La Fiscalía General de la Nación se permite informar:

1. El 10 de mayo de 2014 se inició una indagación preliminar con base en las declaraciones públicas realizadas por el señor expresidente de la República ÁLVARO URIBE VÉLEZ a medios de comunicación, en el sentido de que habría existido una posible injerencia de dineros provenientes del narcotráfico en la campaña presidencial del doctor JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN para el periodo 2010-2014.

2. En desarrollo de esa investigación se practicaron todas las actividades encaminadas a verificar las ocho (8) “líneas de investigación” suministradas por el señor expresidente a la Procuraduría General de la Nación y posteriormente a la Fiscalía General de la Nación.

3. Al término de la actividad investigativa se pudo concluir de forma clara que no existieron hechos o circunstancias fácticas relacionados con injerencia de dineros indebidos en la campaña presidencial del doctor JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN para el periodo presidencial 2010-2014, es decir, que el hecho denunciado nunca existió.

4. Al comprobarse la inexistencia del hecho denunciado la Fiscalía General de la Nación dispuso mediante orden del 20 de mayo de 2015 el archivo de las diligencias, de conformidad con el artículo 79 de la Ley 906 de 2004.

5. La orden de archivo cobija a los señores JUAN JOSÉ RENDÓN DELGADO y GERMÁN CHICA GIRALDO exclusivamente por los hechos concernientes a la investigación sobre la financiación de la campaña presidencial 2010-2014.

6. Los hechos consistentes en el supuesto pago de doce millones de dólares (US$12’000.000) al señor JUAN JOSÉ RENDÓN DELGADO por parte de un grupo al margen de la ley para mediar en un sometimiento a la justicia continúan siendo investigados en la Unidad Nacional de Fiscalías contra el Crimen Organizado.

 

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