Las mujeres fueron capturadas en situación de flagrancia con armas de fuego, munición, uniformes de uso privativo de las Fuerzas Armadas y equipos de comunicación. En los procedimientos fue recuperado un adolescente de 16 años.
La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Magda Nallely Noscue y Leidy Pavi Pilcue, dos señaladas integrantes de la estructura Ismael Ruiz del autodenominado Estado Mayor Central de las disidencias de las Farc, a la que se le atribuyen homicidios, cobro de extorsiones y otras conductas delictivas en Tolima y Huila.
Las dos mujeres fueron capturadas por unidades del Ejército Nacional y de la Policía Nacional, luego de un enfrentamiento armado que se registró en la vereda La Aldea, en Chaparral (Tolima).
En el procedimiento fue recuperado un adolescente de 16 años, quien quedó a disposición del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para el restablecimiento de sus derechos.
De igual manera, se incautaron 3 fusiles, 10 proveedores, 300 cartuchos para fusil, 3 pistolas, 5 celulares, 3 radios de comunicación, 20 uniformes pixelados y material de intendencia.
Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales imputó a las detenidas los delitos de concierto para delinquir agravado, utilización ilegal de uniformes e insignias; fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones; y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restrictivo, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos agravado.
Las investigadas no aceptaron los cargos y deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/JARG/ST/DECOC/MRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.