Bajo la coordinación de una fiscalía adscrita al Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Cúcuta (Norte de Santander), la Policía Nacional se logró la captura por orden judicial de un hombre, por su presunta responsabilidad en los delitos de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado en concurso con actos sexuales con menor de 14 años agravado en concurso homogéneo y sucesivo. El hombre no aceptó los cargos.
De acuerdo con las investigaciones adelantadas por el ente acusador, a través de la denuncia interpuesta por el tío de la víctima, al parecer se trata de padrastro, quien durante un año (2018-2019) habría abusado sexualmente de su hijastra de 11 años.
Por su parte, el Juzgado Tercero Penal Municipal de Cúcuta, con función de control de garantías, le dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad, la cual cumplirá en la cárcel Modelo de esta localidad.
Es de anotar que el procesado registra investigaciones por los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria.
Estos resultados y acciones responden a la estrategia de priorizar y esclarecer los delitos que atentan contra la integridad de los niños, niñas y adolescentes, para proteger sus derechos enmarcados dentro de los lineamientos del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, en su política institucional “En la calle y en los territorios”.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
MPHA/JWCP/MG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.