De acuerdo con la denuncia interpuesta por una madre y tras los elementos materiales probatorios recaudados, un fiscal de la Seccional Caldas le imputó el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años en concurso homogéneo sucesivo, agravado, al padre de ella, luego de que presuntamente lo hubiera sorprendido tocándole las partes íntimas a su niña de 12 años.
El adulto mayor no aceptó los cargos y, por su parte, un juez de control de garantías avaló la solicitud de la Fiscalía y lo cobijó con medida de aseguramiento consistente en detención intramuros.
Los hechos que, al parecer tuvieron ocurrencia entre agosto de 2019 y enero de 2020, sucedieron en el predio del hoy procesado, a donde la menor iba a ayudarlo a construir un galpón.
Según contó la víctima, su abuelo la tocaba en sus partes íntimas y le decía frases obscenas; además le advertía que si contaba lo sucedido a él le podía dar un infarto y morir, o que nadie le iba a creer o lo mandaban para la cárcel, así que prefirió guardar silencio.
Al parecer, en enero de 2020, la madre de la adolescente llegó de sorpresa al lugar y encontró a su padre en una situación muy comprometedora con la niña, por lo que obligó a la menor a contarle lo que venía sucediendo.
La Seccional Caldas adelanta la investigación bajo la estrategia de priorización de casos por delitos que atentan contra la integridad y formación sexual de niños, niñas y adolescentes, con el fin de judicializar a los responsables y así garantizar la protección de sus derechos, de acuerdo con lo dispuesto por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
JLH/FDBG/DLBM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
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