En un inmueble de Ipiales (Nariño) tendría en funcionamiento un centro de falsificación de divisas.

La Fiscalía General de la Nación puso al descubierto a Carlos Julio Hurtado Piñeros, uno de los señalados mayores falsificadores de dólares, quien sería el responsable de mover la divisa a Ecuador y otros destinos para introducirla a gran escala en el torrente financiero internacional.

Este hombre fue capturado en una acción conjunta con la DIJIN de la Policía Nacional en una vivienda de Ipiales (Nariño). En el inmueble los investigadores encontraron un complejo ilegal en el que eran falsificados billetes de diferentes denominaciones, mediante el uso de plantillas e impresoras de inyección.

El material de prueba da cuenta de que, luego del proceso de elaboración, la moneda extranjera salía como encomienda o en equipajes de mano con destino a Ecuador, donde era usada para cubrir actividades comerciales y realizar transacciones bancarias. De esta manera, al parecer, se movieron hasta 2.000 dólares falsos mensualmente durante algo más de un año.

Hurtado Piñeros fue detenido junto a uno de sus presuntos cómplices, identificado como Paulo Andrés García Nastacuas. En el procedimiento se hallaron cerca de 170.000 dólares falsos.

Una fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales imputó a estas dos personas el delito de falsificación de moneda nacional o extranjera. Carlos Julio Hurtado Piñeros recibió medida de aseguramiento en centro carcelario; mientras que García Nastacuas deberá permanecer privado de la libertad en el lugar de residencia.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

LMBG/JARG/MPMB/DCOC.

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.