Las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta confirmara la sentencia condenatoria proferida en contra de Omar Andrés Parada Rodríguez, por un doble homicidio ocurrido el 20 de enero de 2018.

En la investigación adelantada por un fiscal de la Unidad de Vida, se logró establecer que el hoy condenado, conducía la motocicleta donde se movilizó la persona que disparó en contra de un padre y un hijo en Puerto Santander (Norte de Santander), causándoles la muerte.

En ese sentido, fue sentenciado a 39 años y 3 meses de prisión por los delitos de homicidio y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, ambas conductas agravadas.

De otra parte, fue condenado a 17 años y 3 meses de cárcel, Deibi Alexander Colina Obregón, por su responsabilidad en el asesinato de un hombre. Los hechos investigados ocurrieron el 27 de mayo de 2022 en zona céntrica de Cúcuta (Norte de Santander).

El procesado fue la persona que atacó con un arma de fuego a la víctima, quien se encontraba trabajando en un establecimiento comercial de lavado de autos.

La contundencia de las pruebas presentadas por la Fiscalía hizo que el hoy sentenciado admitiera su responsabilidad en los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. 

 

 

 

 

 

 

MPHA/AMCJ/SMGB/EDBC/DSNS

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.