El trabajo articulado entre una Fiscalía especializada de la Seccional Casanare, con el CTI, el Ejército Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana, permitió la captura de Julio Alberto Rojas como presunto responsable de cometer el delito de tentativa de extorsión agravada.

Este hombre fue capturado en flagrancia, en la vía que de Paz de Ariporo conduce hacia Yopal (Casanare), momentos en que, al parecer, y mediante una entrega controlada, Rojas recibía 60 millones de pesos, producto de una exigencia de dinero a un comerciante de Casanare.

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Durante las diligencias de captura, uniformados del CTI lograron recaudar varios elementos materiales de prueba, entre ellos dos equipos celulares desde donde, presuntamente, el procesado contactaba a sus víctimas para realizar las exigencias económicas.

El capturado aparece rodeado por miembros del CTI de la Fiscalía y uniformados del Gaula Ejército.
Julio Alberto Rojas fue enviado a la cárcel por solicitud de la fiscalía, fue imputado por el delito de extorsión agravada tentada..

Se evidenció que las amenazas se venían presentando desde el pasado 23 de octubre, día en que la víctima recibió, vía celular, mensajes intimidatorios e imágenes de un panfleto alusivo  al Frente 28, firmado por alias Antonio Medina, cabecilla de ese grupo al margen de la ley.

Julio Alberto Rojas fue imputado por el delito antes descrito, y aunque no aceptó los cargos endilgados en su contra, por solicitud del ente acusador, un juez de control de garantías  le impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.