Ante el juez de control de garantías, Jorge Yovany Acevedo Agredo se declaró inocente de los cargos que la Fiscalía le imputó por su presunta responsabilidad en los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos; fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, accesorios, partes y municiones; y violencia intrafamiliar.

La Fiscalía imputó cargos a Jorge Yovany Acevedo Agredo, como presunto autor de los delitos de porte ilegal de armas de fuego de uso restringido y violencia intrafamiliar contra su compañera sentimental.

Al acoger los argumentos del ente acusador, el juzgador le impuso al procesado medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.

Los hechos por los cuales Acevedo Agredo es procesado ocurrieron el 14 de enero de 2022, cuando en su casa, ubicada en el barrio Marroquín II de Cali (Valle del Cauca), al parecer agredió verbal y físicamente a su compañera sentimental.

La víctima avisó de las agresiones a la Policía, que llegó hasta el inmueble. Las autoridades además fueron alertadas de que en el lugar estaban almacenadas municiones y una motocicleta que al parecer había sido hurtada.

Los uniformados efectivamente hallaron un costal que contenía 5 proveedores para pistola y 154 cartuchos calibre 9 milímetros, calibre 22 milímetros, calibre 45 milímetros, calibre 5.56 y 7.62.

Asimismo, fue inmovilizada una motocicleta cuyas placas no le correspondían, y en la cual se evidenció que tenía adulterados el chasis y número de motor, que estaban recubiertos con soldadura.

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.

JGPV/SEG/DLBM.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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