Alias El Mocho sería el articulador principal de un grupo armado que sería el responsable de homicidios selectivos, extorsiones y otras conductas delictivas en Putumayo.

Ante la contundencia del material probatorio aportado por la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Kevin Alejandro Salazar Portilla, alias El Mocho, señalado jefe de sicarios de una estructura de los autodenominados ‘Comandos de la Frontera’ de las disidencias de las Farc.

Este hombre, al parecer, tenía a su cargo a un componente armado que sostiene una confrontación violenta con el frente Carolina Ramírez de las disidencias de las Farc, por el control de las rentas ilícitas en zona de frontera con Ecuador. Asimismo, sería el responsable de ejecutar homicidios selectivos y extorsiones en Puerto Asís, Puerto Caicedo y Mocoa (Putumayo).

Los informes oficiales dan cuenta de que alias El Mocho habría iniciado su actuar delictivo en el grupo ilegal ‘La Constru’, dedicado a la producción y comercialización de estupefacientes, entre otras actividades ilícitas.

Kevin Alejandro Salazar Portilla fue capturado en un procedimiento conjunto de la Fiscalía, el Ejército Nacional y la Policía Nacional en el barrio Los Prados, en Puerto Asís. Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales le imputó el delito de concierto para delinquir agravado. El cargo no fue aceptado.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.