Luego de avalar el preacuerdo entre la Fiscalía General de la Nación y 17 integrantes del grupo delincuencial denominado El Parche, un juez de conocimiento los declaró responsables de actividades de tráfico local de estupefacientes en Florencia (Caquetá).
Los condenados están vinculados con más de 45 eventos delictivos, en los cuales comercializaban marihuana y cocaína al menudeo, en el sector 6 de Las Malvinas del barrio Andes Bajo. Las pruebas dan cuenta que en muchos sucesos utilizaron menores de edad para la distribución de las sustancias ilícitas.
De acuerdo con la investigación, este grupo tenía rentas ilegales superiores a los 100 millones de pesos mensuales.
Entre los condenados se encuentra Jorge Eliécer Rojas Rojas, cabecilla de El Parche, quien deberá cumplir una condena de 5 años y 8 meses.
Los otros sentenciados son Yeisa Katherine Gasca Carvajal, alias Chigüira; Juan Carlos Cuéllar Molina, alias Yiyo; Yesica Jimena Carvajal Barragán, Juan Manuel Vargas Coronado, Shirly Lorena López Sánchez, Deivi Alexander Pérez Lozada, Elvis Jhoany Espinosa, Jairo Andrés Giraldo, Jhon Alejandro Calderón, Karol Yulissa Quimbaya, Juan David Artunduaga Jaramillo, José Milton Viveros, Hermes Gallego Zuns, Diego Esteban Valderrama, Anderson Gaitán Toro y Edwar Fabián Álvarez.
Las penas impuestas oscilan entre los 4 y los 5 años de prisión, las cuales cumplirán en la cárcel El Cunduy de Florencia (Caquetá).
Por estos hechos fueron declarados responsables de los delitos de concierto para delinquir agravado; tráfico, fabricación o porte de estupefacientes; y uso de menores en la comisión de delitos.
La decisión quedó en firme.
PAAM/LMFO/EMV/DSC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





