Los hechos investigados habrían ocurrido en Sardinata (Norte de Santander).

Luego de avalar el material probatorio recaudado por la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Luis Gabriel Correa Mena, soldado profesional adscrito al Batallón de Operaciones Terrestres No. 10 del Ejército Nacional, como posible autor del homicidio de una mujer de 24 años, así comodel abuso sexual y maltrato físico a la hija de la víctima, una niña de 2 años.

En las audiencias concentradas, la Fiscalía imputó al uniformado los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio agravado en concurso homogéneo y heterogéneo simultáneo con acceso carnal violento agravado.

Según las investigaciones, el 25 de mayo último, en una vivienda ubicada en el barrio San Francisco de Sardinada (Norte de Santander), Correa Mena habría atacado con arma blanca a una mujer con la que sostenía una discusión y le causó la muerte.

Después del crimen, el señalado agresor, supuestamente, golpeó a la hija de la víctima y le provocó una herida en el cráneo, además de laceraciones en el cuerpo. La menor de edad fue remitida a un centro asistencial de Cúcuta (Norte de Santander), donde se evidenció que, al parecer, fue abusada sexualmente.

El procesado, quien fue capturado en flagrancia por la Policía Nacional, no aceptó cargos en su contra y fue enviado a una guarnición militar para cumplir la medida de aseguramiento privativa de la libertad.

Este resultado investigativo hace parte de la estrategia de priorización de los hechos que atentan contra la integridad de niñas, niños, adolescentes y mujeres, definida por la Fiscalía General de la Nación.

MPHA/JWCP/MG/JARG

La Fiscalía habla con resultados

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.