La Fiscalía General de la Nación logró que un juez de Ejecución de Penas y Medidas sustituyera la prisión domiciliaria por intramural a Jefferson Herrera Valencia de 31 años, un hombre condenado a 21 años y cuatros meses,  por los delitos de homicidio y fabricación, tráfico y porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, en Cali (Valle del Cauca).

En la fotografía se aprecia en acción de caminata por un pasillo, con los brazos adelante y esposado a Jefferson Herrera Valencia. Viste camisa de manga corta azul claro, bermuda de color rojo y amarillo y zapatillas negras con zuela blanca. Al lado izquierdo de él hay un servidor del CTI de la Fiscalía y un uniformado del Ejército Nacional. Al lado derecho hay un uniformado de la Policía Nacional.
Jefferson Herrera Valencia debe terminar de cumplir la sentencia condenatoria por homicidio y porte ilegal de armas en el complejo carcelario de Jamundí (Valle del Cauca).

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) con apoyo de la de la Policía y del Ejército, hicieron efectiva la captura el pasado 23 de febrero para dar cumplimiento a lo dispuesto por el juzgador.

El hombre fue condenado por un juez penal del circuito, en abril del 2011,  por hechos ocurridos el 15 de septiembre de 2010, en el barrio La Flora, donde atacó con arma de fuego a un hombre quien falleció por consecuencia de las heridas.

El hoy sentenciado quien ya había pagado en domiciliaria 12 años y un mes, por lo que ahora deberá terminar de cumplir la sentencia en el Complejo Penitenciario y Carcelario de Jamundí (Valle del Cauca).

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

MAP/SEGM/DSC/LYBT

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.