Luego de ser capturados en diligencias de allanamiento y registro adelantadas por la Sijín, un juez con función de control de garantías acogió la petición de la Fiscalía e impuso medida privativa de la libertad en centro carcelario contra Juan Diego Tamayo Anaya, Fredy Hernán Cañar Jamioy y Carlos Andrés Calderón Bedoya.
Los hechos investigados están relacionados con las denuncias de víctimas, al igual que por información recibida de fuente humana en la que se indica que en un inmueble ubicado del barrio La Loma de Mocoa (Putumayo), donde de viven los hoy judicializados, supuestamente, se almacenan armas de fuego y se almacenan estupefacientes.
Los procesados serían responsables de cometer varios hurtos cometidos en Mocoa, los mismos que realizaría en motocicletas.
En las acciones adelantadas por las autoridades un menor de 17 años de edad fue aprehendido y cobijado con medida de internamiento preventivo dictada por un juez de infancia y adolescencia.
La Fiscalía imputó a los procesados de, acuerdo a sus presuntas responsabilidades individuales, los delitos de: fabricación, trafico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado, uso de menores de edad la comisión de delitos, hurto calificado y agravado, hurto calificado y agravado en grado de tentativa, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y receptación.
Ninguno de los implicados aceptó su responsabilidad en los cargos.
En el inmueble registrado se encontró una bicicleta hurtada y un bolso con documentos de una de las víctimas. También fueron incautados 37.6 gramos de marihuana y un revolver 3.57.
La Fiscalía publica esta información por razones de interés general.
LMGM/MAGA/GRM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.