó otro decreto autorizando nuevamente el cobro de ese tributo en el municipio; Es decir, el impuesto se cobró a contratistas, entre 2010 al 2020.
De acuerdo con la investigación adelantada, ambos servidores se habrían excedido en sus funciones, teniendo en cuenta que, de acuerdo con la Constitución Política de Colombia, la facultad de crear impuestos es competencia únicamente del Congreso, las Asambleas Departamentales y los Concejos, y no en el poder ejecutivo.
En este sentido, los procesados fueron imputados por el delito de prevaricato por acción. Ambos se negaron a aceptar el cargo.
Este resultado hace parte del compromiso adquirido por la Fiscal General de la Nación (E), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos contra la administración pública.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
LMBG/MG/LNFR/SFB.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.