Tras avalar la petición de una fiscal de la Seccional Bolívar, un juez de control de garantías profirió medida de aseguramiento en centro carcelario contra Elvis Paternina Palacio, por su presunta responsabilidad en el delito de extorsión agravada.

En la fotografía aparece un hombre moreno, de pie, con los brazos atrás, de cejas unidas, barba negra, vestido con una camiseta gris y un pantalón negro, custodiados por dos uniformados de la Policía Nacional. Delante de ellos esté el dinero que se le incautó.
A Elvis Paternina Palacio la Fiscalía le imputó el delito de ext

Los hechos investigados están relacionados con las presuntas exigencias económicas que le hacía el procesado a una mujer de 29 años, a cambio de no publicar por redes sociales unas fotografías íntimas suyas. A su vez le habría exigido también sostener relaciones sexuales.

Adelantado el proceso se logró establecer que la víctima conoció al hoy implicado por una aplicación virtual en 2023, pero, al parecer, luego la obligó a tener encuentros íntimos al tiempo que le solicitaba  dinero y elementos de valor para no divulgar por internet las imágenes.

Paternina Palacio fue capturado en flagrancia por la Policía Nacional el pasado 18 de marzo en el barrio Pie del Cerro, de Cartagena, cuando recibía de parte de la víctima la plata exigida.

Durante las audiencias concentradas el hombre, de 31 años, no se allanó a los cargos que le imputó la Fiscalía y por disposición del juez su reclusión se llevará a cabo en la Cárcel San Sebastián Ternera de la Cartagena.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

 

 

 

MEVA/CFG/RJGD/DSB

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.