Luego de llegar a un preacuerdo con la defensa del procesado, la Fiscalía General de la Nación obtuvo sentencia condenatoria de 7 años y 3 meses de cárcel contra Albert Jesús Ibarra Araujo por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas uso privativo.

Los hechos por los cuales el hombre fue condenado ocurrieron el 29 de junio de 2020 cuando en una diligencia de registro y allanamiento a una vivienda en la vereda El Guatal, jurisdicción de Tumaco (Nariño) por unidades del Gaula de la Policía.

Dentro del inmueble, en una de las habitaciones, fueron encontrados Luis David Cortés Cortés y Orlis Godoy Caicedo, quienes portaban pistolas 9 milímetros con munición del mismo calibre y calibre 7.62

En otra habitación fue hallado Luis Augusto Malaba Cortés un fusil y un maletín que contenía 6 proveedores para fusil calibre 5.56.

Albert Jesús Ibarra fue hallado otro sector de las instalaciones, encontrándose en la cama donde dormía una pistola marca Sig Sauer calibre 9 milímetros con un proveedor.

Por su parte, a Guillermo Orobio Cuero le fue encontrada una pistola 9 milímetros marco Pietro Berretta.

Teniendo en cuenta que ninguno de los hombres tenían los documentos que acreditaban el porte legal fueron capturados y puestos a disposición de la autoridad competente.

Llevadas a cabo las audiencias de legalización de captura, imputación de cargos, en 2020, Albert de Jesús Ibarra fue cobijado con medida de aseguramiento en centro carcelario.

Con fundamento en el preacuerdo celebrado por el ente investigador, un juez penal del circuito especializado de Tumaco resolvió condenar a Ibarra Araujo a 7 años y 3 meses de cárcel por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas, accesorios, partes y municiones de uso privativo, de uso restringido de las Fuerzas Armadas o explosivos.

En la cárcel de Tumaco, donde está recluido, el sentenciado debe cumplir la condena impuesta.

La Fiscalía habla con resultados

 

 

 

JGPV/FAGH/PGG/DSN

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.