Con medida de aseguramiento en centro carcelario fue cobijado Jaber Andrés Narváez Dagua, presunto integrante de la organización ilegal Los Exhostos, señalados de traficar estupefacientes en Caloto (Cauca). Esta decisión fue adoptada por un juez de control de garantías al acoger la solicitud que en tal sentido propuso la Fiscalía General.

En la foto aparece el judicializado con los brazos hacia atrás; vestido con camiseta azul de cuello con franjas blancas y azules, jean azul y botas pantaneras negras. Al lado derecho de él aparece un integrante del Ejército Nacional y al lado izquierdo un servidor del CTI. Detrás hay un pendón del Ejército Nacional.
Jaber Andrés Narváez Dagua, presunto integrante del grupo delictivo ‘Los Exhostos’, señalado de tráfico de estupefacientes, en Caloto (Cauca).

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo del Ejército Nacional fueron los encargados de capturar al procesado. Acción que se presentó el pasado 13 de septiembre en el parque principal de Caloto.

De acuerdo con la investigación el imputado, como presunto integrante del grupo delictivo Los Exhosto, habría participado en el tráfico de narcóticos en varios puntos del referido municipio caucano, al igual que a otras partes del territorio nacional.

Esta captura se suma a otras siete que de manera simultánea se cumplieron en diferentes partes del país.

La Fiscalía imputó al procesado los delitos de concierto para delinquir agravado y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

Esta información se publica por razones de interés general.

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La Fiscalía habla con resultados.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.