Al parecer dentro de sus actividades delictivas estaban el tráfico de armas y de estupefacientes, así como secuestro y extorsiones a ganaderos y comerciantes del departamento.
La Fiscalía General de la Nación judicializó a Fabián Guevara Carrascal, alias Ferley González, presunto cabecilla financiero del Frente Martín Villa de las disidencias de las Farc que delinquen en Arauca.
El hombre fue capturado mediante orden judicial en un retén ubicado entre los municipios de Barrancabermeja y Puerto Araujo (Santander), por uniformados del Ejército Nacional en articulación de la DIJIN de la Policía Nacional este 15 de marzo.
La investigación está relacionada con la presunta participación del procesado en la exigencia de 40 millones de pesos a un gerente de una empresa de ingenieros que adelantaba trabajos de redes eléctricas en el municipio de Arauquita (Arauca) para dejarlos continuar con la obra y no atentar contra su núcleo familiar. Hechos que se presentaron en noviembre y diciembre de 2018.
Al parecer dentro de sus actividades delictivas figuraban tráfico de armas y de estupefacientes, así como secuestro y extorsiones a ganaderos y comerciantes del departamento a nombre de dicho grupo armado.
La Fiscalía lo imputó por los delitos de concierto para delinquir agravado y exacción o contribuciones arbitrarias, a los cuales no se allanó.
Por decisión de un juez con funciones de control de garantías que acogió los argumentos de la Fiscalía, a Guevara Carrascal se le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad, la cual cumplirá en la cárcel La Picota.
La Fiscalía habla con resultados
MPHA/CFG/CMCC/DSA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.