La Fiscalía General de la Nación se permite informar:
1.- Mediante decisión del 13 de mayo de 2014, el Vicefiscal General de la Nación, Jorge Fernando Perdomo Torres, no aceptó, por improcedente e infundada, la recusación presentada por el señor expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez, dentro de la investigación iniciada como consecuencia de sus declaraciones públicas hechas el 8 y 9 de mayo de 2014.
2.- El Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, mediante decisión del 14 de mayo de 2014 consideró que la recusación interpuesta en su contra por el señor expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez era improcedente porque (i) de conformidad con la normatividad, quien resuelve el incidente de recusación no puede ser a su vez recusado, (ii) el doctor Uribe Vélez carece de legitimidad para interponer la recusación por no ser parte y (iii) el Fiscal General de la Nación no adelanta esa investigación en su despacho.
3. Así mismo, y surtido el trámite legal correspondiente, el Fiscal General de la Nación confirmó la decisión adoptada por el Vicefiscal General de la Nación y consideró igualmente improcedente la recusación que se elevó contra éste, porque quien la interpuso no es parte en el proceso y en consecuencia carece de legitimidad procesal.
4.- Dentro de la investigación 110016000102201400173 el Vicefiscal General de la Nación citó por tercera vez al señor expresidente Álvaro Uribe Vélez, para que comparezca el jueves 15 de mayo a las 8:00 a.m., con el fin de que en diligencia de declaración jurada, en calidad de testigo, aporte las pruebas que sustentan sus declaraciones públicas.
5.- En el referido proceso el Vicefiscal General de la Nación también citó a rendir declaración jurada al Senador de la República Juan Lozano el jueves 15 de mayo a las 2:00 P.M., y a Roberto Prieto el viernes 15 de mayo a las 8:00 A.M..
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