Según la investigación los maltratos hacia su familiar eran repetitivos. En el último ataque el victimario presuntamente intentó herirla con un arma cortopunzante y la amenazó de muerte.
Debido al acervo probatorio presentado por un fiscal local del Centro de Atención a Víctimas de Violencia Intrafamiliar (Cavif), un juez con funciones de control de garantías decidió dictar medida de aseguramiento en establecimiento carcelario en contra de Jonathan Bustamante Pastrana, por el delito de violencia intrafamiliar.
Aunque el indiciado no aceptó los cargos imputados por la Fiscalía, de acuerdo con el ente investigador los hechos se habrían presentado el 28 de julio del año 2022, en el barrio La Granja.
Según la investigación se pudo establecer que en horas de la mañana de ese día el victimario habría maltratado física, verbal y psicológicamente a su hermana a quien le propinó golpes en su cuerpo e intentó herirla con un arma cortopunzante.
En el desarrollo de las audiencias se conoció que la agresión se habría presentado por un bafle de sonido que el imputado, al parecer, quería vender; ella al no permitirlo habría sido golpeada amenazada con arma blanca.
Además, se puedo establecer que no sería la primera vez que Bustamante Pastrana habría maltratado a su hermana. Según la víctima hace dos meses la habría golpeado en el ojo y los brazos y en su momento no quiso denunciar por temor.
El victimario fue capturado el pasado 30 de julio y llevado ante un juez de Canalete (Córdoba), quien determinó que el procesado es un peligro para la víctima y permanecerá en la cárcel mientras se desarrolla la investigación.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
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VHGB/FAGH/SCRE/DSC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.