Luego de evaluar el material probatorio que la Fiscalía General de la Nación recaudó en su contra, Anderson Camilo Zambrano Fuentes aceptó ser el responsable del homicidio de un agente de la Policía Nacional ocurrido el 9 de septiembre de 2019 en zona residencial del municipio de Tame (Arauca).

Por esta razón un juez de conocimiento lo condenó a 21 años de prisión. Como Zambrano Fuentes era integrante del ELN, además del delito de homicidio en persona protegida la Fiscalía también le había imputado rebelión, hurto calificado y agravado y lesiones personales.

El agente Érick Druhann Echeverry Pinzón fue atacado con arma de fuego por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta cuando se encontraba de civil y estaba sentado frente a su casa en compañía de su pareja.

La víctima alcanzó a reaccionar y con su arma de dotación hirió a Zambrano Fuentes y le ocasionó daños a la motocicleta. Los hombres interceptaron luego a un ciudadano que pasaba por el lugar y le hurtaron su moto en la que finalmente huyeron.

El hoy condenado fue capturado el 29 de octubre de 2019 mediante orden de allanamiento y registro efectuada por la Policía Nacional a una residencia del barrio Cielo de Tame (Arauca) y desde esa fecha se encuentra recluido en la cárcel de alta y mediana seguridad El Barne, ubicada en el municipio de Cómbita (Boyacá).

Con esta condena en la Seccional Arauca se sigue dando cumplimiento al compromiso adquirido por la Fiscal General de la Nación (e), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos que afectan la seguridad ciudadana.

 

La Fiscalía habla con resultados.

MPHA/CFG/HMCR/DSA

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.