Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Rigoberto Hurtado Jaraba y Luis Eduardo Castilla, presuntos responsable de un caso de fleteo en Ocaña (Norte de Santander).

Se visualiza a los dos capturados junto a dos uniformados de la Policía Nacional. Frente a ellos una mesa con el dinero recuperado y los elementos incautados utilizados para el hurto un arma de fuego y la motocicleta. Detrás de ellos el banner que identifica a la Policía Nacional en Ocaña.
Los procesados le habrían disparado a la víctima para hurtarle 30 millones de pesos mediante la modalidad de fleteo

Los hechos se presentaron el pasado 6 de junio, cuando la víctima fue interceptada por los indiciados, que le habrían hurtado un bolso con 30 millones de pesos que minutos antes había retirado de una entidad financiera. En medio del asalto, al parecer, le dispararon con un arma de fuego.

Los dos hombres intentaron huir en una motocicleta, pero policía de vigilancia que acudió al lugar le disparó al tanque de la gasolina impidiendo que se fueran en el automotor.  Hurtado Jaraba y Castilla, lanzaron el  bolso con el dinero y el revólver, que, al parecer, habían utilizado minutos antes para la cometer el hurto y fueron capturados en flagrancia.

Un fiscal de la Seccional Norte de Santander les imputó los delitos de tentativa de homicidio; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y hurto calificado, todos agravados. Los cargos no fueron aceptados.

 

 

 

 

 

MPHA/AMCJ/ CHGA/EDBC/DSNS

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.