Rafael Arellano Díaz, de 58 años, fue cobijado con medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario, por un juez penal con funciones de control de garantías que avaló la imputación de cargos que hizo la Fiscalía por el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado.
El hombre fue capturado por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de unidades de la Policía Metropolitana (Mecal), el pasado lunes 22 de febrero en su vivienda, ubicada en el barrio El Diamante, oriente de Cali.
Según las evidencias y el material probatorio recaudado por la Fiscalía, los hechos ocurrieron en el interior de una casa del barrio Comuneros I del distrito de Aguablanca. Allí, entre los años 2019 y 2020, el hombre habría aprovechado la confianza de la familia de la víctima para supuestamente manipularla en sus partes íntimas, cuando se quedaba solo al cuidado de la menor.
La madre de la niña presentó una denuncia contra Arellano Díaz y de inmediato un equipo de investigadores se puso en contacto con la familia, realizó entrevistas, trabajó en la historia clínica y la entrevista sicológica a la víctima, lo que permitió reunir elementos que llevaron a inferir la posible autoría del procesado en los hechos.
Durante las audiencias concentradas, el imputado no aceptó los cargos.
Estos resultados responden a la estrategia investigativa de priorización para esclarecer los hechos que atentan contra la integridad y formación sexual de niñas, niños y adolescentes, desarrollada bajo los lineamientos del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado.
JGPV/DR/DLBM.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
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