Por el supuesto abuso sexual al que fue sometida una niña de 12 años el 18 de julio de 2020 en Aguadas (Caldas), la Fiscalía le imputó a César Andrés Arbeláez Alzate el delito de acceso carnal violento agravado, como posible autor del hecho.
El hombre de 22 años no aceptó el cargo endilgado y, por su parte, un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento intramuros, a petición del ente acusador.
De acuerdo con los elementos materiales probatorios recaudados, el hombre habría aprovechado para contactar a la menor y pedirle su número de teléfono en uno de los recorridos que a diario realizaba ella entre el colegio y su vivienda, en zona rural de Aguadas.
Luego, continuaron hablando por redes sociales y mensajería instantánea hasta que, según la víctima, Arbeláez Alzate supuestamente comenzó a exigirle que tuvieran relaciones sexuales, de lo contrario atentaría contra ella o su familia, o le decía que él se suicidaría.
Al parecer, tras la presión del presunto agresor, una noche la niña salió a escondidas de su casa y este la estaba esperando en una moto. La madre de la menor, que se percató del suceso, trató de alcanzarlos, pero no pudo.
De acuerdo con las versiones, solo hasta la mañana siguiente una persona de la Comisaría de Familia logró contactar a la víctima, a quien le habrían indicado que tenía que decir que ella estaba en la casa del hombre por voluntad propia.
Tras la valoración de la niña por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal, se evidenció que fue accedida carnalmente.
La Fiscalía General de la Nación hace publica esta información con fines de interés general.
JLH/FDBG/DLBM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
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