En desarrollo de la estrategia de priorización de las investigaciones por delitos que atentan contra la integridad de las mujeres, desarrollada según las disposiciones del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado; una fiscal de la Unidad de Delitos Sexuales de la Seccional Bogotá judicializó al fotógrafo Daniel Alexander Buitrago Cruz, luego de que fuera denunciado por una colega suya por presuntos delitos sexuales.
Ante un juez con función de control de garantías, el ente acusador le imputó a Buitrago Cruz el delito de acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir agravado. El investigado no aceptó la responsabilidad en los hechos.
Según la denuncia pública de la víctima, el hombre la habría agredido sexualmente el pasado 27 de febrero, en un apartamento de un familiar donde se quedaron, antes de tomar unas fotografías de una boda en el municipio de Villa de Leyva (Boyacá). Al parecer, el hombre se aprovechó de esa situación para suministrarle una sustancia, que la hizo perder el conocimiento.
De acuerdo con la prueba de toxicología realizada por el Instituto Nacional de Medicina Legal, la mujer dio resultado positivo para un anestésico, el cual habría sido suministrado por el imputado la noche de los hechos.
Buitrago Cruz fue capturado este 8 de marzo en Bogotá, en cumplimiento de una orden judicial.
Ante la petición de la Fiscalía y con base en la evidencia recaudada, el juez determinó imponerle medida privativa de la libertad en centro carcelario al procesado.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
LMFO/DLBM/ICLH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.