Un fiscal itinerante de violencia intrafamiliar en Huila presentó ante un juez de control de garantías a Milton Leonardo Tovar Bolaños, quien fue cobijado con medida de aseguramiento en centro de reclusión por; presuntamente atentar contra la integridad física de su excompañera sentimental.
Según la denuncia, durante los cuatro años de convivencia, la mujer fue víctima de maltrato físico, verbal y psicológico, al parecer, por parte del procesado.
Labores de policía judicial evidencian que el 30 de noviembre de 2022 Tovar Bolaños llegó a una vivienda del barrio Panorama de Neiva donde habría golpeado en repetidas oportunidades a la mujer.
Un hecho similar se presentó el pasado 23 de febrero cuando, en medio de una discusión, el hombre habría intentado asfixiar a su expareja, además de haberla golpeado y mordido en uno de sus brazos.
El procesado sería responsable de enviarle, a través de redes sociales, mensajes amenazantes e insultantes a su excompañera sentimental.
Producto de este último hecho de violencia, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses determinó para la mujer una incapacidad médico legal de 12 días.
El procesado fue capturado por la Policía Nacional en el centro de Neiva. La Fiscalía trasladó el escrito de acusación contra Tovar Bolaños, a quien señaló como posible responsable del delito de violencia intrafamiliar agravada.
El acusado no aceptó su responsabilidad en los hechos.
La Fiscalía habla con resultados.
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LMGM/MAGA/DFHI/DSH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.